ICBF - Resolución 5462 de 2017
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 5462 de 2017
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2017
3 : República de Colombia instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR. - Dirección General. ios LIAR RESOLUCION No. — 94 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO SEGUIDO EN CONTRA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL. DESARROLLO Y AYUDA Il E) : ECLIPSE, IDENTIFICADA ¡CON EENIT. qeeN 006. 849LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR. FAMILIAR0 CECILIA. DE LA FUENTE. DE: : LLERAS > po En ejercicio de las facultades conferidas y por el artículo 16 de la Ley 1 1098 de 2006, los: artículos 35 y. ' siguientes de la: Resolución :3899 de:2010 del ICBF. modifi cada y adicionada por. 3435 y 9555 de 2016, lo preceptuado en el Código de 'Procedimi Contencioso Administrativo y el Decreto 987 de 2012: y. 2 CONSIDERANDO % Que. es competencia. de. la Dirección General: del. ICBF, esolversi en detecto: el proceso administrativo sancionatorio o adelantado en ng de la ASOCIA IÓN. PARA EL DESARROLLO Y | 1. | ANTECEDENTES . Que la Oficina. de Aseguramiento. de la Calidad: «mediante Auto del 26 de. mayo de 2015 ordenó stitucional ao realizar auditoría. integral ala ASOCIACIÓN PARA EL. DESARROLLO Y LA A UDA INTEGRALECLIPSE con el. fin de evaluar el “cumplimiento de los a a icos, financieros, . administrativos. y legales de la cctlada Asociación
realizar auditoría. integral ala ASOCIACIÓN PARA EL. DESARROLLO Y LA A UDA INTEGRALECLIPSE con el. fin de evaluar el “cumplimiento de los a a icos, financieros, . administrativos. y legales de la cctlada Asociación E los días: 9, o 10y 11 dej junio de 2015. (Folio. 4 : Que en la citada auditoria la Ofi icina. de Aseguramiento de la Calidad, advirtió algunas falencias en la prestació n del servicio..a los beneficiarios de la "modalidad ¿Hogare: ustitutos, tal como se desprende de las actas y del informe que obran. a folios Sal: 127 y 299 al 354. : Que por lo. anterior, esta: Dirección General mediante Auto No. 0008: del: 02 de. febrero de 2016, d de Hogares de formuló a la - ASOCIACIÓN. PARA EL DESARROLLO Y:LA. AYUDA INTEGRAL - ECLIPSE, a identificada con el NIT. 822.006. 849-5, los siguientes cargos: Y “CARGO PRIMERO: La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA INTEGRAL — el eel ECLIPSE, Jenilicada con NIT 822, 006. 849-5, presuntamente habria. incurrido en - falta de vigilancia y control, realizadas: los: días. 9, 10 y +1 de junio de 2015. La falt diligencia se concretaría en: Falta de asistencia técnica a las unidados de hogares sustitutos, estableciendo los . ubicadas. en: los municipios citados, se: presentan: situaciones de a 7 ) s vulneración a los: dergchos: de: los Niños, Niñas y Adolescentes, beneficia lOs. de
. ubicadas. en: los municipios citados, se: presentan: situaciones de a 7 ) s vulneración a los: dergchos: de: los Niños, Niñas y Adolescentes, beneficia lOs. de Pá ina 10:27 aná cod el ea ae A sr E e o ..Sede dela Dirección General e pe Sl Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos carmbiando. el. mundo Línea gratuita. nacional ICBF 01 8000 91 8080.. a A “WWW. icbf.: gov.co. E : DoCecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR. Dirección General. FAMILIAR | 3 República de Colombia S Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - RESOLUCION No. 5402 o 11 JUL a pe a POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO _ SEGUIDO EN CONTRA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL. DESARROLLO Y AYUDA 1 INTEGRALO ECLIPSE, IDENTIFICADA CON EL NIT. 54 vo 06 149 5 ES . valores diferentes a.los del. Libro. de Contabilidad denominado Mayor y Balances: con:corte a: la misma fecha; que en el. informe del Revisor Fiscal no se menciona ninguna. mención en torno. de “esta situación, y que fueron aprobados, certificados y dictaminados sin ningún tipo. de ajuste. ls) análisis, del Revisor Fiscal; inconsistencias en la facturación revisada. :+ Normas presuntamente violadas: Los artículos 207, 208 y 772 del Código de Comercio, 56, 57 y
