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ICBF - Resolución 4245 - resuelve recurso apelacion olga lucia pardo pardo - reg. tolima-2022

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Título
ICBF - Resolución 4245 - resuelve recurso apelacion olga lucia pardo pardo - reg. tolima-2022
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2022

f, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTARD irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”. EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias y, en especial de las conferidas en el artículo 56 literal a) del Decreto 334 de 1980, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y las previstas en el artículo 17 del Acuerdo 6176 de 2018 de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, Decreto 1639 de 2022, y CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 3 de la Ley 489 de 1998 establecen como principios de la función administrativa: la buena fe, la igualdad, la moralidad, la celeridad, la economía, la imparcialidad, la eficacia, la eficiencia, la participación, la publicidad, la responsabilidad y la transparencia, los cuales deberán ser tenidos en cuenta al evaluar el desempeño de las entidades y los servidores públicos en el cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales o reglamentarios.

Que el artículo 125 de la Constitución Política señala que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera y que el retiro se hará: a) por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; b) por violación del régimen disciplinario y c) por las demás causales previstas en la Constitución o la ley. Que el numeral 3 del artículo 2 de la Ley 909 de 2004, modificada por la Ley 1960 de 2019, establece dentro de los criterios básicos para el logro de la satisfacción de los intereses generales y de la efectiva prestación del servicio: a) la profesionalización del talento humano al servicio de la administración pública como mecanismo de consolidación del principio del mérito, b) la flexibilidad de la gestión pública para ajustarse a las cambiantes necesidades de la sociedad; c) la responsabilidad de los servidores públicos por el trabajo desarrollado, que se concretará a través de los instrumentos de evaluación del desempeño y de los acuerdos de su gestión. Que el artículo 37 de la Ley 909 de 2004 señala los principios que orientan la permanencia en el servicio: mérito, cumplimiento, evaluación, promoción de lo público, como pilares del servicio administrativo. Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC expidió el Acuerdo 6176 de 2018 y Anexo Técnico “Por el cual se establece el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de Carrera Administrativa y en Período de Prueba”. Que en consideración con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, modificada por la Ley 1960 de 2019, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF mediante

Resolución No. 593 de fecha 31 de enero de 2019, adoptó el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral para los Servidores Públicos de Carrera Administrativa y en Periodo de Prueba. Que la evaluación del desempeño laboral se constituye en la herramienta que le permite al Instituto, evidenciar el nivel de cumplimiento e idoneidad profesional del servidor público durante el desarrollo de cada una de sus funciones, así como determinar si estas aportan efectivamente al cumplimiento de los fines y metas institucionales. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@] @ icbfcolombiaoficial Página 1 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f,

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTARD irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”. Que de lo anterior se concluye que, la permanencia del servidor público en el empleo está condicionada a la eficiencia en el desempeño del cargo y al cumplimiento de sus funciones y deberes conforme lo establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del ICBF.

I. ANTECEDENTES

1. La servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO, identificada con cédula de

ciudadanía No. 52.337.536, quien desempeña el empleo denominado Profesional Universitario Código 2044, Grado 09, asignada a la Regional Tolima, concertó con su evaluador OSCAR RÍOS SALAZAR, Director de la Regional Tolima, el día 15 de febrero de 2021, cuatro (04) compromisos funcionales y cuatro (04) compromisos comportamentales para el periodo de evaluación anual u ordinario 2021-2022.

2. El Servidor Público OSCAR RÍOS SALAZAR fue declarado insubsistente en el empleo de Director de la Regional Tolima mediante la Resolución No. 6244 del 21 de septiembre de 2021 y, con la Resolución No. 6247 de 2021, se nombró como Directora de la Regional Tolima a la servidora MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON, quien se posesionó del cargo el 22 de septiembre de 2021.

