ICBF - Resolución 7707 - adopta manual operativo modalidad de tu a tu version 4-2021
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 7707 - adopta manual operativo modalidad de tu a tu version 4-2021
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2021
- InstiCtoultoom bdieaB nioe neFsatmairl iar CeciDlel iaFa u endteLe l eras DirecGceinóenr al
BIENESTAR FAMILIAR PÚBLICA 7 7 Ü7
RESOLUCNIoÓ.N 15O C2T(1 "l'1 "Por la cual se adopta el Manual Operativo de la Modalidad, "De Tú aTú ", versión 4, y se derogan las resoluciones 9530 de 2019, 3603 de 2020 y 6910 de 2020" LAD IRECTOGREAN ERADLE LI NSTITCUOTLOO MBIADNEO BIENESTFAAMRI LICAERC ILDIELA A F UENTDEEL LERAS-ICBF Enu sdoe l afsa cullteagdayele ses st atuetnea srpiealcsaic,sao ln feernei lad ratsí 2c8u lo del aL e7yd e1 97e9al;r tí7c8du ell oaL e4y8 d9e 1 99e8Al;c ue1r0dd2oe 1 979, aprobpaoedrloD ecr3e3td4oe 1 98e0al;r tí2cd ueDlleo c r9e8td7oe 2 01y2d emás normcaosn corydc aonmtpelse meyn,t arias, CONSIDERANDO Queea lr tí4c7du ell Caoo nstiPtoulcíeitsóitnca abq lueelc,ape se rsocnodanis s capacidad sosnu jeetsopse ciaplrmoetnetgreie dsopsde,ecl toocs u aleelEs s taddeoba ed elantar "una política de previsión, rehabilitación e integración social (. ..) aq uienes se prestará la
atención especializada que requieran", elc uaglu arcdoan cordcaonnlc opisaa c tyo s tratiandtoesr narcaitoinfapiloceCraso d loosm qbuiepa,o sru m atesreie an,t ienden incleunie dblol so qduece o nstitudcieco onnafloircdmoailndddo ,ai ds pueenes altr ot ículo 93d el Caa rPtoal ítica. Quee lI nstCiotluotmobd ieBa ineon eFsatmai"rCle icilaia rde la Fuente de Lleras" (ICBF), creamdeod ialnLate 7ey5 d e1 96yr8 e gpiodlroo D se cr2e3t8od8se1 97y91 08d4e2 015, tiepnooerb j'e'protpoen der y fortalecer la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteger al menor de edad y garantizarle sus derechos" y,e ntsruesf uncidoen es, conforcmoiendnl au dm e1r2da elal r tí2c1du ell Laoe 7yd e1 97m9o,d ifpioceraal dr ot ículo 12d6e Dle cr1e4t7od1 e1 99"0Pro,m over la atención integral del menor de 7a ños", así comloa" (. .. p)ro tección preventiva y especial del menor y el fortalecimiento de la familia (..) .d" e,a cuecrodenola r tí3c0du elDloe cr2e3t8do8e 1 979. Quel aC onvenscoibólrnoeD s e recdhelo asPs e rsocnoaDnsi scapaacdiodpatpdao,dr a
laA sambGleenae dreal laN sa cioUnneisde al1s 3d ed iciedme2b 0r0ey6a probpaodra Colommbeidai alnaLt ee1y 3 4d6e2 00e9s,t abelnee lnc uem e3rd aelal r tí2c3qu uleo: "Los Estados Parte asegurarán que los niños y las niñas con discapacidad tengan los mismos derechos con respecto ala vida en familia. Para hacer efectivos estos derechos, y af in de prevenir la ocultación, el abandono, la negligencia y la segregación de los niños y las niñas con discapacidad, los Estados Partes velarán porque se proporcione con anticipación información, servicios y apoyo generales a los menores de edad con discapacidad y a sus familias". Quee nd esardreopllr leoc iitnasdtor uimnetnetron ealac ritoín7cad ulell, aLo e 1y6 1d8e 201"3Po,r medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad", conteqmuptelo adl aanssi ñas yn iñcoosnd iscapadceibdeganod z palre namdeens tudes e recehnio gsu alddea d condiccioolnna edsse mánsi ñyan si ñyo,es n c onsecuseenñcalilaoaa b, l igdaecli ón GobieNrancoi oyln soag lo biedrenpoasrt ameynm tuanliecsid peia mlpelse muennat ar serdieme e ditdeansd iael npatr eost edcelc oimsóe nn odreee sd acodn d iscapacidad.
