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ICBF - Resolución 6283 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 5045-21 actualizacion banco nal de oferentes ip - 03-19-2021

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Título
ICBF - Resolución 6283 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 5045-21 actualizacion banco nal de oferentes ip - 03-19-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

f; InstCiotluotmob dieaB nioe neFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR SubdiredceGc einóenr al FAMILIAR 62 8 3 RESOLUNCoI.Ó N "POMRE DDIEOL AC UASLER ESUEULNVR EE CURDSERO E POSICCOINÓTNLR AA RESOLUNCoI5.Ó0 N4D 5E1 L3D EA GOSDTEO2 02"P1OR, M EDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO

COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019".

LAS UBDIREGCETNOERRDAAE LIL N STICTOULTOOM BDIEAB NIOE NEFSATMAIRL CIEACRID LELI AA FUENDTELE L ERAS, En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial, las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación del ICBF vigente, y las demás normas concordantes y pertinentes y de acuerdo con las siguientes: l. CONSIDERACIONES 1.Q ue el Manual de Contratación vigente, establece la delegación de funciones en materia contractual a la Subdirectora General, para dirigir el procedimiento para la conformación de los Bancos Nacionales de

Oferentes del ICBF para todo el territorio nacional. 2.Q ue conforme al numeral 4.2 del Manual de Contratación vigente, el 9 de junio de 2021, fue publicada la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Primera Infancia Invitación Pública IP-003-2019 (2021), la Resolución 3165 de 2021, y los documentos anexos, en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF, y en la plataforma SECOP para que los interesados. presentaran sus observaciones hasta el 11 de junio de 2021. 3.Q ue, dentro del término previsto en el cronograma del proceso, se recibieron observaciones de los interesados al documento de invitación pública para la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Primera Infancia IP-003-2019 (2021 ), de carácter técnico, jurídico y financiero, las respuestas fueron debidamente publicadas. 4.Q ue, el 16 de junio de 2021, se publicaron las respuestas a las observaciones jurídicas, financieras, técnicas y tecnológicas, presentadas a la actualización de la IP-003-2019 (2021) y se atendieron aquellas observaciones e inquietudes radicadas de manera extemporánea por los interesados como derechos de petición. La respuesta a tales observaciones se publicó en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF y en la plataforma SECOP y la respuesta a los derechos de petición elevados, se envió directamente a los correos electrónicos de los interesados.

5. Que, de acuerdo con el cronograma de la actualización de la Invitación Pública IP-003-2019 (2021) los

interesados tenían plazo hasta el 23 de junio de 2021, a las 3:00 P.M., para presentar manifestaciones de interés para efectos de la actualización de la información con la cual se habilitaron las entidades desde la conformación del Banco, así como para la inclusión de nuevos operadores al listado de la caracterización de la oferta de prestadores disponible para la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar. 6.Q ue, a través de las AdenNdo0a.0 p1ubl icada el 22 de junio de 2021 y AdenNdo0a.0 p2ubl icada el 29 de junio de 2021 se modificó el NUMERAL 5, CRONOGRAMA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, DEL CAPÍTULO 1, INFORMACIÓN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, en el sentido de ampliar el plazo para presentar manifestaciones de interés de nuevos interesados y allegar la documentación por parte de las entidades habilitadas dentro del Banco para efectos de actualización, hasta el 30 de junio de 2021, a las 11 :59 P .M, teniendo en cuenta que la plataforma SIPA/BNOPI presentó fallas técnicas que generaron la intermitencia en el aplicativo utilizado por los interesados para registrar su experiencia y cargar en debida forma la documentación solicitada.

7. Que, el 01 de julio de 2021, a las 12:01 A.M, se llevó a cabo el cierre oficial del proceso de actualización de la Invitación Pública No. IP-003-2019 (2021), en el cual de acuerdo con el reporte de la Dirección de Información y Tecnología - DIT, se constató la presentación de DOSM ITLR ESCIEONCTHAESNY T A

OCH(O2 .m3an8ife8sta)cio nes de interés, tal como quedó registrado en el acta de cierre, así: 1 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080 437 7630

PBX: w h

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección de General FAMILIAR "1.1. Se radicó a través de la plataforma SIPAI BNOPI, 111ma7nif estaciones de interés de nuevas entidades interesadas en habilitarse dentro del banco. 1.2. Se radicaron a través de la plataforma SIPAI BNOPI, 127ma1ni festaciones de interés de entidades habilitadas para efectos de la actualización dentro del banco Por lo que se recibió un total de 2.3m8an8ifes taciones de interés."