3. Durante el periodo de evaluación anual u ordinario 2021-2022, se le realizaron a la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO tres (3) evaluaciones: a) una correspondiente al primer semestre del periodo y; debido al cambio de evaluador, se generaron dos evaluaciones parciales o eventuales en el segundo semestre del periodo anual, b) la primera evaluación parcial entre el 1 de agosto de 2021 y el 21 de septiembre de 2021 realizada por el evaluador OSCAR RÍOS SALAZAR, y c) la segunda evaluación parcial del 22 de septiembre de 2021 al 31 de enero de 2022,

generada por MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON.

4. La servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO, para el periodo anual u ordinario

2021-2022 obtuvo una Calificación Definitiva de 98.93%, la cual, según lo establecido en el artículo 10 del Acuerdo 6176 de 2018 de la CNSC, la ubica en el nivel Sobresaliente.

5. Dicha Calificación Definitiva, de acuerdo con la información que se encuentra registrada en el formato correspondiente fue notificada a la evaluada el 18 de febrero de 2022.

6. Estando en oportunidad la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la Calificación Definitiva obtenida en la evaluación del desempeño laboral del periodo 2021-2022, mediante correo electrónico del 24 de febrero de 2022 dirigido a MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON, Directora de la Regional Tolima y evaluadora.

7. Mediante la Resolución No. 0998 del 05 de abril de 2022, la Directora de la Regional Tolima MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON, en calidad de evaluadora, rechazó el recurso de reposición interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO, y concedió la apelación remitiendo el expediente para su trámite ante

la Dirección General del ICBF. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@] @ icbfcolombiaoficial Página 2 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f,

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras

es de todos BIENESTARD irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”.

8. La Resolución No. 0998 del 05 de abril de 2022, fue notificada mediante correo electrónico de fecha 5 de abril de 2022 a la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO, previa autorización de notificación electrónica de su parte.

9. Por medio de correo electrónico del 6 de abril de 2022, la Regional Tolima remitió el recurso de apelación a la Dirección de General, con el fin de tramitar la segunda instancia.

II. COMPETENCIA El Director General Encargado del ICBF tiene competencia para resolver el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación del Desempeño Laboral, correspondiente al período anual u ordinario 2021 – 2022, realizada por la evaluadora MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON, Directora de la Regional Tolima, en virtud de las competencias asignadas por el Acuerdo 6176 de 2018, proferido por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, que en su artículo 17 establece: “Los recursos en contra de la calificación definitiva se adelantarán en los términos de los artículos 35, 36 y 37 del Decreto Ley 760 de 2005 y en

el trámite y decisión de los mismos se aplicará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA - o las disposiciones que lo modifiquen, aclaren o sustituyan (…)” Por lo anterior, le asiste la facultad para resolver en segunda instancia el recurso de apelación objeto de la presente resolución.

III. ASPECTOS DEL RECURSO Mediante correo electrónico del 24 de febrero de 2022, dirigido a la Directora de la Regional Tolima, la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación, contra la Calificación Definitiva obtenida en la evaluación del desempeño laboral del periodo 2021-2022, sustentado en las siguientes consideraciones: “(…) Respetuoso saludo, En atención al artículo 35 del decreto 760 de 2005 y respecto de la calificación notificada me permito manifestar que no me encuentro conforme con la valoración de mis compromisos comportamentales, teniendo en cuenta que algunos de ellos que relaciono a continuación, son calificados en 12 , a pesar de que se relaciona con SIEMPRE el cumplimiento de las conductas asociadas, contestando "NO" a la pregunta 2 sin explicación a dicha respuesta en la casilla correspondiente y sin evidencia de las consideraciones relacionadas. Aunado a lo anterior y conforme al procedimiento contemplado en el ICBF, en ningún momento del periodo a calificar se generaron planes de mejora y seguimiento que en el evento de considerarse inadecuado mi proceder comportamental, debieron adoptarse. Los compromisos referidos son: - Orientación a resultados - Decreto 815 - Orientación al usuario y al ciudadano -Decreto 815 y - Compromiso con la organización -Decreto 815

