ICBF - Resolución 4704 -2022
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 4704 -2022
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2022
$ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras “ap sienesrar Dirección General 0] GOBIERNO DE COLOMBIA FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. 25 4 30 SEP 2022 Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIARCECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS - ICBF En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1871 de 2022, asi como por los artículos 28 de la Ley 7 de 1979, 78 de la Ley 489 de 1998 y, CONSIDERANDO Que el 3 de enero de 2022 el ICBF expidió la Resolución 0001 “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras”. Que el ICBF expidió la Resolución 0002 del 03 de enero de 2022 por la cual se designaron los Gerentes de Recurso, Gerentes de Proyectos y se delegó la ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2022 y establecieron sus obligaciones. Que en el artículo primero de la Resolución 0001 de 2022 se aprobaron los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022, los cuales forman
parte integral de dicha Resolución, para que sean aplicados en la operación de los gastos de funcionamiento e inversión por proyecto, centros de costos y modalidades de atención del Servicio Público de Bienestar Familiar, registrados en el presupuesto de gastos del ICBF. Que el artículo segundo de la mencionada Resolución establece que cualquier ajuste a los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022, deberá ser adoptado mediante resolución, para lo cual se deberá contar con el análisis de viabilidad técnica y presupuestal emitido por la respectiva Dirección responsable del proyecto y gerente del recurso del rubro, con el aval de la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión así como el control de legalidad de la Oficina Asesora Jurídica. Que mediante la Resolución 050 de 2022 se modificó la Resolución 0001 de 2022 en el sentido de incluir, entre otras cosas, el servicio de Educación Inicial Rural (EIR), en la Ficha 1-29-161SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL A LA PRIMERA INFANCIA, en el Anexo 8 - Costeo Atención Integral y Comunitaria y en el Anexo 2Raciones de Alimentos de Alto Valor Nutricional
(AAVN).
Que mediante la Resolución 3006 del 2022 se modificó parcialmente la Resolución 0001 de 2022 con el fin de incluir en el Catálogo de Clasificación Presupuestal - CCP, el rubro A-02-02-01-002004-BEBIDAS asociado a la dependencia de gasto 302 — Dirección Administrativa y así mismo incluir en el Clasificador del Gasto del uso presupuestal A-02-02-01-002-004-04 —- BEBIDAS NO
ALCOHOLICAS; AGUAS MINERALES EMBOTELLADAS.
Que mediante la Resolución 3008 de 2022 se modificó parcialmente la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de reemplazar el Anexo 8Costeo de Atención Integral y Comunitaria” a cargo de la Dirección de Primera Infancia. Que mediante la Resolución 3052 del 2022 se modificó parcialmente la Resolución 0001 de 2022, en razón a la modificación del valor cupo 2022 de las fichas 1-10-120, 1-17-121, 1-18-122, 1-19-123 y |1-20-124, a cargo de la Dirección de Protección. www.icbf.gov,co ICBFColombia El encercolombia Gicbicolombisoficial | Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c — 75 l Línea gratuita nacional ICBF PBX: 437 7630 | 01 8000 91 8080 $ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Y Cecilia De la Fuente de Lleras sap
GOBIERNO DE COLOMBIA
eienestar Dirección General LE FAMILIAR Pública
RESOLUCIÓN No. 4% 7 ol SEP 2022
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” Que mediante la Resolución 2384 de 2022 se modificó la Resolución 0002 de 2022 en el sentido
de incluir al Director de Gestión Humana como ordenador de gasto del rubro A-02-02-02-010
VIÁTICOS DE LOS FUNCIONARIOS EN COMISIÓN.
