🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ICBF - Resolución 4908 - realiza asignacion complementaria subcuenta de subsistencia fondo solidaridad pensional 0-2021

ICBF

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ICBF - Resolución 4908 - realiza asignacion complementaria subcuenta de subsistencia fondo solidaridad pensional 0-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

4t\l,) InstCiotluotmob dieaB nioe neFsatmairl iar El futuro Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos. BIENESTAR SubdireGcecnieórna l

FAMILIAR PÚBLICA fifi08

RESOLUCNIoÓ.N 1 O AGO 2021

Por la cual se realiza una asignación yt raslado complementario yp arcial a /os recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! para el octavo pago, programación yr eactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. LAS UBDIRECGTEONREAR DAELL I NSTITCUOTLOO MBIDAENB OI ENESTAR FAMILCIEACRI LDIELA A F UENTDEEL LERAISC-BF En ejercicio de la delegación conferida por el numeral 1.5.1.1 del Manual de Contratación, el articulo 9 la Ley 489 de 1998 y en ejercicio del artículo 9 del Decreto 987 de 2012 y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley 100 de 1993, estableció un programa de auxilios en materia pensiona! destinado a ampliar la cobertura mediante el otorgamiento del subsidio a los grupos poblacionales que, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social. º Que el artículo 2 de la Ley 797 de 2003, modificó el literal i) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993, creando la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona!, destinada a la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema,

mediante el otorgamiento de un subsidio económico que se entrega a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, hoy Colombia Mayor. Que mediante el Decreto 3771 de 2007, compilado en el Libro 2, parte 2, Título 14, Capítulo 1 del Decreto 1833 de 2016, se reglamentó la administración y el funcionamiento del Fondo de Solidaridad Pensiona! destinado a ampliar la cobertura mediante un subsidio a las cotizaciones para pensiones, de los grupos de población que por sus características y condiciones socioeconómicas no tienen acceso a los sistemas de seguridad social, así como el otorgamiento de subsidios económicos para la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema. Que de conformidad con el artículo 164 de la Ley 1450 de 2011, Plan Nacional de Desarrollo "Prosperidad para Todos, 2010 -2014", se dispuso frente a las personas que dejen de ser Madres Comunitarias y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión, ni sean beneficiarias del mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), el acceso a un subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona!, el cual es complementado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF. www.icbf.gov.co O c:J ICBFColomb,:i CICBFColombea @1 fi!Cbfcolombieofic¡al Página 1 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro fifi CeciDleil aaF uendteeL leras es de todos

BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR PÚBLICA fifi08

RESOLUCIÓN No. 1 O AGO 2021

Por fa cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de fa Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. Quee stnao rmcao nsesruvv ai gendceci oan,f ormciodnla odd i spueense tlao r tí3c3u6l o del aL e1y9 5d5e 2 01"9Po r la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018 -2022. 'Pacto por Colombia pacto por la equidad". Quee la rtí1c1u8dle ol aL e2y0 6d3e2 02"0P,o lrca u asled ecreel ptrae supdueers etnot as yr ecurdseco asp iytl aedlye a propiapcairolanav e isg enfciisdace a1lld ee nearlo3 1d e diciedmeb2 r0e2" 1e, s tabqlueec" eC oenlf idneg aranltiafz uaernd tere e curdselo oss subsiddeiq ouset ratlaoansr tíc1u6l4do els a L e1y4 5d0e 2 01y12 15d el aL e1y9 5d5e 201p9a,r laav igen2c0i2al1 a,p roporacc iaórndg eoIl C BqFu ec omplemeelsn utbas idio

otorgsaedrcoáu biceorcnta or agl oo rse curdselo Sasu bcuedneSt uab sistdeeFnloc nidao deS olidaPreindsaido na!". Quep areaf ecdteoc so ordeilna acrc iodneal raes n tidcaodmepse tean lat leusdz e l o dispueensl taLo e dye plr esupuleaDs itroe,c Gceinóenrr aelm iatlMi ión isdteeTlrr iaob ajo unac omuniccaocnria ódni c2a0d2o1 1100000d0e12l15 d7 e9j 0u1nd ie2o 0 2p1o,mr e dio del ac uasles olilcaai ctlóa rascoibólrnaeo peradceiFlóo nn ddoeS olidaPreindsaido na! enl av igendcei2 a0 2y1 l ai nclutsoitódanell orsu brdoess tinaa ldaoessx m adres comunitysa ruisatsiq tuuevt eansí saine nadtoe ndeindc aosf inanpcoipraa cridtóeenIl C BF. Quee lM inisdteTr roa bamjeod,i arnatdei c0a8dSoE 20211000000d0e02l08 0d 3e8 857 jundieo2 021s,e ñaqluóee ,nv irdteul dod ispueensl taLo e 2y0 6d3e 2 020"un,a vez los recursos que tiene el ICBF para el presente programa se ejecuten en su totalidad, le corresponderá al Fondo de Solidaridad Pensiona/ atender cualquier valor adicional; en