Adicional y específicamente ante la pregunta de la evaluación del punto 2 de los compromisos comportamentales mi compromiso con el instituto y mi actuar en cumplimiento de los compromisos comportamentales "SI" me han permitido realizar un mayor aporte a los compromisos pactados. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@] @ icbfcolombiaoficial Página 3 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTARD irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”. Así las cosas, presento ante usted recurso de reposición y en subsidio apelación con el objetivo de que se dé cumplimiento a lo prescrito en el manual de EDL para carrera administrativa. (…)”

IV. DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA.

La Directora de la Regional Tolima MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON, en condición de evaluadora, mediante la Resolución No. 0998 del 05 de abril de 2022, rechazó el recurso de reposición, sustentando su decisión con los siguientes argumentos:

“(…) es preciso advertir que la recurrente, no interpuso el recurso en la plataforma del aplicativo EDL y adicionalmente en el asunto del correo electrónico no especifica sobre la calificación de cual evaluación interpone recursos, únicamente cargó como archivo adjunto al correo electrónico el PDF de la Evaluación Parcial Eventual del periodo comprendido entre el día 22 de septiembre de 2021 hasta el 31 de enero de 2022, equivalente a 129 días. Por lo que se configura un recurso en contra de una evaluación parcial. De lo anterior, se concluye que el recurso NO es procedente por cuanto contra las evaluaciones parciales no procede recurso alguno según la normatividad citada en precedencia. (…)”.

V. PRUEBAS APORTADAS Para el conocimiento del presente recurso de apelación, fueron allegados los siguientes documentos para ser valorados como pruebas por este Despacho:

1. Por parte de la evaluada: La servidora recurrente adjuntó en el correo electrónico de fecha 24 de febrero de 2022, su evaluación parcial eventual del periodo comprendido entre el 22 de septiembre de 2021 y el 31 de enero de 2022.

No aportó documentos adicionales.

2. Por parte del Evaluador:

El evaluador aportó los siguientes documentos:

1. Correo electrónico del 24 de febrero de 2022 mediante el cual la servidora evaluada interpone recurso de reposición y en subsidio de apelación, contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual 2021-2022.

2. Resolución No. 0998 del 5 de abril de 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la servidora OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra la Evaluación

20212022 OLPP”

3. Correo electrónico del 5 de abril de 2022 dirigido a la servidora evaluada, a través del cual se le notifica la Resolución No. 0998 del 5 de abril de 2022, previa autorización de notificación electrónica.

4. Formatos de calificación correspondientes a la evaluación del primer semestre del periodo 2021-2022.

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia [@] @ icbfcolombiaoficial Página 4 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Elf uturo Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTADR irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”.

5. Formato de calificación parcial del periodo entre el 1 de agosto de 2021 y el 21 de septiembre de 2021, correspondiente al segundo semestre del periodo 2021-2022.

5. Formato de calificación parcial del periodo entre el 22 de septiembre de 2021 y el 31 de enero de 2022, correspondiente al segundo semestre del periodo 2021-2022.

6. Formato de calificación definitiva del periodo 2021-2022.

3. Evidencias registradas en el Aplicativo EDL-App por parte de la Evaluada: FECHA COMPROMISO DESCRIPCIÓN UBICACIÓN OBSERVACIÓN Evaluar el entorno familiar de origen del niño, niña y adolescente teniendo en cuenta Se realizaron las Historias de la corresponsabilidad en la valoraciones sociales y atención,

