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ICBF - Resolución 4803 - resuelve recurso apelacion ana luz betancur valencia - reg. antioquia 0-2021

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Título
ICBF - Resolución 4803 - resuelve recurso apelacion ana luz betancur valencia - reg. antioquia 0-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

InstCiotluotom bdieaB nioe neFsatmairl iar . ;.- ., . El futuro • ·.­ CeciDleli aFa u endteLe l eras es de todos -·. BIENESTAR D ire0·nc G ce1n·eral . . FAMILIAR· Clasificada RESOLUCIÓN No. 4803 iiS AGO 2021 "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS Enu sdoe s ufsa culctoandsetsi tulceigoaynle aeslste ast,uy t,ea ner sipaesdc eil aals confeernie dlaa rst í5c6lu iltoae d reDalel c r3e3td4oe 1 98e0la, r tí7c8du ell oaL e4y8 9 de1 99y8l apsr eviesnet laa rst í1c7du elAloc ue6r1d7od6 e2 01d8el aC omisión NaciodneSalel r vCiicviyio l , CONSIDERANDO Quee la rtí2c0u9dl eol aC onstiPtoulcíiytóe inlac rat í3c duell oaL e4y8 9d e1 998 establceocmeponr incdiepl iafo usn caidómni nisltarb auteinfvaela ,a:i gualldaa d,

moralildaca edl,e rliade acdo,n omtíaia m,p arcilaael fiidcaadlc,aei fai,c ilean cia, particliapp aucbilóinlc,air deasdp,o nsaylb ati rlaindsapd alroecsnu caildaees,b esreárn teniednco use natelav aleulda ers empdeelñ aoes n tidyal doseses r vipdúobrleeisnce ols cumplidmeis eundste ob ecroenss titulceigoaonlr aeelsge lsa,m entarios. Quee la rtí1c2ud5l elo aC onstiPtoulcíistóeinñc aqalu ale o esm pleeonls oó sr gayn os entiddaedEles st asdoond ec arryeq ruaee lr etsierh oa raá):p ocra lifincoa ción satisfeanec dlte osreimap deeeñlmo p lbe)po o;vr i oladceriléó gni dmiesnc ipycl )ip onra rio ladse mácsa usaplreesv iesnlt aCa osn stiotl ulace iyó.n Quee nlu me3rd aeall r tí2cd uell aLo e 9y0 d9e 2 00m4o,d ifpioclraaL d ea1y 9 6d0e2 019, estabdleenctderel o o csr itbeársiiopcsao resall ogdrelo a s atisfdaelc ocisin ótne reses generyad leel sae fecptrievsat daecslie órnv iac)li apo r:o fesiondaetllai lzeanctioó n

humaanlso e rvdiecl iaao d miisntrpaúcbilócinoc mamo e canidsecm oon soliddealc ión prindceimlpé iroib t)lo af, l exidbeil lagi edsatpdiú óbnlp iacraaaj ustala arcssae m biantes necesiddela ads eosc iecd)la rade ;s ponsadbeli oslsei rdvaidpd úobrlepisoc erolt s r abajo desarrqoulsele ca odnoc,r aet traardváeél soi sn strudmeee nvtaolsud aecdlie ósne mpeño yd el oasc uerddeso ugs e stión. Queeal r tí3c7du ell aLo e 9y0 d9e 2 00s4e,ñ allopasr incqiupoeir oisel npate arnm anencia ene ls ervmiécriicotu:om ,p limeiveanltuoap,cr ioómnod,c eil óopn ú blciocmopo,i ladreels servpiúcbiloi co. Quel aC omisNiaócni odneSalel r vCiicv-iiColN SCe xpiedlAi cóu e6r1d7od 6e2 01y 8 AnexToé cn"iPcoeorl c uaslee stabellSe icset Teimpado eE valuadceDileó sne mpeño Labodrela olEs m pleaPdúobsl diecC oasr rAedrmai nisyte rnPa etriívdoaePd rou eba". Quee nc onsidecroalncdo ii ósnp ueenes lat rot í4c0du ell oaL e9y0 d9e 2 00m4o,d ificada

