ICBF - Resolución 5711 de 2023
ICBF
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 5711 de 2023
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2023
sde COLOMBIA Instituto Colombiano de Bienestar Familiar q
POTEN ; Ñ
VIDA DIRECCIÓN GENERAL BIENESTAR CLASIFICADA FAMILIAR RESOLUCIÓN No 44 =1 AGO 2023 .
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la “ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANAÑA identificada con NIT. 830.007.378 - 1” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIARCECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de las facultades conteridas por el artículo 16 de la Ley 1098 de 2008, los artículos 36 y siguientes de la Resolución 3899 de 2010 del ICBF, modificada y adicionada por la Resolución 3435 de 2018, lo preceptuado en la Ley 1437 de 2011, el Decreto 987 de 2012 y, CONSIDERANDO Que es competencia de la Dirección General del ICBF, resolver en derecho el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANAÑA identificada con NIT 830.007.378 - 1, teniendo en cuenta los siguientes:
1. ANTECEDENTES El 27 de agosto de 2020 la Oficina de Aseguramiento a la Calidad recibió por parte de la Oficina Asesora Jurídica copia de una queja ciudadana mediante la cual se puso en conocimiento del ICBF presuntas irregularidades en la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar por parte de la ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE
Asesora Jurídica copia de una queja ciudadana mediante la cual se puso en conocimiento del ICBF presuntas irregularidades en la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar por parte de la ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE
BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA?.
Con el propósito de confirmar o desvirtuar la indebida prestación del servicio motivo de queja, por parte de la ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA, según el marco regulatorio de la Prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar, se estableció que dicha entidad cuenta con Personería Jurídica reconocida por el ICBF Regional Bogotá mediante Resolución No. 001148 del 21 de octubre de 19912. Mediante Auto No. 08B del 02 de septiembre de 2020, la jefe de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad de la Dirección General ordenó realizar visita de inspección para el 3 y 4 de septiembre de 2020 "a la sede administrativa y operativa de la ASOCIACION DE PADRES USUARIOS Y
MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA correspondiente a la
modalidad institucional Centro de Desarrollo Infantil — CDI, ubicada en la calle 100 B No. 12A — 20 este, del barrio San Luis en la ciudad de Bogotá (o donde realice la administración del servicio)” La visita de inspección se efectuó en la carrera 9 A este No. 97 — 48 barrio San Luis en Bogotá D.C., los días señalados en el Auto previamente mencionado, donde se firmó el acta de comunicación” tanto por los profesionales designados por el ICBF, como por quienes a nombre de la Asociación atendieron la visita.
D.C., los días señalados en el Auto previamente mencionado, donde se firmó el acta de comunicación” tanto por los profesionales designados por el ICBF, como por quienes a nombre de la Asociación atendieron la visita. l Fohos 1 al 2 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. ? Folio 114 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. ? Folios 8 y 9 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. Folio 11 al 33 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 5 Folios 10 de la Carpeta No 1 de la Entidad Página 1 de 28 www.icbf.gov.co EA icercolombia E) excercolombia [Él Exicofcolombianficial Sede de la Dirección General | Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 63 No.64c — 75 01 8000 91 8081
PBX: 437 7630slo COLOMBIA instituto Colombiano de Bienestar Familiar y
VIDA a : VIDA DIRECCIÓN GENERAL BIENESTAR
CLASIFICADA FAMILIAR RESOLUCIÓN No ro -2 1 AGO 2023
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la "ASOCIACION DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANANA identificada con NIT. 830.007.378 - 1” El informe de la visita de inspección! fue remitido por la jefe de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad a la Asociación mediante correo electrónico del 23 de diciembre de 2020” junto con oficio radicado No. 202010300000335211 del 10 de diciembre de 2020%, en donde se solicitó la
