ICBF - Resolución 6284 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 5045-21 actualizacion banco nal de oferentes ip - 03-19-2021
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 6284 - resuelve recurso reposicion resolucion no. 5045-21 actualizacion banco nal de oferentes ip - 03-19-2021
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2021
- InstCiotluotmob dieaB nioe neFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR SubdiredceGc einóenr al FAMILIAR 62 8 4 21 S tLt-10 21
RESOLUNCoI,Ó N "POMRE DDIEOL AC UASLER ESUEULNVR EE CURDSERO E POSICCOINÓTNLR AA RESOLUNCoI5.Ó0 N4D 5E1 L3D EA GOSDTEO2 02"P1OR, M EDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO
COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019".
LAS UBDIREGCETNOERRDAAE LILS N TITCUOTLOO MBDIEAB NIOE NEFSATMAIRL CIEACRID LELI AA FUENDTELE L ERAS, En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial, las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación del ICBF vigente, y las demás normas concordantes y pertinentes y de acuerdo con las siguientes: l. CONSIDERACIONES 1.Q ue el Manual de Contratación vigente, establece la delegación de funciones en materia contractual a la subdirectora General, para dirigir el procedimiento para la conformación de los Bancos Nacionales de
Oferentes del ICBF para todo el territorio nacional. 2.Q ue conforme al numeral 4.2 del Manual de Contratación vigente, el 9 de junio de 2021, fue publicada la InvitPaúcbilIóiPnca0 0(3A-c2t0u1a92l 0i2zla1a R)ces,iolu óciónn 3165 de 2021, y los documentos anexos, en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF, y en la plataforma SECOP I para que los interesados presentaran sus observaciones hasta el 11 de junio de 2021. 3.Q ue, dentro del término previsto en el cronograma del proceso, se recibieron observaciones de los interesados al documento de invitación pública para la actualización del Banco Nacional de Oferentes de Primera Infancia IP-003-2019 (2021) , de carácter técnico, jurídico y financiero, las respuestas fueron debidamente publicadas.
4. Que, el 16 de junio de 2021, se publicaron las respuestas a las observaciones jurídicas, financieras, técnicas y tecnológicas, presentadas a la IP-003-2019 (Actualización 2021) y se atendieron aquellas observaciones e inquietudes radicadas de manera extemporánea por los interesados como derechos de petición. La respuesta a tales observaciones se publicó en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF y en la plataforma SECOP I y la respuesta a los derechos de petición elevados, se envió directamente a los correos electrónicos de los interesados.
5. Que, de acuerdo con el cronograma de la Invitación Pública IP-003-2019 (Actualización 2021), los
interesados tenían plazo hasta el 23 de junio de 2021, a las 3:00 P.M., para presentar manifestaciones de interés para efectos de la actualización de la información con la cual se habilitaron las entidades desde la conformación del Banco, así como para la inclusión de nuevos operadores al listado de la caracterización de la oferta de prestadores disponible para la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar. 6.Q ue, a través de las AdenNdo0a.0 p1ubl icada el 22 de junio de 2021 y AdenNdo0a.0 p2ubl icada el 29 de junio de 2021 se modificó el NUMERAL 5, CRONOGRAMA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, DEL CAPÍTULO 1, INFORMACIÓN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, en el sentido de ampliar el plazo para presentar manifestaciones de interés de nuevos interesados y allegar la documentación por parte de las entidades habilitadas dentro del Banco para efectos de actualización, hasta el 30 de junio de 2021, a las 11 :59 P.M, teniendo en cuenta que la plataforma SIPA/BNOPI presentó fallas técnicas que generaron la intermitencia en el aplicativo utilizado por los interesados para registrar su experiencia y cargar en debida forma la documentación solicitada .
7. Que, el 01 de julio de 2021, a las 12:01 A.M, se llevó a cabo el cierre oficial del proceso de Invitación Pública No. IP-003-2019 (2021), en el cual de acuerdo con el reporte de la Dirección de Información y TecnologíaDIT, se constató la presentación de DOSM ITLR ESCIOENCTHAESNY TO AC H(O2 .m3an8ife8sta)cio nes
de interés, tal como quedó registrado en el acta de cierre, así: 1 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
41; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección de General FAMILIAR "1.1. Se radicó a través de la plataforma SIPA/ BNOPI, 1117 manifestaciones de interés de nuevas entidades interesadas en habilitarse dentro del banco. 1.2. Se radicaron a través de la plataforma SIPAI BNOPI, 1271 manifestaciones de interés de entidades habilitadas para efectos de la actualización dentro del banco Por lo que se recibió un total de 2.388 manifestaciones de interés."