Quel aL e1y0 9d8e2 00"P6or la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia", señaelnea pl a rágdreaalrf toí 1c1"uE:ll I nosti tuto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75de 1968 y Ley 7d e 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar.su restablecimiento(. ..) ". Pág1i den 4 a Los datos proporcionados serán tratados de acuerdo con la política de tratamiento de datos personales del ICBF y la Ley es 1581 de 2012. [onshow.NombreSede] Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
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__,..,. • InstiCtoultoom bdiaeBn ioe neFsatmairl iar Cecilia De la Fuente de Lleras DirecGceinóenr al
BIENESTAR FAMILIARP ÚBLICA 7 7 7
Q RESOLUCIÓN No. "Polrca u aslea dopetMlaa nuOaple radteli Mavo od al"iDdTeaú da ,T úv"e,rs i4ó,yns e deroglaanrs e solu9c5i3od0ne2 e 0s1 396,0 d3e2 02y06 91d0e2 020" Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 3 del Decreto 879 del 25 de junio de
2020, el cual modifica el artículo 31 del Decreto 987 de 2012, se establece como función de la Dirección de Infancia, entre otras, la de: "Deflionlsii rn eamiteénctnpoiacsro lasa promoycg iaórnaa dn etl íodse rechdoels ai nfaynl capi rae vendcesi uóv nu lnerya ción, verisfiuca aprli caecnil óonPs ro gramdaeIs n stidteunttdore,oml a rcdoel anso rmas vigenytl eopssa rámetdreofisn ipdoolrsa C onsejPerreísai dpeanrclaiaN a ilñ eyzl a Adolescencia". Que de conformidad con el numeral 4 del artículo 5 del precitado Decreto, el cual modifica el artículo 33 del Decreto 987 de 2012, la Dirección de Adolescencia y Juventud tiene la función de: "Apoeynal raf ormuleai cmipólne mendtepa lcainpóeronsg ,r amypa rosy ectos enf avdoelr a a dolescyle anj cuivae netncu odo,r dicnoalnca iesón nt iddaedSlei ss tema NaciodneBa ile neFsatmairll iaCa orn,s ejPerreísai dpeanrclaiaJ a ulv enetlus de,c tor privyao drog aniisnmtoesrn acioorniaelnaet lsapa,dr oosm oycg iaórna dnetl íodase rechos del oasd olescyje ónvteeynsa e lspa r evendcesi uóvsnu lneraciones". Que el Gobierno Nacional construyó y adoptó la Política Nacional de Infancia y Adolescencia (2018-2030) - PNIA, con el fin de contribuir al desarrollo integral de la
población entre los 6 y los 18 años. En la PNIA fueron establecidos los compromisos de los actores involucrados en el desarrollo y en la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Aunado a lo anterior, en ésta fue determinada la importancia de: i) generar, mediante la atención integral, condiciones de bienestar y de acceso a oportunidades con equidad; y ii) favorecer la incidencia de quienes se encuentran en este grupo poblacional en la transformación del país (República de Colombia, Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018 - 2030). Que el Plan Nacional de Desarrollo (2018-2022) "PacptoorC olomPbiaac,tp oo lra Equidaasudme" d,e manera consecuente el reto de implementar la Política Nacional de Infancia y Adolescencia, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar-SNBF. Se determina también, entre otros asuntos, que todas las instituciones responsables de servir a niñas, niños y adolescentes realizarán los ajustes necesarios para alinearse con la finalidad, los objetivos y el marco de gestión de la PNIA. Que en virtud de lo anterior, el ICBF a través de las Direcciones de Infancia y de Adolescencia y Juventud presta atención a niñas, niños y adolescentes con discapacidad mediante la Modalidad "DTeú a Tú"-(antes denominada "Modalidad para el Fortalecimiento de Capacidades de Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad y sus Familias"), desde el enfoque de promoción de derechos y la prevención de vulneraciones, con el fin de posibilitar el desarrollo de procesos donde se fortalezcan las capacidades individuales y familiares que conllevan a la inclusión social en los diferentes entornos donde trascurre la
vida de las niñas, niños y adolescentes. Que de acuerdo con lo anterior, el ICBF adoptó mediante la Resolución 9530 del 17 de octubre de 2019, el Manual Operativo de la Modalidad para el Fortalecimiento de Capacidades de Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad y sus Familias (hoy Modalidad De Tú a Tú), la cual fue modificada, posteriormente, por las Resoluciones 3603 del 27 de mayo de 2020 y 691O del 30 de diciembre de 2020. Este Manual Operativo ha sido objeto de algunos ajustes a partir de las sugerencias realizadas por las Regionales del ICBF donde opera la Modalidad y por los aliados estratégicos que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar. Que se hace necesaria la adopción de un nuevo Manual Operativo, con el objetivo de mejorar la atención que se presta a las niñas, niños y adolescentes, mediante la precisión de aspectos técnicos bajo el enfoque de promoción de derechos y prevención de vulneraciones. Es así como se da mayor claridad sobre las acciones de seguimiento y Página 2d e4 Lodsa tporso porsceirtoárnnaa tddaoeads co usec roldnpoao l ídtetri caat amdiede antptoeosr sodneIalCl ByelF sLa e eys1 581d e2 012. [ onshow. NombreSede] Linea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
