ICBF - Resolución 7070 de 2017
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 7070 de 2017
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2017
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Índice RESOLUCION 7070 DE 2017
(agosto 16) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR <NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Por la cual se reorganiza el Sistema Integrado de Gestión y se dictan otras disposiciones. Resumen de Notas de Vigencia LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS – ICBF En uso de sus facultades legales y estatutarias señaladas en el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el artículo 4 de la Ley 87 de 1993, el artículo 4 del Decreto 1826 de 1994, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y
CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 209 establece que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno, el cual se ejercerá en los términos que señale la ley y así mismo, en su artículo 269 impone a las autoridades de las entidades públicas la obligación de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno.
Que por su parte, la Ley No. 872 de 2003, en su artículo 1o, creó el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios. Que el artículo 2.2.22.3, literal d) del Decreto 1083 de 2015 en el cual se adoptan las políticas de desarrollo administrativo adopta la política de eficiencia administrativa, incluyendo entre sus orientaciones, la gestión de tecnologías de información. Así mismo, se entiende que su modelo de gestión define la necesidad de contar con un Sistema de Seguridad de la Información. Que el Decreto 1072 de 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo en su capítulo 6 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo define las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo,
las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. Que mediante la Resolución No. 4964 de 2012 expedida por la Dirección General del ICBF, se estructuró el Comité de Coordinación del Sistema Integrado de Gestión y se dictaron otras disposiciones, derogando las Resoluciones Nos. 5620 de 2009 y 3095 de 2010, las cuales regulaban anteriormente esta materia. Que el ICBF viene en un proceso de sostenibilidad y mejoramiento continuo de su Sistema Integrado de Gestión, conformado por los siguientes ejes: Calidad con base en las Normas NTC GP1000:2009 y NTC ISO 9001:2015; Ambiental con base en la Norma NTC ISO 14001:2015; Seguridad y Salud en el Trabajo con base en la NTC OHSAS 18001:2007; Seguridad de la Información con base en la Norma ISO 27001:2013 y demás normas que las reemplacen o sustituyan. Que mediante la Resolución No. 268 de 2015 se reorganizó el Sistema Integrado de Gestión, se dictaron otras disposiciones y se derogaron unas resoluciones. Que mediante la Resolución No. 10232 de 2015 se reorganizó el Sistema Integrado de Gestión y se dictaron otras disposiciones. Que mediante la Resolución 8080 del 11 de agosto de 2016 se aprobó el Manual del Sistema integrado de Gestión y se adoptó el nuevo modelo de operación por procesos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras ICBF. Que en virtud de la actualización de las normas ISO 9001 y 1400:2015 se hace necesario ajustar la normativa
que reglamenta el Sistema Integrado de Gestión en el ICBF frente a los roles y responsabilidades de los actores que inciden directamente en la implementación y sostenibilidad del mismo con el fin de fortalecer el enfoque por procesos, articulación de los ejes para mejorar los resultados de la gestión institucional Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
TITULO I.
ASPECTOS GENERALES.
CAPITULO I.
DEFINICION, OBJETO Y AMBITO DE LA APLICACION.
ARTÍCULO 1o. DEFINICIÓN. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El Sistema Integrado de Gestión - SIGE del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF es una herramienta gerencial la cual tiene el propósito de promover y facilitar la mejora continua en la gestión del ICBF, orientada a lograr el impacto en los actuales y nuevos servicios que se prestan a los niños, niñas, adolescentes y familias colombianas. Está conformado por los siguientes sistemas de gestión, que en adelante se denominarán ejes: --Eje de Calidad --Eje Ambiental --Eje Seguridad y Salud en el Trabajo --Eje de Seguridad de la Información ARTÍCULO 2o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Reorganizar en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras - ICBF, el Sistema Integrado de Gestión con el objeto de establecer roles, responsabilidades e instancias decisorias orientadas a la sostenibilidad y mejoramiento continuo de dicho Sistema, de conformidad con las normas vigentes, las
características y la evolución de la entidad. ARTÍCULO 3o. ALCANCE. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El ámbito de aplicación de esta resolución incluye todos los procesos en la Sede de la Dirección General, en las Regionales y en los Centros Zonales del ICBF.