8. Que el acta de cierre junto con el registro de manifestaciones de interés presentadas, fueron publicadas, el día 1 de julio de 2021, en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF y en la plataforma SECOP l.
9. Que, las dos mil trescientas ochenta y ocho (2.388) manifestaciones de interés, fueron publicadas en la plataforma SECOP l.
10. Que de acuerdo con la Lista de Ofertas que la plataforma SIPA BNOPI registró, el interesado ASOCIACION DE HOGARES DE BIENESTAR SAN FERNANDO Y LA LIBERTAD con NIT No. 800063253, presentó manifestación de interés para la INCLUSIÓN EN EL LISTADO DE ENTIDADES HABILITADAS EN EL BNOPI dentro del término establecido en el cronograma, y quedó identificada bajo el radicado No. 3561.
11. Que, mediante memorando publicado en las plataformas SIPA/BNOPI y SECOP 1, el 01 de julio de 2021, la subdirectora General designó el Comité Evaluador de los requisitos establecidos en la Invitación Pública para la Actualización del Banco Nacional de Oferentes No. IP-003-2019 (2021).
12. Que, el día 16 de julio de 2021, se publicó el Informe Preliminar de Evaluación de la IP-003-2019
(Actualización 2021), que comprendió, la actualización de la información financiera y la verificación de la vigencia de las personerías jurídicas de las entidades habilitadas, y por otra parte, la verificación de los aspectos de orden técnico, jurídico y financiero, para las nuevas entidades, en la plataforma SIPA/ BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF y en la plataforma SECOP.
13. Que conforme al Informe Preliminar de verificación de la IP-003-2019 (Actualización 2021), el interesado
obtuvo el siguiente resultado:
INFORCMOEN SOLIDDEl'DE OV ALUAPCRIEÓLNI MDIENR AERQ UISITOS ACTUALIIZANCVIÓINT ACPIÜÓBNL ICA IP-003-2•0B 1N9O-P2I0 21 1367 3561 NUEVA
14. Que, en atención a la evaluación anterior, en los aspectos Jurídico, Financiero y técnico, se indicó el incumplimiento (SUBSANAR) de los siguientes requisitos por parte del interesado:
a) NO CUMPLE (SUBSANAR)-Evaluación Jurídica. 2 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75
01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
f; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General
BIENESTAR
FAMILIAR
ESTADO OBSERVACION
DEC ONFORMICDOANDL OE STABLECEINED LON UMER3AD LE L AI NVITACIÓN
PÚBLICAINPO-.0 03S-E2R 0E1Q9U,I EARLIE N TERESPAADROQA UEAPORTE
CERTIFIDCEAE DXOI STEYNR CEIPAR ESENTALCEIGÓAONL D OCUMENTO EQUIVALEENNET LEC UASLE P UEDEAV IDENCLIOASRR E QUISIETXOISG IDOS ENE LN UMER3A.LD1 E L AI PE,S TEOS O:B JETSOO CIALAL D,U RACIDÓENLA
SUBSANAPRE RSONJAU RÍDAIUCTAO,R IZACIPÓANR CAO MPROMETAELA R P ERSONA
JURÍDCIUCAAN,D AOE LLHOU BIELRUEG AYRV ERIFISCILAA PRE RSONA JURÍDSIECE AN CUENTIRNAC URESNAA LGUNDAESLA S CAUSALDEES DISOLUCOI LÓINQ UIDAECNIC ÓANS.OD E N OC ONTACRO NC ERTIFIDCEA DO
EXISTEYNR CEIAP RESENTALCEIGÓADNLE BERAÁP ORTACRO PIDAES US
ESTATUTVOISG ENTES.
ESTADO OBSERVACION CON EL FIN DE VALIDAR ESTA CONDICIÓN, SE REQUIERE AL INTERESADO PARA QUE ANEXE EL CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL SUBSANAR O SU DOCUMENTO EQUIVALENTE EN EL CUAL SE LOGRE EVIDENCIAR LAS
FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL, YDE ESTA FORMA ESTABLECER SI
PUEDE O NO, COMPROMETER ALA PERSONA JURÍDICA ESTADO OBSERVACION DEA CUERDCOO NE LC APÍTU1LN1OU, M ER3A,DL E L AI VNITACPIÚÓBNL INCOA.
