ICBF - Resolución 5928 de 2023
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 5928 de 2023
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN 5928 DE 2023
(agosto 24) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se modifica la Resolución 0002 del 2 de enero de 2023, “Por la cual se designan los Gerentes de Recursos, Gerentes de Proyectos y se delega la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2023 y se establecen sus obligaciones. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIARCECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS – ICBF En uso de sus facultades legales y estatutarias y, en especial de las que le confieren el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y, CONSIDERANDO: Que por medio de la Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022 se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2023, dentro del cual se incluye el presupuesto del ICBF. Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022, mediante el cual se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y se definen los gastos. Que por su parte, por medio de Resolución 5972 del 27 de diciembre de 2022, la Directora General del ICBF distribuyó y asignó el Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Nivel Nacional, Sede Nacional y Regionales. Que por medio de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, fueron designados los Gerentes de
ICBF distribuyó y asignó el Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Nivel Nacional, Sede Nacional y Regionales. Que por medio de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, fueron designados los Gerentes de Recursos, los Gerentes de Proyectos, se delegó la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2023 y se establecieron sus obligaciones. Que en el artículo 4 de la mencionada Resolución, fueron designados los Gerentes de Proyectos para los gastos de inversión del ICBF, quienes conocen específicamente las variables de formulación y ejecución del proyecto de forma Integral y además tendrán el rol de formuladores. Que el artículo 37 del Decreto 987 del 2012 “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras" y se determinan las funciones de sus dependencias", establece como funciones de la Dirección de Nutrición del ICBF, entre otras, las siguientes: “(...) 2. Organizar la participación del ICBF, en la definición de la política de nutrición, para poblaciones vulnerables. 3. Orientar el establecimiento y articulación de las acciones para la implementación del componente nutricional en los diversos programas del ICBF que lo requieran. 4. Coordinar y controlar la ejecución de los programas o proyectos transversales de nutrición que requierael Instituto. 5. Implementar acciones y estrategias de Seguridad Alimentaria y Nutricional en coordinación con la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN), para fortalecer la formación de hábitos y estilos de vida saludables en los diversos programas del ICBF que lo
requieran (...) 10. Propiciar y fortalecer la articulación intersectorial e interinstitucional, para la ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y de la Política de Actividad Física (...) 16. Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes nacionales, entre otros, la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías Alimentarias para la Población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la Población Colombiana.
17. Adelantar con el Ministerio de Salud y de la Protección Social, actividades educativas y acciones que propendan por ambientes saludables, dirigidos a promover una alimentación balanceada y saludable de la población colombiana, en especial de la de responsabilidad del Instituto, haciendo énfasis en la generación de ambientes saludables (...) 19. Dirigir y coordinar el desarrollo y operación de los programas y proyectos de Recuperación Nutricional y Materno Infantil, a nivel Nacional(...)” Que según lo expuesto en la Ley 2294 de 2023 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, el propósito del PND 2022-2026 es sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida, a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestra forma de relacionarnos con el ambiente, y una
transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Que para lograr estos fines, el PND estableció que las poblaciones más pobres deben contar con las capacidades básicas, de manera que superen las principales privaciones, y tengan garantías para el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad. Este propósito se logra a través de una atención integral e intersectorial. En este sentido, el artículo 214 de la Ley 2294 de 2023, señalo que: “(...) ZONAS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL DENTRO DE ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS PARA LA SOBERANÍA ALIMENTARIA. El Gobierno nacional, en direccionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social y el ICBF establecerán las áreas de recuperación nutricional en los territorios con mayores niveles de bajo peso al nacer, de morbilidad y mortalidad asociadas a desnutrición en la población infantil, bajo peso en mujeres gestantes e inseguridad alimentaria. Dichas áreas tendrán como fin implementar modelos integrales de acción