polraL e1y9 6d0e2 01e9lI, n stCiotluotmob dieBa ineon eFsatmair-l IiCaBrmF e diante ResolNuoc5.i9 ód3ne f ec3h1ad ee nedreo2 01a9d,o petSlói stTeimpdaoe E valuación deDle sempLeañboo praarlla o Sse rvidPoúrbelsid ceCo asr rAedrmai nisyte rna tiva PeridoePd rou eba. Quel eav aludaecdlie ósne mpleañboos reca oln steinlt haue yrer amqiuelenpe t ear mailt e Insteivtiudteoen,lnc iivaderecl u mpliemi ideonnteopi rdoafde sdiesolen ravlpi údbolri co duraenldt ees ardreco aldluaon dae s ufsu nciaosncíeo smd,oe tersmeiis ntaaarps o rtan efectivaalcmu emnptlei dmeil eofnsit noyem se tianss titucionales. www.lcbf.gov.co 0 ICBFColombia CI @ICBFColombia @JJ @iebfeolombíeoficlal Página de 23 1 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

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t '!'w,F'es :•d ·.1e •t odo.s , FAMILIAR Clasificada - 5 AGO 2021 RESOLUCIÓN No. fi803 "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETA NCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". Que de lo anterior se concluye que, la permanencia del servidor público en el empleo está condicionada a la eficiencia en el desempeño del cargo y al cumplimiento de sus funciones y deberes conforme lo establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del ICBF. l. ANTECEDENTES Que la servidora pública ANA LUZ BENTANCUR VALENCIA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.128.431.035, quien desempeña el empleo de Defensor de Familia, Código 2125, Grado 17, asfinada a la Regional Antioquia, concertó con su evaluadora SELMA PATRICIA ROLDAN TIRADO, Directora Regional, cuatro (4) compromisos funcionales y cuatro (4) compromisos comportamentales, para el periodo de evaluación anual u ordinario 2020-2021. Que la servidora pública ANA LUZ BENTANCUR VALENCIA para el período de evaluación 2020 - 2021 obtuvo una calificación en la evaluación definitiva de 98.99%, la cual, según lo establecido en el artículo 1O del Acuerdo 6176 de 2018 de la CNSC, la ubicó en el Nivel Sobresaliente, la cual fue notificada a la evaluada el 12 de febrero de 2021,

según consta en el formato de calificación. Que mediante oficio del 19 de febrero de 2021 dirigido a la Directora Regional SELMA PATRICIA ROLDÁN TIRADO, la servidora ANA LUZ BENTANCURVALENCIA interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, contra la calificación definitiva obtenida en la evaluación del desempeño laboral del periodo 2020-2021. Que a través de la Resolución No. 0508 del 12 de marzo de 2021, la Directora Regional SELMA PATRICIA ROLDÁN TIRADO, en calidad de evaluadora, resolvió el recurso de reposición interpuesto por la servidora ANA LUZ BENTANCUR VALENCIA, confirmando el resultado obtenido en la Calificación Definitiva para el periodo anual 2020-2021. Que mediante correo electrónico del 18 de marzo, dirigido a la servidora ANA LUZ BENTANCUR VALENCIA por la contratista del Grupo Jurídico de la Regional Antioquia ELIZABETH MONTOYA PIEDRAHITA, le fue notificada personalmente a la evaluada la Resolución No. 0508 del 12 de marzo de 2021. Que por medio de correo electrónico del 18 de marzo de 2021, la Directora Regional SELMA PATRICIA ROLDÁN TIRADO remitió el recurso de apelación de la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA a la Directora General del ICBF, superior jerárquico de la Evaluadora, con el fin de resolver la alzada. Con base en lo anteriormente expuesto, procede el Despacho de la Directora General, como superior jerárquico de la evaluadora, a resolver el recurso de apelación presentado

por la servidora pública ANA LUZ BENTANCUR VALENCIA.

11. COMPETENCIA La Directora General del ICBF tiene competencia para conocer y resolver el presente recurso de apelación interpuesto contra la Evaluación del Desempeño Laboral de la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA, para el período anual u ordinario

www.icbf.gov.co O CI iJ lCB.FColomb1a @ICBFColombia @icbfcolombíaolicial Página de 2 23 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 018 00901 8 080

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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras

BIENESTAR

Direccion General FAMILIAR• Clasificada ':!803 -5 AGO 2021 RESOLUCIÓN No. "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". 2020 - 2021, en virtud de las competencias asignadas por el Acuerdo 6176 de 2018, proferido por la Comisión Nacional del Servicio Civil y el artículo 35 del Decreto 760 de 2005 que consagra: ·contra la calificación definitiva expresa o presunta podrá interponerse el recurso de reposición ante el evaluador y el de apelación para ante el inmediato superior de este, cuando considerare que se produjo con violación de las normas legales o reglamentarias que la regulan. Los recursos se presentarán personalmente ante el evaluador por escrtio y

sustentados en la diligencia de notificación personal o dentro de los cinco (5) días siguientes a ella ( ... )". Por lo anterior, le asiste la facultad para resolver en segunda instancia el recurso de apelación objeto de la presente resolución.

