ICBF - Resolución 5585 de 2026

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 5585 de 2026
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2026

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General Pública BIEN! FAMILIAR “Por la cual se modifica parcialmente el artículo 2° de la Resolución 0001 del 2 de enero de 2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “Cecilia De la Fuente de Lleras” | LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) “CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS” En uso de sus facultades legales y estatutarias, en n especial de las conferidas en el artículo 28 de la Ley 74 de 1979 y el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el numeral 24 del artículo 3 Decreto 1430: del 2025 Yr CONSIDERANDO El artículo 12 del Decreto 111 de 1996, define los principios del sistema presupuestal, entre los cuales se encuentran: los de la planificación, la anualidad, la universalidad, la unidad de caja, la programación integral, la especialización, la inembargabilidad, la coherencia macroeconómica y la homeéstasis. 7 | Conforme lo previsto en el artículo 17 ibidem, ‘(...) Todo programa presupuestal deberá contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución y operación, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes t. a | |

deberá contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución y operación, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes t. a | | Mediante la expedición de la Ley 2559 de 22 de diciembre. de 2025, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. | -En virtud de lo. dispuesto en el Decreto 1430 del 24 de diciembre de 2025, se modificó la estructura orgánica del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “Cecilia | de la Fuente de Lieras+ | o | A través del. Decreto. 1477 del 30. de. diciembre de 2025, el Ministerio de Hacienda y -Crédito Público liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2026 detallando. las apropiaciones, clasificando y definiendo los gastos. Este Decreto incluye el presupuesto del ICBF Para la vigencia fiscal, 2026. i En consideración a lo anterior, el ICBF mediante la Resolución No. 8300 del 31 de diciembre de 2025, consolidó el presupuesto de ingresos y desagregó, distribuyó, - asignó y ordenó comunicar la asignación del presupuesto de gastos del ICBF a nivel - de la unidad ejecutora, regionales y sede de la, Dirección General, para la vigencia fiscal del 2026. EN | El ICBF, mediante el artículo 2° de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026,

  • de la unidad ejecutora, regionales y sede de la, Dirección General, para la vigencia fiscal del 2026. EN | El ICBF, mediante el artículo 2° de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, adoptó los lineamientos de programación y ejecución de Metas Sociales y Financieras para la vigencia 2026, en setenta y nueve (79) fichas técnicas, por Dependencia del Gasto - Centros de Costos, registrados en el presupuesto de gastos del ICBF, con sus | respectivos anexos. | | | En virtud de lo establecido en el artículo 30 de la citada Resolución, cualquier modificación o ajuste a los lineamientos de programación y ejecución de metas sociales y financieras para la vigencia 2026, deberá ser efectuada mediante acto

www.icbf.gov.co ICBFColombía “E @icbicol ombiaoficial ES olombia gina 1 de 7 E oe (El (3 Ieu ont aoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF

Teléfono: 4377630 - Colombia 01 8000 91 8080Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Cecilia De la Fuente de Lleras

Dirección General : Publica BIENESTAR ANE PHS IPRA CARNOSOS FAMILIAR “Por la cual se modifica parcialmente el artículo 2° de la Resolución 0001 del 2 de enero de 2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) "Cecilia De la

Fuente de Lleras”

y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) "Cecilia De la Fuente de Lleras” administrativo, el cual deberá contener la solicitud correspondiente, acompañada de la justificación técnica y presupuestal elaborada por los responsables de la ficha de programación, el aval de la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión, y contar con el control de legalidad por parte de la Oficina Jurídica del ICBF. Mediante la Resolución 990 del 29 de enero de 2026 se modificó parcialmente el artículo 2% de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, en el sentido de

ACTUALIZAR la FICHA I-10-120 - RESTABLECIMIENTO EN LA

ADMINISTRACION DE JUSTICIA, FICHA I-11-121 - UBICACIÓN INICIAL,

FICHA I-12-122 - MODALIDADES DE APOYO Y FORTALECIMIENTO A LA

FAMILIA / MODALIDADES DE APOYO FAMILIAR Y COMUNITARIO, FICHA

113-123 - MODALIDADES DE ACOGIMIENTO y FICHA 1-14-124 VÍCTIMA DE CONFLICTO ARMADO, FICHA 1-30-161 - SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL A LA PRIMERA INFANCIA y ANEXO 8: CANASTAS DE ATENCIÓN PARA LOS

SERVICIOS INTEGRAL Y COMUNITARIO, DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA.

