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ICBF - Resolución 5762 de 2014

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 5762 de 2014
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2014

RESOLUCIÓN 5762 DE 2014

(octubre 9) <Fuente. Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF Por la cual se adiciona la Resolución No. 0914 del 2014 LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias y CONSIDERANDO Que mediante Decreto No. 2768 del 2012, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reguló la constitución y funcionamiento de las cajas menores en los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y en las entidades nacionales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado con carácter no financiero, respecto de los recursos que le asigna la Nación. Que de conformidad con el Artículo 66 o de la Resolución No. 1615 del 2006 - Por la cual se fijan lineamientos para el recaudo de recursos, la ejecución y control presupuestal de los gastos, el reconocimiento y registro en la contabilidad y la revelación en los Estados Contables del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se delegan algunas facultades y se derogan unas resoluciones, expedida por la Dirección General del ICBF, se establece que los recursos que se entreguen para la constitución de las Cajas Menores deben ser utilizados para sufragar gastos que tengan el carácter

de urgentes, identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto General de la Nación, el Decreto de Liquidación y en el Clasificador del Gasto contemplado en la estructura presupuestal del Instituto, en concordancia con los lineamientos de programación establecidos. Que en atención al Artículo 1 o de la Resolución No. 0914 de 2014 - Por la cual se delega una facultad y se dictan normas internas para la constitución, manejo y funcionamiento de las Cajas Menores de las Direcciones Regionales y la Dirección General del ICBF, para la vigencia fiscal del 2014, se delegó en la Secretaría General y en los Directores Regionales del ICBF la facultad para constituir Cajas Menores en sus respectivas Sedes Administrativas y Centros Zonales. Que mediante memorando Radicado No. S-2014-075817-8800 del 09 de julio de 2014, el Director de la Regional San Andrés, justificó la necesidad de constituir la caja menor, con el fin de cubrir los gastos judiciales que se ocasionan en el curso de los procesos judiciales a favor y de los procesos de cobro coactivo, que de forma directa o indirecta demandan la utilización de recursos urgentes y menores. Que en atención a lo anteriormente expuesto, se hace necesario establecer la cuantía aprobada para la caja menor mencionada y adicionar en ese sentido el artículo 5 de la Resolución 914 del 17 de febrero del presente año. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar el Artículo 5 o de la Resolución No. 0914 del 2014, en la siguiente cuantía aprobada

para la creación y constitución de la Caja Menor de la Dirección ICBF Regional San Andrés, como se indica a continuación. No.

REGIONAL

AREA

RESPONSABLE

VALOR 72

SAN ANDRES

GRUPO JURÍDICO

$ 3.590.400

TOTAL SAN ANDRES

$ 3.590.400 ARTÍCULO SEGUNDO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 9 OCT. 2014 CRISTINA PLAZAS MICHELSENDirectora General

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar

ISBN 978-958-98873-3-2

Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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