111. ASPECTOS DEL RECURSO OBJETO DEL RECURSO Mediante oficio del 19 de febrero de 2021 dirigido a la Directora Regional SELMA PATRICIA ROLDÁN TIRADO, la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra la calificación definitiva obtenida en la Evaluación del Desempeño Laboral del periodo 2020-2021, sustentado en los siguientes hechos: ( .. .) "me permito presentar recurso de reposición y en subsidio apelación frente a mi evaluación definitiva del compromiso comportamental "Compromiso con la organización" para el segundo semestre del año 2020." ·como sustento de mi inconformidad con la evafuación de dicho compromiso se expone lo

siguiente:

1. En el ítem ªExplicación pregunta" se afirma: "En algunas ocasiones se le dan directrices desde la coordinación en pro de garantizar los derechos de los niños, pero hace caso omiso a estas directrices, pudiendo afectar la integridad de los NNA" El aparte transcrito se corresponde con una afirmación grave que de manera expresa deja en entredicho mis calidades profesionales y personales sin ningún sustento válido. Una vez realizada lectura de dicha afirmación resultó claro para mí que su sustento se correspondió con la inconformidad de la actual Coordinadora de mi Centro Zonal (Yesenia Mora Herrera) frente a mi oposición a desatender órdenes emitidas por ésta, quien se encontraba extralimitándose en sus

funciones. ( ...) "Si bien soy consciente del apoyo que para la evaluación de desempeño puede solicitar usted a los Coordinadores de los Centros Zonales debido a la cercanía de éstos a nuestro diario quehacer, es injusto y arbitrario que la calificación de mi compromiso con la organización se vea definida por las infundadas afirmaciones de una funcionaria en contra de la cual me encuentro a puertas de instaurar una queja por acoso laboral, debido a las presiones generadas sobre mí, cuyas manifestaciones más recientes son el cambio de mis funciones el pasado 02 de febrero y su influencia en la evafuación de mi compromiso con esta entidad. "2. En segundo lugar, considero importante exponer la incongruencia evidenciada en la evaluación, pues pese a hacerse una afirmación tan fuerte como la transcrita en el anterior numeral, se responde SI a fa siguiente pregunta: "¿Estas conductas le han permitido al empleado aportar más de lo que tenía estipulado en los compromisos laborales?" Resulta www.lcbt.gov.co 0 ICBFColombia l':J @ICBFColombia 1m) @icbfcolombiaoficlal Página 3 de 23 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c-75 01 8000 91 8080

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Clasificada 202.1 RESOLUCIÓN No. -5 AGO "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ

BETANCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". pues incongruente que luego de calificar de manera errónea elementos como mi sentido de pertenencia y apoyo la organización, afirme que he aportado de lo estipulado. mi a se más "3. Finalmente, considero importante resaltar que durante los más de dos años que llevo al servicio de esta entidad, siempre he tenido un comportamiento ético, honesto e íntegro. Prueba de ello son las incansables jornadas que en ocasiones por voluntad propia he desarrollado y de las cuales podrán dar fe las grabaciones de las cámaras de seguridad en las fechas en las que he asistido al Centro Zonal, así como las jornadas extensas de trabajo en casdea la s cuales pueden dar fe comunicaciones enviadas a través del correo electrónico institucional "Finalmente y como bien se afirma de su parte en la calificación de la competencia de Experticia profesional, considero importante resaltar que una funcionaria que "aplica su soy conocimiento profesional en la resolución de problemas, raciona analiza y es critica en los aspectos del trabajo, basándose en la información verídica.". una profesional que día a Soy día dirige sus conocimientos, motivación y compromiso al a garantía de /odser echos de la población especial que protegemos y /afusn ciones que am í fueron otorgadas. Con base en las anteriores consideraciones, elevo ante usted las siguientes: "PETICIONES 1. Le solicito reponer la calificación definitiva del segundo semestre del año 2020 para el compromiso comportamental "Compromiso con la organización" y en

