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ICBF - Resolución 5084 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 3648-21 conformacion banco nal de oferentes ip - 01-21-2021

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Título
ICBF - Resolución 5084 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 3648-21 conformacion banco nal de oferentes ip - 01-21-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

f)) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021 RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 3648 DEL 25 DE JUNIO DE 2021, POR MEDIO LA CUAL SE CONFORMA UN BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN A NIVEL NACIONAL DEL PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE NIÑAS Y NIÑOS : “ GENERACIÓN EXPLORA”, CUYO OBJETIVO ES CONTRIBUIR AL DESARROLLO INTEGRAL DE NIÑAS Y NIÑOS ENTRE LOS 6 Y 13 AÑOS, 11 MESES Y 29 DÍAS, FORTALECIENDO EN ELLOS Y SUS FAMILIAS HABILIDADES DEL SIGLO XXI, ASÍ COMO CONOCIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS,LA PREVENCIÓN DE VULNERACIONES Y LA CONSTRUCCIÓN DE SU PROYECTO DE VIDA A PARTIR DE LA EXPLORACIÓN DE SUS VOCACIONES, INTERESES Y TALENTOS” LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, Manual de Contratación

vigente, demás normas concordantes, pertinentes y previas las siguientes

I. CONSIDERACIONES

1. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “Cecilia de la Fuente de Lleras” es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, creado mediante la Ley 75 de 1968 y su Decreto reglamentario 2388 de 1979, compilado en el Decreto 1084 de 2015. Adscrito al Departamento Administrativo de Prosperidad Social mediante el Decreto 4156 de 2011.

2. Que la Ley 7 de 1979 tiene por objeto formular principios fundamentales para la protección de la niñez, establecer el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y reorganizar el ICBF, por lo que, a partir de su vigencia, todas las actividades vinculadas a la protección de la niñez y de la familia se rigen por las disposiciones de esta Ley. De conformidad con el artículo 2 del Decreto 936 de 2013 el Sistema Nacional de Bienestar Familiar “es el conjunto de agentes, instancias de coordinación y articulación y de relaciones existentes entre éstos para dar cumplimiento a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes y el fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal”.

3. Que la Ley 1098 de 2006, establece que la misión del ICBF es promover el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias en Colombia. Adicionalmente, corresponde al ICBF coordinar e integrar el Servicio Público de Bienestar Familiar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto

2388 de 1979, el artículo 122 del Decreto 1471 de 1990 y el artículo 14 del Decreto 936 de 2013.

4. Que el artículo 205 de la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y la Adolescencia) establece que el ICBF es el ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y tiene a su cargo “la articulación de las entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención de su vulneración, la protección y restablecimiento de los mismos en los ámbitos nacional, departamental, distrital municipal y resguardos o territorios indígenas”.

5. Que mediante Decreto 879 de 2020 se realizó la modificación de la estructura del ICBF y se creó la Dirección de Infancia. En el artículo 3 del mencionado Decreto dispuso que las funciones de la dependencia anteriormente mencionada son entre otras las siguientes: 1.

Proponer, diseñar y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y garantía de los derechos de la infancia y la prevención de su vulneración, de acuerdo con las 8 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021

disposiciones vigentes sobre la materia. 2. Gestionar la vinculación de actores públicos y privados para la cualificación de la atención y ampliación de cobertura en los servicios de infancia. 4. Diseñar e implementar acciones para promover la gestión del conocimiento en temas relacionados con la infancia.

6. Que de esta manera, como lo dispone la norma antes transcrita, la Dirección de Infancia es la encargada de liderar planes, programas y proyectos relativos a la infancia, con el fin de orientarla a promover el reconocimiento de niñas y niños como sujetos de derechos y agentes de transformación social, involucrando a sus familias, personas cuidadoras y demás actores corresponsables en la garantía de la protección integral potenciando sus intereses y vocaciones, así como la construcción de proyectos de vida en entornos protectores.