análisis, del Revisor Fiscal; inconsistencias en la facturación revisada. :+ Normas presuntamente violadas: Los artículos 207, 208 y 772 del Código de Comercio, 56, 57 y :58 del Decreto: 2649 de 1 1993 y 2" des la Resolución 3878, del 28 de j Junio de 1996, de la DIAN. Sanción procedente « en caso de ser acreditada la falta: La sanción prevista: 'bara el Sveñtó de que la falta imputada sea acreditada, es la establecida en: el numeral 3 del artículo 37. de la Resolución No, 3899 de 2010, conforme al siguiente detalle: a Ñ : "ARTÍCULO 37. CAUSALES PARA REQUERIMIENTO POR ESCRITO. só causalés, Par requerir por escrito a una persona Jurídica las siguientes: Y
3. Cuando las instituciones no se sometan al cumplimiento.de lás disposicio para la prestación del servicio de atención a los alñosn niñas El Y normas vigentes - ECLIPSE, identifi dada; ¿cOn NIT. 822. 006. 849. que, la Asociación al momerito. de la. 1 ] La adicionalmente se pudo verificar que “dicha llcencia de funol miento, no fue lead. ¿para operar la modalidad Hogares .Sustitutos con. Discapacidad... Do acreditarse to. expresado en. el “aludido informe, se estaría en presencia de. situaciones. .que ponen. en. «polera la Aniegrided a personal, la salud. Y. la Vida de los adolescentes usuarios. de la InSttución, E Normas presuntamente vióladas: El artículo 12 de la Resolución No. 3899 de 2010.
a personal, la salud. Y. la Vida de los adolescentes usuarios. de la InSttución, E Normas presuntamente vióladas: El artículo 12 de la Resolución No. 3899 de 2010. Sanción procedente en cáso de'ser acreditáda la falta: La sanción “provista. para el evento de que la falta imputada sea acreditada, es:la. establecida en el. Numeral. te del: articulo 41 de la Resolución No 3899 de 201 ,. CUy o tenor literal es el siguiente: E E “ARTÍCULO. 41. CAUSÁLES DE CANCELACIÓN DE PERSONERIAS JURÍDICAS. Son causales para: cancelar la personería juridica, las siguientes: 4 “Cuando auna persona ¡jurídica : se le. ha cancelado o no solicitó la renovación de la Licencia de funcionamiento y persiste en el manejo del programa o modalidad del 1CBF, sin 1 Licencia 1 de. Funcionamiento. > : SFolos 412 al 1420) dia re cd o Página 3 de 27 Sede de la Dirección General OS A Ñ Avenida carrera 68 No. 64c — 75, PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el. mundo Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 918080 2.02 020 'www.icbf.gov.coRepública de Colombia e Y Instituto Colombiano de Bienestar Familiar E Cecilia De Fuente de Lleras. Yana
BIENESTAR: Dirección General
FAMILIAR :
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E 1 JUL am POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO o SEGUIDO. EN CONTRA. DEJLA ASOCIACIÓN PARA EL. DESARROLLOA AYUDA INTEGRAL - o : _ ECLIPSE, IDENTIFICADA: CON EL. NIT. 822.006.849-5. — INTEG Que con » Auto de trámite No. 020 del 10 de abril de 2017, se dio por - agotada la etapa probatoria . Sentro. del. proceso administrativo -«sancionatorio “seguido contra la. ASOCIACIÓN : PARA EL “DESARROLLO Y AYUDA INTEGRAL - ECLIPSE, y se le corrió traslado por. el término de diez. (10) días hábiles, para que presentara los alegatos de conclusión. (Folio 481) . o Que la Jefe dela Oficina de Aseguramiento de la Calidad, comunicó: el Auto de Trámite. No. 020 del o É de 2017 al apoderado de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA e INTEGRA ECLIPSE, mediante oficio del 02 de mayo de 2017 radicado con el No. 219602, -el cual fue recibido el 03 de mayo de: 2017 tal como se observa de la gula, “de correo certificado No. RN750729581C0 de la empresa Servicios Postales Nacionales $. A,, 72. (Folio 482 sl 484) Que mediante | sorito radicado. el 17 de mayo de. 2017 con el No. 236507, el apoderado: de la - ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA INTEGRAL > ECLIPSE, presento los: s:alegatos . de conclusión. > FolOs. 486 al: aL:504):. vb za e :