8. Que el acta de cierre junto con el registro de manifestaciones de interés presentadas, fueron publicadas, el día 1 de julio de 2021, en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF y en la plataforma SECOP l.

9. Que, las dos mil trescientas ochenta y ocho (2.388) manifestaciones de interés, fueron publicadas en la plataforma SECOP 1.

10. Que de acuerdo con la Lista de Ofertas que la plataforma SIPA BNOPI registró, el interesado ASOCIACION DE PADRES DE HOGARES DE BIENESTAR EL NIÑO FELIZ II con NIT No. 800143561, presentó manifestación de interés para la INCLUSIÓN EN EL LISTADO DE ENTIDADES HABILITADAS dentro del

término establecido en el cronograma, y quedó identificada bajo el radicado No. 4074.

11. Que, mediante memorando publicado en las plataformas SIPA/BNOPI y SECOP, el 01 de julio de 2021, la subdirectora General designó el Comité Evaluador de los requisitos establecidos en la Invitación Pública para la Actualización del Banco Nacional de Oferentes No. lP-003-2019 (2021).

12. Que, el día 16 de julio de 2021, se publicó el Informe Preliminar de Evaluación de la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Primera Infancia IP-003-2019 (2021), que comprendió, la actualización de la información financiera y la verificación de la vigencia de las personerías jurídicas de las entidades habilitadas, y, por otra parte, la verificación de los aspectos de orden técnico, jurídico y financiero, para las nuevas entidades, en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF y en la plataforma SECOP l.

13. Que conforme al Informe Preliminar de verificación para la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Primera Infancia de la IP-003-2019, el interesado obtuvo el siguiente resultado:

14. Que, en atención a la evaluación anterior, en el aspecto jurídico, técnico y financiero se indicó el INCUMPLIMIENTO (SUBSANACIÓN) de los siguientes requisitos por parte del interesado:

a) NO CUMPLE (SUBSANAR}-Evaluación Jurídica 2 Sede de la Direcicón General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

"' Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General

BIENESTAR

FAMILIAR

DE ACUERDO CON ELCAPÍTU LO ll, NUMERAL 1.1,. DEI .AINV!TACIÓN

PÚBLCAI NO. PI -003-2019, SE

REQUIERE AL INTERESADO PARA QUE ANEXENUEVAMENTEI.ACARTADE

Subsanar PRESENTACIÓN DE lA

MANIFESTACIÓND E INTERÉS

SIGUIENDO EL FORMATO NO. 1ADE

INV!fA CIÓN, TENENDOI EN CUENTA QUELA,".NEXADAAI.ASOUCITUDNO

CUENTA CONT ODOSL OSÍ TEMS DEL

FOOMAT01A DE CONFORMIDAD CON LO !DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 3D E !ESTABLECIDO ENEL NUMERAL 3 DE LANI VITACIÓN PÚBLICANO. IP--003- \LAIN VITACIÓN PÚBLICANO. IP-0032019, SE REOUlEREA L !N!ERESAOO j2019,SEREQUIEREALINTERESAOO

PARA QUE APORTE CERTIFICADO DE ¡PARA QUE APORTE CERTIACADO DE

EXI LEGALSTEN

O

CIA DOCUY REP MENRESENT

TO

EQUIA VC ALENTEIÓN CONELFINDEVALIDARESTA \ \EXISTENCIA

LEGAL O DOC

Y UREPRESENf

MENTOE

QUA IVCIÓN ALENTE E LOSN EL RE C QUUA ISIL S TE O P S U EE XID GIDOAE VID S EENCIAR N EL CONDICI INTERESADOÓN, SE PARA REQ QU UI EE RE ANA EXL E EL ! jEN LOS E L RE C QUA UISIL S TE O PU S EXIGIEDA DE OSVIDEN EN C ELIAR