7. Que a través de la Resolución No. 2510 del 18 de mayo de 2021, la Subdirectora General del ICBF ordenó la apertura de la Invitación Pública No IP-001-2021-ICBFSEN que tiene como

objeto: “CONFORMAR UN BANCO DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL

SERVICIO PÚBLICO DE BIENESTAR FAMILIAR REQUERIDO PARA LA

IMPLEMENTACIÓN A NIVEL NACIONAL DEL PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE NIÑAS Y NIÑOS: “GENERACIÓN EXPLORA”, CUYO OBJETIVO ES CONTRIBUIR AL DESARROLLO INTEGRAL DE NIÑAS Y NIÑOS ENTRE LOS 6 Y 13 AÑOS, 11 MESES Y 29 DÍAS, FORTALECIENDO EN ELLOS Y SUS FAMILIAS HABILIDADES DEL SIGLO XXI, ASÍ COMO CONOCIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS, LA

PREVENCIÓN DE VULNERACIONES Y LA CONSTRUCCIÓN DE SU PROYECTO DE VIDA A PARTIR DE LA EXPLORACIÓN DE SUS VOCACIONES, INTERESES Y TALENTOS “, este acto administrativo fue publicado el 18 de mayo de 2021, conforme al cronograma de la conformación del Banco Nacional de Oferentes, establecido en la invitación Pública, así como de las adendas expedidas.

8. Que a través de la Resolución No. 2510 del 18 de mayo de 2021, se convocó a las veedurías ciudadanas interesadas en desarrollar su actividad conforme al artículo 66 de la Ley 80, y así mismo se convocó a todos los organismos de control para que adelanten su función en el desarrollo del presente procedimiento.

9. Que dentro del periodo de publicidad y del cronograma del proceso se recibieron observaciones de los oferentes al documento de Invitación Pública Definitiva IP-001-2021ICBFSEN hasta el día 21 de mayo de 2021.

10. Que las observaciones recibidas a la Invitación Publica Definitiva IP-001-2021-ICBFSEN, de carácter jurídico, técnico y financiero, fueron contestadas y publicadas el día 27 de mayo de 2021, conforme al cronograma del proceso, así mismo fueron recibidas y atendidas observaciones e inquietudes extemporáneas y las mismas fueron publicadas en la plataforma SECOP II, dentro del término correspondiente.

11. Que a través de la Adenda No 001 publicada el día 27 de mayo de 2021, se modificó el

NUMERAL 8 CRONOGRAMA DEL CAPÍTULO I, INFORMACIÓN GENERAL DEL BANCO

NACIONAL DE OFERENTES DE LA INVITACIÓN PÚBLICA DEFINITIVA, el FORMATO No 4 EXPERIENCIA DEL INTERESADO, el TITULO III REQUISITOS CAPACIDAD FINANCIERA, la NOTA No 01 NUMERAL 1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN CONFORMAR EL BANCO DE OFERENTES DEL TITULO I REQUISITOS DE CAPACIDAD JURIDICA, se ADICIONÓ EL NUMERAL 2.1.1

CONDICIONES PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA , y se MODIFICÓ EL LITERAL G) DEL NUMERAL 2.1.1 CONDICIONES PARA LA ACREDITACIÓN DE LA

EXPERIENCIA.

12. Que el día 01 de junio de 2021 a las 15:00 horas a través de SECOP II, se llevó a cabo el cierre de la conformación del Banco Nacional de Oferentes, Invitación Pública No IP-0018

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021 2021-ICBFSEN, en el cual, la plataforma de contratación pública constató la presentación de DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) manifestaciones de interés.

13. Que el 1 de junio de 2021 a las 16:36 horas, las DOSCIENTAS TREINTA Y UN (231)

manifestaciones de interés, fueron desencriptadas y se publicó la Lista de Ofertas que SECOP II conforme aparece en la sección Lista de Ofertas del proceso SECOP II.