2. FUNDAMENTOS D DE LOS DESCARGOS Este “Despacho no tendrá en cuenta los descargos : Presentados por: el apoderado: de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA INTEGRAL - ECLIPSE, ¿spiendo « en cuenta a que los mismos fueron radicados de forma extemporánea, a saber; Le : A El Coordinador del Grupo Jurídico de la Regional ICBF Meta, el día 25 de febrero de 2 2016 notificó personalmente a la Representante Legal dé la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA . - ECLIPSE. .el Auto de Cargos No. 008 del 02 de febrero de 2016, indicándole. que . dentro. os quince (15) días siguientes ala notificación podía presentar los. descargos y solicitar o aportar las: [pruebas que pretendiera hacer valer de acuerdo con lo dispuesto r Código de Procedimiento Administrativo y de lo: Contencioso Administrativo, plazo para ello hasta el día 17 de marzo de 2016. l es decir, que tenía No obstante lo anterior, él apoderado de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA INTEGRAL - - ECLIPSE, ¿el día 17 de marzo de.2016. con el No. 125512 radicó un escrito. indicando que aba por notifi cado. por conducta concluyente. y solicitaba que se entendiera. que el término pa presenta ión de los. descargos. empezaba a correr el 18 de marzo. de 2916 y para | efecto -. radicó hasi a el día. 12 de abri de 2016 0 con el No. 164657, los descargos. o Ñ En consecuencia de lo anterior mediante Auto No. 063 del 23 de diciembre: dé 2016. ésta tá Dirección
-. radicó hasi a el día. 12 de abri de 2016 0 con el No. 164657, los descargos. o Ñ En consecuencia de lo anterior mediante Auto No. 063 del 23 de diciembre: dé 2016. ésta tá Dirección General ES la solicitud del apoderado. de la ASOCIACIÓN PARA EL ra Y AYUDA.
3. FUNDAMENTORDE Los ALEGATOS o ea El apoderado de la ASOCIACIÓN PARA: Els DESARROLLO. xe AYUDA: INTEGRAL - - ECLIPSE, ep - Jos alegatos indicó lo siguiente:.. as Página 5 de 27
Sede de la Dirección General PRE ETA A Avenida carrera 68 No, 64c — 75, PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el mundo Línea gratuita nacional ICBF. 01, 8000 91 8080: O de Pes A O o www.icbf.gov.co A A A0% República de-Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - Cecilia De la Fuente de Lietes: a Dn onosroniN o Dirección General, a m , penas . FAMILIAR > RESOLUCION No. I4u2 | pl sE a 11 JUL a POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO . -¿SEGL N. CONTRA DE.LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA | EGRALES : ECLIPSE, IBENTIICADA CON EL NIT. 822.006. 849-5 o 4 ello 6 razón a la: egación. de la renovación de la licencia de funcionamiento a la As Administrativa y -el Procedimiento Administrativo, los cuales; valga:la pena: recordar, son dos conceptos giterentes, dada su naturaleza. . O