CAPITULO II.
DIRECCION GENERAL Y SU REPRESENTANTE.
ARTÍCULO 4o. LA DIRECCIÓN GENERAL. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Se encargará de liderar y asegurar la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión de conformidad con el alcance establecido. ARTÍCULO 5o. REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión, la Dirección General designa como su representante al Director de Planeación y Control de Gestión. ARTÍCULO 6o. RESPONSABILIDADES. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El representante de la Dirección General cumplirá con las siguientes responsabilidades: a) Proponer las políticas, objetivos y mapa de proceso al Comité de Coordinación del Sistema Integrado de Gestión. b) Promover la divulgación y apropiación de las políticas y objetivos del Sistema Integrado de Gestión. c) Identificar y gestionar los recursos que se requieran para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión. d) Gestionar la certificación de los Sistemas de Gestión que la Entidad decida implementar y certificar.
e) Mantener informada a la Dirección General sobre el desempeño de la entidad en el marco del Sistema Integrado de Gestión. f) Representar al ICBF en asuntos relacionados con el Sistema Integrado de Gestión ante organismos externos. g) Promover que los requisitos legales y otros requisitos de las partes interesadas en el Sistema Integrado de Gestión, se identifiquen y cumplan de acuerdo con las normas vigentes y el procedimiento definido en la entidad. h) Coordinar y articular con la Oficina Asesora de Comunicaciones, la divulgación de la información interna y externa sobre el Sistema Integrado de Gestión del Instituto. i) Definir las directrices para orientar a los líderes y responsables de los procesos en la Sede de la Dirección General y a las Regionales, en la formulación de planes para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión. j) Promover la mejora continua, la innovación y la gestión del conocimiento en el marco de la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión. k) Aprobar los informes y reportes pertinentes a los entes externos cuando ellos lo requieran.
- Realizar seguimiento al Sistema Integrado de Gestión y presentar a la alta dirección propuestas de mejoramiento e innovación. m) Promover el enfoque de procesos y el pensamiento basado en riesgos en cada una de las estrategias, los planes, programas y proyectos. n) Comunicar la importancia del Sistema Integrado de Gestión en cada uno de los niveles de la entidad. o) Mantener el enfoque al cliente, orientado en el aumento de la satisfacción de las necesidades y expectativas.
PARÁGRAFO. Para el cumplimiento de las responsabilidades asignadas, el Director de Planeación y Control de
Gestión contará con el apoyo y soporte de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.
TITULO II.
COMITÉ DE COORDINACION DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTION.
CAPITULO I.
INTEGRACION Y RESPONSABILIDADES.
ARTÍCULO 7o. INTEGRACION. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 6970 de 2018> Notas de Vigencia Legislación Anterior ARTÍCULO 8o. RESPONSABILIDADES DEL COMITE DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 6970 de 2018> Notas de Vigencia Legislación Anterior Ir al inicio ARTÍCULO 9o. SECRETARÍA TÉCNICA DEL COMITÉ DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 6970 de 2018> Notas de Vigencia Legislación Anterior Ir al inicio ARTÍCULO 10. RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 6970 de 2018> Notas de Vigencia Legislación Anterior ARTÍCULO 11. SESIONES. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 6970 de 2018> Notas de Vigencia Legislación Anterior ARTÍCULO 12. QUORUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 6970 de 2018> Notas de Vigencia Legislación Anterior
CAPITULO II.
INTEGRACION Y RESPONSABILIDADES DEL SUBCOMITÉ DE COORDINACION SISTEMA
INTEGRADO DE GESTION (SIGE).