consecuencia, hemos incorporado en el programa de madres los dineros necesarios para cofinanciar a las ex madres, así como el pago total de los nuevos cupos que se den en la vigencia, y el aumento del valor del subsidio de las que se encuentran actualmente vinculadas y las nuevas al 100%". Quee,n e stmai smcao municasceai cólnaq,ru óe"re specto a las exmadres que ya venían disfrutando del subsidio, es decir que se encuentren en el programa y el ICBF no cuente con los recursos para cofinanciarlas, podrá el Ministerio del Trabajo subrogarse como garante de dicha obligación, para que esta sea atendida a través de la subcuenta del Fondo de Solidaridad Pensiona! en virlud del arlículo 118 de la Ley 2063 del 28 de noviembre de

2020. En el caso de que así sea, el ICBF deberá manifestarlo, para que este Ministerio pueda hacer la ampliación de los recursos mediante los ajustes presupuesta/es necesarios y así proteger a espao blación vulnerable".

www.iebf.gov.eo 0 CJ ICBFColomb,a (tlCBFColomb>a fi J'l'l1ebfcolomblaofrc1al Página 2 de 38 Sede de la D1recc1ón General Avernda carrera 68 No 64c -75 Linea gratuita nacional ICBF PBX 4377630 01 8000 91 8080 "\fi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar 'fi;'"' ·fi E.,fi t fi f ut• u ro r Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos

BIENESTAR

Subdirección General

FAMILIAR

PÚBLICA RESOLUCIÓN No. 49 O 8 t1 O AGO 2021

Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. Que entendiendo la necesidad de proteger los derechos fundamentales de las ex madres comunitarias y sustitutas a partir del tránsito normativo de la Ley 2063 de 2020 y teniendo en cuenta que se trata de población vulnerable, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar continúa reconociendo los recursos correspondientes para complementar el subsidio. Que según lo aclaró el Ministro de Trabajo en la comunicación remitida a esta Entidad, el Fondo de Solidaridad Pensiona! cubrirá la totalidad del importe del subsidio de las ex madres beneficiarias, en el caso en que los recursos con los que cuenta el ICBF para estos efectos resulten insuficientes sin importar si se trata de ex madres que ya cuentan con el subsidio, de nuevas beneficiarias o de aumentos en el importe de este beneficio. Que el parágrafo del artículo 2.2.14.3.4 del Decreto 1833 de 2016, dispone que los cupos que sean determinados en el proceso de selección para el acceso al Subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! que adelante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "serán asignados anualmente por el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensiona! y las bases de ponderación de cada uno de los criterios señalados, serán las que establezca el Ministerio del Trabajo".

Que el artículo 1 del Decreto 783 del 19 de julio de 2021, modificó el artículo 2.2.14.3.5 del Decreto 1833 de 2016, estableciendo el valor del subsidio conforme al tiempo de servicio laborado como madres comunitarias. Que, de conformidad con el artículo referido, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) asumirá la diferencia entre lo otorgado por el Programa Colombia Mayor y el valor que se indica a continuación: Tiempo de permanencia en el Programa Hogares Valor del Comunitarios de Bienestar Familiar Subsidio Más de 1 O años y hasta 15 años $ 360.000 Más de 15 años y hasta 20 años $ 420.000 Más de 20 años $ 440.000 Que así mismo, el parágrafo 1 º del artículo 2.2.14.3.5 del Decreto 1833 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 783 de 2021, dispone que La Subcuenta de Subsistencia del www.l.cbf.gov.co 0 ICBFColomb,a Q fi ICBf'Colomboa e@ C1Cbfcclomb11oficia1 Página 3 de 38 Sede de la Direcc1on General Avenida carrera 68 No.64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 '4\, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR PÚBLICA 4. 9 O 8

RESOLUCIÓN No. 1 O AGO 2021

Por fa cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de fa Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago,

programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de tas ex madres comunitarias. Fondo de Solidaridad Pensiona! asumirá la proporción a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en el evento en que los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a este resulten insuficientes.