Mediante la Resolución 1444 del 3 de marzo de 2026 se modificó parcialmente el artículo 2% de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, en el sentido de

Mediante la Resolución 1444 del 3 de marzo de 2026 se modificó parcialmente el artículo 2% de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, en el sentido de ACTUALIZAR la FICHA 1-44-186 - ADMINISTRACIÓN DE PLANTA FÍSICA — SERVICIOS PÚBLICOS, la FICHA 130-161 - SERVICIO DE EDUCACION INICIAL A LA PRIMERA INFANCIA y el ANEXO 8: CANASTAS DE ATENCIÓN PARA LOS SERVICIOS INTEGRAL Y COMUNITARIO, DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA, de los lineamientos de programación los cuales hacen parte integral de la presente resolución y se anexan a la misma. Mediante la Resolución 3080 del 5 de junio de 2026 se modificó parcialmente el artículo 2% de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, en el sentido de ACTUALIZAR el ANEXO 8: CANASTAS DE ATENCIÓN PARA LOS SERVICIOS INTEGRAL Y COMUNITARIO, DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA y las fichas I-19-141 - FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO, 1-27-152PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE NIÑAS Y NIÑOS, I-25-148 CENTRO DE APOYO A LA INCLUSION, I-23-146 ATENCION INTEGRAL EN TERRITORIOS PRIORIZADOS, 1-14-124 VÍCTIMA DE CONFLICTO ARMADO y F-01 GASTOS DE PERSONAL, de los lineamientos de programación. Mediante la Resolución 4200 del 28 de julio de 2026 se modificó parcialmente el

CONFLICTO ARMADO y F-01 GASTOS DE PERSONAL, de los lineamientos de programación. Mediante la Resolución 4200 del 28 de julio de 2026 se modificó parcialmente el artículo 2% de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, en el sentido de ACTUALIZAR la ficha I-19-141 - FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO, de los lineamientos de programación los cuales hacen parte integral de la presente resolución y se anexan a la misma. Mediante la Resolución 4301 del 30 de julio de 2026 se modificó parcialmente el artículo 2° de la Resolución No. 0001 del 2 de enero de 2026, en lo que respecta a la ficha de Inversión, dependencias de gasto: 861, 846 y anexo 8 (Primera Infancia) y 101 y anexo 1 (Nutrición). www.ichbf.gov.co (En Gicbicolombisoficial FColombia ©) @icbtcolombiaoficial BFColombia ws " Pagina 2 de 7 Sede de la Dirección General E Línea gratuita nacional ICBF Teléfono: 4377630 - Colombia 01 8000 91 8080Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia Dirección General Pública De la Fuente de Lleras BIENESTAR po e us ov 1) ] 4 CCD se RESOLUCIÓN No, 5050 ifr ott “Por la cual se modifica parcialmente el articulo 2° de la Resolucion 0001 del 2 de enero de 2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras .

2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras . para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) "Cecilia De la Fuente de Lleras” Dentro de las setenta y nueve (79) fichas técnicas adoptadas en los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la vigencia 2026, se encuentran las siguientes fichas y anexo, conforme se relaciona a continuación: | Tabla No. 1 Lineamientos de Programación de Metas Sociales y Financieras, vigencia 2026

GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E

1 FICHAF-05 INTERESES DE MORA : Fuente: Subdirección de Programación ICBF De conformidad a la disposición contenida en el artículo 45 del Decreto 1430 de 2025 son funciones de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, entre otras las siguientes: “(..) 1. Dirigir, organizar y controlar los servicios administrativos necesarios para el funcionamiento del Instituto, de acuerdo las necesidades del servicio y los lineamientos institucionales. |

2. Dirigir planes, programas y proyectos para el mantenimiento, adecuación, conservación, construcción y administración de los bienes inmuebles de uso del Instituto de conformidad con 1 lineamientos y necesidades del Instituto (...).

En cumplimiento de lo anterior, mediante memorando 202612200000124823 del 11 7 de septiembre de 2026, la Dirección Administrativa del ICBF solicitó a la Dirección de Planeación y Control de Gestión del ICBF la “inclusión del rubro A-0803 - Tasas y

