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ICBF - Resolución 9448 - ordena apertura licitacion publica lp 05-21-2021

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Título
ICBF - Resolución 9448 - ordena apertura licitacion publica lp 05-21-2021
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2021

RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR

LICITACIÓN PUBLICA ICBF-LP-005-2021SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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1 anigáPInstituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Gobierno Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos de Colombia

BIENESTAR

Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 LA SUBDIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades Legales y Estatutarias, y en especial por las conferidas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, la Resolución No. 4133 del 13 de julio de 2020 y el Manual de Contratación de la Entidad.

CONSIDERANDO

1. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, creado por la Ley 75 de 1968, reorganizado conforme a lo dispuesto por la Ley 7ª de 1979 y su Decreto Reglamentario 2388 de 1979 y Decreto 1084 de 2015; sus estatutos fueron aprobados mediante Decreto 334 de 1980, modificado parcialmente por los Decretos 1484 de 1983 y 276 de 1988, reestructurado por los Decretos 4156 de 2011, Decreto 393 de 2012 y, su

organización interna establecida mediante el Decreto 1927 de 2013.

2. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se rige en materia contractual por el Estatuto General de la Administración Pública, y conforme a esto, le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios.

3. Que el día 14 de octubre de 2021, la Directora de Nutrición radicó en la Dirección de Contratación mediante memorando No. 202119000000139693 el estudio y documentos previos para adelantar el proceso de Licitación Pública cuyo objeto es: “Producción de Alimentos de Alto Valor Nutricional, desarrollo de nuevos productos y distribución a puntos de entrega primarios” en los cuales se justificó la contratación en los siguientes términos: “(…) Conforme a la Ley 1955 de 2019 por la cual se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, el ICBF contempló dentro de su mapa estratégico como Misión, promover el desarrollo y la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, fortaleciendo las capacidades de las familias como entornos protectores y principales agentes de transformación social, aunado a los siguientes Objetivos Institucionales: • Ampliar cobertura y mejorar calidad en la atención integral a la primera infancia. • Promover los Derechos de los niños, niñas y adolescentes y prevenir los riesgos o amenazas de vulneración de estos. • Fortalecer con las familias y comunidades las capacidades para promover su desarrollo, fortalecer sus vínculos de cuidado mutuo y prevenir la violencia intrafamiliar y de género.

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BIENESTAR

Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 • Promover la seguridad alimentaria y nutricional en el desarrollo de la primera infancia, los niños, niñas y adolescente y la familia. • Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en coordinación con las instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. • Lograr una adecuada y eficiente gestión institucional a través de la articulación entre servidores, áreas y niveles territoriales; el apoyo administrativo a los procesos misionales, la apropiación de una cultura de la evaluación y la optimización del uso de los recursos. Bajo el anterior contexto, para facilitar el cumplimiento de su objeto misional, el Decreto 987 de 2012 “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se determinan las funciones de sus dependencias", dispone en su artículo 37, entre otras funciones de la Dirección de Nutrición, las siguientes: “(…) 21. Liderar la formulación de políticas de producción, compra y distribución de alimentos de alto valor nutricional requeridos en los planes de la Entidad. 22. Coordinar, evaluar y emitir concepto técnico

sobre las modificaciones a introducir en la composición de los alimentos de alto valor nutricional, desarrollados por la Entidad, en coordinación con las diferentes áreas del Instituto (…)”. Dichas funciones tienen como objetivo contribuir a la garantía al derecho a la alimentación mediante el acceso a la seguridad alimentaria y nutricional de la población beneficiaria de los programas del ICBF en cumplimiento al derecho a la alimentación. Así la cosas desde el año 1976, el ICBF ha venido desarrollando la estrategia de Alimentos de Alto Valor Nutricional (AAVN), que consiste en: 1). La inclusión de alimentos complementos fortificados en las diferentes minutas patrón del ICBF, con el fin de incrementar el aporte de calorías, macro y micronutrientes para la población beneficiaria contribuyendo a la prevención y garantizando el acceso a la seguridad alimentaria y nutricional, 2). La producción de estos alimentos, 3). La distribución de los mismos y 4). El desarrollo de nuevos productos que respondan a las características señaladas. Los Alimentos de Alto Valor Nutricional son alimentos fortificados, que se consideran buena fuente de macro y micronutrientes. Actualmente, estos alimentos son producidos y distribuidos por el ICBF y corresponden a:

A. AAVN Sólidos • Bienestarina Más®: Es un alimento de fácil preparación, precocido y a base de una mezcla de harina de cereales, harina de leguminosa, leche entera en polvo, con vitaminas A, C, vitaminas del complejo B y minerales como zinc, hierro, calcio, ácidos grasos esenciales y sabores de origen natural. Contiene micronutrientes aminoquelados que mejoran la absorción intestinal en la población

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 beneficiaria y cuenta con un balance adecuado de aminoácidos esenciales. No contiene conservantes ni colorantes. • Alimento para mujer gestante y madre en periodo de lactancia: Es un complemento nutricional desarrollado en el año 2015 específicamente para cubrir requerimientos nutricionales de las mujeres gestantes y madres en periodo de lactancia, beneficiarias de las modalidades de atención del Instituto. Es un alimento de fácil preparación, elaborado a base de harinas de cereales, aislado de soya, aceite en polvo de maíz, almidón de yuca, suero lácteo, leche entera en polvo, fortificado con vitaminas, minerales, DHA1 y ALA2, con sabor artificial. No contiene conservantes ni colorantes. Contiene micronutrientes aminoquelados que mejoran la absorción intestinal en la población beneficiaria y cuenta con un balance adecuado de aminoácidos esenciales. Adicionalmente contiene

omega 3 mediante la combinación de Ácido Alfa-Linolénico (ALA), Ácido Eicosapentaenoico (EPA) y el Ácido Docosahexaenoico (DHA) (ALA+ DHA + EPA), dada su importancia para el desarrollo del sistema nervioso y en especial del cerebro de los niños y niñas que ocurre en el último tercio del período gestacional donde comienza en forma activa la formación de las neuronas y donde el requerimiento de (DHA) aumenta considerablemente.

B. AAVN Líquidos • Bienestarina Líquida: Es un alimento elaborado mediante proceso de Ultra Alta Temperatura UAT

(UHT) larga vida, elaborado a partir de la mezcla harinas de cereales, harina de leguminosa y harina de pseudocereal, leche entera líquida, es fortificada con vitaminas como A, C, ácido fólico y minerales como zinc, hierro, calcio, y sabor de origen natural. Cuenta con un balance adecuado de aminoácidos esenciales y no contiene conservantes. La producción de Bienestarina Más es realizada en las dos plantas de producción propiedad del ICBF, ubicadas en Cartago (Valle del Cauca) y Sabanagrande (Atlántico). El Alimento para la Mujer Gestante y Madre en periodo de Lactancia se produce solamente en la planta de Sabanagrande (Atlántico). Con relación a la Bienestarina Líquida, este alimento es producido mediante maquila, realizada en la actualidad en Caloto (Cauca) por Alival S.A. Efectuada la producción, los AAVN se llevan a bodegas de redistribución de las que deberá disponer el contratista de conformidad con sus obligaciones contractuales y de allí se entregan en aproximadamente

4.500 puntos de entrega primarios (4.400 para AAVN sólidos y 100 para AAVN líquidos) localizados en todos los municipios del país. A partir de estos puntos el producto es distribuido por terceros, por fuera 1 DHA: Ácido Docosahexaenoico. 2 ALA: ácido alfa-linolénico. www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CI @ ICBFColombia [ª1 @icbfcolombiaoficial RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PUBLICA ICBF-LP-005-2021SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 del referido contrato, a cerca de 82.000 unidades ejecutoras, en las cuales se prepara y/o entrega el producto a los aproximadamente 2.200.000 beneficiarios finales. La programación y entrega de los Alimentos de Alto Valor Nutricional se realiza teniendo en cuenta los siguientes criterios de atención: • Modalidades de las Direcciones Misionales del ICBF3, como parte de la complementación alimentaria que se brinda a los niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes y madres en periodo de lactancia y familias beneficiarias de los programas del Instituto. La atención se brinda de acuerdo con los parámetros establecidos en los Lineamientos de Programación de Metas Sociales y Financieras, el

