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ICBF - Resolución 6381 de 2025

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Detalles

Título
ICBF - Resolución 6381 de 2025
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2025

Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de Lleras. . , ADirección General BIENESTARPUBLICA FAMILIAR RESOLUCIÓN No. 6381 27 OCT 2025 “Por la cual se establece el Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar (ICBF) y se derogan las resoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTARFAMILIAR (ICBF) CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias y, en particular de las que le confierenel literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, elliteral a) del artículo 28 del Acuerdo 102 de 1979, aprobado por el Decreto 334 de1980, el artículo 43 del Decreto 987 de 2012 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa estáal servicio de los intereses generales y que esta debe desarrollarse con fundamento enlos principios de igualdad, moralidad, eficiencia, eficacia, economía, celeridad,imparcialidad y publicidad. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF es un establecimiento públicodescentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio,creado mediante la Ley 75 de 1968, reorganizado según la Ley 7 de 1979, reglamentadopor el Decreto 2388 de 1979 y compilado en el Decreto 1084 de 2015 y, adscrito alMinisterio de Igualdad y Equidad conforme el artículo 1 del Decreto 1074 de 2023,

Que en el ejercicio de ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el ICBFtrabaja por la protección de niños, niñas y adolescentes y el fortalecimiento de lasfamilias, atendiendo la coordinación y articulación de las actividades específicas de susórganos y dependencias. Que además de las contempladas en la Ley 78 de 1979 y en el Decreto 2388 de 1979,el literal a) del artículo 28 del Acuerdo 102 de 1979, aprobado por el Decreto 334 de1980, señala como función de la directora general del ICBF: "a) Dirigir, coordinar yvigilar el desarrollo de los programas del Instituto y las actividades de su personal". Que el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 establece que "(...) A más de las que les señalenlas leyes y reglamentos correspondientes, los representantes legales de losestablecimientos públicos cumplirán todas aquellas funciones que se relacionen con laorganización y funcionamiento, con el ejercicio de la autonomía administrativa y larepresentación legal, que no se hallen expresamente atribuidas a otra autoridad”. Que en el marco de los principios que orientan la función administrativa, se creó yreglamentó el funcionamiento del Comité Coordinador mediante la Resolución 6506 de2023, como instancia de participación, planeación, organización, coordinación,autoevaluación y seguimiento del equipo directivo. Que mediante la Resolución 4208 del 13 de septiembre de 2024 se modificó laResolución 6506 de 2023, precisando algunas funciones del comité coordinador, para

www,icbf.gov.co@ichicolombiaaficial EN escsrcolombia [A esctfcolombiaoticias ICBFColombiats LS| Sede de la Dirección General Linea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64c—75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá ColombiaInstituto Colombiano de Bienestar FamiliarCecilia De la Fuente de Lleras :Dirección General BIENESTARPUBLICA FAMILIAR ResoLucióN No. 6381 27 OCT 2025 "Por la cual se establece el Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar (ICBF) y se derogan las resoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024” que esta instancia defina y oriente la unificación de criterios entorno a la misióninstitucional y garantice su debida publicidad en todas las dependencias y direccionesregionales del pais. Asimismo, se estableció lo atinente al quórum deliberatorio ydecisorio, sesiones presenciales y virtuales, entre otros aspectos para su funcionamientoy con miras a garantizar su eficacia, Que con el fin de: i) establecer los servidores públicos que integran el comitécoordinador permanente y ampliado; ii) realizar algunas precisiones en las funciones deeste; iii) unificar en un solo acto administrativo la reglamentación de esta instancia yiv) evitar la proliferación normativa al interior de la entidad y propender por la seguridadjurídica, se hace necesario expedir un nuevo acto administrativo y derogar lasresoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO 1°, Establecer el Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar -ICBFcomo instancia de participación, planeación, organización, coordinación,autoevaluación y seguimiento de la gestión de la Entidad.