NUMERAL 3.1 DE LA IP, ESTO ES: CERTIACAOO DE EXISTENCIAY ¡NUMERAL 3.1 DE LAIP, ESTO_E S: SUBSANA R • O l'ERSONA PARABJET COMO SOCIA!- J PROi,!ETER, URID IL CA A,D AUTU AR LAC ORJZAaON APERSONAIÓN DEél A RSUBSANA REPRESEN DOC CUALUMEN SE LOGRETT OA C EQUIÓN EVIDENCIARIV L AEGAL LENT EO ENSI LAJ EL S RSU BSANA , \i\ PERSONA POBJ ARt,ET COMPRO SOCIA!- JU, fiR OfdETERID IL CAA D , AU AURA T LORIZAC! AC = PERSONAION DEé ON LA ¿v:ififififi JURÍ!llCA, CUANDOAELLOHUBIERE FACULTADES DEL REPRESENTANTE !JURIDICA, CUANDOAELLOH\JBIERE

LUGAR Y VERIFICAR SI LA PERSONA LEGAL, Y DE ESTAFORMA

JURÍDICASE ENCUENTRAINCURSA ESTABLECER SI PUEDE O NO, !fififififi=os

E DN ISA

OL

LGUNAS

UCIÓN OD E LIQ

LAS UID CAU ACIS ÓNA .LE ENS D E .COMPRO IURÍDICAM ETER ALA PERSONA ,fififigeUQfi=:DE

CASO DE NO CONTAR CON \CASODENOCONTARCON

CERTIF!CADO DE EXISTENCIA Y !CERTIACAOO DE EXISTENCIA Y

REPRESENTACIÓN LEGAL DEBERÁ

.APORTAR COPI/\DE SUS ESTA1UTOS

\VIGENIES. \VIGENTES.

DE CONFORMIDADCO NL O

ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 4DE

LAIN\lffACIÓN PÚBLICA NO. IP-0032019, SE REQUIERE Al. INTERESADO

PARA QUE SUBSANE8 -FORMATO NO

2 DEBIDAMENTE SUSCRITO POREL

SUBSANA REVtSOR F!SCA!..EN CASO DE QUE

R APLIQUE, TENIENDOENCUENTAOUE

NO SE APORTÓ CERTIFlCADODE

EXlSTENC!A Y REPRESENTACIÓN

LEGAL O DOCUMENTO EQUIVALENTE

ENEL CUAL SE EVDI ENCIES! LA

SOCIEDAD ESTÁ OBUGADA O NO A

CONTAR CONREVISOR FISCAL.

Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General

BIENESTAR FAMILIAR b)N OC UMP(LSEU BSAENvAaRl)u-Faicniaónnc iera CO TN IS YªE O CRUA O O NI oC aA O NIT Ei RAZONS OCla" H HDA AOB

B II IN -§L L I IT EA. V D A OO L C Uil " R OE O TV C Al U LS M'i:iN I C Of EU F OT I E NaR I I T,O OBSERVACIONDEOSC UMENTO DECO NFORMIDACODN LOS REQUISITOSEX IGIDOS EN 1A IP-00321119,R ESPECTDOE CALP IT\Jl.O 11T,I TUL1O1 A1S,P ECTOS

FINANCIEIRTOSEM1, , E lI NETRESADON Oa JMPlCEO N1A

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA;PO R LOS SIGUIENATSESP ECTOS,

SESO LICISTUABSA NAR:

SESO LICTAIS UBSANARE,5Tl.05A TUTOSY,AQ UEE lP RESENTADO,

NOES LEGIBYL NEOS EI DENTIQFUIECCO AR RESPONADA1 A

ENTIDADEDA .C UERAD1 OA I P003 -1B9NO PIA CTUUAZI\CION

1880 4074 800143561 ASOCIACIOND EP A NUEVADOS FIANCIS UBSANA SUBSANA

DEFINITTIIVTAUI.LI OASPI E CTOS FINANCIERNOSU,M ERA1L

VERlFICACIFOINN ANCISEE SORAL,I CISTUAB SANAERlAC TAD E

ASAMBLEDAE LM ÁXIMOÓ RGANAOD MINISTRADOTNIDVEOS ,E

APRUEBALOSN ESTADOS FINANCIDEERFOSI NITIQVUDES,1.1\ ALLEGARON, NOS EE VIDEDCEIL AAF ECHDAE E LABORACION, TAMPOCO_E l.ADÑEOL OS ESTADOSf lNANCIEROESTSAQNU E

,APROBANSDOES, O LICSIEAT PAR ESENTABDAJAO L ASNO RMAS

¡N!VIIFG ENTES.