ello 6 razón a la: egación. de la renovación de la licencia de funcionamiento a la As Administrativa y -el Procedimiento Administrativo, los cuales; valga:la pena: recordar, son dos conceptos giterentes, dada su naturaleza. . O Será. pues de conformidad con' lo dicho anteriormente; y 'según lo señala el mismo c. PA. CA., solamente aplicable al caso, lo establecido en el Artículo 16 de la Ley-1098 de 2006 y en la misma Ley' 1437 de 2011, ninguna norma más, lo cual quiere decir, en el plano práctico, que las resoluciones y decretos que pretende aplicar la administración contra mi poderdante, son inaplicables por. mardal: de la Y misma siendo eo establecido. en el Artículo'47 del C.P.A.C.A:, hago énfasis. ES E Así pues, descendiendo el asunto al aspecto práctico, el régimen sancionatonio y y y COmectivo que > hasta la : expedición. de: la.Ley 1437 de — sic-2001.se podía aplicar, sería:aquel previsto: en: los artículos:35 y siguientes de la Resolucic 1. 3899 del 8 de. septiembre de: 2010, y el procadimieñto a eses al articular, áquel. estprilado enlo artículos 47 a 52 de la Ley 1437 de 2011... 0 E sonia -. INDEBIDA APLICACIÓN DEL, PROCEDIMIENTO. ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO EN EL o PRESI ENTE ASUNTO Y DESCARGOS Ñ i “Señaló que: en el Auto de Cargos 0008 del 2 de ssbtaro de 2016 se conf iguró una. clara violación al a derechi al debido proceso, pues no se. consagi ró un reg ¡
i “Señaló que: en el Auto de Cargos 0008 del 2 de ssbtaro de 2016 se conf iguró una. clara violación al a derechi al debido proceso, pues no se. consagi ró un reg ¡ podria generar una decisión en contra de sus intereses l l Por lo. “anterior consideró que la Asociación” no pudo ejerce en debida forma el derecho. ala. defensa, lo que va en contravía de los postulados del principio de gala concordante con lo dispuesto en el numeral 1? del artículo 3 de la Ley 1437 de:2011. A se y Advirtió que se vulneraron. los principios entinciados. en el inciso Segundo. del numeral ele del - coordinación interna del ICBF, la cual. adelantó. ya. trámites. con respecto al caso pa cular, el cuál tiene origen netamente contractual, y el presente caso se está tratando como un P.A.S., cualquiera; «siendo uno:de carácter contractual el cual! Mya seria por demás: inaplicable: por e terminación del contrato: a : Añ rmó que sel contrato > de aporte ! No. 247 —- 2014 se terminó de mutuo acuerdo mediante el acta del re de 2015 y se emitió el acta de liquidación de fecha 30 de nov e 2015, todo contemplado como sanción en el numeral 3 del artículo 36 y artículo 38 de la Resolución No. 3899 de 2010, lo. cual nose enunció.en vel Auto de Cargos: No. 008 de 2016. A : Manifestó que de acuerdo. con el. texto de: las: actas de terminación y liquidación, 1 la Asociación fué «víctima de una: consecuencia jurídica de naturaleza contractual y con el presente trámite se estaría
: Manifestó que de acuerdo. con el. texto de: las: actas de terminación y liquidación, 1 la Asociación fué «víctima de una: consecuencia jurídica de naturaleza contractual y con el presente trámite se estaría “desconociendo:el: principio de Non Bis In Idem y de la No Reformatio In Pejus, porque el asunto fue conocido por la entidad. A 30 Indicó que también se están vulnerando los principios de confianza legítima en concordancia con la teoría del acto propio, buena fe y que a nadie es lícito hacer valer un derecho en contradicción có 'al Página 7 de 27 “e “Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos cambiando e el mundo Línea gratuita. nacional. ICBF: 01 8000 918080.: . : www. icbf.gov.co lación, hechoSe : República de Colombia os Id) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras | “Dirección General BIENESTAR +: FAMILIAR RESOLUCION No. 5432 o 11 mí 2017 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO SEGUIDO. EN CONTRA DE LA. ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA: INTEGRALo pr «ECLIPSE, IDENTIFICADA CON EL NIT. 822 8495. y
4. CONSIDERACIONES DEL: DESPACHO > . Se procede a resolver de fondo la presente investigación, teniendo en. cuenta para ello. los cargos, á la luz > los argumentos. de defensa esgrimidos por la ASOCIACIÓN. PARA EL. DESARROLLO Y
