ICBF - Resolución 5667 de 2016
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 5667 de 2016
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2016
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Índice RESOLUCIÓN 5667 DE 2016
(junio 15) Diario Oficial No. 49.910 de 20 de junio de 2016
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 11875 de 2019> Por la cual se modifica el Lineamiento Técnico de Servicios para Medidas y Sanciones del Proceso JudicialSRPA aprobado mediante Resolución 1521 de 2016. Resumen de Notas de Vigencia LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en uso de las facultades legales y estatutarias establecidas en la Ley 7ª de 1979, el Acuerdo 102 de 1979
aprobado por el Decreto 334 de 1980, Ley 489 de 1998 artículo 78, Decreto 987 de 2012 artículo 2o y demás normas concordantes y complementarias, y CONSIDERANDO: Que el parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098 de 2006 señala: “El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75/68 y Ley 7ª/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento” (…). Que así mismo el parágrafo del artículo 148 de la mencionada ley, establece que para la ejecución de sanciones impuestas a los adolescentes de 14 a 16 años y de 16 a 18 años que cometan delitos, el ICBF diseñará los lineamientos de los programas especializados en los que tendrán prevalencia los principios de la política pública de fortalecimiento a la familia de conformidad con la Constitución Política y los Tratados, Convenios y Reglas Internacionales que rigen la materia. Que el numeral 9 del artículo 163 de la misma ley contempla que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “responderá por los lineamientos técnicos para la ejecución de las medidas pedagógicas dispuestas” en el Libro II. Que en cumplimiento de lo anterior, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar aprobó mediante Resolución número 1521 de 23 de febrero de 2016, “Lineamiento Técnico de Servicios para Medidas y Sanciones del Proceso Judicial - SRPA”. Que se hace necesario realizar modificaciones de carácter operativo al Lineamiento Técnico de Servicios para
Medidas y Sanciones del Proceso Judicial - SRPA, con el fin de facilitar su aplicación en la prestación de los servicios en las distintas modalidades del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 11875 de 2019> Aprobar las modificaciones realizadas al Lineamiento Técnico de Servicios para Medidas y Sanciones del Proceso JudicialSRPA, las cuales se encuentran contenidas en dicho lineamiento. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 11875 de 2019> Las modificaciones aprobadas por el artículo primero de la presente resolución, son de obligatorio cumplimiento para las áreas, servidores públicos y entidades que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar. Ir al inicio ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 11875 de 2019> Encargar al Director(a) de Protección y al Subdirector(a) de Responsabilidad Penal, Directores Regionales y Coordinadores de Grupo de Asistencia Técnica, de la difusión y aplicación del Lineamiento Técnico aquí aprobado. Ir al inicio ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 11875 de 2019> El Lineamiento modificado hace parte del presente acto administrativo. Ir al inicio ARTÍCULO 5o. DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 15 de junio de 2016.
La Directora General,
CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.
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