c)N OC UMP(LSEU BSANEAvRa)l-uTaéccinóinc a

DEACUERDO CONL A OFERENTE.SE

EVIDENCIA QUEU STEDRELACIO NA INFORMACIDÓENL AEXPERIEN CIA EN

LAPLATAFOSlRPl.tAIBNAO PI,S1 NEMBAR GO NOAD JUNTAL AS

CERTIFICACIONES CORRESPONDlENTES, SE INFORMA QUESE VAUDA LA

EXPERIENCIADEL CONTRANT"1O 598 ,T ODAVEZ QUECUEN TA CONL OS

CRIIERIOS PARAACREDITAR LAEXPERIENCIA. TENGA ENCUENTASEÑOR OFERENTEQUEPARALAACREDITACIÓNDEEXPERIENCIADEBECUMPLIR DEAC UERDOCON LAE VALUAC!ÓN REALIZADA, SEÑoR OFERENTE Al CON UNAS CONDICIONES GENERALES ESTABLECIDAS ENLA 1P 003-2019 VERTIFICAR ENL APLA TAFORMA SlPMlNOPI YE Na FORMA1TA.ON OSE (ACTUAUZADA2021)TITUI. O UNUMER AL 1U IERAL A.SEÑ OR OFERENTE S1 EVIDENCIA PROPUESTA PEDAGOGICA CARGADS!<. ER EMIATSUSSANAR E SUBSANA USTEDC UENTCAON MAS EXPERIENCIAEN PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUBSANA ESTIETEM PARAV ALID.ARL AINFORI.IACIÓN. SEÑOR OFERENTE TENGA EN DEEDUCACIÓNENELMARCO DELAATENCIÓNA LAl'RlMERAINFANCIA CUENTAOUELAPROPUESTADEBERESPON OERALAPERGUNTAS PUEDEADJUNT AR LAS CERTIRCACIONES, CCNTRATOS OA CTASD E ORIENTADORAS A-B-C-·0E ·F ESTABLECIDASEN LAIP0 03-2019

I..Klf.llDACIÓN CORREPSONDIENTESDEACEURDOCON LOS1 2 (ACTUAUZADA2021).

REQUISITOS CONTEMPI.ADOS EN LA1P 003-2019 (ACTUALIZADA 2021)

TÍTULOU!\Sl'ECTOSTÉCNICOSNUMERAL 1UTERALBPAG35-36. PARASU

RESPECTIVAV ALIOACIÓN.P ORF AVOR REMITIRSE YVERIFJ CAR LA INFORMACIADJUÓNN TADA, TENGENA CUENTA QUE DEBE COINCIDIR CON LAl.tMIIBHcSTAOAENLAPLATAFORl.tASlPAIBNOPI.AS!MlSMOTENGAEN CUENfAQLUAE1P 003-201(A9C TU!.IZADA 202E1N)E lTÍ TUL!\Sl'EOC TOS l----fi-+-JÉCNICOS fi _l_l¡!(:!§:Q/J:,l!j;_1,_fi9§ ENHABIUTfi!l.!; •¡-..- -- -L------------------

DEA CUERDOC OLNA E VALUAREALIZl>DCAI ÓN SEÑOROfERENJE USTED

DEACUEROOC0NtAEVALUAC1ÓNELOfERENTEMANJF1ESTANO EN ELF ORMAT3O"CARACTER IZACIÓN AOMINISTRATNSEÑ.AfifiA QUE SUBSANA ! PLCOMP MPOR APR TTECN TARA.O ANTl AFOMETERSE ECO ORMAFERBITES QS U SIPAG ER AIBNADJUNTEEGADOS OEC . PNLO lUEVONLAS SES , R VL SI F TOD E AI N OR AEMBAR M LN M GO I IE VEZA AD T DA SUBSANAR T E QCONTRAP E AOS 0 UARTID Ó 1SEÑ EA NAOR N M OSE PRAM OFERENTE LRS=UF L AE E ST RESPECTOV JACf I A AENÓ VEL N AS LOR D AE E S fNTERÉS SUBSANA SOCIALIZADO CCUEN DOCU l-M P UET MEN OA ARA NA T SSOPORTENEJO t T A S L A AC L .OE ORE CON1EI.I O S PR CENCUE - PR LI R N P EE ADOE TT OR CGLAMENr S IACAA l TIVOGO CIÓCO CORPORA O A S NN TT EV AIVOSUNA A ND NP INTERN LUE SETO O AC'l.lDAD D OU IR, 0-AOÓN T PE SEÑ 0.-I fJITE ODEL 20M 3 C RD 1SlN AA -A OTRABAJE 9SUBSAN NI (AC11!EMBARGO F O ARUN ALIZAO E PAT ARARALE )ENTDEBIDAMENTE Rl E EÉ NPÓL AGE TENGASOSI S AD E TÍTULT T llÓN JUN N OIOSI T DE TCA A E 1 1M