IP-003S-E2R 0E1Q9U,I EARLIE N TERESCAODNOE LF IDNE Q UEA LLEGLUAE
AUTORIZACOITÓONR GAPDOAR E LÓ RGANDOI RECTPIAVROQA U EE L REPRESENTLAENGTAECL O MPROMEATLA A P ERSONJAU RÍDTIECNAI,E NEDNO SUBSANACRU ENTQAU EN OA PORTAÓU TORIZACNIICÓ ENR TIFIDCEAE DXOI STEYN CIA
REPRESENTALCEIGÓAONL D OCUMENETQOU IVALEENNET LEQ UES E
VERIFIQLAUSE FNU NCIONOE LSI MITACAIL OANSFE USN CIODNEELS
REPRESENTLAENGTAEEL L.I NTERESDAEDBOEA DJUNTEALCR E RTIFICADO
CONU NAE XPEDICNIOÓMA NY ORA 3 0D ÍAS DEC ONFORMICDOANDL OE STABLECEINED LON UMER4AD LE L AI NVITACIÓN PÚBLINCOAI. P -003S-E2R 0E1Q9U,I EARLIE N TERESPAADROQA U ES UBSAEN E FORMATON O2 D EBIDAMESNUTSEC RIPTOORE LR EVISFOIRS CEANLC ASOD E SUBSANARQ UEA PLIQTUEEN,I ENEDNCO U ENTQAU EN OS EA PORTCÓE RTIFIDCEA DO
EXISTEYNR CEIAP RESENTALCEIGAÓLON D OCUMENETQOU IVALEENNTE EL
CUASLE E VIDENSCILAI SEO CIEDEASDT OÁB LIGADOA N OA C ONTACRO N
REVISFOIRS CAL.
3 Seddee l aD irecGceinóenr al Língeraa tnuaictiaIo BnCFa l Avenciadrar 6e8Nr oa. 64-7c5 018 009018 080 PBX4:3 776 30Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General
BIENESTAR
FAMILIAR
b) NO CUMPLE (SUBSANAR)-Evaluación Financiera.
DE CONFORMIDAD CON LOSRE QUISITOS EXIGIDOS EN LAI P-003-2019RE,S PECTO
DEL CAPITULO VINUMERAL, 2.A SPECTOS FINANCIEROS, l1E\/I 1,EL INTERESADO
NO CUMPLE CON LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LOSSI GUIENTES
ASPECTOS, SE sotlaTA SUBSANAR: 1 .EL CERTIFICADO DE LAJ UNTACE NTRAL DE CONTADORES -EL CERTIRCADO VIGENTE Y CON LA AC1UAUZACIÓN DEL REGISTRO EJ<PEDIDO POR
LAJ UNTA CENTRAL DE
CONTADORES DE CONTADOR QUEPREP ARA Y SUSCRIBE LOSE STADOS FlNANCEROS CON VIGENCIA NO SUPERIOR A NOVENTA {90D)ÍA S CALENDARIO ALMOMENT O DEL ClERRE DEL A
INVITAaÓN PÚBLICA 2.LCERTIFICAACI ON DEE STADOS FINAaEROS -NOCUENT A CONF ECHA .L AF ECHA DEBE SERI GUALO ANTEHlOR A LAREUN ION
DE LAASAMBLEA PARA LAAPROBA aON DEE STADOS FINANCIEROS -DEBERA INCLUlRE LN ITDE LAE NTIDAD -EL PIED EF IRMA DEBE CONTENER ELNUMERO DEDOCUMENT O CEDUlA DEL CONTADOR c) NO CUMPLE (SUBSANAR)-Evaluación técnica. 1 ,.,1-1■•1 •fi E ·X P fiE -fiR 1•1 1! •EA ·N 1 1 11 --•■1-1 . , 1 2.P ROPUESPTBA) AGOGlCA AQJEFDOCOJ LAE VALUACIÓRENA U2ADSEA I NFOFMA QUE LOS CONTRA TOS N7' 86• 2 7N2.OSE VALIDTAODRAOV NE OZUE LOS RELAOCNA
ENL AP ALTAFCFMA, SINEMABRGN'.JO AD.l.lNTAELCERTIFICADO
CCFIRESPOODIENTE, ADOQNAU.ENTE ELCO/TRA TOD EV GIEt>OA20 13.
