ICBF - Resolución 8085 de 2021
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 8085 de 2021
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2021
tura: es de todos. y instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras AR Dirección General Clasificada RESOLUCIÓN No. 80835 2 7 GET 2021 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO identificado con NiT. 900.1385.62444, conformado por ta Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO identificada con NIT. 801.001.664-0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT, 801.000.102-9 LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - " CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006, los artículos 36 y siguientes de la Resolución 3899 de 2010 del ICBF, modificada y adicionada por la Resolución No. 3435 del 2016, lo preceptuado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Decreto 987 de 2012, el Decreto 380 de 2020 y,
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO Que es competencia de la Dirección General del ICBF, resolver en derecho el Procedimiento Administrativo Sancionatorio adelantado en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO -— CONFUTURO identificado con NIT. 900.185,624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO identificada con NIT. 801.001.664-0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT. 801.000.102-9, teniendo en cuenta los siguientes: 1, ANTECEDENTES De conformidad con lo consignado en el formato estudio de caso, mediante correo electrónico del 7 de junio de 2018, la Asesora de Dirección General remitió a la Oficina de Aseguramiento de la Calidad, un reporte de varias regionales (Huila, Bogotá, Cesar, Caldas, Santander y Quindío) en el que informaron de presuntas situaciones de maltrato y/o negligencia en el cuidado de los beneficiarios, incumplimientos en dotación, capacitación del personal, activación de rutas de salud y el componente técnico para la atención de las niñas, los niños y los adolescentes con derechos inobservados, arnenazados y vulnerados, en la entidad CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO CONFUTURO de la modalidad Hogar Sustituto — Discapacidad que atiende la población de niños, niñas, adolescentes de O a 18 años, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, con discapacidad.!
Mediante Auto del 17 de agosto 2018?, la Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad de la Dirección General, ordenó realizar auditoría al CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO — CONFUTURO identificado con NIT: 900.185.624-4 conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO y por la Cooperativa Mutltiactiva de Hogares de Bienestar COOHOBIENESTAR, en su entidad administradora del servicio de la Modalidad Hogar Sustituto (vulneración y discapacidad), ubicada en la Carrera 17 +1 Nte — 42 y Calle 5N + 18-29 de Armenia, Quindío y una muestra de sus unidades de servicio. Así mismo, se dispuso que la mencionada auditoría se realizaría los días 21, 22, 23 y 24 de agosto de 2018, por profesionales de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. La auditoría se efectuó los días antes mencionados en la sede administradora? ubicada en la Calle 5N $ 18-29 en la ciudad de Armenia y en la Unidades de Servicio Mónica González, María T Folio 1 de la Carpeta No. 1 de la Entidag. ? Folios 04 al 05 de la Carpeta No. de la Entidad, 3 Folio 36 al 113 de Ja Carpeta No. 1 de la Entidad. Folios 20 al 38 de la carpeta de la Unidad Mónica González, Página 1 de 68
Sede de la Dirección General : .
