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ICBF - Resolución 9961 de 2018

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Título
ICBF - Resolución 9961 de 2018
Autor
ICBF
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Familia
Año
2018

Gov.co Gobierno de Colombia Derecho del Bienestar Familiar Buscar en la compilación   Logo ICBF Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Menú principal Inicio Compilación normativa interna Compilación normativa externa Compilación normativa funcionamiento Índice temático de asuntos misionales Restablecimiento de derechos Jurisprudencia Doctrina Novedades Búsqueda avanzada

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Índice RESOLUCION 9961 DE 2018

(Agosto 8) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Por la cual se efectúa una desagregación y asignación en el Presupuesto de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De La fuente De Lleras para la Vigencia Fiscal del año 2018 LA DIRETORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 1222 de 2018, y CONSIDERANDO Que el Congreso de Colombia, mediante Ley No. 1873 del 20 de diciembre de 2017, decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la

Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018. Que a través del Decreto No. 2236 del 27 de diciembre de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público liquida el Presupuesto General de la Nación para la Vigencia Fiscal de 2018, detallando las Apropiaciones, clasificando y definiendo los gastos. Este Decreto incluye el Presupuesto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la Vigencia Fiscal 2018. Que mediante Resolución No. 13747 del 29 de diciembre de 2017, la Dirección General del ICBF desagregó y asignó el Presupuesto de Ingresos y Gastos a Nivel Nacional, Regionales y Sede Nacional, para la vigencia fiscal de 2018. Que los artículos 20 de la Ley 1873 de 2017 y el Decreto 2236 de 2017 disponen que: “Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos, lo hará el representante legal de estos”. Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución 2306 del 3 de agosto de 2018, efectuó modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, realizando una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar

Familiar para la vigencia fiscal 2018, con el cual se acreditó la Sección 4106 (ICBF) en el Proyecto C-4102-1500-1 Desarrollar Acciones de Promoción y Prevención en el Marco de la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el territorio Nacional por valor de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000.000), con recurso 11 - Otros recursos del tesoro. Que el Director de Nutrición mediante memorando No. 1-2018-079043-0101 del 06 de agosto de 2018, solicita la desagregación de la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000.000), con recurso 11 - Otros recursos del tesoro, que se encuentran en el Proyecto C4102-1500-1 Desarrollar Acciones de Promoción y Prevención en el Marco de la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional, al Identificador Presupuestal C-4102-1500-1-0-101 Atención Y Prevención a la Desnutrición con recurso 11 - Otros recursos del Tesoro. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Desagregar y asignar como Presupuesto de Gastos de Inversión del ICBF para la vigencia 2018 la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000.000), con recurso 11 -Otros recursos del Tesoro, del Proyecto C-4102-1500-1 Desarrollar Acciones de Promoción y Prevención en el Marco de la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el territorio Nacional I, de conformidad con lo

siguiente: PRG SPRG PROY PROYO SBPY REC CONCEPTO APROPIACIÓN INVERSIÓN $ 20.000.000.000,00 4102 DESARROLLO $ 20.000 000 000,00

INTEGRAL DE

NINAS, NINOS Y ADOLESCENTES 4102 1500 INTERSUBSECTORIAL $ 20.000 000.000.00

DESARROLLO SOCIAL 4102 1500 1 DESARROLLAR ACCIONES DE $ 20 000 000 000,00

PROMOCION Y PREVENCIÓN EN

EL MARCO DE LA POLÍTICA DE

SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL 4102 1500 1 0 DESARROLLAR $ 20 000.000 000.00

ACCIONES DE

PROMOCION Y

PREVENCIÓN

EN EL MARCO

DE LA

POLÍTICA DE

SEGURIDAD

ALIMENTARIA

Y NUTRICIONAL 4102 1500 1 0 101 ATENCIÓN Y $

PREVENCIÓN A 20.000.000.000,00

LA DESNUTRICIÓN 4102 1500 1 0 101 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO $ 20 000.000.000,00 4102 1500 1 0 101 01 SEDE NACIONAL $ 636 750.248,00 4102 1500 1 0 101 05 ANTIOQUIA $ 526 302.069,00 4102 1500 1 0 101 08 ATLANTICO $272.717.295,00 4102 1500 1 0 101 13 BOLIVAR $ 1.467.794.400,00 4102 1500 1 0 101 17 CALDAS $ 213.462.152,00

4102 1500 1 0 101 18 CAQUETA $ 597.232.342,00 4102 1500 1 0 101 19 CAUCA $751.122.915,00 4102 1500 1 0 101 20 CESAR $ 1.007.575.454,00 4102 1500 1 0 101 23 CORDOBA $ 946.485.243,00 4102 1500 1 0 101 25 CUNDINAMARCA $258.759.100,00 4102 1500 1 0 101 27 CHOCO $2.322.984.612,00 4102 1500 1 0 101 41 HUILA $ 301.656.520,00 4102 1500 1 0 101 44 GUAJIRA $ 2.776.367.688,00 4102 1500 1 0 101 47 MAGDALENA $ 1.055.345.387,00 4102 1500 1 0 101 50 META $ 1.175.370.608.00 4102 1500 1 0 101 52 NARIÑO $ 1.313.764.984.00 4102 1500 1 0 101 66 RISARALDA $ 300.736.894,00 4102 1500 1 0 101 70 SUCRE $ 705.404.398,00 4102 1500 1 0 101 73 TOLIMA $ 416.198.463,00 4102 1500 1 0 101 76 VALLE $ 234.713.734,00 4102 1500 1 0 101 81 ARAUCA $ 153.643.792,00 4102 1500 1 0 101 85 CASANARE $ 142.740.334.00

4102 1500 1 0 101 86 PUTUMAYO $ 621.087.116.00 4102 1500 1 0 101 91 AMAZONAS $ 596.756.521,00 4102 1500 1 0 101 94 GUAINIA $ 34.493.171,00 4102 1500 1 0 101 95 GUAVIARE $ 177.108.815,00 4102 1500 1 0 101 97 VAUPES $ 453.323.543,00 4102 1500 1 0 101 99 VICHADA $540.102.202,00

TOTAL $ 20.000.000.000,00

APROPIACIÓN Ir al inicio ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 8 AGO. 2018 SOL INDIRA QUICENO FORERO Directora General (E) Ir al inicio Derecho del Bienestar Familiar La publicación "Derecho del Bienestar Familiar" ”, es responsabilidad de Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S, de acuerdo con el contrato No. 01017062023.

ISBN : 978-958-98873-3-2

Créditos y reserva de derechos de autor ICBF - DRA © 2023

Última actualización: Control de versiones logo logo co

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) Dirección Sede de la Dirección General: Av. Carrera 68 # 64C - 75 Bogotá, Colombia.

Código Postal: 111061

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Consultar Entidades del Sector de la Inclusión Social y Reconciliación.

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