505 35S1 80ll63253 BIA ESCCIA NECI S LON T AL AASDE IA l BEN-0:i RFA TEAE AANS DDE M OCIY SUBSANA EN UDElAMA XPU2019 DE T LlCREEN CONTRAEEN l>F EOISE TRIMRO lADUCAOAB....E TTR E OA v'OS1 NO□ OAD t.E A N SL EL SI AD05 NOE DMIDE TI . OSCARG INI EAL (T ENA I A M COITTRA 7E AJ OEE Nl NA AT )R DE FIEEL LN □A T O L A OSaA AXPE T ACE PAECR E AN' A L I J RI FE l A EE N N7 E0P N TE S SET D T4 ( L003 AO Y NI MT E7 3 ATDOS A TF AC FIIL )fil201 E E ARI A OF CfEN9 os9 RMIT CO CIC I E EO1 SD DE N1 E LOA O RE NCLJt,f>I...E1 AE AT LL FXPE ANC N N M OOSl A EAR' 1 PFEI DE T AT AA .LO A CE1 DE S O E XI ESPC S HO BE TN DM'.J O AE N AAA ca:!AE 5 E N TCL □ CEA LCIM.PSCN)I A lOS T O RCFE AND OE LADE SFTÉAE OS TNO PFEONA: NN I CNI APRIQL I S D TE FSC CCIMED T EE. EI IP EOS ORSI A N U N1 CA AG NA LT R TA J AR Vl . OOS ALL N CIA □ S □A A ONE OS O S N Sl.03SAN A VPED NJ AD E NFEEA L DA N USUBSANSEL LO..E I RG MEAR A TE ARDO IDOG R O IVI P0AI A EON SE 2DE 03-2019CICO PC L NTDCRAA FIE tCI ON AA N L S N ORAE N G; 39AEL QU (P OF L
. ASI -F A E ACTUALIMABF!G ERO 4 -ORME ZE BO REP 0A 4 •V AS NA UE C-DE 1 A DT T TS ·L PA:FUEACllJNT BE,L AAO ET T D1A ·R AO PE U A E 20Q.E EE A DD ·RA NI 2 S V , AA FaE PSTE 1TÍCU AAI RREPCJR GO .AL ANDO ) fiE TULO E SPUE O ENI A N N SG N Z ACT PLA TJSE IA LCClN L UA A AAP Cfil ID AO E R SP L ATOR T AA L\...NA E NA EA ADF AFCFMA L A LABDAAClRE T CNE OSI A PROPUE 0ASPE TT CCINTE PRE P SE SS NLC OSO fiMPLAOO REN NS:\O?I T R T D Q.I GT A E I EOJS UE SUUS MI V N T T TAAE E A D S
DEL AMANFESTDEA □IONNT EPES-PCflTlAON TDSEFIOFEREDNRT E SI
USTEDQ.JECONN TMAA SEXPEFIIENOAPCJJELE DAA CREDITART ENIENDO
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SI CUENTOAN OC ONUN GOBIECORRNOP ORATSIEVR OE.M IAT E
SUBSANACTIOÓDNVA E QZUE NOE STDAE BIDAMDEINLTIEG ENECLI ADO FORMTAO3 A.D ICIAOE NSATLUSO T EDSE lilALQAU EC UENCTOANU N SUBSANA R DE OG CUL tvlEA NM TE COIN O NT RTO REE SRND POET O R NDA IB YEJ E NSA LTAIO E ECN.M T OB AF A ORGN ROO M A AD CTJ OOU NL N E ATL SA
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TENGEANQJ ENTLAO C ONTEMPLEANLD AIO P0 03-20(19A CTUALIZADA]
TÍTUILAIOS PECTttOCSNI CONSU MER4A.L
15. Que, en concordancia con lo establecido en el cronograma del proceso, a los interesados se les dio traslado del informe de verificación preliminar durante el periodo comprendido entre el 19 al 21 de julio de 2021, con la finalidad de que presentaran sus observaciones y realizaran las subsanaciones y/o aclaraciones a que hubiere lugar.
16. Que, a través de la Adenda No. 003, publicada el 21 de julio de 2021, se modificó el NUMERAL 5, CRONOGRAMA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, DEL CAPÍTULO 1, INFORMACIÓN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, en el sentido de ampliar el término de traslado del informe preliminar de verificación, presentación de observaciones y de subsanaciones, hasta el día 23 de julio de 2021, con el fin de que los interesados contaran con mayor tiempo para efectuar subsanaciones de los requisitos exigidos por el Comité Verificador.
17. Que, a través de la Adenda No. 004, publicada el 22 de julio de 2021, se modificó el NUMERAL 5, CRONOGRAMA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, DEL CAPÍTULO 1, INFORMACIÓN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, en el sentido de ampliar el término de traslado del informe preliminar de verificación, presentación de observaciones
y de subsanaciones, hasta el 26 de julio de 2021, teniendo en cuenta que la Entidad consideró pertinente _ Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630
f; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección de General FAMILIAR publicar nuevamente el Informe Preliminar de Evaluación Financiero teniendo en cuenta que evidenció errores de digitación en la razón social de algunos proponentes.