transectorial, que sean pertinentes y oportunas para incidir en los determinantes sociales de la situación y contribuir a la garantía del derecho humano a la alimentación. En estas áreas se podrán tomar medidas especiales de articulación con otros ministerios que permitan articularlas cadenas de abastecimiento alimentario, facilitar las compras locales en el marco de las normas de contratación pública definidas para cada entidad, promover soberanía alimentaria e implementar un sistema de cuidado infantil comunitario. Igualmente han de contar con tableros de monitoreo de indicadores para medir cambios estratégicos en la garantía del pleno desarrollo de la infancia desde la gestación.” Que en cumplimiento de las funciones y competencias señaladas en el artículo 37 de Decreto 987 de 2012 y producto de diferentes mesas de trabajo realizadas en conjunto con la Subdirección de
estratégicos en la garantía del pleno desarrollo de la infancia desde la gestación.” Que en cumplimiento de las funciones y competencias señaladas en el artículo 37 de Decreto 987 de 2012 y producto de diferentes mesas de trabajo realizadas en conjunto con la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión, mediante correo electrónico del 24 julio de 2023, la Dirección de Nutrición manifestó la necesidad de modificar el artículo primero de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de modificar la estructura presupuestal deinversión en el ICBF, a un nivel de cuentas. Los servicios asociados a cada uno de los centros de costos/dependencia de gasto y que sean susceptibles de seguimiento de meta social, se encuentran registrados en el Sistema de Información Misional -SIM de acuerdo con la definición de cada uno de los Gerentes de Recursos. Que dicha modificación se plantea con el fin de constituir acciones para contribuir con la seguridad alimentaria y la prevención de la malnutrición en población que se encuentre en el territorio nacional con vulnerabilidad social, de acuerdo con las necesidades particulares de los territorios y las dinámicas de la población, mediante acciones articuladas Institucionales e intersectoriales que permitan la promoción de mejores condiciones de alimentación y nutrición, en el marco de la garantía progresiva del Derecho Humano a la Alimentación, establecida en la Ley 2294 de 2023. Que en virtud de lo anterior, se requiere modificar el proyecto de inversión denominado ''Contribución con Acciones de Promoción y Prevención en el Componente de Alimentación y Nutrición para la Población Colombiana a Nivel Nacional” , creando un nuevo centro de costos/dependencia de gasto,
denominado “102OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DE LA
Población Colombiana a Nivel Nacional” , creando un nuevo centro de costos/dependencia de gasto, denominado “102OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN” a través del cual, se diseñen e implementen todas las estrategias/servicios asociados con la atención directa a la comunidad. Que de acuerdo con lo anteriormente expuesto se requiere modificar, asimismo, el artículo segundo de la Resolución No. 0002 de 2023, para designar al (la) DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN como Gerente del recurso y delegar la Ordenación del Gasto al (la) SUBDIRECTOR(A) GENERAL del nuevo centro de costos/dependencia de gasto denominado: “102 - OTRAS FORMAS DE ATENCIÓNPREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN” en el proyecto de inversión denominado: “CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal expuesta. Que por otra parte, la Dirección de Adolescencia y Juventud, solicitó a la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión modificar el artículo segundo de la Resolución No. 0002 del 02 de enero de 2023 [1] , considerando la necesidad de asignar Gerente del recurso y la Ordenación del Gasto al centro de costos/dependencia de gasto denominado: “254 – OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL” en el proyecto de inversión denominado: “APOYO PARA EL
DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL'' ; considerando que en la estructura presupuestal consignada en la Resolución No. 0002 del 02 de enero de 2023 no fue asignado. Que en este sentido se requiere designar al DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del recurso y delegar la Ordenación del Gasto al SUBDIRECTOR(A) GENERAL del centro de costos/dependencia de gasto denominado: “254 - OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL" en el proyecto de inversión denominado: " APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal. Que en cumplimiento de las funciones y competencias conferidas por el Decreto 987 de 2012 a la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión, se realizó la verificación de la viabilidad de realizar el ajuste requerido, concluyendo que en efecto se requieremodificar el artículo segundo de la Resolución No. 0002 del 02 de enero de 2023, en el sentido de designar al DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del recurso y delegar la Ordenación del Gasto al SUBDIRECTOR(A) GENERAL del centro de costos/dependencia de gasto denominado: “254 - OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL” en el proyecto de inversión denominado: “APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR parcialmente el artículo segundo
ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR parcialmente el artículo segundo de la Resolución 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de incluir un nivel de cuentas con la creación de un centro de costos/dependencia de gasto: “102 - OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DELA DESNUTRICIÓN” en el proyecto de inversión denominado: “CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL”, igualmente designar al DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN como Gerente del Recurso y delegar la Ordenación del Gasto en la SUBDIRECTOR(A) GENERAL , por lo cual en lo referente al mencionado proyecto quedara así: RUBRO
CENTRO DE
COSTOS/
DEPENDENCIA
NOMBRE RUBRO,
PRODUCTO/CENTRO
DE COSTO O
DEPENDENCIA DE
GASTO
GERENTE DEL
RECURSO
ORDENADOR
DEL GASTO
C
INVERSIÓN
C-4102
DESARROLLO INTEGRAL DE LA
PRIMERA INFANCIA A LA
JUVENTUD. Y FORTALECIMIENTO
DE LAS CAPACIDADES DE LAS
FAMILIAS DE MIÑAS. NIÑOS Y
ADOLESCENTES
C-41021500
INTERSUBSECTORIAL
DESARROLLO SOCIAL
C-41021500-12
CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL
COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN
Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN
COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL O
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120
CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL
COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL O
SUBDIRECTOR(A)0
COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN
Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN
COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL
GENERAL
C-41021500-1204102003
SERVICIO DE EDUCACIÓN
INFORMAL A LOS AGENTES
EDUCATIVOS
C-41021500-120410200302
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS - SERVICIO DE
EDUCACION INFORMAL A LOS
AGENTES EDUCATIVOS
C-41021500-120410200302 103
POLÍTICA DE
SEGURIDAD
ALIMENTARIA
NUTRICIONAL
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410200302 989
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO - DE
TIPO
ADMINISTRATIVO
DIRECTOR(A)
ADMINISTRATIVO(A)
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410200302 990
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTO PARA LA
PROMOCIÓN Y
DIFUSIÓN DE LOS
DERECHOS DE LOS
NIÑOS (AS) Y
ADOLESCENTES
JEFE(A) OFICINA
ASESORA DE
COMUNICACIONES
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410200302 991
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTO - APOYO
EN CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS
DIRECTOR (A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410200302 992
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOVIATICOS Y GASTOS
DE VIAJE
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120993
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOSUBDIRECTOR(A) DE
MONITOREO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL410200302
SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
C-41021500-120410200302 994
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO - DE
TIPO LOGÍSTICO
DIRECTOR(A) DE
ABASTECIMIENTO
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410200302 999
GRAVAMEN A LOS
MOVIMIENTOS
FINANCIEROS -GMF
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL O
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-1204102014
SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE
ALIMENTOS SÓLIDOS DE ALTO
VALOR NUTRICIONAL
C-41021500-120410201402
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS - SERVICIO DE
DISTRIBUCION DE ALIMENTOS
SOLIDOS DE ALTO VALOR
NUTRICIONAL
C-41021500-120410201402 104
ADMINISTRACIÓN
PARA LA
PRODUCCIÓN,
COMPRA Y
DISTRIBUCIÓN DE
ALIMENTOS DE
ALTO VALOR
NUTRICIONAL
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201402 102
APOYO A LA
CONTRATACIÓN DE
SERVICIOSATENCIÓN DIRECTA
A LA COMUNIDAD
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201402 989
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO-DE TIPO
ADMINISTRATIVO
DIRECTOR(A)
ADMINISTRATIVO(A)
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120990
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO PARA LA
JEFE(A) OFICINA
ASESORA DE
COMUNICACIONES
SECRETARIO(A)
GENERAL410201402
PROMOCIÓN Y
DIFUSIÓN DE LOS
DERECHOS DE LOS
NIÑOS (AS) Y
ADOLESCENTES
C-41021500-120410201402 991
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTO - APOYO
EN CONTRATACION
DE SERVICIOS
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201402 992
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOVIATICOS Y GASTOS
DE VIAJE
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201402 993
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOSEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A) DE
MONITOREO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201402 994
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO - DE
TIPO LOGÍSTICO
DIRECTOR(A) DE
ABASTECIMIENTO
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201402 999
GRAVAMEN A LOS
MOVIMIENTOS
FINANCIEROS-GMF
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL O
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-1204102015
SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE
ALIMENTOS LÍQUIDOS DE ALTO
VALOR NUTRICIONAL
C-41021500-120410201502