Avenida carrera 88 No.B4c — 75 : Línea gratuita nacional I¡CBF PBX; 437 7630 01 8000 91 38080DAR Dirección General DY Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Clasificada
PBX; 437 7630 01 8000 91 38080DAR Dirección General DY Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Clasificada
RESOLUCIÓN No. 8(83 97 QcT 2021
Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancioriatario seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO identificado con NIT. '900.185.624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO identificada con NIT. 801.001.664-0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - CODHOBIENESTAR identificada con NIT. 801.000.102-9 Patricia Rincón López”, Luz Marina Pajoy? y Erika María Carmana”; allí se firmaron las actas tanto por los profesionales comisionados por el ICBF como por quienes, a nombre del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO, atendieron la auditoría. Mediante oficio del 18 de octubre de 2018, radicado con el No.S-2018-615323-01018, la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió a la Representante Legal del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO (Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR), el informe de auditoría efectuada los días 21, 22, 23 y 24 de agosto de 2018, y su plan de mejoramiento el cual fue recibido el 23 de octubre de 2018, como
Bienestar - COOHOBIENESTAR), el informe de auditoría efectuada los días 21, 22, 23 y 24 de agosto de 2018, y su plan de mejoramiento el cual fue recibido el 23 de octubre de 2018, como consta en la guía | No. YG206787833C0, de la empresa de Servicios Postales Nacionales S.A. ATZ. Mediante radicado No 5-2018-775573-01011%, enviado por correo electránico el 16 de enero de 2019 y correos electrónicos del 28 de febrero de 201912, 26 de abril de 2019%, 10 de junio de 2019%, 26 de julio de 2019" y 16 de agosto de 20191, la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las retroalimentaciones y reiteraciones del plan de mejoramiento de la Entidad Administradora (EAS). Mediante correos electrónicos de 28 de octubre de 2018", 23 de enero de 20191, 22 de marzo de 201912, 14 y 23 de mayo de 2019, 1 de agosto de 20191, 23 de agosto de 2019%, el consorcio investigado remitió respuestas al plan de mejoramiento de la EAS. El 22 de octubre de 2019, se emitió el concepto de cierre del plan de mejoramiento? y e el 14 de noviembre de 2019, se remitió el oficio del cierre del plan de la EAS%, "Mediante radicado No S-2018-775569-0101%, enviado por correo electrónico el 16 de enero de 2019%, y los correos electrónicos del 28 de febrero de 20197, 29 de marzo de 2019%, 26 de abril de 2019%, 15 de mayo de 2019% la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las
2019%, y los correos electrónicos del 28 de febrero de 20197, 29 de marzo de 2019%, 26 de abril de 2019%, 15 de mayo de 2019% la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las $ Folios 21 al 44 de la carpeta de la Unidad María Patricia Rincón López. 5 Folios 17 al 33 de la carpeta de la Unidad Luz Marina Pajoy. 7 Folios 20 al 39 de la carpeta de la Unidad Erika María Carmona. $ Folio 394 de la carpeta No. 2 de la Entidad. % Folio 454 de la carpeta No. 3 de la entidad. Folio 404'at 410 de la carpeta No, 2 de la entidad Folio 411 de la carpeta No. 3 de la entidad 2 Folio 414 al 416 de la carpeta No. 3 de la Entidad 3 Foño 424 al 425 de la carpeta No, 3 de la Entidad 1 oo 429 al 430 de la carpeta No. 3 de la Entidad 16 Folio 431 al 432 de la carpeta No. 3 de la Entidad 16 Fallo 434 de la carpeta No, 3 de la Entidad Y Falio 398 y 399 de la carpeta No. 2 de la Entidad 18 Folio 412 al 413 de la carpeta No. 3 de la Entidad 13 Folio 419 al 420 de la carpeta No. 2 de la Entidad 29 Folio 426 al 428 de la carpeta No. 3 de la Entidad % Folio 433 de la carpeta No. 3 de la Entidad 2 Folio 435 de la carpeta No. 3 de la Entidad 2 Foño 451 de la carpeta No 3 de la EAS 2 Folio 475 de la carpeta No 3 de la EAS