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InstCiotluotmob dieBa ineon eFsatmairl iar f; Cecilia De la Fuente de Lleras
DirecGceinóenr al
BIENESTAR
FAMLIIAR ,PÚBLICA
7 Ü REOSLUCINÓoN. ( ( "Por la cual se adopta el Manual Operativo de la Modalidad, "De Tú a Tú", versión 4, y se derogan las resoluciones 9530 de 2019, 3603 de 2020 y 6910 de 2020" acompañamiento posteriores al momento del egreso de los participantes de la Modalidad; se define puntualmente sobre cuáles aspectos es posible realizar la reinversión de recursos para la mejora en la atención; se especifican las orientaciones técnicas en relación con los planes de trabajo para la atención remota; se ajusta la descripción del componente de alimentación y nutrición desde el enfoque de promoción de hábitos de vida saludable, tamizaje y seguimiento nutricional; se elimina el requisito de habilitación en salud teniendo en cuenta que el servicio no está enfocado a valoraciones ni atenciones desde sector salud; se ajustan las acciones relacionadas con la alineación del proceso de atención con el SNBF bajo el alcance y objetivo de la Modalidad; se actualizan los criterios de ingreso debido a la normativa reciente que acoge la metodología IV del SISBEN; se definen algunas siglas; se incluyen propósitos relacionados con la independencia, autonomía y apoyos de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad; se explicita a las familias su corresponsabilidad en la gestión para la inclusión y en la transformación de imaginarios y representaciones sociales; se incluye el sector privado para la dinamización de redes y la articulación institucional, al igual que la apertura de espacios para la inclusión;
se brindan precisiones frente a los informes que se presentan como evidencias para la ejecución contractual y que da cuenta del proceso de atención desarrollado a través de la Modalidad y, da orientaciones técnicas y operativas para cada uno de los componentes. Que adicionalmente, con la presente se realiza la actualización del nombre de la Modalidad a "De Tú a Tú". Lo anterior, enmarcado en el cumplimiento de los objetivos de la Modalidad, en el alcance de la misma y, de acuerdo a la misionalidad de las Direcciones de Infancia y de Adolescencia y Juventud. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCU1LoOA.d o ptar el Manual Operativo de la Modalidad De Tú a Tú, Versión 4, en reemplazo del Manual Operativo para el Fortalecimiento de Capacidades de Niñas, Niños y Adolescentes con discapacidad y sus Familias. PARÁGRA1F.EOl M anual Operativo adoptado mediante la presente Resolución, es de obligatorio cumplimiento, especialmente para las Direcciones Regionales y demás dependencias del ICBF, servidores públicos y demás colaboradores que presten, asesoren u orienten el Servicio Público de Bienestar Familiar. PARÁGRA2F.OLo s directores de la Dirección de Infancia y de la Dirección de Adolescencia y Juventud, el Subdirector de Promoción y Fortalecimiento a la Atención de la Infancia, el Subdirector de Operación de Programas para la Adolescencia y Juventud, la Subdirección de Gestión Técnica para la Adolescencia y Juventud de la Sede Dirección General, la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y sus referentes territoriales, los Directores Regionales, los Coordinadores del Grupo de Asistencia Técnica
y los Coordinadores de Centros Zonales del ICBF, serán responsables de la socialización y aplicación del Manual Operativo aquí adoptado. ARTÍCU2LoO.R égimdeenT ransidceiL óinc endceiF ausn cionamLois ento: operadores dispondrán del término de 6 meses a partir de la entrada vigencia del presente acto administrativo para ajustar la Propuesta Metodológica de Atención (PMA), modificando el nombre de la Modalidad y población de atención, con el rango de edad que vienen atendiendo. La Regional contará con 3 meses para la revisión y aprobación de la PMA, contados a partir de la entrega de esta por parte de cada operador. La Modalidad y población se deberán ajustar en la licencia de funcionamiento, sea en el momento de la renovación de esta, o dentro de los 9 meses siguientes contados a partir de la entrada en vigencia del presente acto administrativo, lo que ocurra primero. Este término corresponde Pági3nd ae4 Los daost proporcoinaods serántr ataods de acuerdo conl ap olítidec traa tmaiento de datos personaesl delIC BFy l aLe yes 1581d e20 12. [onshow.N ombreSede] Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
PBX: 437 7630InstiCtoultoom bidaeBn ioe neFsatmairl iar CeciDleli aFa u endtele l eras DirecGceinóenr al BFIAENMESTIARL IPAÚRB LICA amcri 77 0 7 15
RESLOUCIÓNN o.