ARTÍCULO 13. INTEGRACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El Subcomité de Coordinación del Sistema Integrado de Gestión (SIGE) estará integrado por:
1. Secretario General o su delegado.
2. Director de Planeación y Control de Gestión.
3. Director Administrativo
4. Director de Gestión Humana
5. Director de Información y Tecnología
6. Subdirector de Mejoramiento Organizacional PARAGRAFO. Cuando los temas a tratar en las reuniones del Subcomité SIGE lo requieran, podrán asistir en calidad de invitados los colaboradores, que se estime conveniente. La Oficina de Control Interno podrá asistir como invitado, contando con derecho a voz, pero sin voto ARTÍCULO 14. RESPONSABILIDADES. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El Subcomité de Coordinación del Sistema Integrado tendrá las siguientes responsabilidades: a) Realizar seguimiento a la sostenibilidad y mejoramiento continuo de cada uno de los ejes del Sistema Integrado de Gestión (calidad, ambiental, seguridad de la información y seguridad y salud en el trabajo). b) Tomar decisiones para la mejora del SIGE de acuerdo a las problemáticas presentadas en cada uno de los ejes. c) Revisar los informes sobre las condiciones de la prestación de los servicios del ICBF a partir de los resultados de verificación de estándares. d) Presentar alertas al Comité del Sistema Integrado de Gestión para la toma de decisiones que apunten a fortalecer su efectividad y apoyo a la gestión institucional. e) Apoyar la implementación de las decisiones del Comité del Sistema Integrado de Gestión.
f) Revisar trimestralmente el avance de las acciones correctivas derivadas de las No Conformidades identificadas en las auditorías externas hechas al Sistema Integrado de Gestión y tomar las acciones del caso para mejorar continuamente dicho sistema Ir al inicio ARTÍCULO 15. SESIONES. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El Subcomité de Coordinación del Sistema Integrado se reunirá trimestralmente o cuando se requiera previa convocatoria de la secretaria del Comité de Coordinación del Sistema Integrado de Gestión. Las sesiones serán presenciales, sin perjuicio de la celebración de sesiones virtuales de conformidad con lo establecido en el artículo 63 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, para lo cual se hará uso de los medios tecnológicos disponibles.
TITULO III.
LIDERES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN.
CAPITULO I.
COMPETENCIA NIVEL NACIONAL.
Ir al inicio ARTÍCULO 16. LIDERES DE LOS EJES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Cada uno de los Ejes del Sistema Integrado de GestiónSIGE, estará liderado por:
1. Dirección de Planeación y Control de Gestión en coordinación con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional para el Eje de Calidad.
2. Dirección Administrativa para el Eje Ambiental.
3. Dirección de Gestión Humana para el Eje de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. Dirección de Información y Tecnología para el Eje de Seguridad de la Información PARÁGRAFO 1. Se denomina líder de eje a los directores encargados de planear disponer y utilizar los recursos
de su competencia para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión en cada uno de sus ejes. PARÁGRAFO 2. Las acciones que se programen y ejecuten por parte de las áreas responsables de cada uno de los ejes del Sistema, deberán ser coordinadas y articuladas con la Dirección de Planeación y Control de Gestión a través de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional. Ir al inicio ARTÍCULO 17. RESPONSABILIDADES DE LOS LÍDERES DE LOS EJES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> En su calidad de líderes de cada uno de los ejes del sistema tendrán las siguientes responsabilidades: a) Proponer políticas y objetivos en cada uno de los ejes del sistema e implementar estrategias para la sostenibilidad y mejora del eje del cual es responsable. b) Formular el Plan Operativo del Sistema Integrado de Gestión (POSIGE), para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del sistema, bajo el liderazgo, coordinación y articulación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión y Subdirección de Mejoramiento Organizacional. c) Presentar propuestas en el Comité sobre la gestión y desempeño de su respectivo eje. d) Gestionar los recursos necesarios para la sostenibilidad y mejora en cada uno de los ejes del Sistema Integrado de Gestión. e) Brindar asistencia técnica en los temas relacionados con los ejes del Sistema Integrado de Gestión. f) Liderar la gestión de peligros y riesgos de cada uno de los ejes del Sistema Integrado de Gestión, según corresponda, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y la Subdirección de
Mejoramiento Organizacional. g) Determinar la necesidad de cambios en el Sistema Integrado de Gestión, los cuales deben llevarse de manera planificada. h) Gestionar en coordinación con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional y con la Oficina Asesora de Comunicaciones, la elaboración de piezas de comunicación relacionadas con la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión en cada eje, bajo los lineamientos institucionales de imagen corporativa. i) Realizar las acciones y gestiones necesarias para el cumplimiento de la política y objetivos del eje a su cargo, lo cual incluye brindar o gestionar, ante las dependencias que corresponda las acciones a que haya lugar. j) Apoyar a la Dirección de Información y Tecnología en la formulación del Plan de Continuidad de Negocio acorde al alcance del Sistema Integrado de Gestión, de acuerdo con las actividades que estén dentro de su competencia. k) Participar y aprobar en los espacios de capacitación establecidos por la entidad para el fortalecimiento del sistema Integrado de Gestión-SIGE de acuerdo con los tiempos establecidos por la Dirección de Gestión Humana.
