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ICBF - Resolución1533 de 2024 - por la cual se adopta manual operativo modalidad fortalecimiento

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Detalles

Título
ICBF - Resolución1533 de 2024 - por la cual se adopta manual operativo modalidad fortalecimiento
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
2024

-4 COLOMBIA Instituto Colombiano de Bienestar Familiar $ O Cecilia De la Fuente de Lleras y Ao VIDA Dirección General BIENESTAR Pública FAMILIAR RESOLUCIÓN No. 1333 0 3 ABR 2024 “Por la cual se adopta el Manual Operativo de la Modalidad para el Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes” Versión 2 y se deroga la Resolución 5700 del 31 de julio de 2023” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS - 1CBF En uso de las facultades legales y estatutarias establecidas en la Ley 7 de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el litera! a) del artículo 28 del Acuerdo 102 de 1979 aprobado por el Decreto 334 de 1980 y demás normas concordantes y complementarias y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 5 de la Constitución Política “El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad”. Asimismo, otorga una prelación a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, prueba de ello es que su artículo 45 establece que "el adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral”, Que el instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras” - ICBF-, fue creado mediante la Ley 75 de 1968, reglamentado por el Decreto 2388 de 1979 y compilado por el Decreto 1084 de 2015. Acorde con el artículo 20 de la

Ley 7 de 1979 el ICBF tiene por objeto “propender y fortalecer la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteger al menor de edad y garantizarle sus derechos”. Por tal razón es que el Instituto, de conformidad con el numeral 22 del artículo 21 de la Ley 7 del 1979, se constituye como “la entidad de defensa de las familias colombianas, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Trabajará con las familias para prevenir la desnutrición, las distintas formas de violencia, las adicciones, la deserción escolar, y el abandono de los niños, niñas y adolescentes”. Que con la finalidad de garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo se expidió la Ley 1098 de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”. El parágrafo del artículo 11 de esta norma determina que el ICBF es el "..ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75 de 1968 y Ley 7 de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento cuando hubiere lugar (...)”. Que en línea con lo anterior la Ley 1622 del 2013, modificada por la Ley 1885 de 2018, expidió el "estatuto de ciudadanía juvenil”. El objeto de esta norma es “Establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el

ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del pais”. Que en el año 2018 se construyó y adoptó la Política Nacional de Infancia y Adolescencia (2018-2030). El objetivo de esta política es "generar las condiciones de bienestar, acceso a las oportunidades con equidad e incidencia de las niñas, niños y adolescentes en la transformación del país”. Dicha política fue adoptada mediante www.iebf.gov.co E ¡cercolombia El encercolombia [E excotcolombiaoficial Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional ICBF Avenida Carrera 68 No. 64C-75 01 8000 91 8080

Teléfono: 4377630 1 anigáP

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Dirección General A A FAMILIAR Pública RESOLUCIÓN No. 1525 03 ABR 202 “Por la cual se adopta el Manual Operativo de la Modalidad para el Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes' Versión 2 y se deroga la Resolución 5700 del 31 de julio de 2023"

la Ley 2328 de 2023 y sentó las “bases conceptuales, técnicas, financieras y de gestión para, de manera progresiva garantizar la atención integral de niñas, niños y adolescentes entre los seis (6) y los dieciocho (18) años en el marco del desarrollo integral”, Que acorde con la normatividad citada, el ICBF, dentro de su misionalidad lidera la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos relativos a la infancia y la adolescencia en el Sector de la Igualdad y la Equidad. Que el Decreto 987 de 2012, modificado por el Decreto 879 de 2020, trasformó la estructura del ICBF y determinó las funciones de sus dependencias. De conformidad con el numeral 4 del artículo 33 de esta norma, la Dirección de Adolescencia y Juventud es la encargada de "Apoyar en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos en favor de la adolescencia y juventud, en coordinación con las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, la Consejería Presidencial para la Juventud, el sector privado y organismos internacionales, orientados a la promoción y garantía de los derechos de los adolescentes y jóvenes y a la prevención de sus vulneraciones”. Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social expidió el documento CONPES 4040 de 2021 “Pacto Colombia Con Las Juventudes: Estrategias Para Fortalecer El Desarrollo Integral De La Juventud”, El objetivo general de esta política pública es “Fortalecer el desarrollo integral de la población joven urbana y rural y la construcción de sus proyectos de vida para contribuir a su vinculación

como agentes de desarrollo político, económico, social y cultural del país”. Que la Ley 2294 de 2023 expidió el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida”. El objetivo del PND es “sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestro relacionamiento con el ambiente y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Este proceso debe desembocar en la paz total, entendida como la búsqueda de una oportunidad para que todos podamos vivir una vida digna, basada en justicia; es decir, en una cultura de la paz que reconoce el valor excelso de la vida en todas sus formas y que garantiza el cuidado de la casa común”. Aunado a lo anterior, el PND indica que el ICBF contribuirá con la construcción de la paz total y cumplirá un rol estratégico en lo relacionado con el desarrollo social del país y, específicamente, con el desarrollo integral de la niñez, las juventudes y las familias. Para ello, se propone una transformación institucional que implica el rediseño y fortalecimiento de sus programas. Que en congruencia con lo anterior, se expidió la resolución Resolución 5700 del 31 de julio de 2023, por medio de la cual se adoptó "e! Manual operativo de la Modalidad de Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes”.