"Polrac uasel a dopetlMa a nuOaple radteli aMv ood ali"dDaTedú a, T úv"e,r s4i,yós en deroglaanrs e solu9c5i3od0ne2 e 0s1 396,0 d3e2 02y06 91d0e2 020" a la sumatoria del tiempo máximo para el ajuste de la PMA (6 meses) y la aprobación por parte de la Regional (3 meses). PARÁGRAFLOas. l icencias de funcionamiento iniciales solicitadas a partir del 1 de diciembre de 2021, se tramitarán con base en los lineamientos y manual operativo aprobado mediante el presente acto administrativo. ARTÍCU3LoOV. i genyc Dierao gatoSrini paersjui.cio del artículo anterior, la presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las resoluciones 9530 de 2019, 3603 de 2020 y 691O de 2020 y las disposiciones que le sean contrarias. acr11M.11
ROL NOMBRE CARGO VISTOS
,. B.UENfiO§__ Aorobó Uliana Pulido Villamil Subdirectora General Aorobó Luisa Ferrianda Vélez Lóoez Directora de A.dolescencia y Juventud .ltt.,>IJ Aprobó Beatrice Euaenia Lóoez Cabrera Directora de Infancia 81,'" Aprobó Edgar Leonardo Boiacá Castro Jefe Oficina Asesora Jurídica /fi/ Revisó Andrés Camelo Asesor Subdi.rección General fi Revisó Nicolás Rubio Contratista -Subdirección General ;,/2 Revisó Juan Moiica/ Daniela. R. o. .d rí,:iu. ez/. A n,:iélíca 0rtiz Grupo de Asesoría Jurídica OAJ fifi ff}
Revisó Asesor<a) Dirección General Revisó Abel Matiz Salazar Subdirector de la Subdirección de Promoción f+> . y Fortalecimiento a la Atención de la Infancia .1 , Revisó Juan Manuel Pulido Villegas Subdirector de Operación de Programas para ffi la Adolescencia y Juventud Revisó Juan Sebastián Rivera Galvis Contratista - Dirección de Adolescencia y Juventud fi Revisó Sonia Morales Alonso Contratista -Subdirección de Operación de Lc.r,l Programas para la Adolescencia y Juventud Revisó Luisa Fernanda Betancourt Pinto Contratista -Subdirección de Operación de Lf6P Prooramas oara la Adolescencia v Juventud Revisó Gemma Judith Angel Vargas Contratista -Subdirección de Promoción y Fortalecimiento a la Atención.de la Infancia fiRevisó Marbely Ospina Díaz Contratista -Subdirección de Promoción y fi Fortalecimiento a la Atención .de la Infancia Proyectó Andrea Luna Ruiz Contratista -Subdirección de Promoción y oJJr Fortalecimiento a l.a Atención de la Infancia 1 Pági4nd ae4 Lodsa tporso porciosneartrdáaonts ad doesa cuecrodlnoap olídtetri actaa mideedn attpooe sr sondaeIllCe BsyF l aLe eys 1 581d e2 012. [onshow.NombreSede] Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c -75 01 8000 91 8080
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