cual contempla por Dirección Misional la modalidad, la población objetivo, la ración y el periodo de atención con el cual se debe programar y entregar los AAVN. • AAVN por convenios o contratos de aporte (Bienestarina por convenios), que consiste en suministrar los alimentos como complemento nutricional a población no beneficiaria de programas ICBF en situación de vulnerabilidad, niños y niñas mayores de un año y menores de 5 años de edad, niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años, adultos mayores, pacientes con VIH, TBC, o cáncer y población vulnerable, con previa suscripción de convenio interadministrativo con Entidades Públicas, o contratos de aporte con entidades privadas sin ánimo de lucro. • Entregas especiales, las cuales se realizan con el ánimo de fortalecer la atención y el firme propósito de articular el trabajo en conjunto con entidades como las Fuerzas Armadas de Colombia, Ejercito Nacional, Policía Nacional y otras entidades, aprobadas previamente por la Dirección de Nutrición, a fin de garantizar la atención efectiva a población que no es atendida por el ICBF y que se encuentra en condiciones especiales y de vulnerabilidad contribuyendo a mejorar sus condiciones de salud, nutrición y bienestar. Además, se realizan para la atención en emergencias o desastres presentados a nivel nacional. Bajo este escenario, la totalidad de las actividades realizadas dentro de la cadena de producción y suministro de los Alimentos de Alto Valor Nutricional cuenta con un alto nivel de estándares para garantizar la calidad e inocuidad de los productos, para ello se cuenta con certificaciones en las plantas de producción como lo son la ISO 9001 “Sistema de Gestión de la Calidad” e ISO 14001 “Sistemas de

Gestión Ambiental”. Así mismo, la Bienestarina Más tiene el sello calidad bajo la norma NTC 5148 para productos elaborados con base en cereales para alimentación a partir de los 6 meses de edad. 3 Para mayor información, se puede consultar la página del ICBF: https://www.icbf.gov.co/portafolio-de-servicios-icbf www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CI @ ICBFColombia [ª1 @icbfcolombiaoficial RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PUBLICA ICBF-LP-005-2021SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 De acuerdo a los resultados de las evaluaciones de impacto realizadas en el 2012 y 2013 por la Unión Temporal SEI S.A - Econometría Consultores4 y por el Instituto Nacional de Salud5 respectivamente, los cuales refieren el consumo de AAVN tienen un impacto positivo sobre los depósitos de micronutrientes y que la Bienestarina cumple con su objetivo de prevención de deficiencias de hierro y vitamina A, e igualmente cuenta con una alta aceptabilidad entre los beneficiarios y sus familias, Por lo anterior, el producto Bienestarina® Más incide positivamente en la seguridad alimentaria de la

población estudiada (niñas y niños), considerando que su consumo hace parte del patrón alimentario de la población beneficiaria de las modalidades del ICBF, principalmente en la primera infancia. Por lo tanto, se confirma que la Bienestarina® se constituye en un alimento fundamental para los hogares con mayor vulnerabilidad social y facilita el acceso a nutrientes críticos, especialmente los asociados a los alimentos fuente de proteína. En consecuencia y teniendo en cuenta que la alimentación es un componente fundamental para el desarrollo físico, mental y social de los niños y las niñas, el suministro de los Alimentos de Alto Valor Nutricional se convierte en una herramienta adecuada para proveer macro y micronutrientes, y avanzar en la protección y garantía del derecho humano a la alimentación en la población atendida por el ICBF6. La información disponible sobre la situación nutricional de la población infantil derivada de la ENSIN 2015, evidencia que si bien los indicadores han mejorado con relación al anterior quinquenio (2010), las cifras aún revelan condiciones de desnutrición en la población, déficit de nutrientes y bajo consumo de alimentos que permitan cumplir con el aporte nutricional necesario para el adecuado crecimiento y desarrollo de los niños y niñas. De igual forma, se evidencia una alta prevalencia de inseguridad alimentaria en las familias (54,2%), lo cual exige mejorar el esfuerzo adelantado por el país y promover servicios que contribuyan a la disminución de estas condiciones que afectan el desarrollo de la población infantil. Aunado a lo anterior, es primordial fortalecer las estrategias dirigidas a optimizar la atención y prácticas