7 de septiembre de 2026, la Dirección Administrativa del ICBF solicitó a la Dirección de Planeación y Control de Gestión del ICBF la “inclusión del rubro A-0803 - Tasas y Derechos Administrativos para la Dependencia 302 - Dirección Administrativa en la estructura presupuestal del ICBF para la vigencia 2026", con el fin de garantizar la disponibilidad de recursos para atender el pago de la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana a cargo del ICBF Regional Antioquia, obligación derivada de la Ordenanza No. 50 del 17 de diciembre de 2024 de la Asamblea Departamental de Antioquia. Esta modificación se justifica considerando que: “Lo anterior, obedece a que el ICBF, en su calidad de entidad pública con “bienes inmuebles ubicados en el departamento de Antoquia, se encuentra obligado al pago de la citada tasa, creada mediante la Ordenanza No. 50 del 17 de diciembre de 2024 de la Asamblea Departamental de Antioquia, cuyo recaudo se destina al fortalecimiento de la seguridad y la convivencia ciudadana en el departamento. En este sentido, la incorporación del citado rubro permitirá contar con la apropiación presupuestal necesaria para atender oportunamente esta obligación legal durante la vigencia fiscal 2026, evitando la causación de intereses moratorios y demás consecuencias derivadas de un eventual incumplimiento (..)”. La Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión - del ICBF, en coherencia con lo previsto en los artículos 3% de la Resolución 0001 del 2 de enero del 2026 y el artículo 1° de la Resolución 0002 del 2 de enero de 2026, y

  • del ICBF, en coherencia con lo previsto en los artículos 3% de la Resolución 0001 del 2 de enero del 2026 y el artículo 1° de la Resolución 0002 del 2 de enero de 2026, y en el marco de las funciones conferidas por el artículo 18 del Decreto 1430 del 24 de 2026 ás $ Be

E EST vww.icbf.gov.co ICBFColombia ; de Pagina 3 de7 al al ichfcolombi aoficial _ Sede de la Dirección General e Línea gratuita nacional ICBF

Teléfono: 4377630 - Colombia | 01 8000 91 8080 ©Instituto Colombiano de Bienestar Familiar » 8 Cecilia De la Fuente de Lleras

Dirección General | Pública BIENESTAR IMITA CASAN: FAMILIAR ee CESE 2 4 SEP 2096 “Por la cual se modifica parcialmente el artículo 2° de la Resolución 0001 del 2 de enero de 2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) "Cecilia De la Fuente de Lleras” diciembre de 2025, emitió CONCEPTO FAVORABLE el 11 de septiembre de 2026 frente a la modificación de la FICHA F-05 - GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA, la cual hace parte integral de los lineamientos de programación adoptados para la vigencia fiscal 2026, de la siguiente forma: Tabla No. 1 Descripción de modificaciones a los lineamientos técnicos de programación 2026

E INTERESES DE MORA, la cual hace parte integral de los lineamientos de programación adoptados para la vigencia fiscal 2026, de la siguiente forma: Tabla No. 1 Descripción de modificaciones a los lineamientos técnicos de programación 2026 La inclusión del rubro A-08-03 - Tasas y Derechos Administrativos, no contemplado en los lineamientos actuales, resulta GASTOS POR TRIBUTOS, indispensable para garantizar la adecuada 1 FICHAF05 MULTAS, SANCIONES E A-08-03 Tasas y derechos Administrativos desagregación del traslado presupuestal. Su INTERESES DE MORA incorporación permite reconocer el pago de la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana, creada mediante la Ordenanza No. 50 de 2024 de la Asamblea Departamental, obligación que corresponde atender a la Dirección Regional de Antioquia del ICBF.

Fuente: Lineamientos Técnicos de Programación - DPCG - Subdirección de Programación, Vigencia 2026.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°, MODIFICAR parcialmente el artículo 2% de la Resolución No. 0001 de 2 de enero de 2026, en el sentido de MODIFICAR la ficha F-05GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA de los lineamientos de programación los cuales hacen parte integral de la presente resolución y se anexan a la misma. a) La modificación de la ficha F-05GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA será la siguiente: FICHA F-05 - GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA

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SANCIONES E INTERESES DE MORA será la siguiente: FICHA F-05 - GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA

CTA SUBCTA 01 03 08 04

05 CUENTA GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA 01 —- IMPUESTOS 03 - TASAS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 04 - CONTRIBUCIONES 05 - MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA | Comprende el gasto por tributos, multas, sanciones e intereses de mora, que por mandato legal deben atender los órganos del PGN. OBJETIVO GENERAL Entiéndase por tributos, las prestaciones pecuniarias establecidas por una autoridad estatal, en ejercicio de su poder de imperio, para el cumplimiento de sus fines.

ESPECÍFICO | N/A

SUBCUENTA

www.ichf.gov.ce (EN @icbfcolombiaolicial MCBFColombia : | @ichfcolombiaoficial ICBFGolombia ma Pagina 4 de 7 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Teléfono: 4377630 - Colombia 01 8000 91 8080Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General Pública FAMILIAR pr A pra A més "Por la cual se modifica parcialmente el artículo 2° de la Resolución 0001 del 2 de enero de 2026 "Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras

2026 "Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “Cecilia De la. | Fuente de Lleras” Código de Régimen Municipal (Decreto Ley 1333 de 1986) y demás. normas. complementarias, como las Leyes 14 de 1983, 55 de 1985 y 75 de 1986). Ley 9 de 1989 ‘Por la. cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, - compraventa -y expropiación debienes y se «dictan otras disposiciones”. (Última modificación por la Ley 2079 de 2021). ee unas s facultades extraordinarias”. Modificada por la Lay 1450 Geo 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014.

CATÁLOGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL CCP

IMPUESTO NACIONAL AL

CONSUMO - DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVA

IMPUESTO PREDIAL Y SOBRETASA

AMBIENTAL - DIRECCION

ADMINISTRATIVA

IMPUESTO DE DELINEACION

URBANA - DIRECCION

ADMINISTRATIVA

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO : - DIRECCION

IMPUESTO DE ALUMBRADO 302 PUBLICO - DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVA A-08-01-02-004-302 a IcaFColombia Dicbícolombiaoficial Salom Pagina 5 de 7 - Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF

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Teléfono: 4377630 - Colombia -01 8000 91 8080Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General Pública

RESOLUCIÓN No.

FAMILIAR er \ “Por la cual se modifica parcialmente el artículo 2° de la Resolución 0001 del 2 de enero de 2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF ) "Cecilia De la Fuente de Lleras” [| ||| |»

IMPUESTO DE REGISTRO - DIRECCION

IMPUESTO SOBRE VEHICULOS

AUTOMOTORES - DIRECCION ADMINISTRATIVA DERE eS dE

CUOTA DE FISCALIZACIÓN Y

AUDITAJE - DIRECCION

SEAS

ONAL DE

VALORIZACIÓN MUNICIPAL CONTRIBUCION DE 302 VALORIZACION MUNICIPALa. | DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA CONTRIBUCIÓN DE 6 S Re

ION

VALORIZACION DEPARTAMENTALDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA TT SANCIONES ES

MULTAS SUPERINTENDENCIASDIRECCION ADMINISTRATIVA “SANCIONES CONTRACTUALES - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA | ADMINISTRATIVAS a

VALORIZACION DEPARTAMENTALDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA TT SANCIONES ES

MULTAS SUPERINTENDENCIASDIRECCION ADMINISTRATIVA “SANCIONES CONTRACTUALES - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA | ADMINISTRATIVAS a SANCIONES ADMINISTRATIVAS - A-08-05-01-003-302 A 08 | 05 | Ol 003 302 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SANCIONES ADMINISTRATIVAS - A-08-05-01-003-303 A 08 | 05 | O1 003 303 DIRECCIÓN FINANCIERA ARTÍCULO 2°. A través de la Dirección de Planeación y Control de Gestión, COMUNIQUESE el presente acto administrativo a las dependencias involucradas. ARTÍCULO 3°. A través de la Oficina Asesora de Comunicaciones, PUBLÍQUESE de la presente resolución en la página web del ICBF. ICBFColombia Sede de la Dirección General

Teléfono: 4377630 - Colombia fal Linea gratuita nacional ICB 01 8000 91 8080Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección General Pública BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCIÓN No. DES 24 SEP 2026 “Por la cual se modifica parcialmente el artículo 2° de la Resolución 0001 del 2 de enero de 2026 “Por medio de la cual se acoge el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) vigente y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “Cecilia De la Fuente de Lleras”

y adoptan los Lineamientos de Programación y Ejecución de Metas Sociales y Financieras para la Vigencia 2026 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “Cecilia De la Fuente de Lleras” ARTÍCULO 4°, VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Las demás disposiciones contenidas en las Resoluciones en mención, que no fueron objeto de modificación, permanecen incólumes.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los, Directora General ICBF 24 SEP 2026

ROL NOMBRE CARGO VISTO BUENO ml 7

Aprobó Leonardo Alexander Rodríguez López | Director de Planeación y Control de Gestión Aprobó Omar Germán Mejía Olmos Jefe Oficina Jurídica 1) Aprobó Jennifer Díaz Hurtado bdi P id a CO) p Subdirectora de Programacion Lutz ' Revisó Eduardo Rojas Triviño Contratista Oficina Jurídica ; tera Revisó | Victor Manuel Méndez Ospina Contratista Oficina Jurídica ye Revisó Alexandra Romero Granada Contratista Oficina Jurídica el o, Juan Carlos Alejandro González o, » 7 babas Revisó Orozco J Contratista Dirección de Planeación y Control de Gestión Delodstprasd Proyectó | Yury Liliana Ramirez Suárez Contratista Subdirección de Programación fay Cana Ramieg , El @ichfcolombiaoficial bichicolombiaoficial BFColombia Sede de la Dirección General

Teléfono: 4377630 - Colombia - Pagina 7 de 7

Linea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080

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