Que mediante la Resolución 3737 de 2022 se modificó parcialmente la Resolución 0001 de 2022 en razón a reemplazar las fichas 1-10-120, 1-17-121, 1-18-122, 1-19-123, 1-20-124 y, el anexo 4 Costos fijos Servicios Protección - SRPA, a cargo de la Dirección de Protección; así mismo se eliminó la ficha | -02102, se modificó la Ficha | — 01 -101 y el Anexo No. 1, a cargo de la Dirección de Nutrición. Que mediante memorando con radicado No. 202220000000135283 del 16 de agosto de 2022 y memorando con radicado No 202220000000157943 del 26 de septiembre de 2022, la Dirección de Protección solicitó:
1. Ficha l-19-123:
a. Ajustar la tabla de distribución del valor cupo en Hogares Sustitutos ICBF y ONG, considerando el ajuste realizado al valor cupo mes para las modalidades de hogares sustitutos, b. Realizar ajuste del párrafo de Adquisición de pruebas para hogares sustitutos.
2. Ficha 1-20-124:
a. Ajustar la tabla de distribución del valor cupo en Hogares Sustitutos ICBF y ONG, considerando el ajuste realizado al valor cupo mes para las modalidades de hogares sustitutos. b. Realizar ajuste del párrafo de Adquisición de pruebas para hogares sustitutos.
3. Actualización del anexo 3 - Clasificadores de Gastos Servicios de Protección — SRPA, por la migración de los servicios semicerrados a Internación en medio Semicerrado.
Que en virtud de lo dispuesto en el referido artículo segundo de la Resolución 0001 de 2022, el 26 de septiembre de 2022, el Subdirector de Programación (e), en el marco de las competencias establecidas en el artículo 19 del Decreto 987 de 2012, emitió concepto favorable para la modificación parcial de la Resolución 0001 de 2022, en relación con la solicitud de la Dirección de Protección.
En mérito de lo expuesto: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar parcialmente el artículo 1% de la Resolución 0001 de 2022, en el sentido de realizar ajuste de la ficha l|-19-123 — MODALIDADES DE ACOGIMIENTO; con el fin de ajustar la distribución del valor cupo en Hogares Sustitutos ICBF y ONG y del párrafo de Adquisición de pruebas para hogares sustitutos; en los siguientes términos: Ficha | - 19 - 123 - MODALIDADES DE ACOGIMIENTO
PR SUBPRO PRODU | CUEN FICHA: 1-19 BROS G PR ROO YY | [Y OY [Cro TA 4102 1500 14 o | 2102037 | 02
BPIN 2018011000257
PROYECTO ) »rovecro | PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL MARCO DEL RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS A NIVEL NACIONALSrobucto | SERVICIO DE PROTECCIÓN PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE NIÑOS,
|
NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES.
www.icbf.gov.co Ed icercotombía E) eNcarcolombia Dicbicalambisoficial j Sede de la Dirección General . Ñ . Avenida carrera 68 No.64c — 75 A Moa IE8F PBX: 437 7630 Y Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras en o sienesrar Dirección General E GOBIERNO DE COLOMBIA FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. —e2 £e.. k( U E 'a 30, SEP 2022 Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” | PR FICHA: 1-19 prgo 6SU BPRO PROY [Y PR[COrDoU || CUTEA N J 4102 | 1500 14 0 4102037 02
CUENTA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS
CENTRO DE
COSTOS 123 - MODALIDADES DE ACOGIMIENTO
ACOGIMIENTO FAMILIAR:
1. HOGAR SUSTITUTO [CBF VULNERACIÓN |
2. HOGAR SUSTITUTO ICBF DISCAPACIDAD
MODALIDA 3. HOGAR SUSTITUTO ONG VULNERACIÓN A]
D 4. HOGAR SUSTITUTO ONG DISCAPACIDAD
ACOGIMIENTO RESIDENCIAL