de cuidado de las mujeres durante la gestación, así como las orientadas a mejorar el retraso en crecimiento, las principales deficiencias nutricionales como son las relacionadas con micronutrientes (zinc, hierro y vitamina A) y a promover la práctica la lactancia materna y la alimentación complementaria. 4 Fases I Evaluación Integral de la Bienestarina, Informe Metodología de Evaluación de Impacto de la Bienestarina, Fase II, Unión Temporal SEI S.AEconometría Consultores 2012. 5 Informe final de resultados evaluación de impacto de la Bienestarina mejorada en niños y niñas de 12 a 23 meses pertenecientes a hogares FAMI, Instituto Nacional de Salud 2013. 6 Estrategia nacional para la prevención y control de las deficiencias de micronutrientes en Colombia 2014 – 2021. Tomado de: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/SNA/Estrategia-nacional-prevencion-control-deficiencia-micronutrientes.pdf www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CI @ ICBFColombia [ª1 @icbfcolombiaoficial RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PUBLICA ICBF-LP-005-2021SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 Como se ha señalado, una de las estrategias adelantadas por el país para enfrentar los problemas nutricionales y de seguridad alimentaria ha sido la provisión de AAVN. Para lograr un impacto positivo y sostenido en la condición nutricional de la población, es necesario garantizar el suministro continuo de este tipo de alimentos; y facilitar el acceso de AAVN a ciertos grupos poblacionales en circunstancias específicas7. La interrupción o discontinuidad en la producción y entrega de los AAVN, unido a la inseguridad alimentaria presentadas en los los hogares, podrían tener efectos irreversibles sobre el desarrollo integral de los niños y niñas. En los últimos 6 años, el ICBF ha brindado atención en promedio a 2,5 millones de beneficiarios cada año mediante la entrega de más de 99 mil toneladas de AAVN, con una inversión alrededor de los 695.326 millones de pesos, como se puede apreciar en la siguiente Tabla. Tabla 1. Entregas de Alimentos de Alto Valor Nutricional, 2016-2021 AAVN entregados Total Alimento Mujer Beneficiarios Bienestarina tonelad Valor Año Bienestarina Más Gestante –Madre atendidos Líquida as (Millones de (Kg) Lactante (Und. 200 ml) AAVN(a) pesos) (Kg) 2016 2.997.141 15.992.631,9 14.744.448 17.748,9 19.136 114.065 2017 2.642.469 15.551.280,0 13.255.645 584.617,5 18.946 117.490

2018 2.223.641 14.057.392,5 11.673.588 573.705,0 17.106 121.025 2019 2.086.498 15.710.625,0 11.622.691 581.017,5 18.756 133.650 2020 2.445.787 14.875.228,8 10.821.511 414.515,3 17.584 130.775 2021 2.090.973 6.962.467,5 4.796.620,0 142.243,2 8.121 78.321 Total 83.149.625,7 66.914.503,0 2.313.847,4 99.649 695.326

Notas: (a) El factor de conversión de la unidad de Bienestarina Líquida por 200 ml a kilogramos es de 0,212.

Fuente: Dirección de Nutrición del ICBF, Julio 2021.

Ahora bien, el ICBF cuenta con los indicadores de seguimiento al estado nutricional que permite evidenciar el impacto de las inversiones realizadas entre 2016 y 2020, en el marco del CONPES 3843 de 2015. Su análisis permite identificar8 el mejoramiento en la calidad de la atención que se ve reflejado en la reducción de las cifras de desnutrición aguda, lo cual conlleva al bienestar de las niñas y niños en primera infancia beneficiarios de las modalidades del instituto. 7 El ICBF atiende población en condición de vulnerabilidad en los siguientes grupos etareos: primera infancia, infancia, adolescencia y Juventus, madres gestantes y mujeres en periodo de lactancia. 8 Sistema de Seguimiento Nutricional del ICBF

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 Gráfico 1. Evolución de la desnutrición aguda en niños y niñas menores de cinco años beneficiarios de las modalidades de atención a la primera infancia del ICBF, primer trimestre de cada vigencia 2014 a 2019 4,0% 3,8% 3,3% 3,1% -~ 3,0% u e: ~ 2,0% > aCI): 1,0% 0,0% 2014-1 2015-1 2016-1 2017-1 2018-1 2019-1 Trimestre

Fuente: Sistema de Seguimiento Nutricional del ICBF - Cuéntame.