VALOR VALOR SUBSIDIO MENSUAL COFINANCIADO APORTE Rango 1 Rango 2 Rango 3

FONDO DE $ 360.000 $ 420.000 $ 440.000

SOLIDARIDAD VALOR APORTE ICBF DE ACUERDO CON

PENSIONAL RANGOS DEL SUBSIDIO $ 220.000 para rango 1 y 240.000 para $ 140.000 $ 180.000 $ 200.000 los rangos 2 y 3 Que la Resolución 1370 de 2013, por la cual se actualiza el Manual Operativo del Programa de Protección Social al Adulto Mayor, hoy Colombia Mayor, establece las funciones, competencia y procedimientos que el ICBF debe adelantar en desarrollo del ingreso y retiro a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! de las personas que dejaron de ser Madres Comunitarias a partir de la entrada en vigor de la Ley 1450 de 2011. Que el numeral 1.5.1.1 del Manual de Contratación vigente, delega en la Subdirectora General, entre otras la "La facultad de dirigir y celebrar los contratos y/o convenios sin cuantía, cuyo objeto se relacione con los asuntos de su competencia y de las dependencias misionales y de la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y sus subdirecciones, o quien haga sus veces".

Que la mencionada delegación incluye todas las facultades para expedir los actos administrativos necesarios para la ejecución de las etapas precontractual, contractual, poscontractual, de conformidad con la ley y el Manual de Contratación de la Entidad. Que el ICBF, representado por la Subdirectora General y el Ministerio del Trabajo, representado por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. -FIDUAGRARIA S.A., suscribieron el Convenio lnteradministrativo 01015842018 de 2018, con el objeto de "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, humanos y financieros para ejecutar el procedimiento operativo en la transferencia de los recursos que realiza el ICBF de Mo11W.icbf.gov.co 0 CJ ICBFColomb1a CICBFColomb1n Página 4 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No 64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX 4377630 01 8000 91 8080 filfi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR

PÚBLICA

9 8

RESOLUCIÓN Np. 4 Q 1 O AGO 2021

. Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a /os recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. conformidad con lo dispuesto en el Decreto 605 de 2013 en relación con el acceso al subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! de las

personas que dejen de ser madres y padres comunitarios, en las condiciones del citado Decreto". Que el Convenio lnteradministrativo 01015842018 de 2018, dispuso en la cláusula 2.3.2 "OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ICBF: 1. Transferir los recursos a la cuenta corriente establecida por FIDUAGRARIA S.A, para la destinación de los subsidios para las personas beneficiarias de la Subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona!, una vez se cuente con la relación de pagos que será remitida por el administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad, máximo el último día hábil del mes anterior al pago. Lo anterior de acuerdo con la programación que tal fin remita el ADMINISTRADOR FIDUCIARIO previa disponibilidad del PAC. 2. Realizar los trámites presupuestales necesarios para que se transfieran al administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensiona!. los recursos requeridos para atender el pago de los valores de los subsidios que complementa el ICBF de las personas beneficiarias que accedan a la Subcuenta de Subsistencia". Que para la vigencia fiscal 2021, se han realizado siete asignaciones de recursos para la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona 1, mediante las Resoluciones 0349 del 28 de enero de 2021, 0878 del 18 de febrero de 2021, 1389 del 15 de marzo de 2021, 1983 del 21 de abril de 2021, 2512 del 18 de mayo de 2021, 3725 del 29 de junio de 2021 y 4401 del 26 de julio de 2021. Lo anterior, para la realización de los pagos a las

personas que dejaron de ser madres comunitarias y que cumplieron con todas las condiciones y requisitos para acceder al Subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondode Solidaridad Pensiona! - Programa Colombia Mayor. Que por tal razón, resulta necesario asignar y trasladar la suma de QUINIENTOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/cte. ($502.640.000), para el octavo pago de la vigencia 2021, con destino a 2.622 ex madres comunitarias que cumplen con los requisitos a la fecha. Que de igual forma, se hace necesario asignar y trasladar la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE. ($19.580.000) para la programación de subsidios del mes de julio de 2021 de 101 beneficiaras cuyo pago se realiza de manera bimestral de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico No. 1 del Programa de Protección al Adulto MayorHoy Colombia Mayor. www.lcbf.gov.co 0 ICBFColombta CJ ICBfic. mbo @] Oicbtcolomblaoric.■1 Página 5 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Linea gratuita nacional ICBF PBX:4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro fifi Cecilia De la Fuente de L -:¡5 es de todos BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR

PÚBLICA

RESOLUCIÓN No. 4 9 0 8 1 O AGO 2021

Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos

de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. Que de igual forma, se hace necesario asignar y trasladar la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE. {$5.600.000) para el pago de 4 beneficiarias reprogramadas en los meses dejados de cobrar, lo anterior en virtud de la reactivación realizada en el programa y una vez surtido el debido proceso y cumplimiento de los requisitos establecidos. Que en consecuencia de lo anterior resulta necesario asignar la suma total de QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE. ($527.820.000), para garantizar el pago de nómina del mes de agosto de 2021 y las reprogramaciones. Que dicha apropiación se encuentra clasificada en el Rubro C-4102-1500-18-0-410200302-165 Adquisición de bienes y servicios, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! -CDP9121 de 13 de enero de 2021, por lo que es procedente realizar la asignación de estos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Asignar recursos por valor de QUINIENTOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/cte. ($502.640.000) que corresponden al Rubro C-4102-1500-18-0-4102003-02-165 Adquisición de bienes y Servicios, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuesta! 9121 de 13 de enero de 2021, con el fin de hacer

efectivo el subsidio de que trata el Capítulo II del Decreto 605 de 2013, compilado en el Capítulo 3, Título 14 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, a 2.622 ex madres comunitarias. A continuación, se detalla para el octavo pago de la vigencia 2021, el número de ex madres comunitarias beneficiarias del Subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! - Programa Colombia Mayor, el Departamento y municipio al que pertenecen y el valor a asignar por parte del ICBF: 0 CJwww Jc:bf.gov.co mJ) lCBFCo!ombta (l IC9FColc;mb,a =1cblcolomb1aollc1al Página 6 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX 4377630 01 8000 91 8080

  • 1·•fi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro • • • fifi CeciDleli aFa u endteLe l eras es de todos •

BIENESTAR '

FAMILIAR Subdirección General . '

PÚBLICA 908 1 O AGO 2021

RESOLUCIÓN No. fi Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial recursos a /os de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. r fi7'7

AMAZONAS LETICIA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

PUERTO NARIÑO $ 440.000 1 $ 240.000 S 200.000

ALEJANDRIA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

ANDES $ 440.000 3 $ 720.000 $ 600.000

ARGELIA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 2 $ 440.000 $ 280.000

BELLO $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

ANTIOQUIA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 1 $ 220.000 S 140.000

BETULIA $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

CACERES $ 440.000 4 $ 960.000 $ 800.000

CALDAS $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

CAMPAMENTO $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $220,000 $ 140.000

CAÑASGORDAS $440,000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

CARAMANTA $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

CAUCASIA $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 440.000 7 $ 1.680.000 $ 1.400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

CIUDAD BOLIVAR $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000

$ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

CONCORDIA $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

www..lcbf.gov.co CI 0 ICBFColomb1;a IC.81='-: ,nt,,;i @] C>Cbfuolo mb1111ic,0,1 Página 7 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Linea gratuita nacional ICBF PBX:4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ·..fi E l futuro ._• 1 ' Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos . BIENESTAR Subdirección General • • fi

FAMILIAR PÚBLICA 9 Ü 8 1 O AGO 2021

RESOLUCIÓN No. 4_ Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. $ 440.000 3 $ 720.000 $ 600.000

COPACABANA $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

S 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

DABEIBA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

DON MATIAS $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

EL BAGRE $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

FREDONIA $ 440.000 3 $ 720.000 $ 600.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

FRONTINO $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 440.000 7 $ 1.680.000 $ 1 .400.000

GIRALDO $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

GIRARDOTA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

GOMEZ PLATA $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 420.000 1 $ 240.000 S 180.000

