ICBF - resolucion 637 de 2016 por la cual se actualiza el anexo 1 del manual de contratacion
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Detalles
- Título
- ICBF - resolucion 637 de 2016 por la cual se actualiza el anexo 1 del manual de contratacion
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2016
Repúnica de Coloma Instituto Colombiano de Bienestar Familiar AS Dirección General RESOLUCIÓN No. —(63'7 90 ENE 2016 Re ds eo ll P u Io c nr i s tó inl ta u tc N ou o a ,l C o1s le 1 o 0 m0a b c it d au e na ll oi z 10a d ed e el B iA m en a ne r ex z so o t ard1 e FD ae 2 ml 0 ie 1 lg 5 ia ac ri “ Pó yo n r s el O a r dd c ee u ran ola g c as i eó ln ea d Rod epe s l oa lG uas celt i o óM na e ns Nut oa .a l b l 3e d 1c e 4i 6d C a o dn ee t n r a 2t 0la a 1 c 4i "ó n LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el articulo 211 de la Constitución Política de Colombia, Ley 72 de 1979, Ley 80 de 1 993, Ley 1150 de 2007, Ley 489 de 1998, Ley 1474 de 2011 Y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política ordena que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y que se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. eQ su te a blla e
cia dc oti vi Ld ea yd 7?c on dt e ra 1c 9t 7u 9a ,l d loe sl ai rn ts it ci utu lt oo s 2C .o 4l .o 3.m 2b .i 1 an y o Sid ge u ieB ni te en se s dt ea lr DeFa cm ri el ti oa r 10d 8e 4b e de re 2g 0i 1r 5s ,e lp ao r L eylo 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011. el Decreto 1082 de 2015 y demás disposiciones que regulan el Régimen General de Contratación Pública y el Régimen Especial de Aporte. Que teniendo en cuenta lo contemplado en el articulo 160 del Decreto 1510 de 2013 “todas fas Entidades. Estatales deben contar con un manual de contratación el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente”, el ICBF mediante Resolución No. 1109 def 10 de marzo de 2015, publicada en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2015, la Directora General del ICBF adoptó el Manual de Contratación de la Entidad. Que a través de la Resolución No. 1313 del 19 de marzo de 2015, publicada en el Diario Oficia! el 24 de marzo de 2015, se modificó lo dispuesto en el numeral 4.3 Regimen de TransiciónRégimen de Aporte de dicho Manual. Que mediante Resolución No, 5460 del 31 de julio de 2015, publicada en el Diario Oficial el 3 de agosto de 2015, se modificaron varios apartes del Manual de Contratación del ICBF, entre otros,
el numeral 4.1.4 VIGENCIA DEL BANCO NACIONAL DE OFERENTES DEL ICBF, aclarando que el término de la habilitación es sin perjuicio de lo previsto en la Resolución 3899 de 2010. Que mediante Resolución No. 7172 del 18 de septiembre de 2015, publicada en el Diario Oficial, se modificaron varios apartes del Manual de Contratación del ICBF, entre otros, el numeral 4.1.4 y algunas disposiciones relativas al BANCO NACIONAL DE OFEREN TES DEL ICBF. Que en lo que respecta a las delegaciones para ordenar el gasto se estableció como referente los rubros referidos en el Decreto de Liquidación del presupuesto para la vigencia 2015, toda vez que mediante Decreto 2550 del 30 de diciembre de 2015, se liquidó el presupuesto general de pe Pagina 1 de 2 TEA República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar FAMILIAR Dirección General RESOLUCIÓN No. 0637 20 Ez 00 Por la cual se actualiza el Anexo 1 Delegación Ordenación de Gasto establecido en la Resolución No. 1100 del 10 de marzo de 2015 “Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se deroga la Resolución No. 3146 de 2014" la Nación para la vigencia 2016, lo cual implicó la modificación de algunos identificadores presupuestales, se hace necesario actualizar el anexo referido y definir lo que respecta a lo tontratos suscritos con cargo al presupuesto 2015, en cuanto a tas facultades de los ordenadores de gasto.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Actualizar el Anexo No. 1 de la Resolución No. 1100 del 10 de marzo 2015, denominado “DELEGACIÓN ORDENACIÓN DE GASTO", el cual se adopta en documento adjunto, que hace parte integral del presente acto administrativo. PARÁGRAFO.- En caso que fruto de la desagregación del presupuesto vigencia 2018 dejen de existir rubros presupuestales previstos en la vigencia 2015, en la Sede de la Dirección General la facultad para suscribir los actos contractuales y pos contractuales que afectaban rubros del presupuesto vigencia 2015, continuará en cabeza del (la) Subdirector (a) General, cuando el objeto del contrato o convenio verse sobre asuntos de su competencia y de las dependencias misionales, de la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar familiar y sus subdirecciones; en igual sentido, continuará dicha facultad respecto del (la) Secretario(a) General, cuando el objeto del contrate o convenio verse sobre asuntos de su competencia, de las dependencias a su cargo, de las áreas de soporte y de las Oficinas que dependen de la Dirección General. ARTÍCULO SEGUNDO.. Las demás disposiciones de la Resotución No. 1100 del 10 de marzo de 2015 que no fueron modificadas por el presente acto administrativo continúan vigentes,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., alos 9 0 NE 2018 Corollecalilelres CRISTINA PLAZAS MICHELSEN,- Directora General Qe ¿ Abrebó; Sandra Lilana Roys Blanco - Secretaria General /Luz Karime Fernández Castillo — Jefe Oficina Asesora Juridica
F «Revisó: Mara Alexandra Lugo, César Augusto Mejía — Oficina Asesora Juridica > 7 A élaboró Paula Johanna Rulz Cuintana - Asesora — Secretaria General / Jesus Leonardo Salazar Sanchez — Secrelarla Gene: Página 2 de 2 a : es
-- TFULO
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