consonancia con ello, otorgar la calificación satisfactoria más alta posible para la misma en todos sus elementos, puesto que las conductas asociadas realizan por mi parte "siempre"; se y no como se afirma en la evaluación: "frecuentemente", "algunas veces" o "moderadamente". 2.En caso de no prosperar el recurso de reposición interpuesto, le solicito me remita de manera detallada el sustento de su calificación y que, así mismo, se dé trámite al recurso de apelación. "PRUEBAS Comopr ueba documental anexa al presente escrito aporto las siguientes: • Correo electrónico enviado el 19 de enero de 2021. • Correo electrónico enviado el 02 de octubre de 2020. "Observación: El presente recurso se interpone luego de realizar consulta en el aplicativo EDL. Se advierte que pese a que al descargar la evaluación del aplicativo se indica como fecha de notificación de mi evaluación definitiva el 12 de febrero de 2021, a la fecha éstnoa me ha sido notificada personalmente ni por correo electrónico de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Acuerdo 565 de 2016 de la CNSC. (. ..) "

IV. DECISION DE PRIMERA INSTANCIA.

La servidora pública SELMA PATRICIA ROLDÁN TIRADO, Directora Regional Antioquia, en condición de evaluadora y en ejercicio de su competencia, resolvió el recurso de reposición, confirmando la calificación efectuada a la servidora ANA LUZ BETANCUR VALENCIA, mediante la Resolución 0508 del 12 de marzo de 2021, sustentando su decisión con base en los siguientes argumentos: ( ...) "En cuanto al recurso interpuesto vía correo electrónico el día 19 de febrero de 2021,

impetrado por la servidora pública Ana Luz Betancur Valencia, una vez se realizó el análisis exhaustivo del mismo, además de tener en cuenta las razones anteriormente expuestas, se evidencia que este carece de medios probatorios, como también adolece de la sustentación concreta de los motivos de su inconformidad. "Lo anterior basado en el artículo 77de la ley 1437 de 2011, el cual establece que los recursos deben cumplir con unos requisitos tales como: www.icbf.gov.co 0 E'J ICBFColombía @ICBFColombia [@J @icbfcolombiaoficial Página 4 de 23 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras , Dirección General :faffl Clasificada fi803 fi5 AGO 202 1 RESOLUCIÓN No. "Polrac u saler esueerllev ec udreas poe laicnitóenr ppuolerass e trvoi dpoúrbalA iNcALa U Z BETANCVUALRE NCcIoAn sturca a lificdaeicfinitóienvnl a aE v aluadceDi eósne mpLeañboo ral deple riaonduoua o lrd ina2ri0o2 0-r2.0 2 ".(). L .or sce ursdoesb erráenu naidr,e mláosss,i guireenqtueis1s Ii.nt toesr:p doennetrrsoe

depll alzeog paoler,il n teroe ssura edeposr entoa anptoed edreabdiod acmoennsttei 2t.u ido. Sustenctoaenrx sper ecsoinócndr eel tomaso tidveio nsc onfo3r.Smo ildiaycda i.pt oartlraa rs prueqbuasese p retehnadcveea rl 4e.Ir n.d ieclna orm byrl ead ierccidóernle ceunrrtaes,í comload ri ecceilóenc tsrdióe nsiseceaanr ot iafdipoco ers tmeed (í.a.). " . (. )." .Da edsots oep ueidnef qeurleisa re i,dvoprúab lAincLaau Bze tanVcaulrenn occ iuam ple colnac arpgrao tboarqiuale ec orresppaornsada ícaaav ra nstuse o liclioct uuacdlod, nu jao concqluuneio rr ebaetlhie óc dheom anecroan tuncdoelnno tesel ,e mednetp orsu eqbuae tieennse uh abienr,c umpluindeoen l dorose uqisidteeo sst" es,o lyia cpiotrtalarapr sr uebas ques ep retehnadceve arl eErs"tb.oa ,s aednoe le scrdietr oe feredneccliu aan los e suminilsastsur fióec niteevsi denecsid aescq,iu red entdreoel s crniots oep resentan documeon ptrouse dbifearse natl eaqssu see e ncuenetner laap nl icEa.tDiy.lv Laoc s u ales