Que con la expedición de la Ley 2281 de 2023 "Por medio de la cual se crea el Ministerio de la igualdad y equidad y se dictan disposiciones” y del Decreto 1075 del 29 de junio de 2023 “Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Igualdad y Equidad”, se crea una nueva estructura en el Estado Colombiano que da un alcance diferente a los programas de los cuales son beneficiarios los adolescentes y jóvenes; razón por la cual se requiere una reestructuración de la www.icbf.gov.co E3 ¡caFColombia E) ExC8FColombia Bicbicolombiaoficiat Sede de la Dirección General Línea gratuita nacional I[CBF Avenida Carrera 68 No, 64C-75 i 01 8000 91 8080

Teléfono: 4377630 i .ZanigáP s COLOMBIA Instituto Colombiano de Bienestar Familiar e.

(e VIDA Cecilia De la Fuente de Lleras y 9 Dirección General BIENESTAR Pública FAMILIAR RESOLUCIÓN No. 1533 0 3 ABR 2024 "Por la cual se adopta el Manual Operativo de la Modalidad para el Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes” Versión 2 y se deroga la Resolución 5700 del 31 de julio de 2023” oferta institucional, que tenga en cuenta este cambio. Que en aras de fortalecer la oferta de atención de la Dirección de Adolescencia y Juventud a través de la “Modalidad para el Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes”, y teniendo en cuenta el proceso de implementación en la vigencia 2023, es necesario actualizar el Manual

Operativo de la Modalidad referida para la vigencia 2024. Que la Dirección de Adolescencia y Juventud del ICBF junto con las direcciones misionales, Subdirección General, Direcciones Regionales, Centro Zonales y ciudadanía adelantó el proceso de actualización de la Modalidad Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes, con el fin de responder a necesidades de cualificación de la atención y la nueva estructura y funciones del Sector Igualdad y Equidad en materia de adolescencia y Juventud. Se realizaron los ajustes respectivos de acuerdo con las observaciones recibidas. Lo anterior, acorde con el procedimiento para el diseño y desarrollo de lineamientos técnicos y/o Manuales operativos “P14.DE, del Proceso de Direccionamiento Estratégico”. Que dando cumplimiento al numeral 9 del artículo 3 y el numeral 3 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”; al artículo 2.1.2.1,14 del Decreto 1081 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Unico del Sector Presidencia de la República”; y al artículo 2 de la Resolución 0353 del 2023 del ICBF, el proyecto de este acto administrativo fue publicado en la Página Web del Instituto https://www.icbf.gov.co/participa/consulta-ciudadana el 26 de enero de 2024 por el término de diez (10) días, luego de los cuales no se recibieron observaciones de parte de la ciudadanía. Que teniendo en cuenta las actualizaciones de las cuales será objeto el Manual Operativo vigente, resulta necesario derogar la Resolución 5700 del 31 de julio de

2023 y adoptar el nuevo Manual Operativo de la Modalidad Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. OBJETO. Adoptar el Manual Operativo de la “Modalidad para el Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes” versión 2, el cual hace parte integral de la presente Resolución, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.

ARTÍCULO SEGUNDO. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El Manual Operativo de la “Modalidad para el Fortalecimiento de Habilidades, Vocaciones y Talentos de Adolescentes y Jóvenes” es de obligatorio cumplimiento especialmente para las Direcciones Regionales y áreas del ICBF, servidores públicos y demás colaboradores que presten, asesoren u orienten el servicio público de Bienestar Familiar. ARTÍCULO TERCERO. SOCIALIZACIÓN Y APLICACIÓN. La Dirección de Adolescencia y Juventud o quien haga sus veces, la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y sus referentes territoriales, los Directores Regionales, los 3 Coordinadores del Grupo de Asistencia Técnica y los Coordinadores de Centros a n i Zonales del ICBF, serán responsables de la socialización y aplicación del Manual g á P www. icbf.gov.co ¡CBFColombia E) eIcaFcolomba Qicbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General! Línea gratuita nacional I¡CBF Avenida Carrera 68 No. 64C-75 01 8000 91 8080

Teléfono: 4377630

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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C, a los

STRID ELIANA CÁCERES CÁRDENAS

Directora General

NOMBRE CARGO - VISTOS

DEPENDENCIA BUENOS

Aprobó _ JAdriana Velásquez Lasprilla Subdirectora General Úicco Lafayor? Aprobo [Diana Mireya Parra Cardona Asesora Despacho Dirección General UE Aprobó Daniel Eduardo Lozano Bocanegra | Jefe Oficina Asesora Jurídica an La. LuwL Aprobó Naya Gutiérrez Pinzón Directora de Adolescencia y juventud Aprobó Carlos Alberto Córdoba Montaño Subdirector de Operación de Programas para la Adolescencia y 1

Juventud a Aprobó Julie Pauline Trujillo Vanegas - Subdirectora de Gestión Técnica pará la atención a la Adolescencia y a Juventud (e) e . Revisó Carolina del Pilar Torres Montana Contratista Subdirección General Revisó Angelica 3. Ortiz C. Abogada GA) - Oficina Asesora Jurídica | AngelliOc a Cl | Victor M, Mendez O, Abogado GA) - Oficina Asesora Jurídica Revisó Rafael Eduardo Ronderos Garcia Contratista Dirección de Adolescencia y Juventud > e ga Nelson Orlando Poveda Contratista Dirección de Adolescencia y Juyentud “Es j Revisó Juan Pablo Cruz Casteblanco Contratista - ContratistaSubdirección de operaciones Adolescencia y | Teee Yo Liuz | Juventud Proyectó | Clarisa Andrea Reales Arrieta Contratista - Dirección Adolescencia y Juventud da | | L | a n i g á P www.icbf.gov.co Ed icarcotombia £3 excercolombia Eicbfcolombiaoficial Sede de la Dirección General i Línea gratuita nacional ICBF Avenida Carrera 68 No. 64C-75 ¡ 01 8000 91 8080

Teléfono: 4377630 |

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