18. Que, a través de la Adenda No. 005, publicada el 27 de julio de 2021, se modificó el término de traslado del informe preliminar de verificación, presentación de observaciones y de subsanaciones, y las etapas subsiguientes, contenidas en el numeral 5 del capítulo I de la IP-003-2019 (Actualización 2021), para 158 interesados descritos en el considerando de la Adenda No 51.
19. Que, dentro del término de traslado de la evaluación preliminar y plazo para subsanar, y a través de la • plataforma SIPN BNOPI, del Banco Nacional de Oferentes, dispuesta en la página web del ICBF, el interesado aportó el 21 de julio de 2021 documentos, con el fin de cumplir las exigencias para la actualización · del Banco nacional de Oferentes de Primera Infancia IP-003-2019 (2021).
20. Que, mediante Adenda No. 006, publicada el 6 de agosto de 2021 y Adenda No. 007, publicada el 9 de agosto de 2021 se modificaron las fechas de PUBLICACIÓN DEL INFORME DE VERIFICACIÓN
DEFINITIVO, RESPUESTA A OBSERVACIONES al 11 de agosto de 2021 y la fecha de PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO MEDIANTE EL CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES, al 13 de agosto de 2021 contenidas en el numeral 5 del capítulo I de la IP-003-2019 (Actualización 2021), con el fin de analizar y consolidar las respuestas a las observaciones presentadas y emitir el informe de evaluación definitivo. Lo anterior en cumplimiento de los principios de la contratación pública.
21. Que el día 11 de agosto de 2021, se efectuó la publicación del INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN JURÍDICA, - INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA - INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN FINANCIERACONSOLIDADO FINAL Y RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FRENTE A CADA COMPONENTE documentos expedidos por el comité verificador de la IP-003-2019 (2021).
22. Que en el informe de verificación definitivo el interesado, resultó NO HABILITADO para actualizar el Banco Nacional de Oferentes, de conformidad con la siguiente evaluación:
Banco Nacional de
INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO CONSOLIDADO 2f2rfints fi
ACTUALIZAICNIVÓINT APCÚIBÓLNI CA
IP-003B-N2O0P1I9
ASOCIACIDOEN HOGARDEES 1367 3561 NUEVA BIENESSANT AR8 00063N2O5C3 U MPLE NOC UMPLE CUMPLE NOC UMFLE NOA PLICA
FERNANYDLA O
LIBERTAD
23. Que, de conformidad con la evaluación definitiva, en los aspectos Jurídico y Financiero, se indicó que la
manifestación de interés NO CUMPLE con los siguientes requisitos: a) • NO CUMPLE -Evaluación Jurídica. 1 Lo anterior, teniendo en cuenta que la Entidad publicó nuevamente el Informe Preliminar de Evaluación Financiero, por cuanto el comité verificador financiero procedió a evaluar los estados financieros aportados por 158 interesados que no fueron objeto de verificación inicial, dado que los oferentes contaban con Registro Único de Proponentes "CANCELADO Y NO RENOVADO". Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras ¡;i ""'. Elf uturo -:f ·t ?;? ,fi ((, isüI t;i llQM iem«i -·\ a; '"-.fi : ·f Subdirección de General "'fi" es de todos zl!'.c\fi fifi11 .!' B FAIEN MESr ILIAAR R ,.,,,\tt = fie ,tr J:.:/4fitfi,#0fi Yt'-
3)C ERTIFICADOD E EXISETNCIAY REPRESENTACIÓNL EGALO DOCUMENTO
EQUIAVLENTE
ESTADO OBSERVACION
ELI NTERESADNOO SUBSANÓ EN DEBIDAF ORIVIA DENTRO DEL TÉRMINOD E TRASLADO DELI NFORMED E EVALUACIÓNP RELIIMNAR Y POR TANTO SE ENCUENTRA INMERSOD ENTRO DE LA CAUSALD E