- Apoyar en la formulación, implementación y actualización de los Planes de Emergencias y Contingencias en coordinación con la Dirección de Gestión Humana. m) Apoyar en la formulación, implementación y actualización del Programa de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en coordinación con la Dirección de Gestión Humana. n) Apoyar la implementación de los Planes de Gestión Ambiental de acuerdo con las actividades que estén dentro de su competencia en coordinación con la Dirección Administrativa. o) Velar por el mantenimiento de la documentación de la implementación de cada uno de sus ejes, además de su
custodia y protección. p) Aplicar lo dispuesto en la Guía de Adquisiciones de Bienes y Servicios en el marco de las obligaciones del Sistema Integrado de Gestión. q) Identificar y tratar los riesgos y oportunidades que estén asociadas a los diferentes ejes que lideran y que puedan afectar la prestación del servicio. ARTÍCULO 18. RESPONSABILIDADES DE LOS LÍDERES DE PROCESOS. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Son responsabilidades de los líderes de proceso: a) Implementar el Plan Operativo del Sistema Integrado de Gestión POSIGE de acuerdo con las directrices dadas por la Subdirección de Mejoramiento Organizacional y los líderes de los ejes del Sistema. b) Proponer ajustes al diseño de los procesos con el fin de lograr las metas y objetivos de operación del mismo. c) Aprobar la relación de los activos de información de su proceso en la Sede Nacional y en las Regionales, la cual estará soportada con la certificación detallada de los activos de información identificados en el nivel regional, y debidamente firmada por el Director Regional. d) Gestionar (elaborar, modificar, eliminar, socializar e implementar) la documentación de su proceso. e) Realizar seguimiento y monitoreo en el proceso para identificar acciones de mejora. f) Prever los cambios que puedan afectar la gestión de su proceso y actuar g) Identificar no conformidades reales e implementar las respectivas acciones correctivas y tratar las salidas no conformes. h) Aplicar los resultados de investigaciones e informes de gestión entre otros, para la mejora en la gestión de su proceso y con ello la prestación del servicio
- Participar en las acciones de promoción y comunicación de la sostenibilidad mejoramiento y resultados obtenidos del Sistema Integrado de Gestión en cada eje. j) Participar junto a la Dirección de Información y Tecnología en la formulación del Plan de Continuidad de Negocio acorde al alcance del Sistema Integrado de Gestión k) Promover dentro de sus procesos la apropiación del Sistema Integrado de Gestión I) Identificar y gestionar los peligros y riesgos de su proceso en coordinación con la Dirección de Gestión Humana, m) Promover la participación del ejercicio de los simulacros que adelanta el eje de seguridad y salud en el trabajo en el marco los Planes de Emergencias y Contingencias n) Identificar, revisar y controlar permanentemente en coordinación con la Dirección Administrativa, los aspectos e impactos ambientales derivados de las actividades desarrolladas por el proceso, o) Proponer y participar en las actividades enmarcadas en el Programa de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, p) Promover las buenas prácticas del Sistema Integrado de Gestión al interior de sus procesos. q) Revisar e incluir dentro de los estudios previos desarrollados en cada proceso las obligaciones SIGE dispuestas en la Guía de Adquisición de Bienes y Servicios de acuerdo con el objeto del contrato, r) Promover la gestión del conocimiento y la innovación al interior de su proceso s) Identificar y tratar los riesgos y oportunidades que pueden afectar el proceso.