2021Completas y a garantía de sus derechos y Estudios sociofamiliares Aplicativo SIM, 07-27 tiempo protección integral, y proponer requeridos en el presente Correo acciones de prevención según periodo. institucional factores de riesgo y realizar la valoración profesional. Atender de manera oportuna las Se atendieron las peticiones asignadas Aplicativo SIM, peticiones de autoridades Respuestas y 2021provenientes de autoridades Historias de judiciales a que hubo lugar actuaciones 07-27 judiciales con relación al área atención y correo en el periodo respecto del oportunas social y registrar las respectivas institucional. área social. actuaciones en el SIM Se realizó la participación Participar en el Proceso en el PARD de todos los Administrativo de NNA a cargo de la Historias de Restablecimiento de Derechos, defensoría de familia Se realizó trabajo 2021atención, SIM y conforme a la normatividad conforme a la normatividad, en casa, de 07-27 correo vigente, los lineamientos lineamientos procesos y manera oportuna. institucional. técnicos, los procesos y procedimientos, con las procedimientos. técnicas apropiadas para dicha intervención. Se realizaron los Informes Informes en Emitir los informes pertinentes, Sociales para las formatos soporte en las audiencias y audiencias de pruebas y SIM, Historia de

2021establecidos, demás instancias requeridas para fallos, para los cambios de atención, correo 07-27 completos y a la definición de medidas de los medida, para los institucional. tiempo en todos niños, niñas y adolescentes. seguimientos y para cada los casos. actuación desarrollada. Se realizó redistribución de Esta competencia trabajo al interior se evidencia en de la defensoría Se realizó intervención cada estudio de de familia debido profesional articulada en caso, cada al trabajo en casa compañía con la autoridad revisión de casos de esta 2021administrativa de los PARD Trabajo en equipo -Decreto 815 de la defensoría profesional y al 07-27 y del psicólogo adscrito a la de familia, cada presencial de los defensoría de familia, y acción que el compañeros de cada acción fue organizada grupo de tal manera que se en trabajo en equipo. profesionales logró responder realizó. por todos los compromisos a la fecha Orientaciones a los Se brindó usuarios de acuerdo a los atención PARD de la defensoría de Atención telefónica, se 2021Orientación al usuario y al familia e incluso cuando se oportuna, ingresó a SIM y 07-27 ciudadano - Decreto 815 referenciaba esta adecuada y se realizó el profesional por haber asertiva. respectivo recibido una atención de registro. calidad y a tiempo. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia e@ @ icbfcolombiaoficial Página 5 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75

01 8000 91 8080

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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Elf uturo Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTADR irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”. FECHA COMPROMISO DESCRIPCIÓN UBICACIÓN OBSERVACIÓN El compromiso con la organización se evidencia en el producto que es el trabajo plasmado en las Siempre SIM, Historia de intervenciones con los dispuesta a 2021Compromiso con la organización atención y NNA, en los informes, en prestar la 07-27 - Decreto 815 correos cada actuación profesional atención institucionales. desarrollada. Esta profesional. profesional es comprometida con su trabajo. El profesional aporta con su Informes y actuaciones trabajo a que la profesionales que defensoría de evidencian trabajo a resultados en 2021Orientación a resultados - familia obtenga tiempo, con todos los SIM, HA y 07-27 Decreto 815 resultados indicativos en cumplimento correos. óptimos y así total. Se obtuvieron mismo el centro resultados óptimos. zonal y la regional. Atender de manera oportuna las Se atendieron las peticiones asignadas Aplicativo SIM, Respuestas y peticiones de autoridades

2021provenientes de autoridades Historias de actuaciones judiciales a que hubo lugar 10-15 judiciales con relación al área atención y correo oportunas como en el periodo respecto del social y registrar las respectivas institucional. corresponde. área social. actuaciones en el SIM Evaluar el entorno familiar de origen del niño, niña y adolescente teniendo en cuenta Se realizaron las Historias de la corresponsabilidad en la valoraciones sociales y atención, 2021Realizadas de garantía de sus derechos y Estudios sociofamiliares Aplicativo SIM, 10-15 manera oportuna. protección integral, y proponer requeridos en el presente Correo acciones de prevención según periodo. institucional. factores de riesgo y realizar la valoración profesional. Se realizó la participación Participar en el Proceso en el PARD de todos los Administrativo de NNA a cargo de la Historias de Restablecimiento de Derechos, defensoría de familia Respuestas y 2021atención, SIM y conforme a la normatividad conforme a la normatividad, actuaciones 10-15 correo vigente, los lineamientos lineamientos procesos y oportunas. institucional. técnicos, los procesos y procedimientos, con las procedimientos. técnicas apropiadas para dicha intervención. Se realizaron los Informes Emitir los informes pertinentes, Sociales para las soporte en las audiencias y audiencias de pruebas y SIM, Historia de 2021Completas y a demás instancias requeridas para fallos, para los cambios de atención, correo 10-15 tiempo. la definición de medidas de los medida, para los institucional. niños, niñas y adolescentes. seguimientos y para cada actuación desarrollada. Esta competencia Se realizó