NO CUMPLE RECHAZO ESTABLECIDEAN ELL ITERABL DELN UMERAL 1 DEL
CAPITULOI IDIE LA IP-0023021-9
3_1 )A UTORIZACIÓNP ARA COMPROMETERA LA PERSONAJ URÍDICAC, UANDO A
ELLOH UBIERE LUGAR
ESTADO OBSERVACION
ELI NTERESADNO O SUBSANÓ EN DEBIDAF ORMA DENTRO DEL TÉRMINOD E TRASL.ÁDO DELI NFOREM DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y POR TANTO SE ENCUENTRA INMERSOD ENTRO DE LA CAUSALD E NO CUMPLE RECHAZO ESTABLECIDAE N ELL ITREAL B DELN UMERAL 1 DEL
CAPÍTULOI IDIE LA IP-00321-92 0
3.-11)E STATUTOSY MODIFICCAIONES CON ELA CTA DE ASAMBLEA DONDES E
HAYAN APROBADO,L AC UAL DEBERÁ ESTAR DEBIDAMENTEF IRMADA
ESTADO OBSERVACION
ELI NTERESADNO O SUBSANÓ EN DEBDIA FORMA DENTRO DEL TÉRMINOD ET RASLADO DELI NFOREM DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y POR TANTO SE ENCUENTRA INMERSOD ENTRO DE LA CAUSALD E NO CUMPLE RECHAZO ESTABLECIDEA N ELL ITREAL B DELN UMERAL 1 DEL CAPÍTULOI IDIE LA IP-00321-920 4) DOCUMENTO QUE ACREDITE ENCONTRARSE AL DÍA EN EL PAGO DE
ESTADO OBSERVACION
ELI NTERESADO NO SUBSANÓE N DEBIDA FORI\N\ DENTRO DEL TÉRMINO DE TRASLADO DELI NFORME DE EVALUACIÓNP RELIMINAR Y POR TANTO SE ENCUENTRA INMERSO DENTRO DE LA CAUSALD E
NO CUMPEL RECHAZ O ESTABLECIDA EN ELL ITERALB DELN UMERAL1 D EL
CAPÍTOU LIII DE LA IP-0023021-9
b) NO CUMPLE -Evaluación Financiera. CUMPILEIrMDfEfFOI NITNO OBSEARCVIFOINN AL MED!'INDTOEC UNMETAICÓANL LEOOEALD ÍA 2-1jATu RlA VDÉESSL I STSEIMABP NAO EPLII N TERENSOSA UDBOS LAAT NAO TALDIELAD AD DOCUMENTRAECQIUÓENER NLAI EDVAA LIÓUNAP CRELIMTIENNAIREE NNCD UOE NLATSSA I GUIOEBNSTEECRSIOV NAES: 1E.LO F ERENNOST UEB SAENLCO E RTIFALI OCESADS OT ADFOISNAN CIESROOLSI ClfEANLAD EOTSA PPRAE LILMIONAA RN,TE REISDO ER ACUERALAD IONV lIfOACPNU BLEICNSA UT rrUILASIOPI E CTFOISNAN CIENRUOMSE 1RV ALE RIFICFAICNAINOCNI ERA
2E.L O FERENNOST UEB SLAONESOS TATSUOTLOISC lEfNLAAD EOTSAP PAR ELILMOINAAN RT,E RIEOSDR EA CUERALD AION VIlOfNAC
NOC UMPLE
PUBLEICNSA UT rrUILAIOSI P ECFTIONANSC IENRUOMSE 1RV ALE RIFIFCIANANCCIIOENR A
3E.LO FERENNOST UEB SEALNAC OT AD EAS AMBLEENLAA E TAPPRAE LlvlLlONARAN ,T ERIEOSDR EA CUERADLA O I NVIlOfPNAU CBLEINC A
SUT rrLIILAIOSI P ECFTIONASN CIENRUOMSE 1RV ALE RIFICFACIINANOCNI ERA POLRO A NTERSIEEO NRC UEINNTMERRADS EON TDRELAO C AUSDALER ECHAZEOS TABLEECNEI LLD lAf EBDR EALNL U ME1RD AELL
CAPírUILDIOELA H'-0032-2019
24. Que el día 13 de agosto de 2021, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 5045 de 2021, "POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019", con 485 entidades habilitadas en los componentes jurídico, técnico y financiero y 981 entidades habilitadas que actualizaron su información financiera y vigencia de las personerías jurídicas, de acuerdo con el listado contenido en el Anexo 1 del acto administrativo citado, la cual fue debidamente publicada en el portal SECOP I y en la plataforma SIPA BNOPI.
Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Cecilia De la Fuente de Lleras Subdirección de General
BIENESTAR
FAMILIAR
25Q.ue de conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Resolución No. 5045 de 2021 expedida por el ICBF, procede solo el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del acto administrativo. 26Q.ue mediante radicado No. R-2-42500y2R 1234-52210de, fe cha 26 de agosto de 2021, el interesado envía mensaje y allega documentación a través de la plataforma SIPA BNOPI.