Calidad a la Asociación mediante correo electrónico del 23 de diciembre de 2020” junto con oficio radicado No. 202010300000335211 del 10 de diciembre de 2020%, en donde se solicitó la implementación de un plan de mejoramiento respecto de las situaciones evidenciadas correspondientes a trece (13) hallazgos, uno (01) de carácter sancionatorio y doce (12) administrativos. Respecto del plan de mejoramiento, la Asociación mediante correos electrónicos del 29 de diciembre de 2020 y 4 de enero de 2021, solicitó asistencia técnica la cual se desarrolló el 10 de mayo de 2021, como consta en el acta de reunión””, Mediante Memorando del 12 de julio de 2021?, el profesional especializado de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad emitió concepto de cierre del plan de mejoramiento por imposibilidad de cumplimiento, teniendo en cuenta que, a través del correo del 30 de abril de 2021 la Regional Bogotá del ICBF, indicó que "La modalidad contratada actualmente es HCB, es decir que no tienen contrato con la modalidad CD!”, por consiguiente, el cierre fue comunicado a la Representante legal de la Asociación bajo radicado No. 202110300000130361 del 15 de julio de 20211, recibido el 19 de julio de 2021, como se evidencia en Guía de la Empresa de Servicios Postales Nacionales, bajo No. YG274337714C01. En sesión del 10 de marzo de 2021, el Comité de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) del IC BF, conceptuó iniciar el Proceso Administrativo Sancionatorio (PAS) en contra de la ASOCIACIÓN
DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL
conceptuó iniciar el Proceso Administrativo Sancionatorio (PAS) en contra de la ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA por el hallazgo sancionatorio identificado en la visita de inspección efectuada entre el 3 y 4 de septiembre de 2020, tal y como consta en el Acta de Comité No. 1 de 2021, La Jefe de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad mediante oficio con radicado No. 202210300000062401 del 24 de marzo de 2022”, comunicó la decisión del Comité de IVC de dar inicio al Proceso Administrativo Sancionatorio, conforme con lo reglado en el artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo a la representante legal de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA; comunicación recibida el 31 de marzo de 2022, como consta en la Guía No. YG285106552C0? de la empresa de servicios de mensajería Servicios Postales Nacionales S.A. La Dirección General del ICBF, mediante Auto de Cargos No. 0005 del 27 de enero de 2023, formuló un cargo único a la ASOCIACIÓN DE PADRES DE USUARIOS Y $ Folios 58 al 73 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 7 Folio 88 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 8 Follo 88 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 3 Folio 90 de la Carpeta No, i de la Entidad. 1% Folio 91 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 2 Folio 101 de la Carpeta No. 1 de ta Entidad.
3 Folio 90 de la Carpeta No, i de la Entidad. 1% Folio 91 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 2 Folio 101 de la Carpeta No. 1 de ta Entidad. 2 Folio 106 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 13 Folio 97 (reverso) de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 14 Folio 107 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 15 Folio 118 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 18 Folios 119 al 122 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. Y” Folio 126 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 18 Folio 128 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 19 Folios 130 al 136 de la Carpeta No 1 de la Entidad Página 2 de 28 www.icbf.gov.co 3 icsrooiombia Ed excascolombia Gicbfcolombiaoficial Sede de la Drección Gener Linea gratuita nacional ICBF wéenida carrera 68 No S4c - 75 01 8000 91 8080 PBX 437 70.COLOMA Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ¿y a
v ÍDA DIRECCIÓN GENERAL BIENESTAR CLASIFICADA RESOLUCIÓN No o 5721 1 AGO 2093
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la "ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANANA identificada con NIT. 830.007.378 - 1” MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA, el cual fue notificado personalmente el 6 de febrero de 2023%, a la señora LAURA VALENTINA
830.007.378 - 1” MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA, el cual fue notificado personalmente el 6 de febrero de 2023%, a la señora LAURA VALENTINA RIAÑO RIVERO identificada con la cédula de ciudadanía No 1.071.170.295, en su calidad de representante legal de la Asociación, concediéndole el término de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a la notificación del Auto, para que presentara los correspondientes descargos y/o aportara o solicitara pruebas. En dicha diligencia, la Representante autorizó la notificación por medios electrónicos al correo: asociacion.gentemanana(Mqmail.com La representante legal de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA, por medio de oficio con radicado No. 