fueryoant eniednca use nptaars aue valufaicniaaóslmní,i smnoos ee ncureafn utanmdentos razonsaobbllreaees x istdeendlce iraeq cuhreoe cltaomdava,eq zu seu fn udamecnatroe ce des ustennost oocn,l alroomsso tidveso usi ncoornmfidad. (.) ." .Fai lnmednelt oeq usee h av eniddeos cireinebdspo o siibnlfeqe urleiac r al iafciicfónina l correspona dliaee vnatleu adcedi eósne mpleañbood raell a s ervidpoúrbal AincaLa u z BetanVcaulre nccoimap,r eenndtierdl1eod ef beredre2o 0 2a0l3 1d ee nedreo2 012n,id e lac ailciafcdiesólen g upnedrioo ddeo1ld ea gosdte2o 0 2a0l3 1de e nedre2o 0 2n1or, e sulta deu ndae cissuibójne ctaipvriac,ho ao rsbai ternas rufi roam,sa e a delasnigtuói teonddaos ladsi osspoincieqsu el ao rdenasni,e nndoot oqruieho u buon e sfueirpmzoor tpaantrea garanutnpi rzoacrde ese ov alutaéccinóyinp c aiorc taitpidvuor aenlct ueas el h izuosd oe l a metodoalpolgiíccaao ldnoac uaslee videlnaoc bitjaie vdiy dt arnaspareenxciigeaidn la as noninvaitvdiagde pnatrleaar ealidzeae csitlóaan b or''

V. PRUEBAS APORTADAS Para el conocimiento del presente recurso de apelación, fueron allegados los siguientes documentos para ser valorados como pruebas por este Despacho: POR PARTE DE LA EVALUADA: La recurrente anexó a con su escrito de recurso los correos electrónicos que se describen

a continuación:

1. Correo del 19 de enero de 2021, enviado por la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA y dirigido a la Directora Regional SELMA PATRICIA ROLDÁN, en el que se le solicita apoyo para gestionar una respuesta a la consulta elevada por la defensora a la Dirección de Gestión Humana, con el ánimo de aclarar una situación presentada con YESENIA MORA, Coordinadora del Centro Zonal, sobre cumplimiento de funciones por fuera del horario laboral asignado.

2. Correo del 14 de diciembre de 2020 enviado por la servidora pública YESENIA MORA, dirigido a la servidora ANA LUZ BETANCUR VALENCIA y otros, en el que se da información sobre el horario en el que se deben atender presencialmente las emergencias en el Centro Zonal, señalando que el memorando vigente de horarios n o c o r r e s p o n d e a l h o r a r io r e a l d e a te n c ió n .

3. Correo del 14 de diciembre de 2020 enviado por la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA, dirigido a la Coordinadora YESENIA MORA, en el que se

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia mJ @icbrcolombiaoficial Página 5d e 23 Sede de la Dirección General

Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

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BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Clasificada 3 :.5 AGO 2021 RESOLUCIÓN No. f 8 ('\ _ "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETA NCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". le da respuesta sobre el cambio de los horarios de atención de emergencias de modo presencial en el Centro Zonal.

4. Correo del 09 de diciembre de 2020, enviado por la servidora ANA LUZ BETANCUR VALENCIA, dirigido a YESENIA MORA - Coordinadora del Centro Zonal, en el que manifiesta una inconformidad por la orden directa de esta de atender emergencias de manera presencial en el centro zonal por fuera del horario asignado para esto.

POR PARTE DE LA EVALUADORA: La Evaluadora no aportó documentos que pretenda hacer valer como pruebas.

EVIDENCIAS REGISTRADAS POR LA EVALUADA EN EL APLICATIVO EDL-APP

Fecha de Compromiso o Descripción Ubi.caclón Usuaria registro Competencia Re:gistro 31/07/2020 Movilizar las En el marco de Aplicativo SIM La movilización ANA entidades que hacen las SRD ICBF, Historias de de las entidades BETANCUR

