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ICBF - Resolución 5261 -2022

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 5261 -2022
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2022

$ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar GOBIERNODE COLOMBIACecilia De la Fuente de Lleras Dirección General BIENESTAR e” FAMILIAR Clasificada RESOLUCIÓN No. “+ Y= 8 NO 2022 Por medio de la cual se asigna rol de evaluador LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y, en especial, las previstas en el artículo 18 del Acuerdo 6176 de 2018 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, y el artículo 39 del Decreto Ley 760 de 2005, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 3 de la Ley 489 de 1998 establecen como principios de la función administrativa: la buena fe, la igualdad, la moralidad, la celeridad, la economía, la imparcialidad, la eficacia, la eficiencia, la participación, la publicidad, la responsabilidad y la transparencia, los cuales deberán ser tenidos en cuenta al evaluar el desempeño de las entidades y los servidores públicos en el cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales o reglamentarios. Que mediante el Acuerdo 6176 de 2018 la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC estableció el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral aplicable a los servidores públicos en carrera administrativa y en periodo de prueba. Que en consideración a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, modificado por la Ley 1960 de 2019, mediante Resolución No. 0593 del 31 de enero de 2019, el Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar adoptó el precitado Sistema Tipo. de Evaluación para los servidores públicos de carrera administrativa y los nombrados en período de prueba de la entidad. . Que para el trámite de impedimentos y recusaciones el artículo 18 del Acuerdo 6176 de 2018 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, remite de manera expresa al Decreto Ley 760 de 2005, que reglamenta la figura del impedimento para los evaluadores y de la recusación para los servidores público con derechos de carrera administrativa, en el marco del proceso de evaluación del desempeño laboral, así: “Artículo 38..Los responsables de evaluar el. desempeño laboral de los empleados de carrera o en período de prueba deberán declararse impedidos cuando se encuentren vinculados con estos por matrimonio o por unión permanente o tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil o exista enemistad grave con el empleado a evaluar o cuando exista cualquier causal de impedimento o hecho que afecte su objetividad” Que la Evaluación del Desempeño Laboral se constituye en la herramienta que le permite a esta entidad evidenciar el nivel de cumplimiento, idoneidad profesional del servidor público durante el desarrollo de cada una de sus funciones y si estas aportan efectivamente al cumplimiento de los fines y metas institucionales. Que el servidor público YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS, identificado con C.C. No. 72.002.345, quien.se desempeña en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 13, asignado al. Grupo de Gestión de Soporte de la Regional Guainía, debía ser

evaluado por la Comisión Evaluadora conformada por los servidores públicos GABRIEL AMADO AGON, Director Regional Guainía, y JULIÁN DAVID PÉREZ REQUINIVA, Profesional Especializado Código 2028 Grado 17, Coordinador del Grupo de Gestión de Soporte de la Regional mencionada: 1 anigáP Que el 30 de agosto de 2019 los servidores GABRIEL AMADO AGON, Director Regional Guainía, y JULIÁN DAVID PÉREZ REQUINIVA, miembros de la Comisión Evaluadora, solicitaron a través de correo electrónico dirigido a la Dirección General de la entidad, el impedimento para evaluar al servidor público YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS. Que los impedimentos antes mencionados fueron aceptados por la Dirección General mediante ResolucióNno . 8149 del 13 de septiembre de 2019, la cual designó a RUBY AMPARO MALAVER, quien ostentaba el empleo de Asesor de Despacho de la Dirección General Código 1020 Grado 16, como evaluadora del servidor público YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS a partir del periodo 2019-2022 y mientras subsistan los motivos que dieron lugar Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c — 75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a Cecilia De la Fuente de Lleras GOBIERNO DE COLOMBIA Dirección General BIENESTAR se FAMILIAR Clasificada ES , E pa AA E | a

- RESOLUCIÓN No.”W a A :

Por medio de la cual se asigna rol de evaluador Que la señora RUBY AMPARO MALAVER MONTAÑA identificada con cédula de ciudadanía No. 51.975.533 quien se desempeñaba como titular del empleo Asesor Código 1020 Grado 16, através de oficio No. 202212220000357762 del 04 de octubre de 2022 presentó renuncia al cargo. Que el 4 de noviembre de 2022 a través de Resolución No. 5244 suscrita por el Secretario General de la entidad JOSÉ ANTONIO PARRADO RAMÍREZ, fue aceptada la renuncia de la

señora RUBY AMPARO MALAVER MONTAÑA.

Que en virtud de lo anterior es necesario que la Dirección General de la entidad designe un nuevo evaluador para el servidor público YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS, con el ánimo de adelantar el proceso de Evaluación de Desempeño del segundo semestre y calificación definitiva del periodo anual u ordinario 2022-2023. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a la servidora pública MARIA TERESA SALAMANCA ACOSTA identificada con cédula de ciudadanía No. 51.809.990 y titular del empleo Asesor Código 1020 Grado 16 asignada al Despacho de la Directora General, como evaluadora del servidor público YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS, identificado con C.C. No. 72.002.345, quien se desempeña en el empleo Profesional Especializado Código 2028 Grado 13, asignado al Grupo de Gestión de Soporte de la Regional Guainía, para el proceso

de evaluación del segundo semestre y calificación definitiva del periodo 2022-2023, y mientras subsistan los impedimentos de la Comisión Evaluadora integrada por los servidores públicos GABRIEL AMADO AGON, Director Regional Guainía, y JULIÁN DAVID PÉREZ REQUINIVA, Profesional Especializado Código 2028 Grado 17, Coordinador del Grupo de Gestión de Soporte de la Regional mencionada ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR a la Dirección de Gestión Humana comunicar el contenido de la presente Resolución a la servidora MARÍA TERESA SALAMANCA ACOSTA, para los fines pertinentes.

ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR a la Dirección de Gestión Humana la notificación del presente acto administrativo al servidor público YAHIR ARCENIO CORTINA LANCHEROS.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución no proceden recursos.

ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

2

COMUNÍQY UcEúmSPLEAs E “ Y NOV 2022 a n i g

Dada en Bogotá D.C.,a los á P

CONCEPCIÓN BARACALDÓ ALDANA

Directora General

NOMBRE CARGO FIR

Aprobó José Antonio Parrado Ramirez Secretario General ei S + Aprobó Lina María Ureña Secretaría General Mes Aprobó _ - | Edgar Leonardo Bojacá Jefe Oficina Asesora Jurídica Y Revisó Daniel Lozano Bocanegra Oficina Asesora Jurídica ¿2 Revisó | John Fernando Guzmán Uparela Director de Gestión Humana ¡A Revisó Sandra Bojacá Contratista Grupo de Carrera CN Proyectó Gina Paola Montealegre Linares Contratista Grupo de Carrera LINA A

MJ u Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c — 75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 4377630 01 8000 91 8080

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