ICBF - Resolución 5426 de 2019
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 5426 de 2019
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2019
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Índice RESOLUCIÓN 5426 DE 2019
(junio 28) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF Por medio de la cual se delega la ordenación del gasto de un proceso contractual LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR “CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS” En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 209 y 211 de la Constitición Política de Colombia, los artículos 9o, 10 y 78 de la Ley 489 de 1998, los artículos 11, 12 y 30 (numerales 9 y 10) de la Ley 80 de 1993, y CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia establece que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades el ejercicio de sus funciones. Que en concordancia con lo anterior, los artículos 9o y 10 de la Ley 489 de 1998 establecen que las autoridades administrativas podrán transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores del nivel directivo o asesor vinculados a la misma entidad, o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, mediante acto administrativo que siempre será escrito, determinando expresamente la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atenciór y decisión se transfieren. Que el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979 estableció dentro de las funciones que están en cabeza del director del ICBF, entre otras, la siguiente: b) Dictarlos actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y los acuerdos de la Junta Directiva;. Que mediante el manual de contratación modificado por resolución 8012 del 8 de septiembre de 2017 se otorgó delegación al Subdirector General y al Secretario General, para dirigir los procesos contractuales y oara celebrar los contratos y/o convenios de asociación sin distingo de lugar de ejecución o la cuantía, cuyo objeto se relacione con los asuntos de su competencia y de las dependencias a su cargo, de acuerdo con los rubros del presupuesto
que se le asignen. Que la Dirección de Nutrición requiere realizar la calibración de los equipos de medición adquiridos por el ICBF, cumpliendo con el objetivo de gestión del Sistema de Seguimiento Nutricional que es una herramienta que permite consolidar, analizar y determinar acciones oportunas de intervención nutricional desde las unidades operativas a nivel individual hasta la sede nacional en la revisión y ajuste de lineamientos cuando se requiere (nivel colectivo). Considerando la imporancia de obtener datos precisos, confiables y reportados oportunamente, surge la necesidad de garantizar que los equipos utilizados en las unidades de servicio y en los centros zonales, para la toma de peso y temperatura para los alimentos como para la toma de medidas antropométricas (peso y talla), cumplan con el rigor técnico que permita tomar decisiones adecuadas para la atención de los beneficiarios. Que para garantizar el control, seguimiento, evaluación y la correcta ejecución del presupuesto del ICBF, a través de la Resolución 002 de 2 de Enero de 2019, se efectuó una nueva estructura presupuestal para el ICBF, en cumplimiento de las normas antes señaladas, se detalló el rubro y su descripción y para cada uno se designaron gerentes de recursos y gerentes de proyectos del ICBF para la vigencia 2019, adoptando la estructura presupuestal de inversión en el ICBF, a nivel de cuentas disponiendo que los servicios asociados a cada uno de los centros de costos /dependencia y que fueran susceptibles de seguimiento de meta social, se encuentran registrados en el Sistema de Información Misional - SIM de acuerdo con la definición de cada uno de los gerentes de recursos y mediante Resolución 1207 de febrero 18 de 2019 se definió la ordenación de gasto
conforme a tal clasificación. Que de conformidad con el artículo 10 del Decreto 987 de 2012, dentro de las funciones de la Secretaría General, se encuentran las de: “... 1. Apoyar a la Dirección General en el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y control del Instituto y seguimiento en los asuntos que le designe.
2. Proponer a la Dirección General el establecimiento de las políticas, planes y programas en materia de administración del talento humano y de los recursos físicos, financieros, contractuales, abastecimiento, servicio al ciudadano y control intemo disciplinario, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.... ...4. Coordinar con las dependencias responsables la gestión de recursos administrativos, financieros y humanos del Instituto....” Que si bien es cierto, los recursos para el presente proceso de con ratación provienen de la Dirección de Nutrición, se debe delegar al Secretario General de la entidad para llevar a cabo el proceso de selección cuyo objeto es “Prestar el servicio de calibración de equipos de medición adquiridos por el ICBF, que se emplean en el servicio de alimentación y en el seguimiento nutricional en las Regionales y Centros Zonales del ICBF”, teniendo en cuenta que es, la Secretaría General, quien tiene a su cargo la administración de los recursos físicos del Instituto como los equipos de medición que se requieren calibrar Que las funciones antes señaladas no se encuentran incluidas dentro de aquellas que se consideran no delegables, de acuerdo con lo señalado en el artículo 11 de la Ley 489 de 1998.
Que el Secretario General del ICBF hace parte del nivel directivo de la planta de personal, según lo expuesto en
la resolución de nombramiento respectiva, por lo cual resulta procedente delegar en él las competencias antes mencionadas. En mérito de lo anteriormente expuesto la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS”, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en el Secretario General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la ordenación del gasto del proceso de selección cuyo objeto es “Prestar el servicio de calibración de equipos de medición adquiridos por el ICBF, que se emplean en el servicio de alimentación y en el seguimiento nutrícional en las Regionales y Centros Zonales del ICBF”, el cual tiene como presupuesto oficial la suma de seiscientos cincuenta y un millones ciento cinco mil setecientos ochenta y nueve pesos ($651.105.789). ARTÍCULO SEGUNDO. La presente delegación incluye todas las facultades necesarias para la suscripción de contratos, expedir, notificar y comunicar los actos administrativos requeridos para la ejecución de las etapas precontractual, contractual y postcontractual, de conformidad con la ley y el manual vigente. ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, a los JULIANA PUNGUILUPPI Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.
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