14. Que mediante memorando la Subdirectora General designó el comité de verificación de los requisitos establecidos en la Invitación Pública para la Conformación del Banco Nacional de Oferentes No IP-001-2021ICBFSEN, publicado mediante mensaje el día 3 de junio de 2021.

15. Que el día 15 de junio de 2021, se publicó el informe preliminar de verificación de la IP-0012021-ICBFSEN y el detalle de los informes técnico, jurídico y financiero, con las especificaciones de cada componente.

16. Que de acuerdo con la Lista de Ofertas que SECOP II registró, el interesado FUNDACION SOCIAL EL BUEN SAMARITANO con NIT. 817007115-4 presentó manifestación de interés dentro del término establecido en el cronograma, y quedó identificada bajo el No. 147

17. Que conforme al informe preliminar de verificación de la IP-001-2021-ICBFSEN, el interesado

obtuvo el siguiente resultado:

EVALUACIÓN

N° Nombre Proponente NIT Representante Legal Requisitos Requisitos Requisitos Financieros Jurídico Técnicos

YAJAIRA DEL

FUNDACION SOCIAL EL CARMEN GAMEZ

147 817007115-4 NO CUMPLE NO CUMPLE NO CUMPLE

BUEN SAMARITANO PUERTA C.C.

1.120.740.039

18. Que en atención a la evaluación anterior, en los requisitos Técnico, Jurídico y Financieros se

indicó el incumplimiento (NO CUMPLE) de los siguientes requisitos por parte del interesado: a) NO CUMPLE – Evaluación Técnico ..... ...... Númer Nombre Oferf!nte Nit T;all!nt ValorH "Vlllor Cumple Tou.l Tot.111 Meses .SMLMV Ob~rvKionH Administnit o Técnicos técnico con los Certffic.;acio Certific;acio Ú'"erien Ú:"erien El oful!nte podri subHn.u, teniu,do en cuent1 que 11s umnorii toul de IDJV Jloru ejecutKlos de IH certific«ionu Kredit~u. u infuior • 594 SMML V, por lo unto no cumpltdlKUtrdo;a lotiti1blecido1n 11I P001 -20a -ICBFSEN, numer;al 2.1.·1.1.REGLAS PARA LA VALORACION DE LA EXPERIENCIA: El oferente podri subs¡nu, uniendo en cuenu "( ... ) Es importinte que l;i sumitorii del toul de tiempo de In señalar que un, vu w haya verificado la certificacionu .acrKlitl<l.u u menor,. 12 mHH up1cidad fin1nciu,1 del intuHKlo, se DeKUUdOil li IP00120l1• ICBFSEN no detumin.u.í 11C ilpitdd~ optmniva del mi5mo 147 SF OU CN ID AA l EC LIO B UN E N SI SI SI SI NO CN UO M PLE c Eu xm pep rle ie, ncte ian uit un bd lo Kt en q ut:c utnu ( ..q . )u Lt a ti S 1n .u mm ae tora r.l 1d02 r.~ a p 1a cr rti Kr lid tae <l lt 1ie m mp tdo i1d ne tt exp tr li ue un rc tii fa ic Kionu up ecífiu

SAMARITANO fa1certificaciotlr1debe1é11 cumplir mil.moca, aporta<lu en muu ye,l .va lor de la 5Umitorii u m,~s..( ...) . En ur wntido el oferente puedt subnnuremitiendonuevucertificKionesque uos rKunostjKUUdos, ( .••) . El interuado cumplan con lucondicionesde 11 prHente IP. debtrácumplircon losdoscriteriosdefinidos 1n cada nivel y será habilit.c!o cuando el mínimo de 111umuori1 de lu experifflciu Krtdita<ln corrupondia 594 SMMLVycumplan mínimo con 12 mHH•. Noobn1nte, el oferente podrá ildjuntar nuevas certificKionuqut1 cumplin con las condicionu dt la prurnte IP. b) NO CUMPLE – Evaluación Jurídica 8 www.icbf.gov.co 0 CJ ICBFColombia @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021I' BANCO NACIONALD E OFERENTESR ESUMEN ffchi 2021-06-11 YERIFICACIONJ URÍDICA Vt-rsionl Pigin,ld,1