4. CONSIDERACIONES DEL: DESPACHO > . Se procede a resolver de fondo la presente investigación, teniendo en. cuenta para ello. los cargos, á la luz > los argumentos. de defensa esgrimidos por la ASOCIACIÓN. PARA EL. DESARROLLO Y AYUD NT GRAL — ECLIPSE, las. pruenas, obrantes en el -especiento, y las. hormas jurídicas : Aplical es. dE ao y ANTECEDENTES, SÍNTESIS E INTRODUCCIÓN. ALOS ASPECTOS JURÍDICOS. APLICABLES .. AL.CASO PARTICULAR o . e e. situa ión que fue enmendada. a través. de la. notificació por conducta conéluyente, lo cual tuvo cto. el conteo. del. término para. elevar. Jos. desc: fgos qu adería que corría. ) de 2016, .cumpliéndose 1437 de 2011, el martes 12 de los 15 días de que trata el inciso tercero del artículo 47 de la: nolación: al derechos al ¿debido abril, situación que fue desatendida per. el ICBF, en fagrant proceso de la investigada. ag : > Respecto al anterior señalamiento, esta Dirección General ño se o pronunciará por cuanto el mismo . fue estudi ado y. resuelto en el Auto No. 063 del 23 de diciembre de 2016. ao INTRODUCCIÓN A LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL Proceso ] «ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO : A : A . El “apoderado de la iná stigad . firmó que el régimen sancionatorio del ICBF,. basado. en actos. ] > caso sólo aplica el articulo. 16 de la Ley 1098. de. 2006 Y la Ley
. El “apoderado de la iná stigad . firmó que el régimen sancionatorio del ICBF,. basado. en actos. ] > caso sólo aplica el articulo. 16 de la Ley 1098. de. 2006 Y la Ley o1Prócedimiento administrativo sancionatorio se encuentra incurso:el a cual incluye el de tipificación que hace: referencia a: la: determinación previa. y precisa de las infrácciones y sanciones que pueden ser impuestas por las autoridades administrativas en ejercicio de la facultad sancionatoria, y el principio de reserva legal. que Urtcaménte. está epntéñido en normas con fuerza material de ley. a : : .l : Frente al citado argumentó: esta Dirección General estima necesario > realizar algunas precisiones como son: e AS E, La Constitución Política: establece los' principios: constitucionales: que regulan a régimen jurídico, la organización y el funcionamiento de la Administración General. del. Estado, estos principios son el interés. general, la igualdad, moralidad, efi icacia, economía, celeridad, imparc lidad Publicidad”, cd A : 3 a como. ejes fundamentales. de toda actuación: n administrativa. 1 Constitución Política: de: Colombia articulo 209 Página 9 de 27 «Sede de la Dirección General o AO Ñ Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos carbiando el mundo > Línea gratuita: nacional ICBF.. 01 8000 91 8080: E www.icbf.gov.co boy O 4
UE. SEGUIDO EN. CONTRA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL. DES, ¡RRO : República de Colombia
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www.icbf.gov.co boy O 4
UE. SEGUIDO EN. CONTRA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL. DES, ¡RRO : República de Colombia
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ¡ente de Lleras. Dirección General o RESOLUCION No. IDR 1 1 Ju a POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO. SANCIONATORIO - ' AYUDA INTEGRAL - : ECLIPSE, IDENTIFICADA CONE EL NIT 822. 0 Más adel nte, con la expedición de la Ley" 7 de 1979%, se determinaron de manera 2 más clara los objetivos y funciones, y se. mantuvo en su artículo 21.la. asistencia al Presidente insti Aclara que desarrollen programas de adopción"? ¡ 2040; actualmente: miocif cada y adicionada praimenten Po las Resoluciones 6130 de 2015. o Artículo. 16 de la Ley 1098 de 2016: “Todas las personas “naturales o jurídicas, "con personería juridica: expedida por el Instituto: Colombiano: de Bienestar : en el. presupuesto .nacional-con destino:a entidades oficiales o particulares: que: se ocupen. ce N programas de bienestar social del menor y de la familia « e inspeccionar la; inversión de los: mismos? la Rep la inspección y vigilancia de las entidades de utilidad. común. (num. (70 además. e agregó en el numeral 7 la función de “señalar y hacer cumplir los requisitos de funcionamiento de las instituciones y de dos. establecimie fos, de Pprelección del menor. de: edad y la familia y de: las. instituciones. que desarrollen El Decreto 361 de 1987 legitima aún más ejercicio de estas dos OR establecidas en los