1. INTERNADO
2. CASA HOGAR
3. CASA UNIVERSITARIA CÓDIGO SERVICIO 420026000001 | HOGAR SUSTITUTO ICBF — VULNERACIÓN 420027000001 | HOGAR SUSTITUTO ICBF — DISCAPACIDAD 420026000002 | HOGAR SUSTITUTO ONG - VULNERACIÓN 420027000002 | HOGAR SUSTITUTO ONG — DISCAPACIDAD 420216 | INTERNADO SERVICIO 420047000006 | INTERNADO - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA SIM 420047000002 | INTERNADO - DISCAPACIDAD INTELECTUAL 420047000003 | INTERNADO - DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL 420047000005 | INTERNADO - VIOLENCIA SEXUAL. 420154 | INTERNADO 0 A 8 AÑOS 420175 | INTERNADO PREPARACIÓN PARA LA VIDA INDEPENDIENTE 420137 | CASA HOGAR 420174 | CASA HOGAR - GESTANTES Y/O EN PERIODO DE LACTANCIA 420214 | CASA HOGAR DISCAPACIDAD 420215 | CASA UNIVERSITARIA Generar procesos de atención para niños, niñas, adolescentes y jóvenes en un medio diferente al de su familia biológica o extensa de manera provisional, con el OBJETIVO GENERAL fin de prevenir mayores niveles de amenaza y/o vulneración, y restablecer sus derechos de acuerdo con sus necesidades particulares y teniendo en cuenta los factores de generatividad y vulnerabilidad de su familia o redes sociales próximas.
Hogar Sustituto ICBF Vulneración | Niñas, niños, adolescentes sin discapacidad, en edades de cera (0) a (18) años con | Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. | ' Niñas, niños y adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con
POBLACIO declaratoria de adoptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. N Mayores de (18) años sin discapacidad, que al cumplir la mayoría de edad se OBJETIVO encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas, niños de cero (0) a seis (6) años, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. | Hogar Sustituto ICBF Discapacidad á www.icbf.gov.co E ¡csrcolombia £2 excer colombia (8) Oicbtcolombiaoficial Sede de la Dirección General . . . Avenida carrera 68 No.64c — 75 Linea Se 0d AS ¡CBh PBX: 437 7630 Ny Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras
9 GOBIERNO DE COLOMBIA
sienestar Dirección General FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. ¿(LPSL Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” PR SUBPRO PRODU | CUEN FICHA: 1-19 iS G PROY | 0 Cro | TA 4102 1500 14 0 4102037 02 Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas, niños y adolescentes en edades de cero (0) a (18) años con una enfermedad de
cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal) con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adoptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. Mayores de (18) años con discapacidad y/o una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal), que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y cuyo cuidado puede ser asumido por una madre o padre sustitutos, Niños y niñas de cero (0) a seis (6) años con discapacidad, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. Hogar Sustituto ONG Vulneración Niñas, niños, adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas, niños y adolescentes sin discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adoptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. Mayores de (18) años sin discapacidad, que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. | Niñas, niños de cero (0) a seis (6) años, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas | de grupos armados organizados al margen de la ley.