se evidencia en redistribución de Se realizó intervención cada estudio de trabajo al interior profesional articulada en caso, cada de la defensoría compañía con la autoridad revisión de casos de familia con los 2021administrativa de los PARD Trabajo en equipo -Decreto 815 de la defensoría compañeros de 10-15 y del psicólogo adscrito a la de familia, cada tal manera que se defensoría de familia, y acción que el logró responder cada acción fue organizada grupo de por todos los en trabajo en equipo. profesionales compromisos a la realizó. fecha. El compromiso con la SIM, Historia de organización se evidencia Siempre atención y en las intervenciones con dispuesta a 2021Compromiso con la organización correos los NNA, en los informes, prestar la 10-15 - Decreto 815 institucionales. en cada actuación atención Planillas de profesional desarrollada. profesional. ingreso a trabajo. Profesional comprometida www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia e@ @ icbfcolombiaoficial Página 6 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Elf uturo Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos BIENESTADR irección General FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. 4245 del 05 de Septiembre del 2022 “Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública OLGA LUCÍA

PARDO PARDO contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022”. FECHA COMPROMISO DESCRIPCIÓN UBICACIÓN OBSERVACIÓN con su trabajo, dando más Actuaciones en en tiempo, disposición y SIM y correos. entrega de resultados. El profesional aporta con su Orientación a los usuarios trabajo a que la de acuerdo a los PARD de defensoría de Atención 2021Orientación al usuario y al la defensoría de familia, familia obtenga oportuna, 10-15 ciudadano - Decreto 815 alto contacto con el usuario, resultados adecuada y con atención de calidad y a óptimos y así asertiva. tiempo. mismo el centro zonal y la regional. El profesional aporta con su Informes y actuaciones trabajo a que la profesionales que defensoría de evidencian trabajo a Resultados en 2021Orientación al usuario y al familia obtenga tiempo, con todos los SIM, HA y 10-15 ciudadano - Decreto 815 resultados indicativos en cumplimento correos. óptimos y así total. Se obtuvieron mismo el centro resultados óptimos. zonal y la regional. Atender de manera oportuna las Se atendieron las peticiones asignadas peticiones de autoridades Aplicativo SIM, aplicativo SIM, 2022provenientes de autoridades judiciales a que hubo lugar Historias de Historias de 01-30 judiciales con relación al área en el periodo respecto del atención. atención. social y registrar las respectivas área social. actuaciones en el SIM evaluar el entorno familiar de origen del niño, niña y adolescente teniendo en cuenta Se realizaron las Historias de