fo\MIUA. Cluific,cion dt-1, lnlormilcion: Cluifiud,1 N' Nombre NIT Representant Estad Observaciones Abogado FUNDACION YAJAIRAD EL NO B) CERTIFICADDOE E XISTENCYIA R EPRESENTACILÓENG ALO DOCUMENTEOQ UIVALENTE.:ELANS F ACULTADEYS L IMITACIONEDSE L SOCIALE l BUEN CARMEN CUMP CERTIFICADDOE E XISTENCYIA R EPRESENTACILOENG ALD ICEQ UEL AJ UNTAD IRECTIVDAE TERMINARLÁA SC UANTÍASP ORD EBAJOD EL AS 147 SAMARITANO 817007115G AMEZP UERTAL E CUALEESl PRESIDENTPEO DRÁE JERCELRA SF UNCIONESSI NA UTORIZACIOENX PRESYA P REVIAD EL AM ISMA,R AZONP ORL AC UALE S maricela.c NECESARIQOU ES ED EMUESTRQEU EE LR EPRESENTANLTEEG ALC UENTAC ONL ASF ACULTADESSU FICIENTEPSA RAP RESENTAR astro

MANIFESTACIODNE I NTEREYS C OMPROMETELRAE SALE NT EMASC ONTRACTUALES

c) NO CUMPLE – Evaluación Financiera • BANCO NACIONAL DI!: OP"l!:Rl!:NTD Rf:SUMl!:N vt:Rtr"ICACI N f"INANCll!:RO f"ec•~ 2021-06-'111:SS:5'.0 VusiÓ•I Pá<giHldel =r.: CluilkuiÓ• de h l•f•••uiÓ•: Cluifinch N' Nombre NIT Docume capital Estad Indice Estad Indice Estad Observaciones Estado Final Proponen Proponente ntos en o llauide o Endeudam i o

-u,aw•o-w" 1 LA ,.--vui•LUll· NO.UUl tN tl 11LvLV 111

REQUISITOSD E CAPACIDADFI NANCIERAPA RAC ONTINUARC ON El PROCESOS, E SOLICITAA LLEGARO

SUBSANARL OSS IGUIENTESD OCUMENTOS:

l. ESTADOD E SITUACIÓNF INANCIERA( ESF)A ÑO 2020 COMPARATIVOC ON ELA ÑO 2019. DEBIDAMENTE FIRMADOSP OR EL REPRESENTANTLEE GALC, ONTADORQ UE LOSP REPARÓY REVISORF ISCALS I APLICAY APROBADOSP ORL A ASAMBLEA,T ODA VEZ QUE ELA PORTADON O PRESENTAL A FIRMA OEL

REPRESENTANTLEE GALY REVISORF ISCAL

2. ESTADOD E ACTIVIDADES( EA) O ESTADOD E RESULTADOIN TEGRALD ELP ERIODOD EL 1 DE ENEROA L 31 DE DICIEMBRED E 2020 COMPARATIVOC ON ELA ÑO 2019. DEBIDAMENTEF IRMADOSP ORE L REPRESENTANTLEE GAL,C ONTADORQ UE LOSP REPARÓY REVISORF ISCALS I APLICAY APROBADOSP OR LA ASAMBLEA,T ODA VEZQ UE ELA PORTADON O PRESENTAL A FIRMA DELR EPRESENTANTLEE GALY FUNDACION REVISORF ISCAL 147 SOCIALE LB UEN B17007115N O o o o 3. SES OLICITAA L INTERESADOA PORTARL OSS IGUIENTESD OCUMENTOS: NO CUMPLE