202312220000076292 del 01 de marzo de 2023?, presentó en la etapa de descargos documentos soporte en atención a los hallazgos, adjuntando 01 CD”? con dicha información, haciendo la salvedad que no presentó argumentos en relación con el desarrollo del proceso administrativo sancionatorio. Mediante Auto de Trámite No. 0039 del 18 de abril de 2023%, el Despacho resolvió: (i) incorporar los documentos aportados con el escrito de descargos, (li) Declarar agotada la etapa probatoria dentro del procedimiento administrativo sancionatorio, (ii) correr traslado a la Asociación por el término de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la comunicación del presente Auto, para que presente sus alegatos de conclusión, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del
(ii) correr traslado a la Asociación por el término de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la comunicación del presente Auto, para que presente sus alegatos de conclusión, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del articulo 48 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El mencionado Auto de Trámite No. 0039 del 18 de abril de 2023, fue comunicado electrónicamente el 21 de abril de 2023% con oficio bajo radicado No. 202310300000095401%, de acuerdo con la constancia de visualización y apertura del correo electrónico? dirigido a la representante legal de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA, de conformidad con las autorización que reposa en el expediente?”, indicándole que contaba con el término de diez (10) días hábiles para presentar escrito de alegatos de conclusión, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 48 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Teniendo en cuenta que el mencionado Auto de Trámite No, 0039, fue comunicado el 21 de abril de 2023, la Asociación investigada tenía plazo hasta el 8 de mayo de 2023, para presentar sus respectivos alegatos de conclusión y vencido el término no se manifestó. Conforme a lo anterior, el Despacho realizó las consultas internas del ¡CBF, con el fin de verificar la radicación de los alegatos de conclusión por parte de la ASOCIACIÓN
DE PADRES DE USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE
DEL MAÑANA, teniendo como resultado que:
de verificar la radicación de los alegatos de conclusión por parte de la ASOCIACIÓN
DE PADRES DE USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE
DEL MAÑANA, teniendo como resultado que: 20 Folio 142 de la Carpeta No 1 de la Entidad 22 Folio 143 de la Carpeta No 1 de la Entidad 2 Folioi44 de la Carpeta No 1 de la Entidad 22 Follo 147 al 148 de la Carpeta No 1 de la Entidad 2 Folios 150 de la Carpeta No 1 de la Entidad 25 Folio 149 de la Carpeta No 1 de la Entidad 26 Follo 150 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 2 Folios 142 de la Carpeta No 1 de la Entidad Página 3 de 28 www.icbf.gov.co [3 Icercolombia E) elcarcolombia Bicbicolombiaoficial Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.54c — 75 01 8600 91 8080
PBX: 437 7631Se "4 COLOMBIA Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y AM de la Fue ' US VIDA DIRECCIÓN GENERAL AR CLASIFICADA RESOLUCIÓN No vi 4 AGO 2023
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la "ASOCIACION DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANAÑA identificada con NIT. 830.007.378 - 1” En correo electrónico del 11 de mayo de 2023%, por parte del Grupo de Gestión Documental - Correspondencia Sede de la Dirección General fue informado que verificado el sistema "no se refleja ningún radicado entrada (...)”
830.007.378 - 1” En correo electrónico del 11 de mayo de 2023%, por parte del Grupo de Gestión Documental - Correspondencia Sede de la Dirección General fue informado que verificado el sistema "no se refleja ningún radicado entrada (...)” De igual forma, en correo electrónico del 11 de mayo de 20232, la Coordinadora del Grupo Jurídico del ICBF Regional Bogotá, remitió certificación3? de la misma fecha, en la cual se indicó: “No se encuentra registrado, ningún documento presentado por la señora LAURA VALENTINA RIAÑO RIVERO identificada con C.C 1.071.170,295 0 quien haga sus veces como representante legal o apoderado”. Finalmente, en correo electrónico del 18 de mayo de 2023%, por parte de la Dirección de Servicios y Atención, fue informado que tras la validación realizada con el área de Dirección de Información y Tecnología no se encontraron correos relacionados con la presentación de alegatos de conclusión; posteriormente, mediante correo electrónico del 26 de mayo de 20237? la Representante legal presentó escrito de alegatos” de conclusión, el cual no será objeto de estudio por parte del Despacho, de acuerdo a la extemporaneidad en su presentación.
2. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO 2.1 Análisis del Cargo Procede el Despacho a realizar el análisis del cargo formulado en el Auto de Cargos No. 0005 del 27 de enero de 2023, teniendo en cuenta, el acta e informe de visita de inspección, los descargos y las documentales que obran dentro del expediente de forma independiente para cada uno los hallazgos formulados, como se desarrollara a
continuación:
CARGO ÚNICO: La ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES
inspección, los descargos y las documentales que obran dentro del expediente de forma independiente para cada uno los hallazgos formulados, como se desarrollara a continuación:
CARGO ÚNICO: La ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MAÑANA, identificada con NIT. 830.007.378-1, presuntamente transgredió lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1098 de 2006, en concordancia con el numeral 12 “No cumplir con los lineamientos técnicos, administrativos, manuales, guías, líneas técnicas y en general cualquier normativa que se establezca por parte del ICBF” y el numeral 16 “Dar lugar a que por acción u, omisión se ponga en riesgo o se cause daño a la integridad física y emocional de los niños, niñas y adolescentes” del artículo 58 de la Resolución 3899 de 2010, modificado por el artículo 10 de la Resolución 3435 de 2010; así como pudo haber desconocido las disposiciones contenidas, en los artículos 27. Derecho a la salud y 29, Derecho al desarrollo integrai en la primera infancia de la Ley 1098 de 2006, dentro de la Modalidad Institucional en su servicio Centro de Desarrollo Infantil - CDI para la atención de niñas y niños de primera infancia, prioritariamente en el rango de edad de 2 años hasta los 4 años, 11 meses y 29 días; sin perjuicio de lo anterior, podrán ser atendidos niñas y niños entre los 6 meses y 2 años cuando su condición así lo amerite y la UDS cuente con las condiciones requeridas para atender a esta población,
“% Folio 151 al 152 de la Carpeta No 1 de la Entidad % Folios 153 al 155 de la Carpeta No 1 de la Entidad
amerite y la UDS cuente con las condiciones requeridas para atender a esta población, “% Folio 151 al 152 de la Carpeta No 1 de la Entidad % Folios 153 al 155 de la Carpeta No 1 de la Entidad 3 Folio 156 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 3 Folio 157 de la Carpeta No. 1 de la Entidad Folio 168 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 33 Folio 169 de la Carpeta No. 1 de la Entidad Página d de 28 Winwicbf.gow.co [CBF Colombia a QICBFColomia Sichieolombiacficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ¡CBF Avenida carrera 68 No 640 —75 01 8000 91 8080
PBX 437 7630COLOMBIA FOF-UTIA
VIDA Instituto Colombiano de Bienestar Familiar 3
DIRECCIÓN GENERAL
CLASIFICADA
541 $ BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCIÓN No | lo e Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la “ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANAÑA identificada con NIT. 830.007.378 - 9” y hasta los 5 años, 11 meses y 29 días de edad, siempre y cuando no haya oferta de educación preescolar, especificamente de grado transición, en su entorno cercano. Lo anterior, se encuentra fundamentado en las situaciones advertidas determinadas como hallazgo sancionatorio? y que se describieron en el informe de la visita de inspección realizada los días 3 y 4 de septiembre de 2020, a la ASOCIACIÓN DE
Lo anterior, se encuentra fundamentado en las situaciones advertidas determinadas como hallazgo sancionatorio? y que se describieron en el informe de la visita de inspección realizada los días 3 y 4 de septiembre de 2020, a la ASOCIACIÓN DE
PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL
MAÑANA en su sede administrativa y operativa en la ciudad de Bogotá D.C. HALLAZGO E La Entidad puso en riesgo la integridad fisica de los usuarios debido a que no garantizó el cumplimiento de las condiciones higiénicoSanitarias para la entrega | a de la Ración Para Preparar | (RPP) y las condiciones para la prestación servicio en el Centro de Desarrollo Infantil del Mañana, dado que: 1.1 Los servicios sanitarios no contaban con la publicación del protocolo de lavado de manos ni con la dotación (jabón para lavarse manos, gel antibacteríal, toallas desechables) como mecanismo de bioseguridad por la emergencia sanitaria COvID-19. 1.2 Las manipuladoras | de alimentos Claudia Gente | del | requerida | las | | Galvis, Gloria Ruíz y Marta | Nope, no contaban con la siguiente documentación: 1.2.1 Certificado vigente de capacitación en manipulación de alimentos, | LL = _06 de |. DOCUMENTOS REMITIDOS EN ETAPA DE DESCARGOS _ En consideración a que ta | | sustenta en las situaciones registradas Asociación remitió información documental en la etapa de Descargos, el Despacho hace la
