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ICBF - Resolución 5161 de 2024

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 5161 de 2024
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2024

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras - ., BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. 5161 -6 NOV 20% “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR -CECILIA DE LA FUENTE DE LLERASEn uso de las facultades legales y estatutarias estableci la Ley 7 de 1979, los artículos 9 y 78 de la Ley 489 de 1998, el literal a) del artículo 28 del Acuerdo 102 de 1979, aprobado por el Decreto 334 de 1980 y. las demá complementar nción pública debe Ss. : oralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialida blicidad, media descentralización, la delegación y la desconcentraci | fÚnciones y competencias en sus 998, regulan la facultad que tienen las presentantes legales de las entidades l inciso del artículo 12 de la Ley en cita, “/a autoridad delegante puede po reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el Ijeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo”. Que acorde con en cualquier t delegatario, con Que la Corte Constitucional en sentencia C-036 del 25 de enero 2005, M.P. Humberto

Ijeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo”. Que acorde con en cualquier t delegatario, con Que la Corte Constitucional en sentencia C-036 del 25 de enero 2005, M.P. Humberto Antonio Sierra Porto, señaló ciertos elementos constitutivos de la delegación administrativa. Estos son: "(i) la transferencia de funciones de un órgano a otro; (ii) wwmw.icbf.gov.co (a (icbfcolombiaoficial CBFColombia icbícolombiaoficial

Sede de la Dirección General : Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 i 01 8000 91 8080

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Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Pública __ ResoLución No. 5331 “6 NOV 2024 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” que la transferencia de funciones se realice por el órgano titular de la función; ((i) que dicha transferencia cuente con una previa autorización legal; (iv) y que el órgano que confiera la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia". (Negrilla fuera de texto) a Que, por su parte, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, modificado. por. el artículo 21 de

confiera la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia". (Negrilla fuera de texto) a Que, por su parte, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, modificado. por. el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, señala: “Los jefes y los representantes legales. de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equitajentes. (..)”. Que los numerales 12 y 13 del artículo 3 de la Ley 1437 de 2011 establecen que en todas las actuaciones y procedimientos administrativos se deben aplicar, entre otros, los principios de economía y celeridad. Acorde con estos principios, las autoridades ... deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas. “Y "ulas autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos, e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, a efectos de que los procedimientos se adelanten con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones injustificadas. ”, , respectivamente. Que en el mismo sentido, el artículo 5 del Decreto 019 de 2012, que trata de la “Economía en las actuaciones administrativas”, señala que: “Las mormas de procedimien to administrativo deben ser utilizadas para agilizar las decisiones; los procedimientos se deben adelantar en el menor tiempo y con la menor cantidad de gastos de quienes intervienen en ellos; (...) En tal virtud, las

procedimien to administrativo deben ser utilizadas para agilizar las decisiones; los procedimientos se deben adelantar en el menor tiempo y con la menor cantidad de gastos de quienes intervienen en ellos; (...) En tal virtud, las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas” (Negrilla fuera del texto). www.icbf.gov.co Gicbfcolombiaoficial (AICBFColombia la Gicbicolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080

PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras . -z BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Pública... resoLución No. 5461 “Ó NOV 20% “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” Que el Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarICBF, es un establecimiento público descentralizado con personería jurídica, autonomía administrativa, y patrimonio propio, creado mediante la Ley 75 de 1968, reglamentada mediante decreto 1084 de 2015, adscrito al Ministerio de Igualdad y Equidad, mediante el Decreto 1074 de 2023, Acorde con estas normas, el ICBF tiene como objeto propender rtal

adscrito al Ministerio de Igualdad y Equidad, mediante el Decreto 1074 de 2023, Acorde con estas normas, el ICBF tiene como objeto propender rtal desarrollo armónico de la familia, proteger a garantizarles sus derechos. E ección al menor de s necesarias para el llo 2.4.1.3. del Decreto 1084 de 2015, el conjunto de acciones del Estado que se -y permanente con el reconocimiento, la e los derechos de los niños, niñas y Sistema Nacional de Bienestar Familiar, dio del departamental, dis tal, municipal, regido por las normas constitucionales de garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, y de prevalencia de los derechos de la niñez, establecidos en el artículo 44 de la Constitución Política. (8) oicbfcolombiaoficial 18) oicbicolombiaoficial

