ICBF - Resolución 5178 - renueva autorizacion organismo federacion de asociaciones adecop prestar servicios de adopcion internacional-2023
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 5178 - renueva autorizacion organismo federacion de asociaciones adecop prestar servicios de adopcion internacional-2023
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2023
1 1 1 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar COLO¡ Cecilia De la Fuente de Lleras if' 0 VPOT lE fNC lI~ > A Subdirección General
~ !i!l:MESTAIJ
FAMILIAR
1 1 51 7 8 1 5 JUN2 023 1 RESOLUCIÓN Né: "Pd,rl a cual se renueva la autorizaciónp ara prestar servicios de adopcióni nternacionale n Colompia al organismoF EDERACIÓN DE ASOCIACIONESDEADOPCJÓN INTERNACIONAL ADECOP de España 1
LA SUBDIRECTORA GENERAL DELINSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
' CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS ¡_ En ustj de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, 62 y 72 de la Ley 1098 de 2006, el Decreto 987 de 2012, y la Resolución No. ' 3899 de 201 O CONSIDERANDO Que el: Convenio de La Haya de 1993, relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, ratificado por Colombia mediante la Ley 265 de 1996, en sus artículJs 11 y 12, prevé que un organismo acreditado sólo puede actuar en otro Estado si ha sido autoriz~do por las autoridades de ambos Estados. ' Que ellCódigo de la lnfanciay la Adolescencia, Ley 1Q98 de 20 one en los artículos 62 y 72 que1e l Instituto Colombiano deBienestar Familiar - ICBF -, es ad Central en materia de ad~pción y, por lo tanto, le corresponde autorizar a los organis "fados o agencias
internapionales con este propósito. • Que niediante Resolución No. 3899 del 8 de sept_x re de 2010 establ~ció el régimen especial para otorgar, reconli~r, suspender, person~rías jurídicas y licencias de funciona •• ,•, • stituciones tema Nacional de Bienestar Familiar, que prestan servicios de pro i • n .·r ~I, y para auf~r .. a los organismos acredit~dos, norma que contempla los requisitos é:gQl-~ a? d mt'í~trativos y financieros que deben cumplir los organismos acr~tlitados con ol5te 0rización para prestar servici9s de adopción internacional en G5 o mbia. Que mbdiante Resolución ·unio del 2 . ,~t,e, l ICBF renovó.l a autorización para prlestarl os,servicios d eh C9l,0Jr1tiiÉpoí' r el término de dos (2) añ9s, al ofoanismqj} Acredita • • • CIACIONES DE ADOPCION INTER~ACIONi~ AD •• P tlvo .que fue notificado personalmente al representante··Iegal un o d~I 2021, renunciando a términos de ejecutqria, motivo por el cu ra todos los efectos legales el día 15 de junio de 202~. ~l,s1:~Pf9,~ni DE ASOCIACIONES DE ADOPCIÓN • ' •.• 6NAL P de E ~a, por medio de su Representante Legal en Colombia, radie 1 1cij'Fi"S e •• ión General la solitud de renovación suscrita por el Repre , te ,,,r,,d el org el Estado de recepción, junto con la documentación anexa
para d~r to con los quisitos establecidos en la Resolución No. 3899 de 2010, profericja po .J. ,., BF, acreditando en el término previsto para ello, los requisitos legales, técnico -admirlistrativds'iyWnancierose xigidos, con el fin de obtener la renovación de la autorización para prestar¡ los servi adopción interni:icional en Colombia, respecto de los cualesla Oficina Asesora Jurídica, 1 .,J1bdirecciónd e Adopciones y la Dirección Financiera de la Dirección Gener~I, conceptuaron su cumplimiento, previa revisión y verificación de estos. Que a través de la Resolución No. 2660 de 2009, la Dirección General del ICBF, creó el Comité Técnic$ de Autorización y lo encargó de conceptuar sobre el otorgamiento, renovación, suspen~ión y cancelación de la autorización de los organismos acreditados y agencias internacionales que prestan servicios de adopción, .e l . cual fue estructurado mediante Resolutión No.1547 de 2010 y reorgé3nizadom ediante Resoluciones No, 3566 de 2010, 0748 de 201$, 0206 del 18 de enero de 2017y modificado por Resolución No. 1130 del 15 de febrero de 201?. ¡ i 1 Que la !Dirección General del ICBF, mediante Resolución No. 0239 del 19 de enero de 2021 a rnból el Lineamiento Técnico Administrativo del Pro rama de Adopción mediante ¡ $ede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Menida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080
- PBX: 437 7630
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ~ COLOMBIA Cecilia De la Fuente de Lleras IL.~víoX Subdirección General 8 ~ 5 JUN2 0~~ . ~ESOLUCIÓN No. . . . r, ; :A ªPor la cual se renueva la autonzac,on para prestar servicios-de a'r:Jopr;,Jmn temac,onal en Colombia al organismo FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL ADECOP de España Resolución No. 0468 del 01 de febrero de 2021 aprobó el LineamientoT écnico Administrativo de las Estrategias que Promueven la Adopción, ambas publicadas en el Diario Oficial No. 5f586 del 12 de febrero de 2021. Que el LineamientoT écnico Administrativo del Programa de Adopción dispone que "La definición de niños, niñas y adolescentes con características y necesidades especiales se ha recopilado en función de la existencia /disponibilidad de familias idóneas para aquellos niños, niñas y adolescentes que las poseen. Es decir, se considera como de necesidad o característica especial, cuando por ciertas condiciones no existe familia en lista de espera para su adopción. De esta manera para el Programa de Adopción, se considera de necesidad o característica especial estar en una o varias de las siguientes circunstancias: • Tener diez (10) años o más. • Pertenecer a un grupo de dos hermanos, donde el mayo más. • Pertenecer a un grupo de tres (3) o más hermanos. • Ser un niño, niña o adolescente con discapacid • Tener cualquier edad y presentar alguna e condición que requiera atención especializada