|. DOCUMENTOS REMITIDOS EN ETAPA DE DESCARGOS _ En consideración a que ta | | sustenta en las situaciones registradas Asociación remitió información documental en la etapa de Descargos, el Despacho hace la siguiente enunciación: Para los Numerales 1.2, 1.2.1 y 1.2.2., representante legal de ta
Asociación aportó: Para Gloria Ruiz, Claudia
Galvis y Martha Nope: - Certificado seminario de alimentos de | fecha junio 01 de 2020 | emitido por la empresa | LEG, con intensidad horaria de 4 horas. - Plan capacitación 2020 elaborado por la empresa LEG. - Reporte de laboratorio de fecha 04 de junio de 2020 emitido por la empresa Aliados
Salud Ocupacional S,A.S, (Coprológico, frotis garganta, KOH Uñas). - Certificado de aptitud laboral de fecha julio de 2020 | brindar orientaciones dirigidas a los de | | profesionales dietistas de las Entidades Administradoras del Servicio y de las entidades de | | cargo del Operador concretamente en
CONSIDERACIONES DEL.
DESPACHO El hallazgo objeto de estudio se en el acta de visita de inspección realizada entre el 03 y 04 de septiembre de 2020, bajo los numerales —2.3.10%, —2,3.123, 2.3.13%, 2.3.20?%, 2,3.22% anexo | fotográfico número uno" e| informe de visita de inspección .? la estructura del |
2.3.13%, 2.3.20?%, 2,3.22% anexo | fotográfico número uno" e| informe de visita de inspección .? la estructura del | hallazgo el cual se enfoca en el cumplimiento de las condiciones higiénico —- sanitarias en la entrega de alimentos y su relación directa con la prestación del servicio, la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para fos programas y proyectos misionales del ICBF.VA., tiene como propósito, De acuerdo con contratistas en cuanto a los requisitos técnicos para el suministro de una alimentación y nutrición adecuada que obedezca a las necesidades particulares, fisiológicas y culturales de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo a las modalidades que establece el ICBF. En este sentido, la organización y funcionamiento en el servicio de alimentos, se encuentra a la: (.) almacenamiento, adquisición, recibo, _ preparación, 2 Hallazgos sancionatorios. Situaciones encontradas que presuntamente vulneran el bien jurídico tutelado y/o que presuntamente ponen en riesgo la vida e integridad de los niños y niñas. 36 Folio 22 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 3 Folio 23 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 2 Folio 24 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 3% Folio 25 de la Carpeta No. 1 de la Entidad 4D Ibidem “4 Unidad de CD, adjuntada a Folio 38 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 2 Folios 58 al 73 de la Carpeta No. 1 de la Entidad
4D Ibidem “4 Unidad de CD, adjuntada a Folio 38 de la Carpeta No. 1 de la Entidad. 2 Folios 58 al 73 de la Carpeta No. 1 de la Entidad E icercolombia www. cbf. gov.co (A encarcolombia Sede de la Mirección General Avenida carrera 68 No.64c — 75
PBX: 437 7630
Página 5 de 28 Eicbfcolomblaoficial linea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 - 1 AGO 2023COLOMBIA ENCIA DELA VIDA o Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Uei
DIRECCIÓN GENERAL CLASIFICADA r y
BIENESTAR
A FAMILIAR RESOLUCIÓN No E-1 AGO 2023 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la "ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANAÑA identificada con NTT, 830.007.378 - 1”
HALLAZGO DOCUMENTOS
REMITIDOS EN ETAPA
DE DESCARGOS
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO 1.2.2 Certificado médico vigente que diera cuenta de su aptitud para manipular alimentos, 1.3 Algunos de los productos que conformaban la Ración para Preparar (RPP) no cumplían con las especificaciones descritas en las fichas técnicas emitidas por ia Dirección de Nutrición del ICBF y la normativa vigente: 1.3.1. Avena en hojuelas precocida marca "“Aveia”
especificaciones descritas en las fichas técnicas emitidas por ia Dirección de Nutrición del ICBF y la normativa vigente: 1.3.1. Avena en hojuelas precocida marca "“Aveia” sin impresión de fecha de vencimiento y lote en el empaque primario. 1.3.2. Se entregó un producto no autorizado: mezcla de aceites vegetales marca “Gota de oro”.