| Hogar Sustituto ONG Discapacidad Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con | Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. | Niñas, niños y adolescentes en edades de cero (0) a (18) años con una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal) con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas, niños y adolescentes con discapacidad, en edades de cero (0) a (18) años con declaratoria de adoptabilidad, ubicados en los Hogares Sustitutos. Mayores de (18) años con discapacidad y/o una enfermedad de cuidado especial (ruinosa, catastrófica, de alto costo, terminal), que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y cuyo cuidado puede ser asumido por una madre o padre sustitutos. Niñas, niños de cero (0) a seis (6) años con discapacidad, hijos e hijas de adolescentes desvinculadas de grupos armados organizados al margen de la ley. | Internado Niñas, niños y adolescentes de 6! a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas y adolescentes menores de 18 años gestantes y/o en periodo de lactancia (contemplando los dos (2) años de lactancia materna complementaria), con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, y sus hijos e hijas acompañantes menores Niñas y niños mayores de 7 años y adolescentes, con discapacidad intelectual, con
| Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas y niños mayores de 7 años y adolescentes, con discapacidad psicosocial, con | Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. A] 1 Para aquellos operadores que ya funcionan, se mantiene el rango poblacional que tienen en su licencia. www. icbf.gov.co Ed ¡csrcolombia €) ExcaFcolombia Gicbicolombisoñclal ¡ Sede de la Dirección General , . . Avenida carrera 68 No.64c — 75 Hlea ie Pili ICBF PBX: 437 7630 SD instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Dirección General ty GOBIERNO DE COLOMBIA
FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. + 4
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” PROG SUBPRO | proY | oy | PRODU | CUEN FICHA: 1-19 6 0 CTO TA 4102 1500 | 14 | 0 14102037 | 02 Niñas, niños y adolescentes de 2 a 18 años, con discapacidad, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Niñas, niños y adolescentes de O a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado y/o víctimas de trata. Adolescentes próximos a cumplir su mayoría de edad y jóvenes mayores de 18 años,
con medida de adoptabilidad o a finalizar su proceso de atención, en proceso de preparación para vida independiente, que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior.? Mayores de 18 años que al cumplir la mayoría de edad se encontraba en proceso administrativo de restablecimiento de derechos. (Aplica para todas las poblaciones anteriores) Para internado de cero (0) a ocho (8) años: Niñas, niños de O a 8 años con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Casa Hogar Niñas, niños y adolescentes de O a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Mayores de 18 años que al cumplir la mayoría de edad se encontraba en proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Adolescentes mayores de 15 años con discapacidad declarados en adoptabilidad y mayores de 18 años con discapacidad, que al cumplir la mayoría de edad se encontraban con un PARD abierto, bajo la protección del ICBF y continúan bajo la responsabilidad de una Autoridad Administrativa. Niñas y adolescentes menores de 18 años gestantes y/o en periodo de lactancia (contemplando los dos (2) años de lactancia materna complementaria), con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, y sus hijos e hijas acompañantes menores de 18 años. Mujeres mayores de 18 años embarazadas con derechos amenazados y/o vulnerados y sus hijos e hijas acompañantes menores de 18 años. Casa Universitaria + Jóvenes considerados como adoptables que cumplieron 18 años bajo protección, que cuentan con un proceso administrativo de restablecimiento de derechos PARD abierto y que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo
humano o de educación superior. | ACCIONES Las acciones destinadas al cumplimiento de los objetivos del servicio se encuentran en el | lineamiento y manual operativo correspondiente. TIEMPO DE | 6 meses. FUNCIONAMIENTO (Casa Universitaria 12 meses) Servicio Rotación
HOGAR SUSTITUTO ICBFVULNERACION 2 Niños cupo/año
PARÁMETR
OS HOGAR SUSTITUTO ICBF - 2 Niños cupo/año
ROTACIÓN DISCAPACIDAD
HOGAR SUSTITUTO ONGVULNERACION 2 Niños cupo/año HOGAR SUSTITUTO ONGDISCAPACIDAD 2 Niños cupo/año INTERNADO 2 Niños cupo/año ? Se precisa que las modalidades de atención a población de adolescentes próximos a cumplir su mayoría de edad y jóvenes mayores de 18 años, con medida de adoptabilidad o próximos a finalizar su proceso de atención, en proceso de preparación para vida independiente, que se encuentren adelantando estudios de formación para el trabajo y el desarrollo humano o de educación superior deben transitar a las modalidades de Casa universitaria o internado dirigido a las niñas, los niños y los adolescentes de 6 a 18 años, con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos y mayores de 18 años que al cumplir la mayoría de edad se encontraba en proceso administrativo de restablecimiento de derechos, de acuerdo con el régimen de transición establecido. Durante el periodo de transición, se mantiene la modalidad de internado preparación para la vida independiente, por lo cual solo funcionarán los que ya venían con esta modalidad, pero no se tramitarán nuevas licencias www.icbf.gov.co ICBFColombia E encercolombia Qicbicolombisoficial
Sede de la Dirección General | Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
E¡ AE 3 0.-SEP 2022
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras
GOBIERNO DE COLOMBIA
Dirección General
BIENESTAR FAMILIAR Pública 40% 30, SEP 2022
RESOLUCIÓN No.