% Folio 433 de la carpeta No. 3 de la Entidad 2 Folio 435 de la carpeta No. 3 de la Entidad 2 Foño 451 de la carpeta No 3 de la EAS 2 Folio 475 de la carpeta No 3 de la EAS 2 Folio 83-65 de ta carpeta No 1 de la UDS Ménica González 2 Foilo 66 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González % Folio 69 de la carpeta No 1 de la DS Mónica González 2 Folio 72 de la carpeta No 1 de ta UDS Mónica González 2 Folio 75 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González 2 Folio 78 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González Página 2 de 63 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64o0 — 75 Línea gratuita nacional ¡CSF PBX: 437 7630 01 8000 91 8080q E Y Instituto Colombiano de Bienestar Familiar AR Dirección General Cecilia De la Fuente de Lleras Clasificada RESOLUCIÓN No. 2085 27 0€T 2021 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO identificado con NIT. 900,185.624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO identificada con NIT. 801.001.664.0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT. 801.000.102-9
retroalimentaciones y reiteraciones del plan de mejora de la Unidad de Servicio (UDS) Mónica González. Mediante correo electrónico del 23 de enero de 2019%, 22 de marzo de 2019%, 5 de abril de 2019%, 13 de mayo de 2019% el consorcio investigado remitió respuestas al plan de mejoramiento de la Unidad de Servicio (UDS) Mónica González. El 23 de julio de 2019, se emitió el concepto de cierre del plan de mejoramiento? de la UDS Mónica González, al considerar que se cumplió con la presentación de los soportes en los plazos establecidos y por ende, se estima pertinente el cierre al plan de mejoramiento, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar del mismo. El 29 de octubre de 2019, la jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió el oficio del cierre del plan de mejoramiento de la UDS Mónica González, considerando que se remitieron los soportes de las actuaciones allí formuladas. Mediante radicado No S-2018-775544-0101, enviado por correo electrónico el 16 de enero de 2019%, y correos electrónicos del 28 de febrero de 201 9%, 29 de marzo de 2019%, 26 de abril de 2019%, 22 de mayo de 2019 y el 30 de mayo de 2019%, la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las retroalimentaciones y reiteraciones del plan de mejoramiento de la Unidad de Servicio (UDS) María Rincón. Mediante correo electrónico del 23 de enero de 2019%, 22 de marzo de 201 94. 5 de abril de 2019%, 13 de mayo de 2019'5, 29 de mayo de 2019 el consorcio investigado remitió respuestas al plan de mejoramiento de la UDS María Rincón.
El 23 de julio de 2019, se emitió el concepto de cierre del plan de mejoramiento de la UDS María Rincón, al considerar que se cumplió con la presentación de los soportes en los plazos establecidos. Esto, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar. El 29 de octubre de 2019, la jefe de la Oficina de Aseguramiento de la calidad, remitió a la Representante legal del Consorcio CONFUTURO, el oficio del cierre del plan de mejoramiento de la UDS María Rincón”, considerando que se han remitido los soportes de las actuaciones allí formuladas, % Folio 67 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González % Folio 70 y 71 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González 3 Folio 73 y 74 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González % Folio 76 y 77 de la carpeta No 1 de la UDS Mónica González % Folio 79 de la carpeta No 1 de la LIDS Mónica González 35 Folio 83 de la carpeta No 1 de la UDS Ménica González Folio 75 a 79 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón 35 Folio 82 y 83 de la carpeta Mo 1 de la UDS María Rincón % Follo 86 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón % Folio 89 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón 4 Folio 92 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón % Folio 94 y 95 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón $ Folio 80 y 81 de la carpeta No 1 de la UDS Marta Rincón Folio 84 y 85 de la carpeta No 1 de la UDS Marta Rincón
% Folio 94 y 95 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón $ Folio 80 y 81 de la carpeta No 1 de la UDS Marta Rincón Folio 84 y 85 de la carpeta No 1 de la UDS Marta Rincón % Falio 87 y 88 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón Folio 90 y 91 de la carpata No 1 de la UDS María Rincón % Folio 93 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón Palio 97 de la carpeta No 1 de la UDS Maria Rincón Folio 103 de la carpeta No 1 de la UDS María Rincón Sede de la Dirección Genera! Avenida carrera 68 No.64c— 75 Línea gratuita nacional 1CBF PBX: 437 7630 01 8000 91 8080 rr Ñ . - as Página 3 de 63 too.IAE Dirección General Instituto Colormbiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Clasificada o RESOLUCIÓN No. E08% 27 0CT 2091 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO — CONFUTURO identificado con NIT. 200.185.624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de Colombia» FESANCO identificada con NIT. 801.001.664-0 y la Cooperativa . Muitiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT. 804.000.102-9