Que según consta en el Acta No. 1 del 13 de~- d 1C omité Técnico de Autorización virtual llevado a cabo en dich dopciones de la Dirección de Protección del ICBF, at iendo a 1 n el cumplimiento de los requisitos legales, técnico - admi vos y fina epto Técnico Integral a consideración del Comité, instancia q r unanimi o , nceptuó favorablemente la renovación de la autorizació acredita prestar servicios de adopción internacional en Colombia, ntación · itudes de adopción para Niños, Niñas y Adoles..,~ntesc on ·ales, en atención a la necesidad del servicio qutctua 1ónd el ICBF y de conformidad con lo establecido er¡el a or e rmino de dos (2) años, la autorización otorgada al E ASOCIACIONES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL 'cios de adopción internacional en Colombia con énfasis pció , niñas y adolescentes con características y necesidades ión a la necesidad del servicio que actualmente requiere el Programa de de conformidad con el artículo 72 de la Ley 1098 de 2006. PARÁGRAFO 1.- túense de la anterior disposición las solicitudes de adopción presentadas por las familias colo ianas residentes en el extranjero, en el entendid_oq ue estas familias pueden presentar solicitudes para niños, niñas y adolescentes con o sin características y necesidades especiales, en virtud de lo dispuesto por el articulo 71 de la Ley 1098 de 2006 y en atención al principio de subsidiariedad de la adopción internacional. PARÁGRAFO 2.- Cualquier modificación de los requisitos legales, técnico - administrativos y financieros, deberá ser comunicada por el Organismo al ICBF, debiendo remitir sus soportes
documentalesd entro de los 30 días siguientes a la fecha en que produjo dicha modificación, con 1 Ver categorías de discapacidad en la Resolución 1239 del 21 de julio de 2022 del Ministerio de Salud y de la Protección Social. Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de Certificación de discapacidad con Dis • Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección General
!lJfliWAB FAMILIAR j RESOLUCIÓN No .. l ~J 1 'j ?j
15 JLJN 2023 "Pdr la cual se renueva la autorización para prestar servicios de adopción internacional en Colombia al organismo FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL ' ADECOP de España el fin ~e evaluar la continuidad de la prestación del servicio de adopción internacional en Colombia. 1 1 ARTÍqULO SEGUNDO.-Para efectos de determinar la viabilidad de renovar la autorización, el organismo acreditado deberá presentar, como mínimo con tres (3) meses de anticipación a su vencirrjiento, la solicitud de renovación, la cual deberá estar suscrita por el representante legal del organismo o agencia internacional en el Estado de recepción y dirigida a la Subdirección de Adopcipnes del ICBF o al área que haga sus veces, con la actualización, adición o modificación de los tequisitos legales, técnico -administrativos y financieros y el cumplimiento de los requisitos
para r~novación de autorizaciones, que se encuentran señalados en la Resolución No. 3899 del 08 de ~eptiembre de 2010 del ICBF y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. 1. ARTíc'.ULOT ERCERO.-NOTIFICAR, por medio de la Oficina Asesora Jurídica de la Dirección Gener~I, la presente resolución al Representante Legal en Colombia del organismo acreditado, o a qui~n haga sus veces, en los términos establecidos e Código de Procedimiento Admini1,trativoy de lo Contencioso Administrativo, haciéndole sa ontra la misma procede el recu~sod e reposición ante esta Subdirección General, el cual de • rse por escrito en el morr¡ento de su notificación o dentro de los diez (10) , jguien 1 , ¡
ARTICµLo CUARTO. - VIGENCIA: La presente Re '. <fi\ 1 NOTIFÍQUEJ~~ ,
a~ Subdirectorad e Adopciones/ Daniel Eduardo Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c - 75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 437 7630 01 8000 91 8080
Instituto Colombianod e Bienestar Familiar De COLOMBIA OficinaA sesoraJ uridica
POTENCIAd E LA
VID~ Grupod e Familia
PUBLICA
1
MEMORANDO II IIIIIIII IIIII IIII IIIII IIIIII IIIII IIII IIIII IIIIII IIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIIII IIII IIIII IIII II
Radicado No: 202310410000081433
Para: Dra. MARIA LUCY SOTO CARO Secretaria General Asunto: Remisión notificación de la Resolución 5178 del 15 de junio de 2023organismo FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE ADOPCIÓN
INTERNACIONAL - ADECOP de España.