GRANADA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

GUADALUPE $ 440.000 4 $ 960.000 $ 800.000

GUARNE $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

ITAGUI $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

ITUANGO S 440.000 1 $ 240.000 S 200.000 $ 420 000 1 $ 240.000 $ 180.000

JARDIN $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

JERICO S 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

S 360.000 2 $ 440.000 $ 280.000

LA CEJA S 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

www.lcbf.gov.co 0 CJ mJ ICBFColombla ([ICBFColomb111 4!icbfcolomb,1cr1c1al

Página 8 de 38 Sede de la o,recc,on Genera! Avenida carrer;, 68 No 6-lc -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX 43771:530 01 8000 91 8080 fi,, - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIEESTNAR Subdirección General

FAMILIAR

PÚBLICA 4 9 Ü 8

RESOLUCIÓN Nfi. 1 O AGO 2021

Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a /os recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. $ 3 60.000 11 $ 2 .420.000 $ 1 .540.000

MEDELLIN $ 420.000 17 $ 4.080.000 $ 3.060.000 $ 440.000 115 $ 27.600.000 $ 23.000.000

NECHI $ 440.000 7 $ 1.680.000 $ 1.400.000

OLAYA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

PEÑOL $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

PEQUE $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 $ 420.000 3 $ 720.000 $ 540.000

PUERTO BERRIO $ 440.000 3 $ 720.000 $ 600.000

REMEDIOS $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

RIONEGRO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

SABANALARGA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

SAN ANDRES $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SAN JERONIMO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

SAN LUIS $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SAN RAFAEL $ 440.000 3 $ 720.000 $ 600.000

SAN ROQUE $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SAN VICENTE $ 440.000 4 $ 960.000 $ 800.000

SANTA ROSA DE OSOS $ 440.000 1 $ 240 000 $ 200.000

SANTAFE DE ANTIOQUIA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SONSON $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

SOPETRAN $ 360.000 1 $ 220.000 $ 1 40.000

TARAZA $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

www.Icbf.gov.co 0 !CBFCdom.bia Cl CICBl'Colombia (¡fil :bfcclombmof, Página 9 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro r.P II O" l Fu0n!e de• es de todos

BIENESTAR Subdirección General .)!;. . . •

FAMILIAR PÚBLICA 4_ 9 Ü 8 2021

RESOLUCIÓN No. 1 O AGO Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

TARSO $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

TITIRIBI $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

URAMITA $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

URRAO $ 440.000 4 $ 960.000 $ 800.000

VALDIVIA $ 440.000 1 $ 240.000 S 200.000

VEGACHI S 440.000 1 $ 240.000 S 200.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

YARUMAL $ 440.000 5 $ 1.200.000 $ 1.000.000 $ 360.000 3 $ 660.000 $ 420.000

YOLOMBO $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

YONDO S 440.000 6 $ 1.440.000 $ 1.200.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

ZARAGOZA $ 440.000 3 $ 720.000 $ 600.000

ARAUCA $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

ARAUCA CRAVO NORTE $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SARAVENA $ 440.000 2 $ 480 000 $ 400.000

TAME $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

ATLANTICO S 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

BARRANQUILLA $ 440.000 18 $ 4.320.000 $ 3.600.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140 000

GALAPA $ 440.000 1 $ 240.000 S 200.000

MALAMBO $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

www.tc1:!f.gov.co 0 lCBFColomb,a CJ lllF'C "lba @l fitcb1colomb,aof,cr.il Página 1 O de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Linea gratuita nacional ICBF PBX· 4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro fifi Cecilia De la Fuente de Lleras efi de todos _ BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR PÚBLICA 9 Ü 8

RESOLUCIÓN NQ. 4_ 1 O AGO 2021 se a los Por la cual realiza una asignación y traslado complementario y parcial recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! para el octavo pago,

programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. t $ 440.000 5 $ 1.200.000 $ 1.000.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

PONEDERA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SABANAG RANDE $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180000

SABANALARGA $ 440.000 5 $ 1.200.000 $ 1.000.000

SANTO TOMAS $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

SOLEDAD $ 420.000 3 $ 720.000 $ 540.000 $ 440.000 11 $ 2.640.000 $ 2.200.000

TUBARA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

BOGOTA D.C. $ 360.000 26 $ 5.720.000 $ 3.640.000

BOGOTAD.C. $ 420.000 66 $ 15.840.000 $ 11.880.000 $ 440.000 189 $ 45.360.000 $ 37.800.000

BOLIVAR ACHI $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 2 $ 440.000 $ 280.000

CARTAGENA $ 420.000 6 $ 1.440.000 $ 1.080.000

$ 440.000 29 $ 6.960.000 $ 5.800.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

