ICFES - Resolución 197 de 2020
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Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 197 de 2020
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2020
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pública de impacto mundial. Que, la emergencia sanitaria por causa de la presencia del virus COVID-19, constituye un hecho de fuerza mayor, exterior, irresistible e imprevisible, por lo cual es deber de la administración adoptar las medidas transitorias que garanticen la seguridad de la salud de servidores, la protección de los ciudadanos, así como el respeto por la seguridad jurídica y el debido proceso de los implicados e investigados en las actuaciones que cursan actualmente en la Secretaría General del Icfes, para lo cual se deben adecuar las condiciones de la prestación del servicio frente a la inminencia de la situación y su posible interrupción. Que, en virtud de lo anterior, se suspenderán los términos de los procesos disciplinarios que cursan actualmente en la Secretaría General del Icfes, del 16 al 31 de marzo de 2020. Que, la decisión de suspender los términos a partir del 16 y hasta el 31 de marzo de 2020, por tratarse de una medida de fuerza mayor interrumpe los términos de caducidad y prescripción de los procesos disciplinarios que se adelantan en la Secretaría General del Icfes En merito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Suspender Términos Procesales a partir del 16 y hasta el 31 de marzo de 2020 en los procesos disciplinarios que se adelantan en la Secretaría General del Icfes. PARÁGRAFO. Al término de este plazo se expedirán las decisiones sobre la continuidad de esta medida. ARTÍCULO SEGUNDO. La suspensión de términos implica la interrupción de los términos de caducidad y
prescripción de los procesos disciplinarios que se adelantan en la Secretaría General del Icfes. ARTÍCULO TERCERO. Publicar la presente Resolución en la página web de la entidad y en un lugar visible de las instalaciones de la Secretaría General del Icfes
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., el
CIRO GONZÁLEZ RAMÍREZ
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