ARTÍCULO 2°. OBJETO. El Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar tiene por objeto planear, definir, coordinar las prioridades y líneas de acción dela entidad, así como hacer seguimiento a los compromisos que de allí se deriven yadoptar las decisiones necesarias para el adecuado cumplimiento de la misióninstitucional. ARTÍCULO 3%. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ COORDINADOR. El ComitéCoordinador del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será presidido por laDirectora General y estará integrado por los siguientes funcionarlos, quienes seránmiembros permanentes y tendrán voz y voto: 1, Director (a) General o su designado quien en todo caso será del nivel directivo oasesor, y lo presidirá;

2. Subdirector (a) General;

3. Secretario (a) General;

4. Director (a) de Planeación y Control de Gestión;

5. Director (a) del Sistema Nacional de Bienestar Familiar;

6. Director (a) Financiero;

www.icbf.gov.co(© oicotcoombiaaficias ES aicercotambia [ 5 @ichicolombianficial EB cercotombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64c— 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá ColombiaCecilia De la Fuente de Lleras 4Dirección General BIENES)PÚBLICA FAMILIAR

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar iS RESOLUCION No. 8381 2/ 001 2025 “Por la cual se establece el Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar (ICBF) y se derogan las resoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024”

7. Jefe de Oficina Asesora Jurídica;

8. Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones;

9. Jefe de Oficina de Gestión Regional;

10. Un asesor de Despacho designado por la presidencia del Comité.

PARÁGRAFO. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ COORDINADOR AMPLIADO. Ademásde los precitados integrantes, cuando el (la) Director (a) General lo determine, el ComitéCoordinador podrá estar integrado por alguno (s) o los siguientes funcionarios, quienespara las sesiones que se convoquen tendrán voz y voto:

1. Director (a) de Nutrición, Protección, Infancia, Primera Infancia, Adolescencia yJuventud; Familias y Comunidades; Servicios y Atención y sus respectivossubdirectores.

2. Director (a) de Gestión Humana, Financiera, Contratación, Abastecimiento,Administrativa, de Información y Tecnología y sus respectivos subdirectores,

3. Jefe de Oficina de Cooperación y Convenios, Jefe de Oficina de Control InternoDisciplinario, Jefe de Oficina de Aseguramiento a la Calidad.

4. Directores Regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-.

ARTÍCULO 4°, FUNCIONES DEL COMITÉ COORDINADOR. El Comité Coordinadordel Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tendrá las siguientes funciones:

1. Servir de instancia de coordinación y autoevaluación de la gestión, con el fin de definirlas prioridades estratégicas y las líneas de acción de la entidad.

2. Solicitar los informes que considere necesarios a las distintas áreas misionales o de apoyo.

3. Analizar y definir soluciones a las distintas circunstancias que puedan afectar el quehacer misional del ICBF, contingencias y demás situaciones que se presenten en laentidad, en el marco de las funciones a su cargo. 4, Articular y coordinar las acciones que deban realizar las dependencias para eladecuado cumplimiento de la misión institucional.

5. Aprobar los asuntos que por su naturaleza deban ser presentados y sometidos aconsideración de esta instancia,

6. Verificar y hacer seguimiento a los compromisos y tareas asignadas a los integrantesen cada sesión.

www. icbf.gov.co(EJ oicotcolombiaoficias E excsrcolombia [E oxcutcotombiaoricial E corcoiombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64¢— 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá ColombiaCecilia De la Fuente de LlerasDirección General BIEN!PÚBLICA PELAS Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ($ ,“a” RESOLUCIÓN No. 638L 27 (ICT 2095“Por la cual se establece el Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar (ICBF) y se derogan las resoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024”

7. Verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas en esta instancia.

ARTÍCULO 5%. SESIONES Y QUÓRUM. El Comité Coordinador del InstitutoColombiano de Bienestar Familiar se reunirá de manera ordinaria por lo menos una vezal mes y, de manera extraordinaria, cuantas veces sea necesario, previa convocatoriade la Secretaría Técnica, en el lugar que para el efecto se disponga. El Comité sesionará válidamente con la presencia o participación de la mitad más unode sus miembros con derecho a voto, según el caso de la convocatoria. Serán válidas las decisiones que se tomen con la mitad más uno de los votos favorablesde los miembros del Comité. En caso de empate, el presidente de la sesión tendrá votopreferente, PARÁGRAFO 1°. Las sesiones del Comité de desarrollaran bajo las siguientesmodalidades: 1.Presencial, Encuentros físicos en el lugar designado por la entidad, con laparticipación directa de los integrantes del comité. 2.Virtual Sincrónica. Reuniones en línea realizadas en tiempo real, con intervenciónsimultanea de los asistentes a través de la aplicación o plataforma virtual dispuesta porla entidad.

3. Virtual Asincrónica mediante voto electrónico, Sesiones no simultaneas que sedesarrollan mediante la emisión del voto por correo electrónico, dentro del horarioestablecido por la secretarfa del comité, conforme a las instrucciones impartidas paratal fin. 4.Mixta. Previa autorización de la Dirección General, las sesiones podrán realizarse demanera combinada, permitiendo la participación tanto presencial como virtual sincrónicade los integrantes del comité.

PARÁGRAFO 2°, De acuerdo con las temáticas a tratar en cada sesión, podrán asistiren calidad de invitados los servidores públicos, colaboradores y demás personas que seestime pertinente. Estos tendrán voz, pero no voto, ARTÍCULO 6°. SECRETARÍA TECNICA. La Secretaría Técnica del Comité Coordinadorserá ejercida por un designado de la Directora General. La Secretaría Técnica seencargará de convocar y citar a integrantes e invitados, elaborar el orden del día, llevarel control de asistencia y elaborar las actas de cada sesión. PARÁGRAFO, Las actas del Comité Coordinador deberán suscribirse por: (i) Director(a) General o su designado; (ii) Subdirector (a) General; (iii) Secretario (a) General y www.ichf.gov.co(5) eicbtcotombiaaticiat EA aicercotombia [EJ aicoteo cial E cercolombia Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64c~ 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá ColombiaCecilia De la Fuente de LlerasDirección GeneralPUBLICA PAMICIAR RESOLUCIÓN No. 6381 27 001 2025“Por la cual se establece el Comité Coordinador del Instituto Colombiano de BienestarFamiliar (ICBF) y se derogan las resoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024” Instituto Colombiano de Bienestar Familiar $ (iv) Funcionario (a) que ejerza la secretaría técnica de esta instancia.ARTÍCULO 7°, VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de suexpedición y deroga las resoluciones 6506 de 2023 y 4208 de 2024,

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C, a los 2 7 act 2095

DAS laboli Dried cherye: ELIANA CÁCERES CÁRDENAS Directora General ROL NOMBRE CARGO FIRMAAprobó |Dlana Parra Cardona ¡Secretaria GeneralAprobó_ Posé Miguel Rueda Vásquez Hefe Oficina Asesora Juridica alRevisó _ [Diana Carolina Baloy ¡Asesora Dirección General wtRevisó [Laura Carolina Cortés Téllez [Contratista Dirección General YRevisó _ [Amalin Ariza Mahuad [Contratista Secretaría General (ayRevisó ictor Manuel Mendez Ospina [Contratista - GAJ - OAJ EProyectó [Nathaly Torres Torres ¡Contratista ~ GA} - OA] oh wo

7iw www.icbf.gov.coElchfcolombraoficial Ed excstcolombia [A oicttcolombiaoticiat EB cercoomtiaSede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBFAvenida carrera 68 No.64c — 75 01 8000 91 8080PBX: (601) 437 7630 - Bogotá Colombia

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