ASPECTOS TECNICOS NUMERAL 4_

15Q.ue , en concordancia con lo establecido en el cronograma del proceso, a los interesados se les dio traslado

del informe de verificación preliminar durante el periodo comprendido entre el 19 al 21 de julio de 2021, con la finalidad de que presentaran sus observaciones y realizaran las subsanaciones y/o aclaraciones a que hubiere lugar. 16Q.ue , a través de la AdenNdoa0. 0 , 3publicada el 21 de julio de 2021, se modificó el NUMERAL 5, CRONOGRAMA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, DEL CAPÍTULO 1, INFORMACIÓN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, en el sentido de ampliar el término de traslado del informe preliminar de verificación, presentación de observaciones y de subsanaciones, hasta el día 23 de julio de 2021, con el fin de que los interesados contaran con mayor tiempo para efectuar subsanaciones de los requisitos exigidos por el Comité Verificador. 17Q.ue , a través de la AdenNdoa0. 0 , 4publicada el 22 de julio de 2021, se modificó el NUMERAL 5, CRONOGRAMA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, DEL CAPÍTULO 1, INFORMACIÓN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, en el sentido de ampliar el término de traslado del informe preliminar de verificación, presentación de observaciones y de subsanaciones, hasta el 26 de julio de 2021, teniendo en cuenta que la Entidad consideró pertinente 4 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 f; InstiCtoultoom bdieaBn ioe neFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR SubdiredceGc einóenr al FAMILIAR publicar nuevamente el Informe Preliminar de Evaluación Financiero teniendo en cuenta que evidenció errores de digitación en la razón social de algunos proponentes.

18Q.u e, a través de la AdenNdoa0. 0 5pu,blic ada el 27 de julio de 2021, se modificó el término de traslado del informe preliminar de verificación, presentación de observaciones y de subsanaciones, y las etapas subsiguientes, contenidas en el numeral 5 del capítulo I de la IP-003-2019 (2021), para 158 interesados descritos en el considerando de la Adenda No 51.

19. Que, dentro del término de traslado de la evaluación preliminar y plazo para subsanar, y a través de la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF, el interesado aportó eld í2a1 d ej uldie2o 0 2a1l a8s: 18a:.5md6o.c u mentos, con el fin de cumplir las exigencias para la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Primera Infancia de la IP-003-2019

(2021 ). 20Q.ue , mediante AdenNdoa0. 0 6pu,blic ada el 6 de agosto dé 2021 y AdenNdoa0. 0 7pu,blic ada el 9 de agosto de 2021 se modificaron las fechas de PUBLICACIÓN DEL INFORME DE VERIFICACIÓN

DEFINITIVO, RESPUESTA A OBSERVACIONES al 11 de agosto de 2021 y la fecha de PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO MEDIANTE EL CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, al 13 de agosto·de 2021 contenidas en el numeral 5 del capítulo I de la IP-003-2019 (2021), con el fin de analizar y consolidar las respuestas a las observaciones presentadas y emitir el informe de evaluación definitivo. Lo anterior en cumplimiento de los principios de la contratación pública. 21Q.u e el día 11 de agosto de 2021, se efectuó la publicación del INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN JURÍDICA, - INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA - INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN FINANCIERACONSOLIDADO FINAL Y RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FRENTE A CADA COMPONENTE documentos expedidos por el comité verificador para la actualización del Banco Nacional de Oferentes de primera Infancia de la IP-003-2019 (2021). 22Q.ue en el informe de verificación definitivo el interesado, NOC UMPLcoIn Ólos requisitos exigidos por la IP 003 de 2019 (2021) y por tal razón resultó NOH ABILIdTenAtroD dOe l a actualización del Banco Nacional de Oferentes, de conformidad con la siguiente evaluación: Banco