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS - SERVICIO DE
DISTRIBUCION DE AUMENTOS
LIQUIDOS DE ALTO VALOR
NUTRICIONAL
C-41021500-120104
PRODUCCIÓN,
COMPRA Y
DISTRIBUCIÓN DE
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL410201502
ALIMENTOS DE
ALTO VALOR
NUTRICIONAL
C-41021500-120410201502 989
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO-DE TIPO
ADMINISTRATIVO
DIRECTOR(A)
ADMINISTRATIVO(A)
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201502 990
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO PARA LA
PROMOCIÓN Y
DIFUSIÓN DE LOS
DERECHOS DE LOS
NIÑOS (AS) Y
ADOLESCENTES
JEFE(A) OFICINA
ASESORA DE
COMUNICACIONES
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201502 991
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTO - APOYO
EN CONTRATACION
DE SERVICIOS
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201502 992
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOVIATICOS Y GASTOS
DE VIAJE
DIRECTORÍA) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201502 993
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOSEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A) DE
MONITOREO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201502 994
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO - DE
TIPO LOGÍSTICO
DIRECTOR(A) DE
ABASTECIMIENTO
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201502 999
GRAVAMEN A LOS
MOVIMIENTOS
FINANCIEROS -GMF
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL O
SUBDIRECTOR(A)
GENERALC-41021500-12r
04102016
SERVICIO DE ATENCIÓN Y
PREVENCIÓN A LA DESNUTRICIÓN
DESDE EL SECTOR INCLUSIÓN
SOCIAL
C-41021500-120410201602
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS - SERVICIO DE
ATENCION
Y PREVENCION A LA
DESDE EL SECTOR INCLUSIÓN
SOCIAL
C-41021500-120410201602
ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS - SERVICIO DE
ATENCION
Y PREVENCION A LA
DESNUTRICIÓN DESDE EL SECTOR
INCLUSION SOCIAL
C-41021500-120410201602 101
ATENCIÓN Y
PREVENCION A LA
DESNUTRICIÓN
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 102
OTRAS FORMAS DE
ATENCIÓNPREVENCIÓN DE LA
DESNUTRICIÓN
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 103
POLÍTICA DE
SEGURIDAD
ALIMENTARIA
NUTRICIONAL
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 989
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO-DE TIPO
ADMINISTRATIVO
DIRECTOR(A)
ADMINISTRATIVO(A)
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 990
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO PARA LA
PROMOCIÓN Y
JEFE(A) OFICINA
ASESORA DE
COMUNICACIONES
DIFUSION DE LOS
DERECHOS DE LOS
NIÑOS (AS) Y
ADOLESCENTES
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 991
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTO - APOYO
EN CONTRATACION
DE SERVICIOS
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A) GENERALC-41021500-120410201602
992
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOVIATICOS Y GASTOS
DE VIAJE
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL
041021500-120410201602 993
SOPORTE A LA
GESTION DEL
PROYECTOSEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A) DE
MONITOREO Y
EVALUACIÓN
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 994
SOPORTE A LA
GESTIÓN DEL
PROYECTO - DE
TIPO LOGÍSTICO
DIRECTOR(A) DE
ABASTECIMIENTO
SECRETARIO(A)
GENERAL
C-41021500-120410201602 999
GRAVAMEN A LOS
MOVIMIENTOS
FINANCIEROS -GMF
DIRECTOR(A) DE
NUTRICIÓN
SECRETARIO(A)
GENERAL O
SUBDIRECTOR(A)
GENERAL ” ARTÍCULO SEGUNDO. MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de designar al (la) DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del Recurso y delegar la Ordenación del Gasto en (la)
de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de designar al (la) DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del Recurso y delegar la Ordenación del Gasto en (la) SUBDIRECTOR(A) GENERAL para e| centro de costos/dependencia de gastos: “254OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL ” en el proyecto de inversión: “APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL” , por lo cual, respecto del centro de costos mencionado quedara así: (...) RUBRO
CENTRO DE
COSTOS/
DEPENDENCIA
NOMBRE RUBRO,
PRODUCTO/CENTRO
DE COSTO O
DEPENDENCIA DE
GASTO
GERENTE DEL
RECURSO
ORDENADOR DEL
GASTO C-41021500-21-0410204502-22
254
OPERACIÓN DEL
MODELO VIRTUAL
DIRECTOR(A)
DE
ADOLESCENCIA
Y JUVENTUD
SUBDIRECTOR(A) GENERAL (...)ARTÍCULO TERCERO. COMUNÍQUESE el contenido del presente acto administrativo a los funcionarios que son designados gerentes de recursos, gerentes de proyectos, ordenadores del gasto y al director(a) de Contratación del ICBF. ARTÍCULO CUARTO. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución 0002
del 2 de enero de 2023. Las demás disposiciones contenidas en la citada Resolución que no fueron objeto de la presente modificación continúan incólumes.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 24 AGO 2023
ASTRID ELIANA CÁCERES CÁRDENAS
Directora General <NOTAS DE PIE DE PÁGINA>. 1. “Por la cual se designan los Gerentes de Recursos, Gerentes de Proyectos y se delega la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2023 y se establecen sus obligaciones”
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de enero de 2024
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