Fecha: 2023-06-23
De manera ¡atenta, para su conocimiento y fines pertinentes, me permito remitir el acta de notificación j personal de la Resolución 5178 del 15 de junio de 2023, realizada a la representan;te legal en Colombia del organismo FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE ADOPCIÓNJI NTERNACIONAL - ADECOP de España, al cual se le renovó la autorización para prestarl servicios de adopción internacional en Colombia. 1 1 Lo anterior,! de conformidad con lo dispuesto por el artículo tercero de la mencionada resolución que dispone: "ARTICULO TERCERO.- NOTIFICAR, por medio de la Oficina Asesora Ju~ídica de la Dirección General, la presente Resolución al representante legal en Colombila del organismo acreditado, o a quien haga sus veces, en los términos establecido$ en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administratiyo, haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición
ante esta SLbdirección General, el cual debe interponerse por escrito en el momento de su notificacipn o dentro de los diez (1 O) días siguientes a la misma." Cordialment!e, 1
DANIEL EDUARDOL OZANO BOCANEGRA
Jefe Oficina Asesora Jurídica Anexo: un (1) PDFj Revisó: Martha Ludia Rojas Lara -Abogada Oficina Asesora Jurídica Elaboró: Luz Mary t,1artínezG alindo -Abogada Oficina Asesora Jurídica 1 1 ¡, .•. t .•• :<y;···•··· ':m"'w.icbf;g()\(,CO O IQBFColonibia O@ICBFColombia @] @licb!colombiaoficial i i Los datos proporcionados serán tratados de acuerdo con la política de tratamiento de datos personales del ICBFy la ley es 1581 de 2012. Sede Direccion General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la
COLOMBIA
POTENCIA DE LA Oficina Asesora Jurídica VIDA Clasificada BIENESTAR
FAMILIAR
ACTA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL
RESOLUCIÓN No. 5178 DEL 15 DE JUNIO DE 2023
En la ciuda~ de Bogotá o.e., a los veinte (20) días del mes de junio de dos mil veintitrés (2023), notifiqué personalmente a la señora OILIA VACA LÓPEZ, identificada !como aparece al pie de su correspondiente firma, en su calidad de representan~e legal en Colombia del Organismo autorizado FEDERACIÓN DE ASOCIACIÓNES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL - ADECOP de España, del contenido d;e la Resolución No. 5178 del 15 de junio de 2023, expedida por la Subdirección General del ICBF, "Por la cual se renueva la autorización para prestar servicios de\ adopción internacional en Colombia al organismo FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL ADECOP de España" ¡ Para el efecto se le hace entrega de dicho Acto Administrativo informándole que contra el mi$mo procede el recurso de reposición, el cual debe presentarse ante la Subdirecció~ General del ICBF, personalmente o mediante apoderado debidamente constituido, bar escrito, en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (1O ) días siciuientes al de la notificación.
EL NOTIFIQADOR EL NOTIFICADO í
~~ _/) -r-~ cy 1 __ uárez Dilia Vaca López . 52.419j794 de Bogotá o.e. e.e. 41.323.376 de Bogotá o.e.
o/ _N<L ~/,~ l2enco-,~ ee__ f,!,,,z,7n,~c1J ole ~ .,~~ ¡ ¡í )1www.icbf.gov.co (j l(i ¡: BFColombia t] @ICBFCoiombla ~ @lcbfcolombíaoficial 1 : Los datos proporcionados serán tratados de acuerdo con !a politka de tratamiento de datos personales del !CBFy la Ley es 1581 de 2012, ! [onshow.NombreSede] Línea gratuita nacional ICBF 1 Avenida carrera 68 No.64c - 75 01 8000 91 8080 PBX 437 7630