ICBF - Resolución 4624 de 2014
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 4624 de 2014
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2014
RESOLUCIÓN 4624 DE 2014
(agosto 6) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF Por la cual se establece la calificación a los servidores públicos y colaboradores del ICBF sobre el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO Que la Ley 872 de 2003, en su artículo 1 o, creó el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios. Que para dar cumplimiento a las Leyes 87 de 1993 y 872 de 2003, así como de lo previsto en el Decreto No. 4110 de 2004, “Por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública", y de lo dispuesto en el Decreto No. 943 de 2014, "Por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano", el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras implemento un
Sistema de Gestión de la Calidad, orientado a mejorar la prestación de los servicios a la ciudadanía. Que el ICBF definió y aprobó en Consejo Directivo del 23 de febrero de 2012, mediante Acta No.83, el nuevo Mapa Estratégico Institucional en el cual se estableció la siguiente meta: “Lograr una organización apreciada por los colombianos que aprende orientada a resultados”, para la cual se definió el proyecto estratégico: Sistema de Gestión Integral, del Conocimiento y la Innovación Que en la Resolución 1074 de 2013 se establece que para desarrollar el proyecto estratégico Sistema de Gestión Integral, del Conocimiento y la Innovación , el ICBF ha definido la Estrategia Permanente de Innovación y Cambio Organizacional -EPICO, en la cual se viene implementando un Sistema Integrado de Gestión conformado por los siguientes ejes: (i) Calidad, bajo las normas NTCGP1000:2009 y NTCIS09001:2008; (ii) Ambiental, bajo la norma NTCISO 14001: 2004; (iii) Seguridad de la Información, bajo la norma ISO/IEC 27001:2005 y, (lv) Seguridad y Salud Ocupacional bajo la norma OHSAS 18001: 2007; así como un componente de innovación y racionalización de procedimientos, con el fin de convertir al ICBF en una entidad moderna y eficiente apreciada por los Colombianos. Que mediante Decreto No. 987 de 2012, “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar 'Cecilia de la Fuente de Lleras' y se determinan las funciones de sus dependencias", se estableció en su artículo 3 o como función de la Oficina de Control Interno, entre otras, la siguiente: “Fomentar en conjunto con la
Familiar 'Cecilia de la Fuente de Lleras' y se determinan las funciones de sus dependencias", se estableció en su artículo 3 o como función de la Oficina de Control Interno, entre otras, la siguiente: “Fomentar en conjunto con la Oficina de Aseguramiento a la Calidad y con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional, en todos los niveles y Dependencias del Instituto, la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo de los procesos y productos en el cumplimiento de la misión institucional”. Que así mismo, el Decreto No. 987 de 2012 estableció en su artículo 20 como función de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional: “Proponer, implementar, mejorar y monitorear el Sistema Integrado de Gestión de acuerdo con las políticas del sector y el Direccionamiento Estratégico de la Entidad”. Que dentro del eje (iii) Seguridad de la Información, bajo la norma ISO/IEC 27001:2005, resulta de gran importancia para el ICBF, que todos los servidores públicos y colaboradores que en el desarrollo de sus funciones tienen la propiedad y uso de los activos de información, sean competentes y calificados. Que la calificación para el sistema de gestión de seguridad de la información, implica que los servidores públicos y colaboradores entiendan la criticidad de los activos, y las consecuencias de la pérdida de la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los activos sobre los cuales es propietario. Que en la auditoria complementaria de certificación bajo la norma ISO/IEC 27001:2005 del Sistema de Gestión de la
Seguridad de la Información realizada en marzo de 2014, se evidenció la falta de identificación de la calificación de los servidores públicos y colaboradores sobre el sistema de gestión de seguridad de la información. Por lo anteriorRESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Para dar cumplimiento al numeral 5.2.2 d de la norma ISO/IEC 27001:2005 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia de la Fuente de Lleras define que los servidores públicos y colaboradores están calificados cuando entienden la criticidad de los activos, y las consecuencias de la pérdida de la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los activos sobre los cuales es propietario. ARTÍCULO SEGUNDO. Que de acuerdo al levantamiento de activos dirigido por la Dirección de Información y Tecnología, se identificaron como prioritarios los servidores públicos y colaboradores directamente relacionados con las Defensorías de Familia, Auditores de Control Interno y el Grupo de Apoyo Financiero que maneje recursos. PARÁGRAFO PRIMERO. Una vez finalizada la certificación del primer grupo se continuara con los cursos según el orden de prioridad. PARÁGRAFO SEGUNDO. La Dirección de Gestión Humana del ICBF, enviará la información pertinente a las personas que se prioricen para inscribirse y certificarse en el curso Virtual de Gestión de Seguridad de la Información, apoyando a sus participantes en el soporte técnico y logístico sobre el uso de la plataforma. ARTÍCULO TERCERO. Los servidores públicos y colaboradores que están relacionados en el artículo segundo de la presente resolución se entienden como calificados cuando apruebe el curso Virtual de Gestión de Seguridad de la Información con una calificación mínima del 60%. ARTÍCULO CUARTO. El curso Virtual de Gestión de Seguridad de la Información, asegura el entendimiento de los siguientes conceptos:
Información con una calificación mínima del 60%. ARTÍCULO CUARTO. El curso Virtual de Gestión de Seguridad de la Información, asegura el entendimiento de los siguientes conceptos: 3.1 Activo : Cualquier cosa que tiene valor para la organización. (Definición 3.2. NTC ISO IEC 27001:2005). 3.2 Confidencialidad : Propiedad que determina que la información no esté disponible ni sea revelada a individuos, entidades o procesos no autorizados. (Definición 3.4. NTC ISO IEC 27001:2005). 3.3 Disponibilidad : Propiedad de que la información sea accesible y utilizable por solicitud de una entidad autorizada. (Definición 3.6. NTC ISO IEC 27001:2005). 3.4 Integridad : Propiedad de salvaguardar la exactitud y estado completo de los activos. (Definición 3.11. NTC ISO IEC27001:2005). 3.5 Criticidad: La importancia que tiene un activo para la organización. ARTÍCULO CUARTO. <sic, es QUINTO> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 6 AGO 2014
GABRIEL VALLEJO LÓPEZ
Director General (e)
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)