dos. establecimie fos, de Pprelección del menor. de: edad y la familia y de: las. instituciones. que desarrollen El Decreto 361 de 1987 legitima aún más ejercicio de estas dos OR establecidas en los inspección y vigilancia, a través de lá tealización de visitas di ii las entidades de utilidad común cumplan la: voluntad. de lc debidamente sus rentas, se ajusten: en su formación y fu observen normalmente sus propios estatutos. E El Código de la Infancia y la Adolescencia - Ley 1 098 de 2006-, en su artío siguiente: e "Artículo 16. Deber de vigilancia. del. estado. Todas las. personas _naturale 0 Juridicas, “con 0% a personería jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. o sin ell ==con autorización de los padres o representantes legales, alberguen o cuiden alos niños, las niñas 0 dE los adolescentes: son Putas de la vigilancia desa to ER Eq De Acurio? con: les normas que regulan la prestación: dels servicio: público de lenestar | Familiar compete al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y SN articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, reconocer, otorgar, suspender y cancelar personerlas Jurídicas y licencias de funcionamiento: a las Instituciones del Sistema que prestan servicios de protección a los menores de edad o la familia ya las que. desarrollen el programa de adopción.” (Negrilla fuera de po y) Con fundamento en las leyes 7 de 1979 y 1098 de 2016 normas con a fuerza material de ley esté Instituto Colombiano de Bienestar Familiar mediante la Resolución No. 3899 del 8 de septiembre de
y) Con fundamento en las leyes 7 de 1979 y 1098 de 2016 normas con a fuerza material de ley esté Instituto Colombiano de Bienestar Familiar mediante la Resolución No. 3899 del 8 de septiembre de Ley 76. de: 1068; aríículo 53: literales by o: A El Decreto 2388 de 1979 "Por el cual se reglamentan l las Leyes 75 de 1068, 27 de 1974: y. 7 de 1979" en el a parágrafo 2 del articulo 3 confima que a al ICBFle corresponde. inspeccionar: y vigilar la actividad de las entidades o. personas naturales que presten asistencia al. menor y ala familia. : En concordancia con lo establecido en el Decreto 1137 de 1999 y el Decreto 334 de 1980. ] ?En concordancia con el Acuerdo: :102.de 1979 Por.el cual se adoptan los Estatut del Instituto Colombi. , de 'Bienesti «Familiar. Artículo 4.numeral 6 y % Familiar o sin ella, que aún, con autorización de los. ¡padres o representantes legales, alberguen o cuiden alos: 'nÍños, las niñas « o. los; de la vigilancia del Estado, : Dé acuerdo con las normas que regulan la prestación del servicio público de Bienestar Famillar compete al instituto Colombiano de 'Blenestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, reconocer, otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas: y: licencias de funcionamiento a las Instituciones del Si que p servicios de pr lón a los s de edad o la familla ya las que desarrollen el programa de adopción. A MES »i Página 11 de 27 Linea oral nacional ICBF 01 8000 91 8080