INFORDMEEE VALUACDIEÓFNI NICTIVOON SOLIDADO Naciodnea l

Qf§,Csz .rtfi

AClUALIZACIÓNI NVITACPÚIÓBLINC A

23Q.u e, de conformidad con la evaluadceifóinne in etl iasvpeacto, T écnico y Financiero, se indicó que la

manifestación de interés NO CUMPLE con los siguientes requisitos: a)N OC UMP-LEEv aluFaicniaónnc iero \MEDIAN!EDOClll,EN!QAUEGADOa 21.¡; ATRAVESIJB. ¡SISJEMA SIPA BNOPI ELIN!ERESAIJO SUBSANA El joocuMENJORE QUERIDO EN IAEVALUACIÓN PREUMINAR, SIN \EMBARGONOCUWffi wmINIJICADOR DENIVElllf 4074 1111ml ASOCtACION IJf rAOREs DEHOGARES DE NUEVA EF 0,95 NOCUM?LE NOCIJIIPLE NOCUMPI.E IENllEUDAMIENlOMINWREQUERIDOPAAAPERTENECERAL

BJENESíARaNJNOFEUZII !BANCO NACIONALDEOfERENlE SDEA CUERDO CON LO \ESTABIECIOOENlAIP-illJ.MI, lÍl\Jl.0111./\SPEC!OS

\FINANCIEROS, NUMERALJ INDICNJORES DE CAPACIJAD \FINANCIERA Y DBERMINAC!ÓNDE RANGOS DE CAPACIJAD 1 Lo anterior, teniendo en cuenta que la Entidad publicó nuevamente el Informe Preliminar de Evaluación Financiero, por cuanto el comité verificador financiero procedió a evaluar los estados financieros aportados por 158 interesados que no fueron objeto de verificación inicial, dado que los oferentes contaban con Registro Único de Proponentes "CANCELADO Y NO RENOVADO". 5 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630

"' Instituto Colombiano de Bienestar Familiar CecliiDael aF unetdee L laesr Subdirección de General

FABIENMESl'ILIAARR

b) NO CUMPLE -Evaluación Técnico 1.E XPERIENCIA 2.P ROPUESTA PEDAGÓGICA .,fifi"' v'!!}:_;v,=:, /;:;; ó>fi'::"' y'>\ "';" '\/;, ~ fifi r "_7,/7/"<" _,, ,,'7/ fi/ :c.',: , / ""\¿;:J/"'-" fi;JKfi''c,;;J:;}17 ""' " ,«:;,Se ''"V>w',;,J',,<;;,.,x}!f?\"0.r ts- '2t:%fi fi.s.SL0.&E 0>dP f'IT' ;,,, ll!Mllr•f v ,l'\ti• fi -<'.fiff ;; ;-:: d,,;;, <&' fi2:fi .ik 12G :fiU fiME :½NT . '\I: fi(EV 3.A r=.U ::U ";,,A ., wCI :::O fiN ! 2 ' ) , .:._ , , ,.°"'; fi'.•, ;;;e .:;, dµ o,;ª L· -C -fiON .'1C -E \RT :fi s:,,fW Mr; t· : cs,_,Zj -'"' • fi fi::.fi:::?fif.AR ";,: G =fiÜ "

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=:.. I ;;_ON l"' v M, , ""/ fi'0 ?:;¡; .; :tr•# -• fi•41 fi;.-'

t EL INTERESADO NO SUBSANÓ DENTRO DEL TÉRMINO DE TRASLADO EL XA P C EE RR IET NIF CI IC AA FC UI EÓ :N L Q AU DE E S LE C T OU NV TO R E AN T OC U NE ' 1N 5T 98A -P 20A 16R , A SI V NA EL MID BA AR R L GA O D ENEL C I UN EF NO TR RM AE IN D ME EE RV SA OLU DA EC NIÓ TRN O P DR EEL LI AM I CN AA UR S Y A LP DO ER RT EA CN HT AO Z S OE SEílOR (A) OFERENTE. SE INFORMA QUE NO CUMPLE CON LOS AílDS ESTABLECIDA EN EL CAPÍTULO 111, NUMERAL 1, LITERAL B DE LA IP-003DE EXPERIENCIA REQUERIODS POR LA IP 003-2019 (ACTUALIZADA), 2019 (ACTUALIZACIÓN 2021). POR ENDE EL OFERENTE NO CUMPLE CON NO CUMPLE TÍTULO II ASPECTOS TÉCNICOS NUMERAL 1. EXPERIENCIA. EL NO CUMPLE LAS CONDICIONES DEL TITULO 11. ASPECTOS TÉCNICOS, NUMERAL 2. INTERESADO NO SUBSANÓ DENTRO DEL TÉRMINO DE TRASLADO DEL PROPUESTA PEDAGÓGICA PARA LA EDUCACIÓN INICIAL SEílALADAS INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y POR TANTO SE ENCUENTRA EN LA IP-003-2019 (ACTUALIZACIÓN 2021). POR ENDE EL OFERENTE NO INMERSO DENTRO DE LA CAUSAL DE RECHAZO ESTABLECIAD EN EL CUMPLE CON LAS CONDICIONES DEL TITULO 11. ASPECTOS TÉCNICOS,

