ICBF - Resolución 9863 de 2012
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Detalles
- Título
- ICBF - Resolución 9863 de 2012
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2012
RESOLUCIÓN 9863 DE 2012
(diciembre 17) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF Por medio de la cual se prorroga la delimitación de la planta transitoria de personal supernumerario para apoyar el proceso de Aseguramiento a la Calidad y se modifican las funciones de estos cargos equivalentes. Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Modificada por la Resolución 4761 de 24 de junio de 2013, 'por medio de la cual se prorroga la delimitación de la planta transitoria de personal supernumerario para apoyar el proceso de Aseguramiento a la Calidad'. EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 9 o, 10 y 78 de la Ley 489 de 1998, en desarrollo de lo previsto en el artículo 83 del Decreto Ley No. 1042 de 1978 y CONSIDERANDO Que mediante Resolución 2832 de 29 de junio de 2011 y 0029 del 3 de enero de 2012 se delimitó una planta de personal supernumerario con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012 para apoyar el Proceso de Aseguramiento a la Calidad de Terceros. Que las funciones que desempeñan estos profesionales fueron establecidas en la resolución 2832 del 29 de junio de
2011 Dentro de los responsables del proceso de Sistema de Gestión de Calidad -SGC, figuran en primer término la Oficina de Aseguramiento a la Calidad, los Supervisores de los contratos y equipos de apoyo, los responsables de los programas misionales, la Dirección de Logística y Abastecimiento Estratégico, los directores de Protección y Niñez y Adolescencia y Primera Infancia, los directores regionales, los Supervisores de los contratos y equipos de apoyo a nivel regional, los Coordinadores de Centros Zonales y Supervisores de los contratos y equipos de apoyo a ese nivel. Bajo el esquema que se plantea y tomando en consideración que el proceso de Aseguramiento de estándares es una estrategia a nivel nacional que requiere un esquema articulado, se hace necesaria la permanencia de un profesional en cada regional -en algunas casos de dos - que laboren en todos los frentes y que depende funcionalmente de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad. Dichos profesionales serían el enlace entre la Dirección General, las Regionales y los Centros Zonales, para articular la gestión, divulgar y aplicar estrategias y conceptos del proceso, transmitir y garantizar el cumplimiento de directrices, articular acciones para que en cada regional se den resultados de mejoramiento y garantizar la calidad y la oportunidad de la información que se genera desde lo regional y que sirve de base para la toma de decisión en la sede de la Dirección General. Que el Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad solicita la modificación de las funciones de estos profesionales
vinculados como supernumerarios, en pro de garantizar un óptimo desempeño de las tareas asignadas. Que para amparar los gastos que la presente Resolución causa, el ICBF cuenta con el cupo de vigencias futuras, cuya aprobación fue comunicada al ICBF mediante oficios del 18 y 25 de octubre de 2012 enviados por el Director General del Presupuesto Público Nacional al Director de Planeación y Control de Gestión del ICBF, en donde se indica que dichos gastos han sido aprobados para el programa 320 “Protección y Bienestar Social del Recurso Humano”, Subcuenta 1504 “Atención de la Familia, Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Juventud”, Proyecto 007 “ProtecciónAcciones para preservar y Restituir el Ejercicio Integral de los Derechos de la Niñez y la Familia”. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Prorrogar hasta el treinta (30) de junio de dos mil trece (2013), la delimitación de la planta transitoria de personal supernumerario, conformada por treinta y nueve (39) cargos equivalentes a Profesional Universitario Código 2044 Grado 06, con el fin de apoyar el Proceso de Aseguramiento a la Calidad de Terceros.PARÁGRAFO. Los citados profesionales prestarán sus servicios en la Regional que sean asignados, y dependerán funcionalmente de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad en la Dirección General. Notas de Vigencia - Plazo prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2013 por el artículo 1 de la Resolución 4761 de 24 de junio de
2013, 'por medio de la cual se prorroga la delimitación de la planta transitoria de personal supernumerario para apoyar el proceso de Aseguramiento a la Calidad'. ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar las funciones establecidas para el cargo equivalente a Profesional Universitario Código 2044 Grado 06 establecidas en el Artículo tercero de la Resolución 2832 de 29 de junio de 2011, las cuales quedarán así: ARTÍCULO TERCERO: El personal supernumerario que se vincule con ocasión de la presente Resolución realizará las siguientes actividades:
1. Articular las políticas institucionales a nivel regional y zonal, con el proceso de aseguramiento a la calidad en el marco de licencias de funcionamiento y personerías jurídicas, verificación de estándares, inspección, vigilancia y control, auditorias de calidad, red de socios estratégicos y Fortalecimiento de organizaciones que prestan el Servicio
Público de Bienestar Familiar.
2. Planificar a nivel regional y zonal el desarrollo de los procedimientos de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento, de verificación de estándares, inspección, vigilancia y control, auditorias de calidad, red de socios estratégicos y fortalecimiento de organizaciones que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
3. Hacer seguimiento a nivel regional y zonal, al desarrollo de las actividades enmarcadas en los procedimientos de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento, de verificación de estándares, de inspección, vigilancia y control, de auditorías de calidad, red de socios estratégicos y fortalecimiento de organizaciones que prestan el Servicio Público
de Bienestar Familiar
4. Asistir técnicamente a las diferentes instancias de la regional en todos los aspectos relacionados con los procedimientos de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento, de verificación de estándares, inspección, vigilancia y control, auditorias de calidad, red de socios estratégicos y fortalecimiento de organizaciones que prestan el
Servicio Público de Bienestar Familiar.