de funcionamiento a las Instituciones del Si que p servicios de pr lón a los s de edad o la familla ya las que desarrollen el programa de adopción. A MES »i Página 11 de 27 Linea oral nacional ICBF 01 8000 91 8080 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos: cambiando el. mundo +República de Colombia Instituto Colombiano de Blonestar Familiar Cecilia De la Fu € RESOLUCION No. 5402 11 mí mí POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ' SEGUIDO. EN CONTRA. DE LA ASOCIACIÓN PARA EL. DESARROLLO Y AYUDA: INTEGRAL o = - ECLIPSE, IDENTIFICADA : ON. EL NIT. a Sanción procedente en caso de ser acreditada la falta: La sanción prevista, p el evento de que la falta imputada sea acreditada, es la. establecida en el numeral 3 del art culo 39 de la : Resolución No. 3899 de 2010, conforme al siguiente. detalle: a ha E «ARTÍCULO 39. CAUSALES DE CANCELACIÓN DE LICENCIAS DE E FUNCIONAMIENTO. Son EE causales para: ssnoslar Ta-licencia de funcionamiento a una persona jurídica las siguientes: O
3. Cuando la persona jurídica no establezca los controles necesarios para evitar que se piosánten + «Situaciones. de .amenaza,. inobservancia; 0. vulneración a: los. ¿derechos de: dos: pines, niñost :0 oa - adolescentes benefi iciarios del. programa: o modalidad correspali | do E a CARGO SEGUNDO: ] ( .. )
Normas presuntamente y violadas: :
oa - adolescentes benefi iciarios del. programa: o modalidad correspali | do E a CARGO SEGUNDO: ] ( .. )
Normas presuntamente y violadas: : AO : San ón procedente en caso de Ser acreditada la: falta: a sanción prevista, para: el evento de - que la falta imputada sea acreditada;. es la establecida el. numeral 3 del artículo. 37 de la o Res lución No. 3895 de 2010, conforme al sig niente detalle: . a . ARTÍCULO 37. CAUSALES PÁRA REQUERIMIENTO. POR ESCRITO. Son causales. para .
E requeri poresento a una Persona jurídica las siguientes: ps sometan al cumplimiento de las disposiciones yn normas vigentes atención a: los niños, mias: y acolescsnias: a a
CARGO TERCERO:
(...) | pomor pri violadas: Sanción procedente en:caso de: ser acreditada la falta: La a:sencióni previstas para el evento de: Ñ delos Ja falta: imputada sea acreditada, :es la establecida en el: Numeral: 4 del artículo 41 "de: la ” Resol ¡ón NO. 3899 de.2010, cuyo tenor literal es: el siguiente: a ES CA ARTÍCULO 41. CAUSALES DE CANCELA CIÓN DE PERSONERIAS JURÍDICAS. Son causales. para cancelar la personería jurídica, las siguientes: Página 13 de 27 -Sede de la-Dirección General e e AA Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el. mundo Línea gratuita nacional ICBF. .01 8000. 91 8080 a e a A e tara eras
Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el. mundo Línea gratuita nacional ICBF. .01 8000. 91 8080 a e a A e tara eras www.icbf.gov.co :instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIEN. , Dirección General. FAMILIAR ME "2 República de Colombia 0 RA a RESOLUCION No. — Y'2U2 11JuL 0 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO SEGUIDO EN CONTRA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y AYUDA INTEGRAL » o e ECLIPSE, IDENTIFICAD. . E - Principio de presunción de inocencia: Respetando el citado principio. el ICBF “adelantó. “unas averiguaciones preliminares, que desencadenaron el. presente proceso administrativo sancionatorio «enel que se respetaron las diferentes. etapas procesales y se le dieron a la: investigada: todas las garantías para el elerelojo de: sus derechos de defensa y contradicción. - Principio de no > reformatio i in pejus: Este. Despacho 1 no. entiende como se bodita" «vithetaió el peschtó »principio. en un. proceso. - administrativo sancionatorio que se encuentra en. etapa de fallo, pues al respécto la Corte Constitucion: en sentencia T455 del 25 de agosto de 201 6, M.P. Dr. Alejandro, Linares Cantilo, advirtió: “Alcance de la garantía de la non reformatio in pejus — Reltaración e
Constitucion: en sentencia T455 del 25 de agosto de 201 6, M.P. Dr. Alejandro, Linares Cantilo, advirtió: “Alcance de la garantía de la non reformatio in pejus — Reltaración e