11. REQUISITS ODE PROECDIBILIDAD
1. De conformidad con lo establecido en los artículos 74 , 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo yd e lo Contencioso Administrativo, los recursos proceden contra los siguientes actos administrativos, ante los siguientes funcionarios yde ntro de los siguientes términos: "Art7í4cR.uel cou rscoosn tlroaasc taodsm iantiisvPtorosrr.e gglean aelcr,o rnatl oasc tos
definpirotcievdoelsro sásin g nutierecesu rsos: 1E.l d er eopsicainótqneu, i eexnp ildadi eóc ipsairqóaunl eaa clamroed,ifi qaudei,nc eoi roeovque. 2E.ld ea pelapcairaóann te,eil n medsiuapteoar dimoirn iso tfnurcaitoicnvoaeonml l i smporoó psito. Noh abarpáe ladceli aódsne ciiosndeels o msi nisdtirocrste,o dreeD se partamAednmitisontt irvao,
supetreinndeynr teeepssre ntlaengtaedlsele ases n tiddaedsecrsea n/tiznaidd ela osds i crteoure s ogranissmuopse ridoelr eoóssrg ancoosn stniatluaecusit oónomos. Tampocsoe raápne laabqlueesdll eacsi esspi rooenfridapsol ro rspe ersentlaengtaeylsj e esf es superdieol raeesnis td adyoe rsg anidsenmlio vtsee lr ritorial.
3. Eld eq ujeac,u ansed roe chealdc eae p elóanc.i Elrce ursdoeq ueejs faca ultyap toidvironá pt oenredrsiecr teameanntteeesl u pedreiflouc rni onario qudei cltdaóe cimseidóina,en cstreiat lqo u dee bearcáo maprascñeo pdiela ap rovideqnuhceai yaa negaedrloce urso.
Dee stree cusre psodor háa cuesrdo e ntdroel ocsi n(c5od) í asgsiu ieanl tane ost ificdaelc ai ón decnis.i ó Reciebelis dcori etslou ,p eorirdoeran rián mieadmteanltaree midseielóxen p dieynd teec,il dqoiu reá sea decla so. (.. .) Artíc7u6lO.opo truniyd apder senótnaL.co isr ceursdoesr eopsicyi óanp eladceibóenr án inptoenrseepr oers crietnlo ad iligendceni oat ificpaecriasóloo,nnd entdrelo o dsi e(z1) d0 ías
signutieaees l lo aal ,an otificapocariv óinos a olv, e ncimdietelén rtomod i epn ublinc,sa ecgieúóln casLoo.rs ce ursocsot nrlao asct opsr esupnotdorisán nt erpsoeen nce uralqtuiieemsrpa ol,ev neo l evenetnqo u see hayaac udaindteojel u ez. Lorse cusrse opsre sentaanrteáefln u c nionqaurdeii ocl tadó e cni,ssi aóllvodo i usepsptaore ald e qujeay,s iq uifeeunr ceo mpetneoqn uties rieecrlieob psiod rrápnr esenatnaterelps roec audror regniaoola nteelp esronemrou incippaarlqa,u oer ndeer ecibyit arlrmoitsa reli omsop,n glaa s sancicoonrreess ponsdiaie elnhltuoeb sil,eu rgea r. Elr eucrsdoea pelapcodiróiánn ptoenrseedr icrteameonc toem,so u bisairddieodl e r eposyi ción cuanpdrooc esdearo áb ltiogripaoa raac ceadl ejaru risódni.c ci Lorse cudresro eosps icydi eóq nuj ean os eroábnla itgorios. (... ) Artíc7u7lR.oe qiusitPoosrr.e gglean elrorascel u rsse oisn terppoonerds rcárqnitu noeo r equdiee re persentpaecrinsóaosnliq uileopne r senhtasa i droce onoceinl daao c tuna.Ic giuóalmpeodnrtáen,
persentpaomrsree d ieolse ctrónicos. Lorse cudresboesrr ueánnia r,d emláosss,i gnutiereesq uisitos: 1I.n ptoeenrrsdee ndterplol alzeogp aoler,il n teroes sura edeposr entoaa nptodee dreabdaiomd ente constituido. 2. Sustenctoaenrpx sree scioónnc dreel tomaso tidveio nsc onformidad.
3. Soliyca itpaorrtl aaprsr ueqbuasesep ertenhdaecv earl er. 4.I ndieclna orm byrl ead icrceidóenrl e ceunrtraes,cí o mload icrceieólne ctrsiód neiscseaea r noitficpadoeors tmee dio.