Nota: La Entidad no aportó el acta de aprobación de fichas técnicas por parte del iCBF. 1.4 El programa de selección de proveedores no contenía los minimos establecidos en la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para Jos programas y proyectos misionales del ICBF (versión 4): 1.4.1. Registro de control emitido por la empresa
Aliados Salud Ocupacional S.A.S, Para el Numeral 1.3.1, aportó: Fotografía resaltando el cambio de la marca de la Avena de "Aveia” por la “Abuela” junto con la respectiva ficha técnica y factura electrónica de venta con fecha de emisión 03 de diciembre de 2020, Numeral 1.3.2, aportó, Fotografía resaltando el cambio de la marca del aceite de "Gota de Oro” por "Bon life” junto con la respectiva ficha técnica, factura electrónica de venta con fecha de emisión 03 de diciembre de 2020 y pantallazo sobre la solicitud de aprobación de comité virtual por parte de la
por "Bon life” junto con la respectiva ficha técnica, factura electrónica de venta con fecha de emisión 03 de diciembre de 2020 y pantallazo sobre la solicitud de aprobación de comité virtual por parte de la nutricionista dei centro zona! del 28 de diciembre de 2020. Numeral 1.4, aportó documento de nombre “Programa de Selección de Proveedores”, en donde | se identificó el “Cronograma de auditorias de supervisión, seguimiento y control a proveedores” distribución y transporte de alimentos, preparados mediante métodos tradicionales o industrializados”, Hecha la anterior precisión, es importante indicar que para el momento en que se desarrolló la visita de inspección, se encontraba vigente el Anexo para la Prestación de los Servicios de Atención a la Primera Infancia del ICBF, ante la declaración de Emergencia Sanitaria por causa del COVID -19. V2., el cual debido a la emergencia sanitaria este anexo establece insumos para flexibilizar de manera técnica y operativa: “(...) todos los servicios del ICBF de las cuatro modalidades de educación inicial en el marco de la atención integral” (Negrillas dentro del texto original). identificados los elementos normativos, se procede a realizar el análisis de cada uno de los numerales que componen el hallazgo, en los siguientes términos: Numeral 1.1. Hace referencia a que los servicios sanitarios no contaban | con la información y los elementos de cuidado como mecanismos de bioseguridad por la emergencia
que componen el hallazgo, en los siguientes términos: Numeral 1.1. Hace referencia a que los servicios sanitarios no contaban | con la información y los elementos de cuidado como mecanismos de bioseguridad por la emergencia sanitaria COVID - 19; al respecto, el Despacho se permite advertir que una vez revisada la información que fuera remitida por la Asociación dentro de la etapa de Descargos consta: "REGISTRO FOTOGRAFICO LAVADO DE MANOS”%, en el cual se identifican fotos de los baños con los requerimientos exigidos ante la situación de emergencia derivada por de materias primas e el COVID - 19, cual permite insumos. Para los Numerales | determinar que dichas acciones 141 y 1.4.2, la | corresponden a actividades 1,4.2. Registros de | Asociación aportó Kardex. | correctivas ante la falencia rechazos de materias identificada en el hallazgo. primas e insumos. Para el Numeral 1.4,3., fueron aportados: “Acta | Conforme a lo anterior, se tiene | | 1.4.3. Formatos y registros | de inspección sanitarla entonces que, para el momento de la de auditorías de calidad de | con enfoque de riesgo | visita, la Asociación no dio Lo Ñ para expendio de | cumplimiento _a lo dispuesto en la % Folio 144 de la Carpeta No. 1 de la Entidad ES icascolombia www.icbf.gov.co 3 GICeFCcalombia Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No Bd4o PBX 437 763 de Página 6 de 28 Elcbicolomblaoilcial Línea gratuita nacional ICBF