Mediante radicado No 5-2018-775557-0101 enviado por correo electrónico el 16 de enero de 2019% y correos electrónicos del 28 de febrero de 2019, 29 de marzo de 2019%, 26 de abril de 2019% y 15 de mayo de 2019% la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las retroalimentaciones y reiteraciones del plan de mejoramiento de la Unidad de Servicio (UDS) Erika Carmona. Mediante correo electrónico del 23 de enero de 2019%, 22 de marzo de 2019%, 5 de abril de 2019% y 13 de mayo de 2019%, el consorcio investigado” remitió respuestas al plan de mejoramiento de la Unidad de Servicio (UDS) Erika Carmona. El 24 de julio de 2019, se emitió el concepto de cierre del plan de mejoramiento” de la UDS Erika Carmona, al considerar que se cumplió con la presentación de los soportes en los plazos establecidos sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar del mismo. El 26 de julio de 2019, la jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad, remitió el oficio del cierre del plan de mejoramiento de la UDS Erika Carmona?” considerando que se remitieron los soportes de las actuaciones allí formuladas. Mediante radicado No S-2018-775635-0101 enviado por correo electrónico el 16 de enero de 20196 y correos electrónicos del 28 de febrero de 2019%, 29 de marzo de 2019%, 26 de abril de 2019% y 15 de mayo de 2019%, la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las
20196 y correos electrónicos del 28 de febrero de 2019%, 29 de marzo de 2019%, 26 de abril de 2019% y 15 de mayo de 2019%, la Oficina de Aseguramiento de la Calidad remitió las retroalimentaciones y reiteraciones del plan de mejoramiento de la Unidad de Servicio (UDS) Luz Marina Pajoy. Mediante correo electrónico del 23 de enero de 2019%, 22 de marzo de 20198, 5 de abril de 2019% y 13 de mayo de 2019%, el consorcio investigado remitió respuestas al plan de mejoramiento de la UDS Luz Marina Pajoy. El 22 de julio de 2019, se emitió el concepto de cierre del plan de mejoramiento” de la UDS Luz Marina Pajoy, al considerar que se cumplió con la presentación de los soportes en los plazos establecidos y por ende, se estima pertinente el cierre al plan de mejoramiento, sin perjuicio de las acciones legales a. que haya lugar del mismo. 59 Folio 65 a 89 de la carpeta No 1 dé la UDS Erika Carmona % Follo 72 y 73 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona 2 Folio 75 y 77 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona 5 Folio 80 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona 5 Folio 83 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona 5 Folio 70 y 71 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona $ Folio 74 y 75 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona % Folio 78 y 79 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona
$ Folio 74 y 75 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona % Folio 78 y 79 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona % Folio 81 y 82 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona 39 Folio 84 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona % Folio 90 de la carpeta No 1 de la UDS Erika Carmona 6 Folia 55 a 57 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy 2 Fallo 60 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy $ Folio 63 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy % Falio 66 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy $5 Folio 63 y 69 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy $ Folio 58 y 59 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy % Folio 61 y 62 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy Folio 64 y 85 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy $8 Folio 67 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy 7% Folio 70 de la carpeta No 1 de fs UDS Luz Marina Pajoy Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.64c -— 75