CAPÍTULO 111, NUMERAL 1, LITERAL B. DE LA IP 003-2019 (ACTUALIZACIÓN NUMERAL 2. PROPUESTA PEDAGÓGICA PARA LA EDUCACIÓN INICIAL 2021). SEfiALADAS EN LA IP-003-2019 (ACTUALIZACIÓN 2021). , (

"± ; ctJm:p ?,~efi?" EE!3 ". 'j! l.:V ' l :! j,A ~ ;L §. tO ,o •R E 1S fix , T ;\E • / C 91/N óa qIC .; fiO :;"'Z 9S u P.fl (A ;rc"cG G ~R "' lJ"'E MY,?G ENl'A fi'liD \0!O O".fiS E": Y !f"' AC "'" E'O "fi U, N r ÁC:;:T wR , IONA 7P , A cr /R /q ,;.T 'e<I 7 "D '. ,}A ."" """ , ':'.'. • . a< 7-¼ xfi C:O"" fi-" 7' N CER"fr...is¡y""$ .,4 "' •. ; .C ,,.A •}fiR ./l"""A ;'.;C - fiT , E - 7R fi i/I iAR.,,.,,.Z 7'A "C G"";,"I U'Ó '« MN ':7 EN A 7 "'D ;1f 'flM j?' 3I ';'. :EN 7I V

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ESTABLECIAD EN EL CAPITULO 111, NUMERAL 1 LITERAL B, DE LA IP-0032019 (ACTUALIZACIÓN 2021), POR ENDE EL OFERENTE NO CUMPLE CON

2019 (ACTUALIZADA 2021). POR ENDE EL OFERENTE NO CUMPLE CON LOS PARÁMETROS Y CRITERIOS CONTEMPLADOS EN LA IP 003-2019

LAS CONDICIONES DEL TÍTULO 11. ASPECTOS TÉCNICOS, NUMERAL 3. (ACTUALIZADA 2021). TÍTULO II ASPECTOS TÉCNICOS NUMERAL 4.

VALORES TÉCNICOS AGREGADOS DEL SERVICIO Y CONTRAPARTIAD. CARACTERIZACIÓN ADMINISTRATIVA.

24. Que el día 13 de agosto de 2021, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 5045 de 2021, "POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019", con 485 entidades habilitadas en los componentes jurídico, técnico y financiero y 981 entidades habilitadas que actualizaron su información financiera y vigencia de las personerías jurídicas, de acuerdo con el listado contenido en el Anexo 1 del acto administrativo citado, la cual fue debidamente publicada en el portal SECOP I y en la plataforma SIPA BNOPI.

25. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7 4 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Resolución No. 5045 de 2021 expedida por el

ICBF, procede solo el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del acto administrativo.

26. Que mediante radicado No. R-2334 2021 de fecha 23 de agosto de 2021, el interesado ASOCIACION DE PADRES DE HOGARES DE BIENESTAR EL NIÑO FELIZ II con NIT No. 800143561, interpuso ante el ICBF recurso de reposición a través de la plataforma SIPA BNOPI contra la Resolución No. 5045 del 13 de agosto de 2021

11. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD

1. De conformidad con lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos proceden contra los siguientes actos administrativos, ante los siguientes funcionarios y dentro de los siguientes términos: Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF

Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080

PBX: 437 7630 '#; IsntitCuotloob aminode B ineestFaarmi alri

Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR SubdierccidóeGn e neral FAMILIAR "Artículo 74 . Recursos contra /os actos administrativos. Por regla general, contra /os actos definitivos procederán los siguientes recursos:

1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.