SAMARITANO A. EXTRACTOBSA NCARIOSC UENTASD E BANCOLOMBIAQ UE SOPORTENE LV ALORE N LIBROSD E

$865.539.041

B. LIBROA UXILIAR PORT ERCEROSA DICIEMBRE3 1/20, RELACIÓND ETALLADAP ORT ERCEROSD E LA CUENTAH DEUDORESC OMERCIALEYS CUENTASP ORC OBRAR""Y EXPLICACIÓND E QUÉ DOCUMENTOS

(PAGARÉSC, ONTRATOSF, ACTURASE, TC)G ARANTIZANE LC OBROY CLASIFICACIÓNC OMOC ORRIENTED E

LOSS 4.55S.288.120R EGISTRADOSE N ESTAC UENTA.

C.LIBROA UXILIAR PORT ERCEROSA DICIEMBRE3 1/20, RELACIÓND ETALLADAP ORT ERCEROSD E LA CUENTA" "ACREEDORESC OMERCIALEYS OTRASC UENTASP OR PAGAR"" Y LA JUSTIFICACIÓND E LA CLASIFICACIÓNC OMO NO CORRIENTED E LOS$ 718,171,833 REGISTRADOSE N ESTAC UENTA. O.EXPLICACIÓND E LA CUENTAº PROYECTOSD E BIENESTARS OCIALº EN EL PATRIMONIOA OICIEMBRE/20P ORV ALORD E S5.727.220.000Y JUSTIFICACIÓND E SU INCREMENTOD E S1.260.126.49S

CON RELACIÓNA L AÑO 2019.

E.DECLARACIÓDNE RENTAY /O INGRESOSY PATRIMONIO DE LA FUNDACIÓNA ÑOS 2019 Y 2020."

19. Que, en concordancia con lo establecido en el cronograma del proceso, a los interesados se les dio traslado del informe de verificación preliminar durante el periodo comprendido entre el 15 y 18 de junio de 2021 hasta las 11:59 pm, con la finalidad de que presentaran sus observaciones y realizaran las subsanaciones y/o aclaraciones a que hubiere lugar.

20. Que dentro del término de traslado de la evaluación preliminar y plazo para subsanar, esto es del 15 al 18 de junio de 2021, el interesado FUNDACIÓN SOCIAL EL BUEN SAMARITANO, el 18 de junio de 2021 presentó subsanación mediante mensaje SECOP II, en el cual aportó los documentos con los que pretendía cumplir las exigencias de la IP-001-2021-ICBFSEN.

21. Que el día 25 de junio de 2021, se efectuó la publicación del ANEXO 1-OFERENTES

HABILITADOS INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN, ANEXO 2-OFERENTES NO

HABILITADOS INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN, ANEXO 3INFORME

DIFINITIVO DE VERIFICACIÓN JURIDICA, ANEXO 4INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA y ANEXO 5INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓPN FINANCIERA, documentos expedidos por el comité verificador de la IP-001-2021-ICBFSEN.

22. Que en el informe de verificación definitivo el interesado, resultó NO HABILITADO para conformar el Banco Nacional de Oferentes, de conformidad con la siguiente evaluación:

EVALUACIÓN

Representante N° Nombre Proponente NIT RANGO DE Legal Requisitos Requisitos Requisitos VERIFICACIÓN

CAPACIDAD

Jurídico Técnicos Financieros DEFINITIVA

OPERATIVA

FUNDACION YAJAIRA DEL

817007115NO NO NO

147 SOCIAL EL BUEN CARMEN CUMPLE NO CUMPLE

4 CUMPLE HABILITADO HABILITADO

SAMARITANO GAMEZ

PUERTAS

8 www.icbf.gov.co 0 CJ ICBFColombia @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021 C.C. 1.120.740.039