Sólo loasb ogaedneo ejsr cpiocidors áeanrp oderSai edlroce su.rr eonbtrceao maog enotfiec ioso, debearcár edliact aalrid deaa bdo gaedneo ej rciycp iroe,sl taca aru cqiuósene l es eñaplaaer garanqtuilezpa ae srron ap oqru ioebnrr aa tifsiuac catruáad ceinódtnert olé rmidnedo o (s2 m)es es. Si noh arya ftiicasec hiaórenáf ecltaci avuac yis eó anr icvhaerelápx edi.e nte Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX43:7 7630 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (f; Cecilia De la Fuente de Lleras BIENESTAR Subdirección de General FAMILIAR Parealt rámdiertlee c uerlrse oc urrneoen stteeá nl ao bligadcepi aógnla asr u mqau eela cto reculrreei xdijoCa o.tn o dpoo,dp raág laqor u rece onodceeb" e r.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los recursos pueden ser objeto de rechazo por lo siguiente: "rtAíc7u8lRo.e chdaezrloe csuoSr.ie elcs rictoeoncl usaelf ourmlearl e csuonr os ep resenta colno rse quipsrietvoiessn lt oonssu maelre1s,2 y 4 d ealrt ícaunltioeo errl,fn uciioon ar competdeenbtererce áh azaCrloorna.te lr echdaezrloe csuodr ea peilóapncro cdeereáld e qujae".
3. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, dando cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 56-modificado por el artículo 10 de la Ley 2080 de 2021-, 66 y 67 de la Ley 1437 de 2011, artículo 4 del decreto 491 de 2020, y en concordancia con la autorización emitida por las Entidades que presentaron manifestación de interés en los FORMATOS 1A y 18; el día 17 de agosto de 2021 a través de correo
electrónico, se procedió a realizar la NOTIFICACIÓN PERSONAL de la RESOLUCIÓN No 5045 DEL 13 DE
AGOSTO DE 2021.
4. Que conforme con las normas previamente citadas, se verificó que el día 26 de agosto de 2021, el interesado No. 3561, envió mensajes con radicados No. R-2450-2021 y R-2453-2021, a través de la plataforma de SIPA BNOPI bajo el usuario ASOCIACION DE HOGARES DE BIENESTAR SAN FERNANDO Y LA LIBERTAD, sin adjuntar documento alguno que hiciera referencia a impugnar la decisión tomada en la Resolución No 5045 del 13 DE AGOSTO DE 2021 y sus anexos para que se evaluara y se replanteen la decisión, así:
RADICARD-O25 40-2021
RADICADRO453-22021
Rl>sum,,nda!Rscl!ISI:>------------------------- fi H..dlr..:idnHcalC'l-1) Como se evidencia en la imagen que antecede, el interesado ASOCIACION DE HOGARES DE BIENESTAR SAN FERNANDO Y LA LIBERTAD, no adjuntó documento alguno que estuviera debidamente suscrito por el 8 Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630 f; IsntitCuotlobo imadneoB ineestFaarima lri "}7-,:; \hf fi , 2 { :: Cecilia De la Fuente de Lleras }J' , El futuro ,,,fibbfi, ,,i '.fi
SubdierccidóeGn e neral '11$,)¡/¡, esd et odofis' ªfifiml)I;,¡¡¡;, BIENESTAR :fi ' :J:'."!x: fifi;:fi:¡i} \S fi;f;. FAMILIAR representante legal donde indicará los motivos de inconformidad en contra de la Resolución No 5045 del 13 de agosto de 2021.
5. Que al no haber evidencia del ejercicio del recurso de reposición, nos es posible corroborar el cumplimiento de los requisitos básicos como el límite temporal o las razones de hecho y derecho que dieron origen a la imposición de este.
6. En consecuencia, se observa que el mensaje enviado a través de la plataforma SIPA BNOPI NO CUMPLE
con el requisito No 2 del artículo 77 de la Ley 1437 de 2011, y por lo tanto el mismo será RECHAZADO, de conformidad con lo establece el artículo 78 ibidem. 111A.N ÁILSDIESIL C BF Una de las causales de rechazo de los recursos consagrada en el artículo 78 de la Ley 1437 de 2011, es no cumplir con el numeral segundo del artículo 77 de la mencionada ley, el cual establece "Los recursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos: 2. Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad" En este orden de ideas el recurrente, no expresó tener algún desacuerdo frente a la Resolución No 5045 del 13 de agosto de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 5045 DEL 13 DE AGOSTO DE 2021, "POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL BANCO
NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019" sino que, por el contrario, lo que solicita a la
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