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Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTA Dirección General FAMILIAR _Pública RESOLUCIÓN No. DÍBÍ - 6 NOV 2074 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” Que la contratación de los programas estratégicos y misionales del ICBF se sujeta a lo

educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” Que la contratación de los programas estratégicos y misionales del ICBF se sujeta a lo dispuesto en el régimen especial, denominado contrato de aporte, según lo establece la Ley 7 de 1979, los Decretos 334 de 1980, 1477 de 1995, 2150 de 1995, 1529 de 1996, 1137 de 1999 y 1084 de 2015, y el Manual de Contratación. igente del ICBF. Que el artículo 2.4.3.2.9 del Decreto 1084 de 2015, en especifica que debido a la naturaleza especial del servicio de bienestar familiar, “el ICBF podrá celebrar contratos de aporte, entendiéndose por tal cuando el instituto se obliga a proveer a una institución de utilidad pública o social de los bienes (edificios, dineros, etc.) indispensables para la prestación total o parcial del servicio, actividad que se cumple bajo la exclusiva responsabilidad de la institución, con personal de su dependencia, pero de acuerdo con las normas y el control del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, su vigencia será anual, pero podrá prorrogarse de año. en año" : Que en la misma línea, de cofiformidadl con el artículo: 122 del Decreto-Ley 2150 de 1995, el contrato de aporte es otra excepción a la regla general de la contratación estatal, pues se establece que "(...) se podrán celebrar directamente los contratos para la prestación del servicio de bienestar familiar. con entidades sin ánimo de lucro del Sistema Nacional de Bienestar Familiar”. e

estatal, pues se establece que "(...) se podrán celebrar directamente los contratos para la prestación del servicio de bienestar familiar. con entidades sin ánimo de lucro del Sistema Nacional de Bienestar Familiar”. e Que el ICBF, mediante Resolución 7700 del 6 de diciembre de 2023, modificada parcialmente mediante Resolución 3397 de 2024, adoptó el Manual de Contratación del ICBF, junto “con su anexo número 1. Este Manual es un instrumento de Gestión Contractual que tiene como objetivo primordial dar cumplimiento al numeral 9 del artículo 21 de la Ley 7 de 1979, el cual establece que le corresponde al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entre otras funciones, “Celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o internacionales para el manejo de sus campañas, de los establecimientos destinados a sus programas y en general para el desarrollo de su objetivo”. El mencionado Manual de Contratación del ICBF, a través de su artículo 18, delegó las facultades en materia de: ¡) ordenación del gasto, ¡¡) dirección de los procesos de www.icbf.gov.co Gicbfcolombiaoficial ON] EICBFColombia Qicbícolombiaoficial (E) ¡caFColombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 E 01 8000 91 8080

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Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General Pública RESOLUCIÓN No. 5354 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de

Dirección General Pública RESOLUCIÓN No. 5354 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” selección y /¡¡¡) celebración de los contratos, convenios, suscripción de modificaciones, suspensiones, liquidaciones, procesos administrativos sancionatorios en materia contractual y demás actuaciones post contractuales que haya lugar. Dicha delegación, de conformidad con la misma norm de ser reasumida en cualquier momento por la Directora General del 1CB General y los Directores(as) Regionales del ICB Manual de Contratación. En concreto, el artícul ordenación del gasto y Bienestar. Familiar cu Direcciones Regió Generals s t Upervisión. En esta línea, se considera necesario reasumir la mpetencia para adelantar el proceso de selección de los contratistas que operaran lo cios de las modalidades de atención de educación inicial en el marco de la atención ini egral a la primera infancia. Que con fundamento en el inciso del artículo 12 de la Ley 489 de 1998, la directora general del ICBF reasumirá parcial y transitoriamente la facultad para: ¡) dirigir los procesos de selección, ¡¡) realizar la evaluación de ofertas, /¡¡) elaboración de informe www.icbf.gov.co Gicbfcolombiaoficial (2ICBFColombia icbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General | Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080

www.icbf.gov.co Gicbfcolombiaoficial (2ICBFColombia icbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General | Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080

PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Ñ .z BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Pública ____ resoución no. 5161 “8 NOV 202 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre”” de selección y, ¡v) realizar la recomendación de adjudicación, delegada a los Directores Regionales mediante el artículo 18 del Manual de Contratación del ICBF y su Anexo 1.

Lo anterior, únicamente en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en e marco de la atención integral a la primera infancia. En consecuencia, los Directores Regionales conservarán la facultad de su iscribir dichos contratos de aporte, así como para la aprobación de las garantías y publicación en las plataformas transaccionales previstas en el Siste la Electrónico de Contratación Pública -SECOP, la verificación del cumplimiento de los requisitos de ejecución y realizar la supervisión necesaria para una óptima prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar, cuya ejecución se desarrolle en forma exclusiva en el territorio de jurisdicción de la Dirección Regional.

de ejecución y realizar la supervisión necesaria para una óptima prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar, cuya ejecución se desarrolle en forma exclusiva en el territorio de jurisdicción de la Dirección Regional. Que de conformidad con los. numerales 2 y 18 del artículo 9 del Decreto 987 del 2012, la Subdirección General del ICBF, tiene entre: sus funciones las de “/[a]poyar al Director General en las funciones de dirección, coordinación y control de los procesos misionales” y "Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia”. Que así las cosas, se hacé necesario delegar en la Subdirectora General del ICBF las facultades para: . ¡) dirigir el proceso de selección; ii) calificar las ofertas y, 111) establecer. el orden de elegibilidad y/o recomendar la respectiva adjudicación a los Directores Regionales, en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte que se deban suscribir para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia “De Cero a Siempre”. Estas facultades se delegarán de manera transitoria hasta el 28 de febrero de 2025. Que el proceso para llevar a cabo la contratación del Servicio Público de Bienestar Familiar será el dispuesto en el Capítulo 111 - RÉGIMEN ESPECIAL DE APORTE del Manual de Contratación vigente. www.icbf.gov.co (E) oicbfcolombiaoficial 3 OICBFColombia (E) oicbfcolombiaoficia Sede de la Dirección General l Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080

(E) oicbfcolombiaoficial 3 OICBFColombia (E) oicbfcolombiaoficia Sede de la Dirección General l Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080

PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras . .. BIENESTAR Dirección General FAMILIAR RESOLUCIÓN No. DL0_ = 6 Nov 2024 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre”” Que los criterios de selección serán los previstos en las invitaciones públicas publicadas en la plataforma SECOP II.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: de ofertas, ii) Elaboración de informe de atención integral a la primera infancia, en armoní: para el desarrollo integral de la primera infancia "De Cero. ción integral mediante los procesos de Invitación Cerrada, onti a los Directores Regionales, y deberá adelantarse en las zonas y siones que emita la Subdirección General y la R parcial y transitoriamente en la Subdirectora ¡) Dirigir los procesos de selección, fi) Realizar la - adjudicación a los Directores Regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la formalización de los contratos de aporte, resultantes de los procesos mencionados en el presente acto administrativo,

¡) Dirigir los procesos de selección, fi) Realizar la - adjudicación a los Directores Regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la formalización de los contratos de aporte, resultantes de los procesos mencionados en el presente acto administrativo, PARÁGRAFO PRIMERO: Estas facultades se delegarán de manera transitoria hasta el 28 de febrero de 2025, www.icbf.gov.co E) Gicbfcolombiaoficial (21CBFColombia o cbfcolombiaoficial JICBFColombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 : 01 8000 91 8080

PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar Familiar

Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General FAMILIAR Pública___. o o RESOLUCIÓN No. 5151 -6 NOV 2024 “Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” PARÁGRAFO SEGUNDO. La presente delegación incluye todas las facultades necesarias para adelantar y dirigir los procesos de selección, así como la expedición de los actos administrativos, invitaciones, actuaciones y demás documentos de conformidad con la Ley. a ARTÍCULO TERCERO. ORDENAR a la Dirección de Contratación de la Sede Nacional del ICBF, que una vez entre en vigencia la presente Resolución, proceda a adelantar los

conformidad con la Ley. a ARTÍCULO TERCERO. ORDENAR a la Dirección de Contratación de la Sede Nacional del ICBF, que una vez entre en vigencia la presente Resolución, proceda a adelantar los procesos de selección conforme al Manual de Contratación vigente. ARTÍCULO CUARTO. Los Directores Regionales deberán suscribir los contratos de aporte descritos en el artículo segundo, teniendo en cuenta el resultado de evaluación y la recomendación de adjudicación realizada por la Subdirección General; asimismo, deberán verificar y aprobar las garantías únicas y en general. realizar la supervisión de los contratos de aporte objeto de esta Resolución. . PARÁGRAFO PRIMERO. Es responsabilidad de las Dirécciones Regionales adelantar las respectivas actuaciones administrativas y contractuales con celeridad, inmediatez y de manera consecuente con la misionalidad del ICBF. PARÁGRAFO SEGUNDO. Para los contratos que deban celebrarse con ocasión de los procesos de contratación adelantados por la Sede de la Dirección General, las Direcciones Regionales no requerirán surtir los procedimientos de autorización y/o aval, previstos en el inciso. segundo del numeral 2 del artículo 6 del Anexo 1 del Manual de Contratación del. ICBF. ARTÍCULO QUINTO. En cn al principio constitucional y legal de publicidad en los procesos de contratación, así como lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, se deberá hacer uso de la plataforma SECOP II para adelantar el proceso contractual. ARTÍCULO SEXTO. Los criterios de selección serán los previstos en las invitaciones públicas publicadas en la plataforma SECOP II. www.icbf.gov.co

proceso contractual. ARTÍCULO SEXTO. Los criterios de selección serán los previstos en las invitaciones públicas publicadas en la plataforma SECOP II. www.icbf.gov.co a Gicbfcolombiaoficial a OICBFColombia 'S GEicbfcolombiaoficial 1 JICBFColombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080

PBX: (601) 437 7630 - Bogotá - ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar Familiar

Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Dirección General FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. 5161 6 Nov 2024 "Por la cual se reasumen y delegan unas facultades en el marco de la gestión contractual de los contratos de aporte, para garantizar la prestación de servicios de educación inicial en el marco de la atención integral a la primera infancia, en armonía con la política de Estado para el desarrollo integral de la primera infancia 'De Cero a Siempre” ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLICAR el presente acto administrativo en la página web del ICBF https://www.icbf.gov.co ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución: rige a partir de la fecha de su expedición.

ROL VISTO BUENO,

Aprobó Úbiona hbiqmzZ. Revisó [Dan VS L> Loro ES Aprobó AS Aprobó Revisó 7 atistas Oficina Asesora Jurídica Revisó itratista Dirección de Contratación Contratista Dirección de Contratación A ee a O 3 Revisó Contratista Subdirección General ani. Revisó Contratista Subdirección General 14 www.icbf.gov.co

Revisó itratista Dirección de Contratación Contratista Dirección de Contratación A ee a O 3 Revisó Contratista Subdirección General ani. Revisó Contratista Subdirección General 14 www.icbf.gov.co icbfcolombiaoficial Qicbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General | Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 : 01 8000 91 8080

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