23. Que de conformidad con la evaluación definitiva, el interesado cumplió lo atinente a los aspectos Jurídicos, sin embargo se indicó que subsanó parcialmente los aspectos técnicos y financieros y según manifestación de interés NO CUMPLE con los siguientes requisitos:

a) NO CUMPLE – Evaluación Técnica. Número Sede Talento Valores "Valor Cumprloen Total Total Meses SMLMV Propuesta NombOref erente Nit AdministrativHau manoT icniros técnico losliteralesC enif1tacionCees nifiracioneEsx perienciEa xperienciEas tado Observaciones A2re11adoase reeadoli a-bl Reeistradas Acreditadas AcreditadaA creditada ti oterentneo c umplete, nienaeon cuentqau el as umatortioat ald el os

valoreesj ecutaddoesl as certificacionaecsr editadaess, i nferior a 5945 MMLpVo, rl ot anton oc umpldee acuerdao l o estable<iednol a IP0 01• 202•1 I CBFSnEuNm, era2l. U.l REGIAS PARlAA VALORACDIEOlA N E XPERIEN.C.) EIAs: "( importanstee ñalaqru eu nav ezs eh aya verificadlaoc apacidafidn ancierdae l FUNDACSIOONC IAL NO interesadsoe,d eterminalará 147 ELB UEN 817007115 SI SI SI SI SI 7 6 4B 73,2 CUMPLEca pacidaodp erativdae lm ismoa panir SAMARITANO delt iempod ee xperienceisap e<ífica acreditadmae diantlea sc ertificaciones aponadaesn m eseys e lv alodr el a sumatordiae e sosre cursos ejecutado.s.) ,.(E li nteresaddoe berá cumplciro nl osd osc riteriodse finidos enc adan iveyl seráh abilitadcou ando el mínimdoe l as umatordiae l as experienciaacsr editadcaosr responad a 5945 MMLVycumpmlaínni mcoo n1 2 meses•. a) NO CUMPLE – Evaluación Financiera. -1U Nombff Proponente NIT Docum•nto C;ipit;il Est.-id lndic• Est;id Indice ObsuucionH Est;idofiHI 1 ,.. ,_1._ _____ _,_ __ _._ __ _,___ _,_ __ ..._1;-'-q,_.ó_d__•,_ ,__E,_d•_•_••_m,_·.,_10_,___-'--------------------------'-----' """""

""""" "Dea cuerdoc onl o establecidoe nl a lP-001-2021-ICBFeSnEe Nl c apituloI II CAUSALDEESR ECHAYZE OX CLUSIDOENL BANCO NACIONADLE O FERENTnEúSm, eral1 . CAUSALDEESR ECHAZliOte,r al a)Cuandoeiln mendo noc umplac onl os requisitosm ínimosd e habilitaciónp revistose n el presented ocumentoy en el EstudioP reviod e la conformación delSancoNacionaldeOferentes. Elo ferentei ncurrióe n estac ausalt eniendoe n cuentil que no aportól a totalidadd e losd ocumentoss olicitadosy suse xplicacionesa lo solicitadoe n subsanaciónn o sona cordesc onl a normatividadc ontablev igente,a sí: 1 ). EXTRACTBOASN CARIONSoe: nvías oported el extractob ancariod el CTO5 42S ancolombiap orvalorde 5315.512.93q3u e soportel a realidadd e estosr ecursose n bancos. 2 ~ Cuenta• Deudoresc omercialesy cuentasp orc obrar"":E nví1r elacióne n dondes ed etallanl ost ercerosq ue componene stac uenta porvalOfdeS 4.655.288.12p0e ron o atleia el libro auxiliars olicitadoe nd ondes e evidencienlo s re¡istrosc ontablesy períodoe n que seo ri¡inand ichosm ontosq ue puedand eterminars u rnlidad y clasificaciónd entrod el _grupdoe activosc orrientesd e la FundilCiÓn.