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” PR | SUERES Proy | oy | PRODU | CUEN | | o | CTO TA FICHA: 1-19 1500 | 14 O | 4102037 02 TINTERNADO - GESTANTES Y/O EN 2 Niños cupo/año |
|P ERIODO DE LACTANCIA
—— INTERNADO - DISCAPACIDAD | 2 Niños cupo/año INTELECTUAL INTERNADO - DISCAPACIDAD 2 Niños cupo/año PSICOSOCIAL INTERNADO - VIOLENCIA SEXUAL 2 Niños cupo/año INTERNADO DE 0 A 8 AÑOS 2 Niños cupo/año
INTERNADO PREPARACIÓN PARA LA 2 Niños cupo/año VIDA INDEPENDIENTE CASA HOGAR | 2 Niños cupo/año |
CASA HOGAR - GESTANTES Y/O EN 2 Niños cupo/año
PERIODO DE LACTANCIA
CASA HOGAR - DISCAPACIDAD 2 Niños cupo/año CASA UNIVERSITARIA 1 Niño cupo/año | | Los Alimentos de Alto Valor Nutricional son alimentos adicionados y/o enriquecidos yfo fortificados y/o que se consideran buena fuente de macro o micronutrientes, los cuales ALIMENTO DE ALTO VALOR son producidos y distribuidos por el ¡CBF, NUTRICIONAL La entrega se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo No. 2 “RACIONES DE ALIMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL — AAVN — VIGENCIA 2022” de los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras. Valor cupo/mes
CÓDIGO SERVICIO VALOR CUPO 2022
$1.311.661 HOGAR SUSTITUTO ICBF — Beca de 1/3 salario VULNERACIÓN mínimo mensual legal 420026000001 vigente $1.682.777 HOGAR SUSTITUTO ICBF — Beca de 1/2 salario DISCAPACIDAD mínimo mensual legal 420027000001 vigente 51.663.420 HOGAR SUSTITUTO ONG — Beca de 1/3 salario VULNERACIÓN mínimo mensual legal 420026000002 vigente $2.106.219 | HOGAR SUSTITUTO ONG- | Beca de % salario | COSTO DISCAPACIDAD mínimo mensual legal 420027000002 vigente lINTERNADO - GESTANTES
Y/O EN PERIODO DE 420047000006 | LACTANCIA $1.897.527
INTERNADO DISCAPACIDAD 420047000002 | INTELECTUAL 52.109.431
INTERNADO | DISCAPACIDAD 420047000003 | PSICOSOCIAL $2.895.002 |
420216 | INTERNADO 51.879.395
INTERNADO - VIOLENCIA | 420047000005 | SEXUAL $1.881.909 420154 | INTERNADO 0 A 8 AÑOS $2.007.957 |] INTERNADO | PREPARACIÓN PARALA | | | 420175 | VIDA INDEPENDIENTE | $1.791.579 | www,.icbf.gov.co [E] icercolombia [7 excercalombia (E) atcolcolombiaoficial ] Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630 $ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cecilia De la Fuente de Lleras ce ¿on
UY, Dirección General t9 GOBIERNO DE COLOMBIA FAM ICIAR Pública RESOLUCIÓN No. ¿33 4 30 ,SEP 2022 Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cub se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras”
PR SUBPRO PRODU | CUEN FICHA: 1-19 io e PRI cro | TA 4102 1500 14 o [4102037 | 02 | 420137 | CASA HOGAR - PARD $1.885.332 |
CASA HOGAR GESTANTES Y/O PERIODO DE 420174 | LACTANCIA $1.537.367
CASA HOGAR420214 | DISCAPACIDAD $1.537.367 420215 | CASA UNIVERSITARIA $1.963.668