5. Coordinar a nivel regional y zonal la evaluación de la gestión y de los resultados de los procedimientos de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento, de verificación de estándares, de inspección, vigilancia y control, de auditorías de calidad, red de socios estratégicos y fortalecimiento de organizaciones que prestan el Servicio Público
de Bienestar Familiar.
6. Informar oportunamente a la <sic> instituciones a las que se les ha otorgado licencia de funcionamiento, los términos de vencimiento de la misma y/o del concepto sanitario.
7. Actualizar el sistema de información de licencias y personerías jurídicas.
8. Elaborar el plan de visitas de Inspección.
9. Realizar las visitas de Inspección, de acuerdo a los procedimientos establecidos.
10. Realizar las visitas de Vigilancia que resulten de las situaciones encontradas en las visitas de inspección y aprobadas por el comité técnico de inspección, vigilancia y control.
11. Elaborar y reportar los informes de visitas de inspección, vigilancia y control al comité técnico de inspección, vigilancia y control.
12. Proponer las acciones de control en caso de ser requerido y de acuerdo a la normatividad vigente.
13. Ser parte del equipo técnico de inspección, vigilancia y control Regional.
14. Apoyar a la Oficina de Aseguramiento a la Calidad en la verificación de las obligaciones contraídas por las personas naturales o jurídicas contratadas para realizar la verificación de estándares.
15. Coordinar a nivel regional con las diferentes dependencias misionales regionales los espacios de formación a los que haya lugar respecto de los procedimientos del proceso de aseguramiento de estándares.
16. Consolidar, actualizar y remitir a la Oficina de Aseguramiento a la Calidad los directorios de entidades contratistas y unidades aplicativas por centro zonal.17. Coordinar la elaboración del plan de verificación de estándares anual.
18. Establecer espacios de coordinación con las personas naturales o jurídicas contratadas para el desarrollo de la verificación de estándares con el fin de evaluar los avances y dificultades en su desarrollo y analizar los resultados y socializarlos a nivel regional a partir de las fechas de corte definidas.
19. Realizar en coordinación con las personas naturales o jurídicas contratadas para la verificación de estándares, la presentación de la guía de verificación de estándares, los respectivos instrumentos de verificación de estándares, su uso y manejo a las entidades contratistas y unidades aplicativas.
20. Efectuar seguimiento a las actuaciones de los centros zonales respecto a los resultados de reporte inmediato y realizar los reportes correspondientes a la Oficina de Aseguramiento a la Calidad.
21. Realizar seguimiento al centro zonal frente a la generación y ejecución de acciones relacionadas con entidades contratistas y unidades aplicativas/puntos cuando los resultados muestran que cumplen parcialmente con las
condiciones de calidad para operar el servicio y por lo tanto queden en seguimiento y asistencia técnica de forma inmediata y/o a mediano plazo, así como aquellas que no cumplen con las condiciones de calidad exigida y requieran de actuaciones técnicas, jurídicas o administrativas según corresponda.
22. Coordinar a nivel regional y zonal el análisis de la información resultante de la verificación de estándares a nivel local con el fin de establecer el plan de asistencia técnica que se requiere.
23. Presentar a la Oficina de Aseguramiento a la Calidad informes mensuales de actividades realizadas en el desarrollo del objeto contractual.
24. Desplazarse a los centros zonales y Sede de la Dirección Nacional, cuando se haga necesario en desarrollo de las funciones del proceso de aseguramiento a la calidad.
25. Concertar con la oficina de Aseguramiento a la Calidad las demás actividades y tareas específicas que estén dentro de las funciones asignadas a esta Oficina, en coordinación con otras dependencias del ICBF u otras instituciones.
26. Desarrollar oportunamente las actividades correspondientes a la implementación de la Red de Socios en sus componentes virtuales y presenciales.
27. Realizar los informes sobre la implementación de la Red de Socios en sus componentes virtuales y presenciales a nivel de la Regional y de los Centros Zonales.
28. Verificar, actualizar y reportar oportunamente al Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad, el directorio de operadores de los servicios misionales del Instituto.
29. Realizar diagnósticos sobre el nivel de requisitos contenidos en la Norma Técnica de Empresa definida con ICONTEC en el marco del proceso de Fortalecimiento de organizaciones que prestan el Servicio Público de Bienestar
Familiar, en aquellas regionales que sean seleccionadas.
30. Las demás funciones que que <sic> le sean asignadas por el Jefe de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad.
ARTÍCULO TERCERO. Los gastos que ocasione la presente Resolución se causarán por el cupo de vigencias futuras, cuya aprobación fue comunicada al ICBF mediante oficios del 18 y 25 de octubre de 2012 enviados por el Director General del Presupuesto Público Nacional al Director de Planeación y Control de Gestión del ICBF, en donde se indica que dichos gastos han sido aprobados para el programa 320 “Protección y Bienestar Social del Recurso Humano”, Subcuenta 1504 “Atención de la Familia, Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Juventud”, Proyecto 007 “ProtecciónAcciones para preservar y Restituir el Ejercicio Integral de los Derechos de la Niñez y la Familia. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 17 OCT. 2012 DIEGO MOLANO APONTE Director GeneralDisposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)