PBX: 437 7630 01 8000 91 2080
Linea gratuita nacional ICBF Página 4 de 68PSA «de $ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “2. Cecilia De la Fuente de Lleras PAMOAR Dirección General : Clasificada RESOLUCIÓN No. 8085 27 0CT 2021
Página 4 de 68PSA «de $ Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “2. Cecilia De la Fuente de Lleras PAMOAR Dirección General : Clasificada RESOLUCIÓN No. 8085 27 0CT 2021 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO — CONFUTURO identificado con NIT. 900,185.624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de Colombia» FESANCO identificada con NIT. 301.001.664-0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT, 301.000,102-9 El 26 de julio de 2019, se remitió el oficio del cierre del plan de mejoramiento de la UDS Luz Marina Pajoy ”!, considerando que se han remitido los soportes de las actuaciones allí lormuladas. El Comité de Inspección, Vigilancia y Control det ICBF, en sesión del 8 de abril de 2019, conceptuó iniciar Proceso Administrativo Sancionatorio en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO (Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de: ColombiaFESÁNCO y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar — COOHOBIENESTAR), por los hallazgos encontrados en la Auditoría efectuada tal como consta en el acta del Comité No, 4 de 201972
La Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad comunicó a los Representantes legales que hacen parte del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTU RO -- CONFUTURO, lo conceptuado por el Comité de Inspección, Vigilancia y Control del ICBF en la sesión del 8 de abril de 201 9, como se relaciona a continuación: » Oficios del 29 de agosto de 2019, radicado con los Nos. 201910300000090101 y 201910300000090121, dirigidos al Representante Legal del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO CONFUTURO, los cuales fueron recibidos el 4 de septiembre de 2019, como consta en las guías de entrega No. PC012249135C0 y PC012249149C0” de la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A. 472. Oficio del 30 de agosto de 2019, Radicado con el No. 201910300000090211, dirigido al Representante Legal de la FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN, LA SALUD, LA ALIMENTACIÓN Y LA NUTRICIÓN DE COLOMBIA - FESANCO, recibido el 4 de septiembre de 2019, como consta en la guía No. PCO012249183C0”! de la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A. 472, + Oficio del 30 de agosto de 2019, Radicado con el No. 2019103000000901 91, dirigido al Representante Legal de la COOPERATIVA MULTIACTIVA DE HOGARES DE BIENESTAR - COOHOBIENESTAR, el cual fue recibido el 4 de septiembre de 2019, como consta en la guía No, PC012249152C0" de la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A, 472. :
Salud y Protección Social y el Decreto 491 del 28 de marzo de la misma anualidad, la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante la Resolución No. 2000 del 18 de marzo de 2020 publicada en el Diario Oficial 51.261 del 19 de marzo de 2020, en razón a la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional, dispuso “Suspender los términos procesales a partir del 18 y hasta el 31 de marzo de 2020, en los procesos administrativos sancionatorios de competencia de la Dirección General del ICBF que son sustanciados por la Oficina de Aseguramiento de la Calidad con control de legalidad de la Oficina Asesora Jurídica”. Esta medida podrá ser modificada o prorrogada de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Gobierno Nacional respecto de la emergencia sanitaria”. (Negrilla Fuera de Texto) Con fundamento en la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 expedida por el Ministerio de Folio 75 de la carpeta No 1 de la UDS Luz Marina Pajoy Folios 421 al 423 de la de la carpeta No. 3 de la entidad. P Folios 441 al 444 de la Carpeta No. 3 de la Entidad. Folios 445 al 446 de la Carpeta No. 3 de la Entidad, Folios 447 al 448 de la Carpeta No. 3 de la Entidad. mn Página 5 de 68 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.84c —75 Línea gratuita nacional ICBF PBX: 437 7630 01 8000 91 8080sal rd Dirección General 4] y Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Clasificada
RESOLUCIÓN No.