la corresponsabilidad en la valoraciones sociales y atención, Valoraciones 2022garantía de sus derechos y Estudios sociofamiliares Aplicativo SIM, completas y a 01-30 protección integral, y proponer requeridos en el presente Correo tiempo acciones de prevención según periodo. institucional factores de riesgo y realizar la valoración profesional. Se realizó la participación Participar en el Proceso en el PARD de todos los Administrativo de NNA a cargo de la Historias de Restablecimiento de Derechos, defensoría de familia 2022atención, SIM y Historias de conforme a la normatividad conforme a la normatividad, 01-30 correo atención, SIM. vigente, los lineamientos lineamientos procesos y institucional técnicos, los procesos y procedimientos, con las procedimientos. técnicas apropiadas para dicha intervención. Se realizaron los Informes Informes en Emitir los informes pertinentes, Sociales para las formatos soporte en las audiencias y audiencias de pruebas y 2022SIM, Historia de establecidos, demás instancias requeridas para fallos, para los cambios de 01-30 atención. completos y a la definición de medidas de los medida, para los tiempo en todos niños, niñas y adolescentes. seguimientos y para cada los casos. actuación desarrollada. Esta competencia Se realizó intervención se evidencia en profesional articulada en cada estudio de compañía con la autoridad caso, cada Se brindó apoyo administrativa de los PARD revisión de casos en gestiones 2022y del psicólogo adscrito a la Trabajo en equipo -Decreto 815 de la defensoría propias de la 01-30 defensoría de familia, y

de familia, cada defensoría de cada acción fue organizada acción que el familia en trabajo en equipo, así grupo de mismo con entidades del profesionales SNBF. . realizó. El compromiso con la Siempre organización se evidencia dispuesta a 2022Compromiso con la organización SIM, Historia de en el producto que es el prestar la 01-30 - Decreto 815 atención. trabajo plasmado en las atención intervenciones con los profesional. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia e@ @ icbfcolombiaoficial Página 7 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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2022Orientación al usuario y al la defensoría de familia, familia obtenga calidad según 01-30 ciudadano - Decreto 815 atención al usuario, con resultados necesidad. atención de calidad y a óptimos y así tiempo. mismo el centro zonal y la regional. La profesional aporta con su Informes y actuaciones trabajo a que la profesionales que defensoría de evidencian trabajo a Resultados en 2022Orientación a resultados - familia obtenga tiempo, con todos los SIM, HA y 01-30 Decreto 815 resultados indicativos en cumplimento correos óptimos y así total. Se obtuvieron mismo el centro resultados óptimos. zonal y la regional.

VI. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Sea lo primero indicar que de acuerdo con lo establecido en los artículos 35 del Decreto Ley 760 de 2005 y 2.2.8.1.9 del Decreto 1083 de 2015, los recursos contra la calificación de la evaluación de desempeño laboral proceden cuando se considere que se produjeron por violación de las normas que las regulan, o por inconformidad con los resultados de estas.

La servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO interpuso recurso de reposición y subsidio de apelación contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2021-2022, una vez fue notificada del resultado de esta, debido a inconformidades frente al puntaje obtenido en los compromisos comportamentales: orientación a resultados, orientación al usuario y al ciudadano, compromiso con la organización y trabajo en equipo.

Vale mencionar que la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO obtuvo en la calificación de la evaluación del primer semestre del periodo anual 2021-2022, el máximo puntaje posible, tanto en el cumplimiento de sus compromisos funcionales como en los comportamentales, lo cual equivale a 50% de la calificación final o definitiva. Así mismo, se debe tener en cuenta que la servidora pública OLGA LUCÍA PARDO PARDO, en la calificación de la evaluación parcial que se le realizó durante el segundo semestre del periodo de evaluación entre el 1 de agosto de 2021 y el 21 de septiembre de 2021, obtuvo la calificación máxima posible tanto en el cumplimiento de sus compromisos funcionales como en los comportamentales. Por su parte, en la calificación de la evaluación parcial del segundo semestre del periodo de evaluación comprendido entre el 22 de septiembre de 2021 y el 31 de enero de 2022, la cual fue realizada por la evaluadora MARÍA VICTORIA FAJARDO PIESCHACON, Directora de la Regional Tolima, la evaluada obtuvo la calificación máxima posible en el cumplimiento de sus compromisos funcionales, empero, en lo referente a los compromisos www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ ICBFColombia e@ @ icbfcolombiaoficial Página 8 de 24 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f~

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Elf uturo Cecilia De la Fuente de Lleras

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