parte del Sistema asignadas, en atención, Archivos del SNBF se Nacional de caso de digitales. realiza tanto en Bienestar Familiar evidenciarse el marco de SRD expidiendo los situaciones que en las cuales no oficios o requieran la se requiere requerimientos para activación del PARO, como en tal fin acuerdo a SNBF, se realiza el trámite de de las condiciones de la gestión aquellas que si inobservancia, pertinente, se requieren amenaza y/o radica apertura de vulneración de requerimiento en PARO. derechos de niños, orfeo, se hace la niñas y gestión para su adolescentes, en envio y se aras de que incorpora a la desarrollen las Historia. acciones pertinentes para la garantía y ejercicio efectivo de sus derechos. 31/07/2020 Realizar las De conformidad Aplicativo SIM Además de ANA acciones pertinentes con las funciones ICBF, Historias de emitir las BETANCUR para el cierre de las asignadas por la atención ffsicas, actuaciones peticiones en cuya Coordinadora del Archivos digitales, respectivas, se verificación de CZ, se registran Comunicaciones y organiza garantía de en el SfM y se requerimientos físicamente derechos no se incorporan a los radicados en cada Historia de identifiquen expedientes el Orfeo y correo atención con la derechos auto de tramite electrónico documentación amenazados y/o que ordena institucional. requerida. El vulnerados, previa verificación de cierre se movilización del derechos así sustenta en los Sistema Nacional de como el auto que dictámenes Bienestar Familia en ordena el cierre periciales

caso de presentarse de la solicitud emitidos como exclusivamente una producto de las situación de acciones de inobservancia de verificación de derechos. derechos www.lcbf.gov.co 0 ICBFColombla CI @ICBFColombla [@] @icbfcolombiaoficial Página 6 de 23 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75

PBX: 437 7630 018 00901 8 080

\\) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Ceiclia Dela Fuented eL leras BIENESTAR Dirección Generar FAMILIAR• Clasificada fi5 AGO 2021 803 RESOLUCIÓN No. fi "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". Fecha de Compromiso o re_gistro Cmnpetencla 20/01/2021 Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos pertinentes en aquellas solicitudes cuyos informes de verificación identifiquen derechos vulnerados amenazados 31/07/2020 y / o Descripción Ubicación Observación Usuario Registro En consonancia Aplicativo SIM En los casos de ANA con las funciones ICBF, Historias de mí competencia BETANCUR a mi cargo y los atención físicas, desarrollo todas casos de mi Archivos digitales las acciones competencia, disco duro, pertinentes en emito las Comunicaciones y concordancia actuaciones requerimientos con la Ley 1098 correspondientes radicados en de 2006,

en consonancia Orfeo y correo ordenando con la Ley 1098 electrónico igualmente las del de 2006; institucional. medidas de niño, niña o actuaciones que restablecimiento adolescente incorporo a cada de derechos a beneficiario, Historia de que hubiere respetando el Atención y lugar en garantía principio de interés registro en el de los derechos superior y conforme SIM. de los NNA. lo establecido en la Lev 1908de 2006. Experticia En los procesos a Historias de Adicionalmente ANA Profesional - mi cargo se aplica atención físicas, se destaca la BETANCUR Decreto 2539 el conocimiento Archivos digitales, iniciativa para profesional Memorando promover adquirido. En fechado del 31-07discusiones consonancia con 2020 dirigido al relevantes para ello, las Grupo de el tramite de los actuaciones Protección procesos. emitidas se relacionado con Evidencia de ello sustentan en el discusiones en es proyección de marco normativo torno al momento memorando aplicable y del conocimiento y dirigido al Grupo atienden los el indicador PA 32. de Protección lineamientos del que el día 31 de ICBF en garantia julio de 2020 se de los derechos envia por la de los NNA. Coordinación 31/07/2020 Transparencia - Uso responsable Aplicativo SIM Uso responsable ANA Decreto 2539 y claro de los ICBF, Historias de y claro de los BETANCUR recursos atención físicas, recursos públicos, Archivos digitales públicos, despliegue de las y correo despliegue de actuaciones de electrónico las actuaciones mi competencia institucional. de mi de conformidad competencia de

con la ley, conformidad con imparcialidad en la ley, mis decisiones y imparcialidad en disposición de la mis decisiones. información relacionada con mis responsabilidade s y con el servicio. www.icbf.gov.co 0 I CBFColombla CJ @ICBFColombia lm} @icbftolombiaoliclal Página 7 de 23 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