rd Dirección General 4] y Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Clasificada RESOLUCIÓN No. - 8083 27 001 2021 Por medio de la.cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO — CONFUTURO identificado con NIT. 900.185.624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO identificada con NIT. 801.001.684-0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT. 801.000.102-9 La Resolución No. 3100 del 31 de marzo de 2020, fue publicada en el Diario Oficial 51.274 del 1 de abril de 2020, prorrogó la suspensión de términos dentro de los procesos administrativos sancionatorios que se adelantan en el ICBF, hasta el día hábil siguiente a la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, en razón a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional como consecuencia del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en todo el territorio nacional por el Presidente de la República, para atender el COVID-19, Mediante la Resolución 3601. del 27 de mayo de 2020, la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ordenó reanudar los términos suspendidos mediante las resoluciones 3000 y 3100, a partir del 8 de junio de 2020, En ese orden de ideas, desde el 18 de marzo de 2020, (fecha de suspensión de términos), hasta
3100, a partir del 8 de junio de 2020, En ese orden de ideas, desde el 18 de marzo de 2020, (fecha de suspensión de términos), hasta el 8 de junio de la misma anualidad (fecha de reanudación de los mismos) transcurrieron 82 días, tiempo que debe extenderse y/o adicionarse a la caducidad normal del presente proceso, es por esta razón que el término de caducidad para esta actuación debe contabilizarse desde el día en que se efectuó la auditoría, el 21 de agosto de 2018, lo que conllevaría a determinar que el fenómeno jurídico procesal operaria a partir del 21 de agosto de 2021%, atendiendo a que en esa fecha, tres años atrás se verificaron los hechos constitutivos de falta, por lo que a este plazo, la Dirección General debe haber proferido y notificado la Resolución por medio de la cual se resuelve este Procedimiento Administrativo Sancionatorio. Por lo anterior, al aumentar los 82 días de suspensión de términos por la declaración del Estado de Emergencia Sanitario por COVID-19 en todo el territorio nacional, la fecha de caducidad se modifica al 11 de noviembre de 2024. A través del Auto de Cargos No. 0107 del 25 de agosto de 2021”, proferido por esta Dirección General, se formularon tres cargos al CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO — CONFUTURO identificado con NIT: 900.185,624-4 conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO y por la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar -- COOHOBIENESTAR, por el presunto incumplimiento de las norrnas de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia, de los lineamientos técnicos
Multiactiva de Hogares de Bienestar -- COOHOBIENESTAR, por el presunto incumplimiento de las norrnas de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia, de los lineamientos técnicos y administrativos y las guías técnicas establecidas por parte del ICBF, así como por presuntamente dar lugar a que por acción u omisión se pusiera en riesgo o se causare daño a la integridad física y ernocional de los niños, las niñas y los adolescentes, y por presuntamente haber desconocido las disposiciones contenidas en los artículos 7, 12,13,17,18, 23, 24, 27, 28, 29 y 31 de la Ley 1098 de 2006, relativa a los derechos a protección integral, perspectiva de género, de los niños, las niñas y los adolescentes de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos, a la calidad de vida y a un ambiente sano, a la integridad personal, a la custodia y cuidado personal, a los alimentos, a la salud, a la educación, al desarrollo integral en la primera infancia y a la participación para operar la modalidad Hogar Sustituto, de acuerdo a las situaciones advertidas y que se describieron en el informe de la Auditoría2 realizada los días 21 al 24 de agosto de 2018. El 25 de agosto de 2021”, se comisionó a la Dirección ICBF Regional Quindío para la notificación personal el Auto de cargos No. 0107 del 25 de agosto de 2021, ala investigada y sus integrantes. La mencionada notificación personal a la representante legal del Consorcio Construyendo 7 Dia del calendario Inhábil, por lo que, el día hábil más cercana, es el 20 de agosto de 2021. Folios 477-511 de la Carpeta No. 3 de la Entidad.
