ICFES - Resolución 196 de 2020
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Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 196 de 2020
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2020
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Reglamentario del Sector Educación”, señala que el calendario de aplicación del examen Saber 11 será determinado por el Icfes. Que, dando cumplimiento a lo anterior, el Icfes expidió la Resolución 888 del 18 de noviembre de 2019, “Por la cual se establece el calendario 2020 de los exámenes que realiza el Icfes”, cuyo artículo 1o numeral 1o fijó el cronograma del examen de Estado Icfes Saber 11 calendario B, examen Pre Saber y examen de validación del bachillerato. Allí se estableció como fecha de aplicación del examen el 15 de marzo de 2020. Que con ocasión de la propagación del Coronavirus (COVID-19), el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Educación Nacional expidieron la circular 011 del 09 de marzo de 2020[1] donde se impartieron recomendaciones a las entidades territoriales para adoptar medidas tendientes a la contención de la epidemia del virus en sitios y eventos de alta afluencia de personas. Que el Director de la Organización Mundial de la Salud – OMS, declaró el 11 de marzo de 2020 que “A lo largo de las dos últimas semanas, el número de casos de COVID-19 fuera de China se ha multiplicado por 13, y el número de países afectados se ha triplicado. En estos momentos hay más de 118 000 casos en 114 países, y 4291 personas han perdido la vida. (…) En los días y semanas por venir esperamos que el número de casos, el número de víctimas mortales y el número de países afectados aumenten aún más. (…) Por estas razones, hemos llegado a
la conclusión de que la COVID-19 puede considerarse una pandemia. (…)”. [2] Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió´ la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, “Por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus”, en la cual se establecieron medidas dirigidas a la prevención y contención del riesgo epidemiológico asociado al COVID-19. Que el Icfes emitió un comunicado el 12 de marzo en el que señalaba las medidas de prevención entonces justificadas, de cara a la presentación del examen Saber 11 del 15 de marzo. Que, como resultado del monitoreo constante de los comités regionales, previo un análisis de alternativas técnicas realizado de manera conjunta entre el Ministerio de Educación Nacional, el Icfes e Instituciones de Educación Superior, y bajo el liderazgo del señor Presidente de la República, consideraron necesario adoptar medidas extraordinarias y urgentes para contener y evitar la propagación del virus en atención al grave incremento en las cifras reportadas por el Ministerio de Salud. Que, con base en lo anterior, se suspenderá la presentación del examen de Estado Icfes Saber 11 calendario B, examen Pre Saber y examen de validación del bachillerato programado para ser aplicado el 15 de marzo de 2020, y se aplazará hasta tanto se levante por la autoridad respectiva, el estado de emergencia sanitaria actual y estén dadas las condiciones de seguridad necesarias para su realización.
Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1o. Suspender la presentación del examen de Estado Icfes Saber 11 calendario B, examen Pre Saber y examen de validación del bachillerato del 15 de marzo de 2020. ARTÍCULO 2o. Aplazar la fecha de presentación del examen de Estado Icfes Saber 11 calendario B, examen Pre Saber y examen de Validación del Bachillerato, la cual fue fijada en la Resolución 888 del 18 de noviembre de 2019, hasta tanto se supere la emergencia sanitaria actual y estén dadas las condiciones de seguridad necesarias para su presentación. ARTÍCULO 3o. Aplazar las etapas siguientes del cronograma que dependan de la presentación del examen de Estado Icfes Saber 11 calendario B, examen Pre Saber y examen de Validación del Bachillerato del 15 de marzo de 2020.ARTÍCULO 4. Una vez superada la emergencia sanitaria actual, el Icfes establecerá un nuevo cronograma para la presentación de los exámenes de que trata el presente acto administrativo y de las etapas que lo ameriten. ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los
MÓNICA OSPINA LONDOÑO
Directora General
<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.
1. Recomendaciones para prevención, manejo y control de la infección respiratoria aguda por el nuevo control del Coronavirus (COVID-19) en el entorno educativo.
2. Fuente oficial: https://bit.ly/2wYTkw8
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ISBN : [978-958-11-1124-4] Última actualización: Control de versiones
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