PARÁGRAFO. Se denomina líder de proceso (de acuerdo con las caracterizaciones definidas en el mapa de procesos) al Director General, Subdirector General, Secretario General directores y Jefes de Oficina de la Sede
de la Dirección General, responsables de la correcta ejecución de los procesos a su cargo y en general de la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión. Ir al inicio ARTÍCULO 19. RESPONSABILIDADES DE LA SUBDIRECCIÓN DE MEJORAMIENTO ORGANIZACIONAL. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Esta Subdirección tendrá las siguientes responsabilidades dentro del Sistema Integrado de Gestión: a) Liderar la planificación para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión en coordinación y articulación con los líderes de los ejes, de acuerdo con las normas vigentes y los requisitos de las partes interesadas a nivel nacional del ICBF. b) Diseñar estrategias para la sostenibilidad y mejora del Sistema Integrado de Gestión en coordinación con los líderes de cada uno de sus ejes. c) Proponer al representante de la alta Dirección nuevas políticas y objetivos para el Sistema Integrado de Gestión o ajustes a los ya existentes, para la sostenibilidad y mejora del mismo. d) Construir metodologías y herramientas para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión de manera articulada con líderes de los ejes. e) Identificar la necesidad de recursos para apoyar la sostenibilidad y mejora del Sistema Integrado de Gestión. f) Coordinar conjuntamente con las áreas líderes de los ejes del Sistema, las estrategias de capacitación y sensibilización para promover las competencias, formación y toma de conciencia. g) Realizar seguimiento al Sistema Integrado de Gestión y generar las acciones que lo mantengan en el logro de
sus objetivos. h) Promover estrategias para la gestión del conocimiento y la innovación en el ICBF.
CAPITULO II.
COMPETENCIA NIVEL REGIONAL.
ARTÍCULO 20. RESPONSABILIDADES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Las Direcciones Regionales tendrán las siguientes responsabilidades: a) Designar a los Referentes SIGE para la sostenibilidad y mejoramiento del Sistema Integrado de Gestión. b) Implementar el Plan Operativo del Sistema Integrado de Gestión-POSIGE para la sostenibilidad y mejoramiento del Sistema Integrado de Gestión. c) Participar en la planificación del diseño y documentación de los procesos. d) Asegurar la gestión de peligros y riesgos de los procesos en coordinación con los responsables de los procesos en el nivel regional y en los Centros Zonales. e) Realizar seguimiento y monitoreo de los procesos. f) Promover la identificación, implementación y cierre eficaz de las acciones correctivas, y salidas no conformes. g) Promover la gestión del conocimiento y la innovación en todos los colaboradores de la regional. h) Realizar acciones de promoción y comunicación de la sostenibilidad, mejoramiento y resultados obtenidos en cada uno de los ejes del Sistema Integrado de Gestión. i) Apoyar la formulación, implementación y actualización de los Planes de Emergencias y Contingencias, Planes de Gestión Ambiental, Programa de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en el nivel regional y en los Centros Zonales en coordinación de los líderes de los ejes.
j) Revisar y promover los planes de continuidad del negocio que se establezcan, con el fin de mitigar los riesgos asociados a la interrupción de la operación. k) Revisar e incluir dentro de los estudios previos desarrollados en la regional, las obligaciones SIGE dispuestas en la Guía de Adquisición de Bienes y Servicios de acuerdo con el objeto del contrato. PARÁGRAFO. Desde cada Dirección Regional es importante promover el trabajo articulado y en equipo, así como la comunicación efectiva entre los grupos de la Regional y Centros Zonales; para con ello garantizar la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión. ARTÍCULO 21. RESPONSABILIDADES DEL GRUPO DE PLANEACIÓN Y SISTEMAS DE LAS DIRECCIONES REGIONALES. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> El Grupo de Planeación y Sistemas cumplirá las siguientes responsabilidades: a) Facilitar en la sede Regional y los Centros Zonales la aplicación de las políticas, estrategias y metodologías que permitan implementar, sostener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión. b) Promover la socialización, entendimiento y aplicación de los procesos y procedimientos definidos dentro del Sistema Integrado de Gestión, tanto en la Regional, como en los Centros Zonales. c) Formular estrategias que promuevan una cultura de gestión de información, innovación y gestión del conocimiento dentro de la Regional. d) Promover la implementación de acciones de mejora en los procesos para fortalecer la gestión regional y zonal. e) Promover por la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información, tanto en la Sede Regional como en los Centros Zonales.