La tarifa tuvo un incremento del 20% respecto de la tarifa vigente de 2022 que incluye el perfil de gestor de caso y la implementación de la última minuta de alimentación elaborada por la Dirección de Nutrición. Nota: El valor cupo 2022 de la tarifa de hogares sustitutos incluye el valor de la beca señalada. l Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, Artículos 36, 59 y 60. Ley 1607 de 2012, Art. 36. MARCO Ley 1878 de 2018. | NORMATIV | Resolución 2925 de 2013 modificada por la Resolución 3444 de 2016, | e) Ley 1955 de 2019. | Decreto 1173 del 26 de agosto de 2020. Decreto 783 del 19 de julio de 2021. Ml Lineamientos técnicos y manuales operativos vigentes para las modalidades de restablecimiento de derechos. (i) Lineamiento técnico para la implementación del modelo para la atención de las niñas, los niños y DOCUMENT | adolescentes ubicados en las modalidades de restablecimiento de derechos. Resolución 4199 de | OS 2021. TÉCNICOS (li) Manual operativo de modalidades y servicia para la atención de niñas, niños y adolescentes, con | proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Resolución 4200 de 2021. (iii) Manual operativo modalidad acogimiento familiar — hogar sustituto. Resolución 4201 de 2021. Y a ela as c£ £ 1] o ] 3 3 £ E Ñ E A o: € $ 2 2 2 DESCRIPCIÓN o 23 3 2 3 <S K=] ]
3 >] L ES FP] 11] 3 E] po] CATALOGO e] [e] [77] E 77) 77) 7) | DE o lo | OTROS SERVICIOS CLASIFICA | 02 2 [2009 [003 | 03 | SOCIALES CON
CIÓN ALOJAMIENTO
PRESUPUE | OTROS SERVICIOS DE | STAL CCP | GESTIÓN, EXCEPTO LOS | 0 0 SERVICIOS DE “e 2 [2/98 [0083 [ot [9 | ADMINISTRACIÓN DE
| PROYECTOS DE
| CONSTRUCCIÓN Rubro C-4102-1500-14-0-4102037-02 | Corresponde a la adquisición de bienes y servicios con operadores que desarrollen todas las | actividades necesarias para la prestación del servicio social, dentro de las que se encuentran los | siguientes gastos asociados: | 02-02-02-009-003-03 Otros servicios sociales con alojamiento | CLASIFICA | Los clasificadores del gasto para cada modalidad están determinados en el Lineamiento técnico DOR — DEL | vigente de modalidades para la atención de niños, niñas y adolescentes con derechos amenazados GASTO y/o vulnerados. Los clasificadores del gasto para Hogares Sustitutos se encuentran establecidos en el Lineamiento técnico vigente de modalidades.
Nota: En ningún caso los saldos por inejecuciones de cupos se utilizarán para el pago de sobrecupos.
www. .cbf.gov.co ICBFColombia E excercolombia (E excofcolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
d Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras
General ESF GOBIERNO DE COLOMBIA
Dirección
BIENESTAR FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. -, J 0 ¿SEP 2022
Es í U 2 Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras” PR PROG | SsunPRO prov | oY | PRODU | CUEN FICHA: 1-19 | lo | O | TA 4102 4500 | 14 o | 4102037 | 02
Modalidad Hogar Sustituto: Beca modalidad hogar sustituto: Se reconocerá a las madres y/o padres sustitutos que tengan a su cargo niños, niñas y adolescentes, bajo medida administrativa de restablecimiento de derechos, una | beca equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente, proporcional a los cupos atendidos y días de atención durante el mes (Art. 36 de la Ley 1607 de 2012, Resolución 2925 de abril de 2013).
En Hogares Sustitutos que tengan a su cargo niños, niñas y adolescentes que se encuentren en condición de vulnerabilidad, el reconocimiento de la beca se liquidará en una tercera parte de salario mínimo mensual legal vigente, por cada cupo utilizado, hasta máximo tres (3) cupos por hogar, | proporcional al número de días atendidos durante el mes.