7 Dia del calendario Inhábil, por lo que, el día hábil más cercana, es el 20 de agosto de 2021. Folios 477-511 de la Carpeta No. 3 de la Entidad. % Folios 513 de la Carpeta Na, 3 de la Entidad. Página $ de 68 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.G4c — 75
PBX: 437 7630 01 8000 91 8080
Linea gratuita nacional 1CBFdy Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Le Elfutlico. Cecilia De la Fuente de Lleras : esde todos EA DAR Dirección General Clasificada RESOLUCIÓN No. gy ge 2 7 0CT 2021 Por medio de la cual se resuelve el proceso administrativo sancionatorio seguido en contra del CONSORCIO CONSTRUYENDO FUTURO - CONFUTURO identificado con NIT, 900.185.624-4, conformado por la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de ColombiaFESANCO identificada con NFT. 801.001.664-0 y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar - COOHOBIENESTAR identificada con NIT, 801.000.102-9 Futuro - CONFUTURO y la Cooperativa Multiactiva de Hogares de Bienestar — COOHOBIENESTAR”, se surtió el 30 de agosto de 2021 y a la apoderada del representante legal de la Fundación para la Educación en Salud, Alimentación y Nutrición de Colombia FESANCO, el 3 de septiembre de 2021.
Mediante radicado No. 202112220000247742 del 23 de septiembre de 2021 y vía correo electrónico, el 20 de septiembre de 202181, ja representante legal del Consorcio Construyendo Futuro - CONFUTURO presentó los descargos? al Auto de cargos No, 0107 del 25 de agosto de 2021, así mismo en correo? separado compartió un link denominado “Auditoría Bogotá" como “Evidencias respuesta auto de cargos No. 0107 del 25 de agosto de 2021"%, a través del cual, respondió hallazgo por hallazgo, no realizó solicitud de pruebas y aportó en un link 458 archivos en 75 carpetas, los cuales serán incorporados al expediente y analizados en el momento de adoptar la decisión definitiva, En ese sentido, se profirió el Auto de Trámite No. 0126 del 30 de septiembre de 2021%, en donde se incorporaron los anexos y documentos aportados y, se ordenó correr traslado a la entidad pará que presentara sus alegatos de conclusión por el término de diez (10) días hábiles de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 48 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El 07 de octubre de 2021%, se comunicó por medios electrónicos el Auto de trámite No. 0126 del 30 de septiembre de 2021, a la investigada y sus integrantes, como consta en las certificaciones de entrega de la misma fecha visibles a folios 658 y 659 de la carpeta No.4 de la EAS. Vía correo electrónico, el 20 de octubre de 202157 la representante legal del Consorcio Construyendo Futuro -- CONFUTURO presentó escrito de alegatos de conclusión3? dentro del término legal.
2. FUNDAMENTOS DE LOS DESCARGOS Y PRUEBAS ALLEGADAS La representante legal de la entidad en el escrito contentivo de los descargos describió su trayectoria, refirió que la misma no ha sido objeto de sanciones, procesos disciplinarios o llamados de atención; refirió también el Consorcio fue reconocido por la implementación que realizó a partir de la modificación realizada a los lineamientos en 2016 y se pronunció sobre cada uno de los cargos y los hallazgos donde expuso las acciones que se realizaron para subsanar las situaciones en el desarrollo del plan de mejoramiento, Acto seguido, la entidad solicita tener en cuenta los 13 años de servicio ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, las evidencias aportadas en el proceso de la auditoria
7 Follos 522 y 522 (reverso) de la Carpeta No, 3 de la Entidad. % Folios 523 de la Carpeta No. 3 de la Entidad, 2 Fofio 525 de la carpeta No. 3 de la Entidad, % Folios 526 a 586 de la carpeta No. 3 de la Entidad. % Folio 587 de la Carpeta No, 3 de la Entidad, % Follc 588 de la Carpeta No, 3 de la Entidad. 55 Folios 652653 de la Carpeta No. 4 de la Entidad. $ Folios 657 de la Carpete No, 4 de la Entidad. Folio 669 de la carpeta No. 4 de la Entidad. 88 Folios 670 a 675 de la carpeta No. 4 de la Entidad. Sede de la Dirección General . Avenida carrera 68 No.64c — 73 Línea gratuita naciona! (CBF PBX: 437 7630 01 8000 91 8080 a Ñ o e A mm e epy Instituto Colombiano de Bienestar Familiar EIA AR Dirección General
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