f) Promover la identificación y el cumplimiento de los requisitos legales identificados g) Promover la socialización de la documentación aprobada por el líder del proceso. El responsable de cada proceso en el nivel Regional es el responsable de socializar la documentación actualizada correspondiente a su proceso. h) Coordinar las actividades para la implementación, sostenibilidad y mejora de los ejes de calidad, ambiental, seguridad de la información y seguridad y salud en el trabajo, articuladamente con el Grupo Administrativo y/o Gestión Humana o quien haga sus veces.
PARÁGRAFO: En las Direcciones Regionales en las que no exista Grupo de Planeación y Sistemas, estas responsabilidades serán asumidas por el Grupo de Asistencia Técnica.
ARTÍCULO 22. RESPONSABILIDADES DE LOS REFERENTES REGIONALES. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> En las Regionales se cuenta con referentes para apoyar la sostenibilidad y mejora de los ejes de Calidad, Seguridad y Salud en el Trabajo, Ambiental y Seguridad de la información, quienes tendrán las siguientes responsabilidades: a) Apoyar la implementación y cumplimiento del Plan Operativo del Sistema Integrado de Gestión -POSIGE para la sostenibilidad y mejora del Sistema Integrado de Gestión a nivel Regional y Zonal recibido de la Sede de la Dirección General. b) Brindar asistencia técnica a nivel Regional y Zonal para la implementación de las metodologías que fortalezcan el Sistema Integrado de Gestión en los siguientes temas: Referentes Seguridad y Salud en el Trabajo --Identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles --Estrategias de promoción y prevención encaminadas a generar y desarrollar una
cultura de autocuidado en la entidad. --Elaborar y mantener actualizados los Planes de Emergencias y Contingencias. --Participar en la formulación e implementación del programa de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Referentes Ambientales --Aspectos e impactos ambientales y planes de gestión ambiental Referentes Seguridad de la Información --Gestión de incidentes de seguridad de la información. Referentes Seguridad de la Información y Referentes de Calidad --Activos información Todos los referentes SIGE en relación con: --Acciones correctivas, oportunidades de mejora y salidas no conformes. --Innovación y gestión del conocimiento --Revisión por la dirección. --Reporte y análisis de los indicadores. --Requisitos legales --Gestión de continuidad del negocio --Participar en la formulación, implementación y actualización de los Planes de Emergencias y Contingencias --Gestión de Riesgos (Excepto SST) c) Realizar jornadas de sensibilización en los diferentes temas del Sistema Integrado de Gestión. d) Apoyar a los responsables de los procesos en la generación oportuna de los reportes requeridos para la sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión. e) Apoyar la implementación de los programas, procedimientos y planes definidos para la sostenibilidad y mejora del Sistema Integrado de Gestión. f) Realizar seguimiento a las acciones correctivas y tratar las salidas de no conformes para su cierre eficaz. g) Promover la gestión del conocimiento y la innovación en los colaboradores de la regional y centro zonal.
PARÁGRAFO: Se denomina Referente a la persona encargada de asesorar y apoyar la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión en los ejes de Calidad, Ambiental, Seguridad y Salud
en el Trabajo y Seguridad de la Información en las Regionales y Centros Zonales.
TITULO IV.
EJE DE CALIDAD.
CAPITULO I.
ROLES Y RESPONSABILIDADES.
ARTÍCULO 23. DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 11980 de 2019> Las responsabilidades que le competen a la Dirección de Planeación y Control de Gestión frente al eje de calidad están relacionadas con la formulación de herramientas de gestión sistemáticas y transparentes que permiten dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios para los niños, niñas, adolescentes y familias. Las responsabilidades son las siguientes: a) Formular, implementar y hacer seguimiento al Plan Operativo del Sistema Integrado de Gestión del eje de Calidad, articuladamente con las Coordinaciones de Planeación y Sistemas de las Direcciones Regionales, asegurando su adaptabilidad y mejora continua. b) Dirigir la identificación de los procesos, de
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