En Hogares Sustitutos que acogen niños, niñas, adolescentes y mayores de 18 años con | discapacidad, el reconocimiento de la beca será equivalente a medio salario mínimo mensual legal | vigente, por cada cupo atendido, hasta máximo dos (2) cupos por hogar, proporcional al número de | días atendidos durante el mes. En los casos en los que en un mismo Hogar se tengan a cargo cupos de niños, niñas y adolescentes en condición de vulneración y discapacidad, tendrá prelación para la liquidación de la beca, los | cupos de discapacidad. La Resolución No. 3444 del 21 de abril de 2016 “Por la cual se adicionan los parágrafos 4 y 5” al artículo 1 de la Resolución No. 2925 de 2013”, y todas aquellas que las modifiquen o adicionen, | establece que se reconocerá a los Hogares Sustitutos activos, que no tengan ubicados niños, niñas | | y adolescentes durante el mes, por concepto de beca, lo correspondiente a cinco días del valor del salario mínimo mensual legal vigente. En los Hogares Sustitutos activos, que, durante 3 meses consecutivos, no tengan ubicados niños, niñas o adolescentes, el coordinador del Centro Zonal procederá a la suspensión temporal del Hogar Sustituto de conformidad con el Lineamiento Técnico de la modalidad. De acuerdo con lo establecido en el artículo 215 del Plan Nacional de Desarrollo y al Decreto 1173 del 26 de agosto de 2020, por el cual se reglamentó lo establecido en la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, en el Artículo 215”. Subsidio De Solidaridad Pensional. “Tendrán acceso al Subsidio de
la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la Ley 797 de 2003, las personas que dejen de ser madres sustitutas a partir del 24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión. La identificación de las posibles beneficiarias de este subsidio la realizará el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF-, entidad que complementará en una porción que se defina el subsidio a otorgar por parte de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional”. | Para tales efectos, se tendrán en cuenta los Decretos reglamentarios expedidos por el Ministerio de | Trabajo en los cuales se disponga el valor del subsidio, esto es, el Decreto 783 del 19 de julio de 2021 y todos aquellos que lo reemplacen, modifiquen o adicionen. Distribución del valor cupo en Hogares Sustitutos ICBF y ONG: Gastos Cuota de Costos SUB Hogar Sustituto sostenimie Dota n ció emed re g en peri TOTAL BECA TOTAL | E| CBF E lez nt ; o lis osL O E 5 5 | Vulneració.a | l | | n | 776.604,92 123.741, | ATA $ 0,00 978.3 72 7,6 | 333. 33 3 33, | 1.311 0. 0 661, Di. scapacid. ICBF $ $ || $ $ Ss ad DIRECT 923.807,25 159.032, 99.937,60 $ 0,00 1.182.777, | 500.000, | 1.682.777,
[e] — == _00 _ 00 _ 00 $ $ $ | $ $ oVunln eració ONG 771.96$ 9,19 | 199.848, 378.364, | 1.330.086, | 333.333, | 1.663.420, | [6990882 | "59" | “er | 3 | 00] 86 | Discapacid | og $ 139.907 ] 498.498, | 1.608.219, | 500.000, | 2.103.$ 219, | ad | are.7e2,18 | 19507 | 89.031,74 | 16 | Cog 00 00
Fuente: Subdirección de Restablecimiento de Derechos -Dirección de protección.
www.icbf.gov.co Ed ¡cercolombia [ encarcolombia Oicbicolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras O0 Dirección General Y] GOBIERNO DE COLOMBIA Pública RESOLUCIÓN No. LL 4 30, SEP 2022, T Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0001 de enero de 2022, “Por la cual se aprueban los lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras — vigencia 2022 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -Cecilia de la Fuente de Lleras”
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