23. El artículo 31 superior consignó la facultad que tienen, por regla general, todas las personas de apelar las. decisiones. Judiciales: y, .en.su inciso. segundo; estableció la prohibición para:el juez de. segunda instancia de:agravar la pena: impuesta por el inferior.en su decisión, cuando:'se trate de un apelante Único. En.otras palabras, através de este artículo el: constituyente: introdujo la e garantía de la non reformatio in pejus en la Constitución Política de 1991. SN (-..) , 23, 1. Lo anterior. signifi ica. que al Juez. de. segunda instancia: le está: prohibido. pronunciarse . sobre. las situaciones que.no hayan:sido: planteadas enel recurso, salvo contadas: excepciones, Pero, particularmente, tiene prohibido desmejorar. la situación del apelante. único, ya que de permitirse lo contrario, la consecuencia perversa'sería que nadie se atrevería a cuestionar los fállós de primera instancia y, en esa medida, se violarlan principios constitucionales propios de una democracia tales como el derecho El la defensa y la doble. instancia, > garantias: propias : del. debido proceso. E ted E sa 23.2 2 Además de lo anterior, la garantia: de la non. reformatio ii in: pejus también se constituye en ll .un límite a. la competencia del :fallador:de “segunda instancia, establecido asf por la propia ca
23.2 2 Además de lo anterior, la garantia: de la non. reformatio ii in: pejus también se constituye en ll .un límite a. la competencia del :fallador:de “segunda instancia, establecido asf por la propia ca «Constitución. «Sobre. el tema, se Arentnción esta. Corporación:e en el paño" 1993 8 en los Siguientes : .términos:.: asa o EE Ñ ASÍ, .pues, la garantía. reconocida por el artículo 31 de Ja: Carta al nclante único tiene el sentido de dar a la apelación el carácter de medio. de: defensa: del.condenado y.no: el de propiciar una revisión "per se" de lo ya resuelto, Así que, mientras la: otra parte no apele, el apelante tiene derecho a que tan solo se examine la sentencia en aquello que le es desfavorable. Es.ésta, por tanto, una competencia: «defi nida de: antemano: en su alcance por el: UN propio Constituyente”. mn : Al o, 23. 3. De igual forma, esta Corte ha referido que la prohibición de la reformatio in pejus, es una En garantía que no es única del derecho penal'o de los procesos de naturaleza punitiva, sino qu a ésta. es extensiva en otras materias. Sobre el particular, esta Corte se. pronunció en la sentencia T-233 de 1995[ en la que afirmó lo siguiente: Página 15 de 27 Sede de la Dirección General 0 De CI Avenida carrera 68 No. 64c — 75. PBX: 437 76 30 Estamos cambiando el. mundo Línea gratuita nacional ICBF. 01 8000918080 2.02 0200000 0 www.icbf.gov.coJos, cn o República de Colombia E
Línea gratuita nacional ICBF. 01 8000918080 2.02 0200000 0 www.icbf.gov.coJos, cn o República de Colombia E $ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar e Cecilia De la Fuente de Lleras | E BIENESTAR es Direcci ón General.
FAMILIAR ba
RESOLUCION No, FÁAUR 11 JUL 2017.
POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO SEGUIDO EN CONTRA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ¡AYUDA INT RAL “o Ss - 06. po —www.icbf.gov.co MUA : O eo EE E o Ñ -- Principio. de non bis in- Ídem: - La Corte Constitucional! respecto ; al tema ha señalado que Y...) /a prohibición. del doble enjuiciamientono excluye que un mismo comportamiento pueda. dar lugar: a diversas. investigaciones y sanciones, siempre y cuando éstas tengan distintos. fundamentos normativos y diversas finalidades. Esta Corte -ha precisado que: el non bis in idem veda es que exista una doble sanci ¡jón; cuando: «hay. identidad de sujetos,: acciones, fundamentos domativo
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