Así mismo, con base en la información anterior, es evidente la necesidad de continuar con las intervenciones relacionadas en el suministro de AAVN, toda vez que genera un efecto futuro en dos vías,

uno, relacionado con evitar que población vulnerable deteriore su estado nutricional y dos, en función de contribuir con el mejoramiento del mismo ren la población que ya se ha afectado; como quiera que el abordaje poblacional permite generar mecanismos preventivos y de respuesta ante un episodio de deterioro, que requiere acciones cada vez más oportunas y articuladas con otras intervenciones e instituciones dado el origen multicausal de la malnutrición. Finalmente, el análisis de las cifras permite evidenciar que las acciones deben estar encaminadas a responder las necesidades específicas para cada tipo de población, donde los requerimientos nutricionales de las madres gestantes son diferentes a los niños y niñas menores de 5 años, para lo cual la estrategia de Alimentos de Alto Valor Nutricional contempla actividades de investigación y desarrollo de nuevos productos, los cuales constituyen una respuesta eficiente y efectiva para la problemática en salud pública. Teniendo en cuenta lo anterior, y considerando que el contrato actual de producción, desarrollo y distribución de AAVN está próximo a finalizar, se encuentra justificado y necesario adelantar la suscripción de los contratos que permita dar continuidad a la estrategia de AAVN.”

4. Que en la sesión virtual del comité de contratación No 046 de fecha 20 de octubre de 2021, se autorizó a la Dirección de Contratación adelantar el proceso de selección bajo la modalidad de Licitación Pública cuyo objeto consiste en: “Producción de Alimentos de Alto Valor Nutricional, desarrollo de nuevos productos y distribución a puntos de entrega primarios”.

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021

5. Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y a lo establecido en el numeral 1° del articulo 2° de la Ley 1150 de 2007, las Entidades Estatales deben seleccionar sus contratistas a través de la

Licitación Pública.

6. Que de conformidad con la Ley 2069 de 2020 y el Concepto 043 de 2021 emitido por Colombia Compra Eficiente, NO es posible limitar el proceso a Mipymes hasta tanto el gobierno nacional expida la regulación sobre la materia, mediante la cual se fijen las condiciones de su operatividad.

7. Que el ICBF, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.1.1.1.7.1 y 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, publicó el aviso de convocatoria del proceso de licitación pública No. ICBF-LP-0052021SEN, el día 22 de octubre de 2021.

8. Que el ICBF, a través de la plataforma del SECOP II, publicó el proyecto de pliego de condiciones del proceso de Licitación Pública ICBF-LP-005-2021SEN, el 22 de octubre de 2021, con el propósito de

suministrar a la comunidad en general, la información necesaria para recibir sugerencias y observaciones, tendientes a unificar criterios en cuanto a los pliegos de condiciones definitivos, de acuerdo con lo preceptuado en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el articulo 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 de 2015.

9. Que, de conformidad con el cronograma del proceso, se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones por parte de 6 posibles oferentes.

10. Que el día 02 de diciembre de 2021, se realizó la publicación de las respuestas a todas observaciones realizadas al proyecto de pliego de condiciones, a través del portal de contratación SECOP II

11. Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, establece que la entidad estatal, deberá ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general.

12. Que el presupuesto oficial para la presente contratación establecido en el estudio previo asciende a la suma de UN BILLON CIENTO SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($ 1.107.899.489.590,00), discriminados por vigencia y lote así:

LOTE No. 1 LOTE No. 2

AAVN SOLIDOS AAVN LIQUIDOS VIGENCIA PRESUPUESTO OFICIAL VIGENCIA PRESUPUESTO OFICIAL 2022 $ 115.229.348.986,00 2022 $ 10.006.001.378,00 2023 $ 164.482.879.965,00 2023 $ 14.302.692.099,00

2024 $ 172.361.244.118,00 2024 $ 14.998.326.186,00 2025 $ 180.621.294.090,00 2025 $ 15.727.864.454,00 2026 $ 189.282.403.895,00 2026 $ 16.492.962.623,00 www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CI @ ICBFColombia [ª1 @icbfcolombiaoficial RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PUBLICA ICBF-LP-005-2021SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

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Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021 .,_-._..I¡ ......_-----.-_1-_- -_-I- ------=I 2027 $ 197.099.114.373,00 2027 $ 17.295.357.423,00

TOTAL $ 1.019.076.285.427,00 TOTAL $ 88.823.204.163,00

Dicho valor incluye todos los costos directos e indirectos asociados a la ejecución de los contratos, el IVA y demás impuestos de ley.