2 ). Cuenta• Acreedoresc omercialesy otrascuentasp or pagar-: Envíar elacióne n dondes ed etallan los tercerosq uec omponene stac uenta porvalorde S718,171,83p3e ron o alle:;ae l libro auxiliars olicitadoe n FUNOACIONSOECLB1 AUlE N 147 SAMARITANO 8170071N15O dondes ee videncienlo s registrosc ontablesy periodoe n que seo riginand ichosm ontosq ue puedand eterminar NOC UMPLE sur ea1idadyclnificaciónd entrod el grupod e pasivosn ocOfrientesdela Fundación. Oei gualm aneras e observae n este_ grupqou e en los rubrosd e primad e serviciosp orvalorde S9.509.500y vacacionesc onsolidadasp orS 4.754.750n o es razonablen i estád e acuerdoc onl a normatividadv i¡ente dar a estosc onceptose l manejoc omop ilsivosN OC ORRIENTtoEdSa vezq ue lasobligilCionelsa boralesn o puedens er pagadase n un períodos uperiora un año.3 ~C uenta• Proyectosd e bienestars ocial•: Eli nteresadom anifiesta que el montod e SS.727.220.00e0n el patrimoniod e la Fundaciónnoe s unac uentac ontable•, que su nombre obedeceil •efectos ilustralivos•y quee stac uenu •representa e ilustra los aportess ocialesy el excedente económico•.S ib iene scierto las notasm encionanq ue los resultadosd el 2019( excedentese),s d ecir la sumad e

S371.047.00s0e reinviertene n el objeto social,e ston o aclaral a procedenciar,e alidady manejoc ontabled el total de este rubron i sui ncrementod e Sl.260.126.495e n 2020conr elacióna l 2019t oda vezq ue,a demásl,o s aportessocialesylosresultadosdelejercicioencualquierentidadtienensuspropiosrubroscontablesdentto del patrimonio,t anto asíq ue se:,jn seo bseM en las notasa los estadosf inancierosla Fundaciónre :;istra independientementees osi tems en lasc uentas• Aportes FondosS ociales"p" orv alor de Sl.000.000y •Beneficiosoexcedentesdelpresenteejercicio•por S114.096.43o.• 8 www.icbf.gov.co 0 CJ ICBFColombia @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021

24. Que el ICBF expidió el día 25 de junio de 2021, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 3648 “POR MEDIO DE LA CUAL SE CONFORMA EL BANCO

NACIONAL DE OFERENTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE

BIENESTAR REQUERIDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN A NIVEL NACIONAL DEL

PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE NIÑAS Y NIÑOS: “GENERACIÓN EXPLORA”, CUYO OBJETIVO ES CONTRIBUIR AL DESARROLLO INTEGRAL DE NIÑAS Y NIÑOS ENTRE LOS 6 Y 13 AÑOS, 11 MESES Y 29 DÍAS, FORTALECIENDO EN ELLOS Y SUS FAMILIAS HABILIDADES DEL SIGLO XXI, ASÍ COMO CONOCIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS, LA PREVENCIÓN DE VULNERACIONES Y LA CONSTRUCCIÓN DE SU PROYECTO DE VIDA A PARTIR DE LA EXPLORACIÓN DE SUS VOCACIONES, INTERESES Y TALENTOS” y sus Anexos en la plataforma transaccional SECOP II www.colombiacompra.gov.co.

25. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Resolución No. 3648 del 25 de junio de 2021 expedida por el ICBF, procede solo el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del acto administrativo en el secop II.

26. Que a través de mensaje electrónico No. CO1.MSG 2759622 mediante la plataforma transaccional SECOP II de fecha 11 de julio de 2021, encontrándose dentro del término ordinario, el interesado No. 147, a través de su representante legal YAJAIRA DEL CARMEN

GAMEZ PUERTA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.120.740.039, presentó recurso

de reposición en contra de la Resolución No. 3648 de 2021.

II. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD

1. De conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos proceden contra los siguientes actos administrativos, ante los siguientes funcionarios y dentro de los siguientes términos: “Artículo 74. Recursos contra los actos administrativos. Por regla general, contra los actos definitivos procederán los siguientes recursos:

1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.

2. El de apelación, para ante el inmediato superior administrativo o funcional con el mismo propósito.

No habrá apelación de las decisiones de los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, superintendentes y representantes legales de las entidades descentralizadas ni de los directores u organismos superiores de los órganos constitucionales autónomos. Tampoco serán apelables aquellas decisiones proferidas por los representantes legales y jefes superiores de las entidades y organismos del nivel territorial.

3. El de queja, cuando se rechace el de apelación.

El recurso de queja es facultativo y podrá interponerse directamente ante el superior del funcionario que dictó la decisión, mediante escrito al que deberá acompañarse copia de la providencia que haya negado el recurso. De este recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión. Recibido el escrito, el superior ordenará inmediatamente la remisión del

expediente, y decidirá lo que sea del caso. (…) Artículo 76. Oportunidad y presentación. Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento 8 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021 del término de publicación, según el caso. Los recursos contra los actos presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo, salvo en el evento en que se haya acudido ante el juez. Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo dispuesto para el de queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para que ordene recibirlos y tramitarlos, e imponga las sanciones correspondientes, si a ello hubiere lugar. El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición y cuando proceda será obligatorio para acceder a la jurisdicción. Los recursos de reposición y de queja no serán obligatorios.

(…) Artículo 77. Requisitos. Por regla general los recursos se interpondrán por escrito que no requiere de presentación personal si quien lo presenta ha sido reconocido en la actuación. Igualmente, podrán presentarse por medios electrónicos. Los recursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

1. Interponerse dentro del plazo legal, por el interesado o su representante o apoderado debidamente constituido.

2. Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad.

3. Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer.

4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio.

Sólo los abogados en ejercicio podrán ser apoderados. Si el recurrente obra como agente oficioso, deberá acreditar la calidad de abogado en ejercicio, y prestar la caución que se le señale para garantizar que la persona por quien obra ratificará su actuación dentro del término de dos (2) meses. Si no hay ratificación se hará efectiva la caución y se archivará el expediente. Para el trámite del recurso el recurrente no está en la obligación de pagar la suma que el acto recurrido le exija. Con todo, podrá pagar lo que reconoce deber.”

2. La Resolución No. 3648 del 25 de junio de 2021 “Por la cual se conforma el Banco Nacional de Oferentes No IP-001-2021-ICBFSEN ” fue publicada en la plataforma SECOP II el día 25 de junio de 2021.

3. Que conforme con las normas previamente citadas, se verificó que el día 11 de julio de 2021, el interesado No. 147, a través de su representante legal YAJAIRA DEL CARMEN

GAMEZ PUERTA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.120.740.039, presentó recurso de reposición en contra de la Resolución No. 3648 de 2021..

4. En consecuencia, se observa que el recurso de reposición interpuesto cumple con los requisitos de ley y por lo tanto a continuación se procede revisar los argumentos expuestos por el recurrente.

III. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Y ANÁLISIS DEL ICBF

A. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE Mediante mensaje de datos No. CO1.MSG.2759622 de SECOP II, del día 11 de julio de 2021, el

recurrente manifestó lo siguiente: 8 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CJ @ICBFColombia ~ @icbfcolombiaoficial

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f))

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras El futuro BIENESTAR Subdirección de General e s d e t o d o s FAMILIAR 5084 del 18 de Agosto de 2021 cari C:IIS,C> ~ de, Gali . ..k.aic:> dEe 202. 'I o~-~~ LJLJ ......S ....1#"- P'lJ <> Sc.líbd~ ge,>

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