<tl Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Dirección General

FAMILIAR

Clasificada RESOLUCIÓN No. -5A G2O0 21 "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETA NCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021". Fecha de Compromiso o Descripción Ubicación Observación Usuario registro Competencia Registro 31/0712020 Emitir auto de En las peticiones Aplicativo SIM En consonancia ANA trámite en las de competencia ICBF, Historias de con los términos BETANCUR peticiones de esta atención físicas, de ley se emite asignadas Defensoría, se Archivos digitales, el auto de ordenando al equipo emite auto de Comunicaciones y tramite y las técnico trámite requerimientos actuaciones interdisciplinarío ordenando al radicados en emitidas con realizar la equipo realizar Orfeo y correo posterioridad a verificación de la las acciones dee lectrónico este, se registra

garantía de verificacion de institucional. en el SIM y se derechos en derechos. En incorpora de cumplimiento del consonancia con manera física a artículo 52 de la Ley los dictamenes la Historia de 1098 de 2006 periciales se Atencion. modificado por el define la apertura artículo 1 de la Ley de PARO dentro 1878 del 2018. del término leaal. 20/01/2021 Realizar las En aquellas Aplicativo SIM Teniendo en ANA acciones pertinentes peticiones bajo mi ICBF, Historias de cuenta las BETANCUR para el cierre de las conocimiento en atención físicas, funciones a mi peticiones en cuya las cuales ordeno Archivos digitales cargo, en los verificación de el cierre, registro disco duro, casos en los que garantía de en el SIM las Comunicaciones y con base en derechos no se actuaciones requerimientos Informes de identifiquen correspondientes radicados en verificación de derechos e incorporo a la Orfeo y correo derechos no amenazados y/o Historia de electrónico apertura PARD y vulnerados, prevía Atención el auto institucional. ordeno el cierre, movilización del correspondiente. incorporo las Sistema Nacional de actuaciones Bienestar Familia en respectivas y caso de presentarse organizo exclusivamente una físicamente situación de cada Historia de inobservancia de Atención. derechos. 20/01/2021 Transparencia - Uso responsable Historias de Hago uso ANA Decreto 2539 de los recursos atención, Archivos responsable de BETANCUR públicos, digitales y correo los recursos Transparencia y electrónico públicos, rectitud en mis institucional. despliego mis

actuaciones de actuaciones de conformidad con mi competencia la ley, de conformidad Imparcialidad en con la ley y soy mis decisiones. imparcial en mis decisiones. 31107/2020 Compromiso con la Compromiso no Aplicativo SIM Existe un claro ANA organización sólo con las ICBF, Historias de compromiso con BETANCUR Decreto 2539 funciones atención físicas, la organización y asignadas, sino Archivos digitales, los NNA en cuyo también con los Comunicaciones y favor adelanto sujetos requerimientos las acciones especiales de radicados en pertinentes protección detrás Orfeo y correo dentro de los de ellas. Se electrónico procesos de mi alinea la atención institucional. competencia, con el propio partiendo de un comportamiento, buen trato a cumplimiento de comoañeros de www.icbf.gov.co 0 rl @) ICBFColombia @ICBFColombia @icbfcolombiaolicial Página 8 de 23 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

·fi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Elf uturo Cecilia D,e la Fuente de Lleras es de todos o· fi 1P B FAIE MNESTAR ILIAR · 1reccion Genera I Clasificada fi5 AGO 2021 RESOLUCIÓN No. fi803 "Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora pública ANA LUZ BETANCUR VALENCIA contra su calificación definitiva en la Evaluación de Desempeño Laboral del periodo anual u ordinario 2020-2021".

Fecha de Compromiso o DescripciUóbni cación ObservacióUns uario registro Competencia Registro metas trabajo y organizacionales usuarios. y det érmidneo s ley. 20/01/A2p0r2e1n dizajeC adaa ctuacHiiósnt oriadse A plico losA NA contin-uDoe creqtuoe emitsoe A tencióCno,r recoo nocimieBnEtAToNsC UR 2539 sustentae ne lectrónicaod quiridyo s fundamentosI nstituaccitaobsnu aslc,o el legales y de asistean cfoirat alecimiento conocimienetsopsa ciosd ed e éstoAss.í adquiriqduoecs a pacitacyi móins mmou estro refueArsziosa.t foo ramción interése n capacitayc ipornoepsu epsotrlo sap romover jornadas entidad. discusqiuoene s académicas puedeanp ortar propuestya s al ejceircio musetroi nterés preosfional. poerla prendizaje en relaciaó n aspectos problemáticos. 31/07/20

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