13. Que para efectos de estimar el presupuesto del presente proceso de selección, la Dirección de Abastecimiento del ICBF, con base en la Ficha Técnica elaborada y presentada por la Dirección de

Nutrición, se encargó de solicitar las cotizaciones para adelantar el estudio de sector respectivo. Ahora bien, debido a la complejidad del proceso, la Dirección de Nutrición a partir de la demanda esperada (necesidades estimadas para cada uno de los programas) y la proyección del precio promedio por unidad de cada AAVN, estimó el presupuesto para cada una de las vigencias 2022 a 2027. De esta forma, el presupuesto oficial del presente proceso es de UN BILLON CIENTO SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($ 1.107.899.489.590,00), incluidos todos los costos directos e indirectos asociados a la ejecución de los contratos, el IVA y demás impuestos de ley.

14. Que el valor de los contratos a suscribir será hasta por el valor del presupuesto oficial para cada lote.

Dicho valor incluye todos los costos directos e indirectos asociados a la ejecución de los contratos, el IVA y demás impuestos de ley, sin que supere el presupuesto oficial estimado para cada lote del presente proceso.

15. Que el valor del(os) contrato(s) resultado del presente proceso se encuentra respaldado por la siguiente disponibilidad presupuestal y vigencia Futura que se relaciona a continuación: Nro. de Fecha de

CDP o CDP o Dependencia Posición Catálogo de Fuente Valor en Letras Valor en Números Vigencia Vigencia Gasto Futura Futura C-4102-1500-12-04102014-02 ADQUISICIÓN DE Un billón ciento BIENES Y cincuenta y tres SERVICIOS - mil doscientos

VF SERVICIO DE setenta y cuatro (2022 – 29/10/2021 104 DISTRIBUCIÓN DE Propios millones $1.153.274.504.207 2027) ALIMENTOS quinientos cuatro SÓLIDOS DE ALTO mil doscientos VALOR siete pesos NUTRICIONAL - moneda corriente

CONTRIBUCIÓN

CON ACCIONES DE

www.icbf.gov.co 0 ICBFColombia CI @ ICBFColombia [ª1 @icbfcolombiaoficial RESOLUCIÓN No. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PUBLICA ICBF-LP-005-2021SEN” Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida carrera 68 No.64c – 75 01 8000 91 8080

PBX: 473 7630

01 anigáPInstituto Colombiano de Bienestar Familiar El futuro Gobierno Cecilia De la Fuente de Lleras es de todos de Colombia

BIENESTAR

Subdirección General FAMILIAR 9448 del 2 de Diciembre de 2021

PROMOCIÓN Y

PREVENCIÓN EN EL

COMPONENTE DE

ALIMENTACIÓN Y

1

NUTRICIÓN 1 1 1

16. Que el plazo de ejecución del/ los contrato(s) será hasta el 30 de noviembre de 2027, contado a partir del acta de inicio previo cumplimiento de los requisitos perfeccionamiento y ejecución del contrato.

17. Que para todos los efectos legales se estipula como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.

Que en mérito de lo expuesto.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del proceso de selección de Licitación Pública numero ICBF-LP005-2021SEN, cuyo objeto consiste en “Producción de Alimentos de Alto Valor Nutricional, desarrollo de nuevos productos y distribución a puntos de entrega primarios”.

PARAGRAFO: El presente proceso de contratacion se constituye como un proceso en curso, conforme a lo preceptuado en el inciso 2 del articulo 8 de la Ley 819 de 2003, en concordancia con el articulo 31 de la ley 2063 de 2020, el cual señala: “Ley 819 de 2003

ARTÍCULO 8o. REGLAMENTACIÓN A LA PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.(…) En los eventos en que se encuentre en trámite una licitación, concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectúe en la vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de los ajustes presupuestales correspondientes.” Ley 2063 de 2020 Artículo 31. Los cupos anuales autorizados para as

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