ICBF - Resolución 6036 de 2019
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 6036 de 2019
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2019
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Índice RESOLUCION 6036 DE 2019
(julio 18) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR <No se efectúan las modificaciones que surgen de esta norma> Por la cual se modifica la Resolución 1808 del 13 de marzo 2019 mediante la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la sede de la Dirección General para el periodo 2019-2021 LA DIRECTORA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 1010 de 2006, se adoptaron medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y los hostigamientos en el marco de las relaciones de trapajo, disponiendo en el numeral 1o del artículo 9o que “Los reglamentos de trabajo de las instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. (...) Que en concordancia con lo anterior, el numeral 1.7 desarticulo 14 de la Resolución 2646 de 2008, expedida por el Ministerio de Protección Social, establece como medidas preventivas de las conductas de acoso laboral, la conformación de un Comité, de Convivencia Laboral, así como la elaboración de un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir este tipo de conductas.
Que el inciso 1o del artículo 3o de la Resolución 652 de 2012 del Ministerio de Trabajo, modificado por el articuló 1o de la Resolución 1356 de 2012, estableció que “El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes. Que de esta forma, como mecanismo de prevención de las conductas de acoso laboral, mediante la Resolución 1808 del 13 de marzo de 2019 se conformó el Comité de Convivencia Laboral - CCL-de la Sede de la, Dirección
General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF-para el periodo 2019-2021. Que en el artículo 1o de la citada Resolución se reconoció a la servidora pública PAOLA JANETH CALDERÓN, como representante principal de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral (CCL) de la Sede de la Dirección General. Que por medio del oficio con radicado S-2019-298867-0101 del 27 de mayo de 2019, la servidora pública PAOLA JANETH CALDERÓN presentó ante el Director de Gestión Humana su renuncia como representante de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral (CCL) de la Sede de la Dirección General. Que ante la renuncia definitiva de uno de los integrantes del Comité de Convivencia Laboral, el parágrafo 3o del artículo 11 de la Resolución 13587 de 2017, por la cual se regula la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General y de las Direcciones Regionales, se establecen los mecanismos de prevención y corrección de las conductas de acoso laboral, y se determina el procedimiento Por la cual se modifica la Resolución 1808 del 13 de marzo 2019 mediante la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General para el periodo 2019-2021 interno para superar la situación que atentan contra la armonía laboral en el ICBF; establece que se debe expedir un acto administrativo que modifique la conformación del Comité, en caso de ser necesario hacer el uso de los suplentes. Que, de acuerdo con los resultados de la elección de los representantes de los empleados ante el Comité de
Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General, el servidor público MARIO HERNANDO FLÓREZ obtuvo la tercera votación más alta, siendo reconocido como representante suplente de los empleados ante el CCL. Que con la renuncia de la servidora PAOLA JANETH CALDERÓN como representante principal de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General, se hace necesario modificar la Resolución 1808 del 13 de marzo de 2019, donde se hará la nueva conformación de los representantes de los empleados ante el CCL, motivo por el cual, será reconocido como representante principal de los empleados ante el CCL de la Sede de la Dirección General durante el periodo 2019-2021 el servidor
público MARIO HERNANDO FLÓREZ VANEGAS.
Que igualmente, se procederá a reconocer-corno representante suplente de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General a la servidora pública EDILMA LÓPEZ CASTAÑEDA, quien obtuvo la quinta votación más alta en la elección de los representantes de los empleados ante el CCL según consta en el acta de conteo de votos de la elección de los representantes de los empleados al Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General, la cual forma parte integral del presente Acto Administrativo. Que de esta forma se da cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo 1o del artículo 8o de la Resolución 13587 de 2017, reconociendo tanto a los representantes principales como a los representantes suplentes de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR el artículo primero de la Resolución 1808 del 13 de marzo de 2019, el cual quedará de la siguiente manera: ARTICULO PRIMERO. Reconocer a los siguientes servidores públicos como representantes de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General del ICBF, quienes fueron elegidos por votación directa el día 21 de diciembre de 2018 para el periodo 20192021, y actuarán como miembros principales y miembros suplentes de este organismo, de la siguiente manera:
NOMBRE CÉDULA DE CIUDADANÍA CALIDAD QUE OSTENTAN ANTE EL
COMITÉ
Margarita Rosa Hernández 51.589.284 Principal Mario Hernando Flores 79.277.140 Principal Vanegas Faride Esther Alvarez Marin 32.646.019 Suplente Edilma López Castañeda 51.726.990 Suplente ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar al Director de Gestión Humana del ICBF para que se comunique el contenido el presente acto administrativo a los servidores públicos elegidos y designados, como representantes de los empleados para integrar en calidad de principal y suplente el Comité de Convivencia Laboral de la Sede de la Dirección General, acorde con lo establecido en el artículo primero del presente acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 18 JUL 2019 JULIANA PUNGILUPPI Directora General Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S,
de acuerdo con el contrato No. 01017062023.
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