EL CARMEN DE BOLIVAR $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

EL PEÑON $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

HATILLO DE LOBA $ 420.000 3 $ 720.000 $ 540.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

MAGANGUE $ 440.000 10 $ 2 400.000 $ 2.000.000 wwwJcbf.gov.co 0 IC8FCalomb1a &:J ;!;ICBFCJ Página 11 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Linea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Cecilia De la Fuente de l.ltfiras es de todos BIEESTNAR Subdirección General

FAMILIAR

PÚBLICA

RESOLUCIÓN No. J! 908 1 O AGO 2021

Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de fa vigencia fiscal 2021 en beneficio de fas ex madres comunitarias.

MARGARITA $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

MARIA LA BAJA S 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 4 $ 960.000 $ 720.000

MOMPOS $ 440.000 6 $ 1.440.000 $ 1 200.000

MORALES $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

PINILLOS $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 $ 440.000 12 $ 2.880.000 $ 2.400.000

SAN FERNANDO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 1 S 240.000 $ 180.000

SAN JACINTO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

SANJUANNEPOMUCENO $ 440.000 1 $ 240.000 S 200.000

TURBACO $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

TURBANA $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

VILLANUEVA $420,000 1 S 240.000 $ 180.000

S 440.000 5 $ 1.200.000 $ 1.000.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

ZAMBRANO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

BOYACA BERBEO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

BOAVITA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

BRICEÑO $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

S 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

CHIQUINQUIRA $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360 000

S 440.000 5 $ 1.200.000 $ 1.000.000 0 !CBFColomb;:, CJwww .icbf.g:av.eo fm) fiICB•Colomb1,i (Z!1ct:>tcolornblaofic1al Página 12 de 38 Sede ae la D1rncc1on General Avenida carrera 68 No 64c -75 Linea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 fi\fi Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR PÚBLICA 9 0 8

RESOLUCIÓN NQ. 4_ 1 O AGO 2021

Por la cual se realiza una asignación y traslado complementario y parcial a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias. - CHIQUIZA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

CHISCAS $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

CHITA $ 440.000 4 $ 960.000 $ 800.000

COVARACHIA $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

DUITAMA $ 440.000 3 S 720.000 $ 600.000

EL COCUY $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

MARIPI $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

MIRAFLORES $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

MUZO $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

OTANCHE $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

PUERTO BOYACA $ 420.000 2 $ 480.000 $ 360.000 $ 440.000 6 $ 1.440.000 $ 1.200.000

RONDON $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SAMACA $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

SAN JOSE DE PARE $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

SATIVANORTE $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SOATA $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

SOCOTA $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

SOTAOUIRA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

TIBASOSA $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000 $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

TINJACA $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 wwwjcbf.gov.co

O CJ !C8FColomb1a ct/lCBFColomboa @J @tc.bfoolomb1a, ficia' Página 13 de 38 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección General

FAMILIAR

PÚBLICA

9 8 RESOLUCIÓN No. 4_ Ü 1 O AGO 2021 se a Por la cual realiza una asignación y traslado complementario y parcial los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para el octavo pago, programación y reactivación de la vigencia fiscal 2021 en beneficio de las ex madres comunitarias.

TIPACOQUE $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

TUNJA $ 440.000 4 $ 960.000 $ 800.000

VENTAOUEMADA $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000

CALDAS $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000

AGUADAS $ 440.000 2 $ 480.000 $ 400.000 $ 360.000 1 $ 220.000 $ 140.000

ANSERMA $ 440.000 1 $ 240.000 $ 200.000

ARANZAZU $ 420.000 3 $ 720.000 $ 540.000

CHINCHINA $ 440.000 5 $ 1.200.000 $ 1.000.000

FILADELFIA $ 420.000 1 $ 240 000 $ 180.000 $ 360.000 2 $ 440.000 $ 280.000

LA DORADA $ 420.000 5 $ 1.200.000 $ 900.000 $ 440.000 19 $ 4.560.000 $ 3.800 000

LA MERCED $ 420.000 1 $ 240.000 $ 180.000 $ 360.000 2 $ 440.000 $ 280.000

MANIZALES $ 420.000 3 $ 720.000 $ 540.000 $ 440.000 13 $ 3.120.000 $ 2.600.000 $ 420.000 2 $ 480.000 $ 36

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...