2. El de apelación, para ante el inmediato superior administrativo o funcional con el mismo propósito.

No habrá apelación de /as decisiones de los ministros, Directores de Departamento Administrativo, superintendentes y representantes legales de las entidades descentralizadas ni de /os directores u organismos superiores de /os órganos constitucionales autónomos. Tampoco serán apelables aquellas decisiones proferidas por /os representantes legales y jefes • superiores de las entidades y organismos del nivel territorial.

3. El de queja, cuando se rechace el de apelación.

El recurso de queja es facultativo y podrá interponerse directamente ante el superior del funcionario que dictó la decisión, mediante escrito al que deberá acompañarse copia de la providencia que haya negado el recurso. De este recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión. Recibido el escrito, el superior ordenará inmediatamente la remisión del expediente, y decidirá lo que sea del caso. ( .. .) Artículo 76. Oportunidad y presentación. Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso. Los recursos contra /os actos presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo, salvo en el evento en que se haya acudido ante el juez. Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo dispuesto para el de queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para que ordene recibirlos y tramitarlos, e

imponga las sanciones correspondientes, si a ello hubiere lugar .. El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición y cuando proceda será obligatorio para acceder a la jurisdicción. Los recursos de reposición y de queja no serán obligatorios. ( ... ) Artículo 77. Requisitos. Por regla general /os recursos se interpondrán por escrito que no requiere de presentación personal si quien lo presenta ha sido reconocido en la actuación. Igualmente, podrán presentarse por medios electrónicos. Los recursos deberán reunir, además, /os siguientes requisitos:

1. Interponerse dentro del plazo legal, por el interesado o su representante o apoderado debidamente constituido.

2. Sustentarse con expresión concreta de /os motivos de inconformidad.

3. Solicitar y aportar /as pruebas que se pretende hacer valer.

4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio.

Sólo /os abogados en ejercicio podrán ser apoderados. Si el recurrente obra como agente oficioso, deberá acreditar la calidad de abogado en ejercicio, y prestar la caución que se /e señale para garantizar que la persona por quien obra ratificará su actuación dentro del término de dos (2) meses. Si no hay ratificación se hará efectiva la caución y se archivará el expediente. Para el trámite del recurso el recurrente no está en la obligación de pagar la suma que el acto recurrido le exija. Con todo, podrá pagar lo que reconoce deber."

2. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 1437 de 2011, del Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos son objeto de rechazo, en razón a, "ARTÍCULO 78. Rechazo del recurso. Si el escrito con el cual se formula el recurso no se presenta con /os requisitos previstos en /os numerales 1, 2 y 4 del artículo anterior, el funcionario competente deberá rechazarlo. Contra el rechazo del recurso de apelación procederá el de queja". 3.Qu e el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, dando cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 56-modificado por el artículo 1 O de la Ley 2080 de 2021-, 66 y 67 de la Ley 1437 de 2011, artículo 4 del decreto 491 de 2020, y en concordancia con la autorización emitida por las Entidades que presentaron manifestación de interés en los FORMATOS 1A y 18; el día 17 de agosto de 2021 a través de correo 7 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c-75 01 8000 91 8080 PBX4:37 7630 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (f; Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESl'AR Subdirección de General FAMILIAR electrónico, se procedió a realizar la NOTIFICACIÓN PERSONAL de la RESOLUCIÓN No 5045 DEL 13 DE AGOSTO DE 2021. 4.Q ue conforme con las normas previamente citadas, se verificó que el día 23 de agosto de 2021, el interesado identificado bajo el radicado No4.0 7en4vi,ó m ensaje radicado R-2334a -tra2vés0 d2e 1la plataforma de

SIPA BNOPI bajo el usuario ASOCIACION DE PADRES DE HOGARES DE BIENESTAR EL NIÑO FELIZ 11 con NIT No. 800143561, con ocho (8) folios adjuntos, referentes a la subsanación financiera, sin que hiciera referencia a impugnar la decisión tomada en la Resolución No 5045 del 13 DE AGOSTO DE 2021 y sus anexos para que se evaluara y se replanteen la decisión, así:

5. Como se evidencia en la imagen que antecede, el interesado ASOCIACION DE PADRES DE HOGARE

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