3 GICeFCcalombia Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No Bd4o PBX 437 763 de Página 6 de 28 Elcbicolomblaoilcial Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 809807 coLomBa Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ay | (Ca TENCIA LA da UN VIDA DIRECCIÓN GENERAL FAMILIAR CLASIFICADA RESOLUCIÓN No ns A t Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio adelantado en contra de la "ASOCIACIÓN DE PADRES USUARIOS Y MADRES COMUNITARIAS DE BIENESTAR GENTE DEL MANAÑA identificada con NIT. 830.007.378 - 1”
HALLAZGO DOCUMENTOS CONSIDERACIONES DEL
REMITIDOS EN ETAPA DESPACHO | DE DESCARGOS proveedores en sus | alimentos” de fecha 21 de | Guía técnica del componente de instalaciones, 1.4,4. Seguimiento de la calidad de los productos suministrados por los proveedores. 1.4,5. Programa de asistencia técnica a proveedores. 1.4.6. Registro de asistencia técnica a proveedores. 1.4.7. Etiquetas empleadas para indicar el estado de inspección de las materias primas e insumos. 1,48. Cronograma de auditorías de supervisión, seguimiento y control a proveedores.” 1.5. No cumplió con la totalidad de programas, ítems, registros, áreas y elementos que se especifican en el plan de saneamiento básico: enero de 2021 y “Acta de Inspección Vigilancia y Control higiénico sanitaria
totalidad de programas, ítems, registros, áreas y elementos que se especifican en el plan de saneamiento básico: enero de 2021 y “Acta de Inspección Vigilancia y Control higiénico sanitaria a vehículos” con fecha del 23 de septiembre de 2020, Para los Numerales 145 y 1.14.6,, la Asociación aportó: “Acta de reunión Socialización de la Guía técnica de alimentación y nutrición (enfocado en los alimentos permitidos y fichas técnicas)” | Para el Numeral 1.4.7., 1.5.1. No se evidenció el | programa de capacitación y sus soportes. 1.5,2. No allegó registros de control para los programas: control de plagas, desechos sólidos y líquidos, agua segura, limpieza y desinfección. 1.5.3. No contaban con un área identificada ni con los elementos para el manejo de residuos sólidos y líquidos. 1.5.4. Programa «e control de plagas: Fichas técnicas de los productos químicos empleados, acciones correctivas plan de contingencia. y aportó documento identificado como: “Compras”, el cual hace referencia a las materias primas para la elaboración de alimentos. alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF.VA,, en lo que se refiere a: “Planta Fisica”, la cual señala que: “los servicios sanitarios deben mantenerse limpios y dotados de los siguientes elementos básicos:
programas y proyectos misionales del ICBF.VA,, en lo que se refiere a: “Planta Fisica”, la cual señala que: “los servicios sanitarios deben mantenerse limpios y dotados de los siguientes elementos básicos: papel higiénico, jabón desinfectante, papeleras e implementos desechables para el secado de las manos. En las proximidades de los lavamanos se deben poner avisos (habladores) o advertencias al personal sobre la necesidad de lavarse las manos (..3” (Negrilla fuera del texto original). De igual forma inobservó lo se
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.