ICFES - Resolución 258 de 2024
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Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 258 de 2024
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2024
Gov.co Logo Icfes Logo SLRDC ¿Qué buscas? Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Documento Inicio Documento Resolución 258 de 2024 ICFESEE Ocultar anotaciones Buscar Índice RESOLUCIÓN 258 DE 2024 (mayo 30) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES Por la cual se reglamenta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño (CIGD) del Icfes, se conforma el modelo de operación denominado Sistema Inteligente para la Gestión Organizacional –SIGO, y se derogan las Resoluciones 253 de 2020, y 256 de 2023 y se dictan otras disposiciones. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – Icfes En ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en la Ley 1324 de 2009 y los Decretos 5014 de 2009 y 1083 de 2015 y CONSIDERANDOQue, la Asamblea General de las Naciones Unidas la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, que representa
una oportunidad histórica para América Latina y el Caribe, abordó aspectos de gran relevancia para la región como lo son el poner fin a la pobreza, disminuir la desigualdad en todas sus dimensiones, el crecimiento económico, entre otros. Que la Agenda está constituida por 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 metas que contienen desafíos sociales, medioambientales y económicos, que necesitan de cambios en el funcionamiento de las sociedades, las economías, y de las organizaciones públicas y privadas con la interacción con el planeta. “Son un llamado universal a la adopción de medidas para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad” (ONU, 2015). Que, el papel de la educación en esta agenda es trascendental, la educación promueve movilidad social y económica, pilar para la erradicación de la pobreza; la educación aporta a la reducción de las desigualdades en todas sus manifestaciones; la educación empodera a las personas para el logro de una vida saludable y ante todo sostenible; la educación fomenta el respeto, la tolerancia, la empatía y la convivencia, lo que permite construir sociedades seguras y pacíficas (UNESCO, 2015). Que, la aplicación de la Gobernanza Pública para un Gobierno Inteligente y Sostenible requiere que el gobierno regule y supervise el uso de las herramientas tecnológicas en el sector público y fuera de él, gestionando la transformación digital con gobernabilidad y gobernanza con un enfoque centrado en la sostenibilidad. La
transformación del gobierno digital pasó a ocupar un lugar destacado en el diálogo político mundial a medida que los gobiernos comenzaron a priorizar el uso de herramientas y datos digitales en las operaciones internas, los procesos políticos y la prestación de servicios públicos que satisfacen las necesidades básicas de los usuarios hacia modelos inteligentes y sostenibles. Que, para alcanzar la madurez digital, se requieren marcos de gobernanza adecuados que faciliten una transformación sistémica que, al mismo tiempo, se oriente a satisfacer las necesidades de los usuarios de manera sostenible fomentando así la confianza pública. Los gobiernos deben poseer liderazgo, la previsión, la proactividad, los recursos, la diversidad de los equipos, la coherencia de las políticas con otras reformas, la coordinación institucional, el trabajo articulado y compromiso ético para producir resultados basados en modelos inteligentes y sostenibles. Esto requiere una transformación integral del gobierno que abarque la gobernanza institucional, la definición de perfiles laborales, la gestión de los recursos humanos, los métodos de trabajo, y una la cultura y mentalidad orientadas hacia la inteligencia y sostenibilidad. Que, el artículo 209 de la Constitución Política dispone que ¨la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolló con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones¨. Igualmente señala que: ¨Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el
adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley¨. Que, la Ley 87 de 1993 establece normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del estado, entendido como el Sistema Integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. Que, la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de la Administración Pública estableció el Sistema de Desarrollo Administrativo, en los artículos 15 al 23. Que, el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 establece la integración del Sistema de Gestión de la Calidad, creado por la Ley 872 de 2003 con los Sistemas de Desarrollo Administrativo de la Ley 489 de 1998, que deben articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control interno, consagrados en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998. De conformidad con lo anterior, se identifica la necesidad deadelantar actividades integradoras, respecto a los lineamientos y sistemas implementados por el Instituto, según
lo definido normativamente. Que, mediante el Decreto 1499 de 2017, se modificó el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, sustituyendo los Títulos 22 y 23 de la Parte 2 del Libro 2, en lo relacionado con el Sistema de Gestión y se establece su articulación con el Sistema de Control Interno; adoptando el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. El mismo decreto (ibidem) establece que, el Sistema de Gestión está conformado por las políticas, normas, recursos e información, necesarios para dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a lograr resultados, para satisfacer las necesidades y derechos de los ciudadanos. De igual forma, en el artículo 2.2.22.1.5 s se complementa y articula, entre otros, con los Sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información. Que, el Decreto 1499 de 2017, consagra que las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, se denominan políticas de Gestión y Desempeño Institucional, y comprenderá, entre otras, las siguientes:
1. Planeación Institucional, 2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público, 3. Talento humano, 4.
Integridad, 5. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción, 6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, 7. Servicio al ciudadano, 8. Participación ciudadana en la gestión pública, 9. Racionalización de trámites, 10. Gestión documental, 11. Gobierno Digital, 12. Seguridad Digital, 13. Defensa jurídica, 14. Gestión del conocimiento y la innovación, 15. Control Interno,16. Seguimiento y evaluación del desempeño institucional, 17. Mejora Normativa (adicionado por el artículo 2 del Decreto 1299 de 2018) y 18. Gestión de la Información Estadística (adicionado por el artículo 1 del Decreto 454 de 2020.) 19. Compras y Contratación Pública (adicionado por el artículo 1 del Decreto 742 de 2021). Estas Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias. De igual forma, en el artículo 2o señala que el Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el
logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno (MECI). Que, el Decreto 648 de 2017 en el artículo 8 señala que el Sistema Institucional de Control Interno estará integrado por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, dentro de las políticas trazadas por la alta dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la entidad. Que, el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión establece en sus generalidades que MIPG funciona mediante tres componentes: una institucionalidad, una operación y una medición. I) La Institucionalidad referida al conjunto de instancia que trabajan coordinadamente para establecer las reglas, condiciones, políticas, metodologías para que el Modelo funcione y logre sus objetivos; entre ellas, las aplicables a las Entidades del orden nacional, el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, en el nivel nacional; II) la Operación de MIPG a través de un conjunto de siete (7) dimensiones que agrupan las políticas de gestión y desempeño institucional (Talento Humano, Direccionamiento estratégico y Planeación, Gestión con valores para resultados, Evaluación de resultados, Información y comunicación, Gestión del conocimiento y Control Interno), las cuales deberán implementarse de maneraarticulada e intercomunicada para el adecuado funcionamiento de MIPG; y III) la Medición del Desempeño
Institucional – MDI, definida como un “ejercicio anual que busca determinar el estado de la gestión y desempeño de las entidades públicas del orden nacional y territorial, bajo los criterios y estructura del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG (evaluación de las políticas). Buscan también medir el avance del Sistema de Control Interno implementado a través del Modelo Estándar de Control Interno – MECI”, mediante el Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión – FURAG. Que, la Ley 1324 de 2009 en su artículo 12 establece que el Icfes es una empresa estatal de carácter social del sector Educación Nacional, entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional. Que, el Icfes expidió las Resoluciones (i) 253 de 2020, por la cual se adoptó la política en materia de gestión ambiental, (ii) Resolución 000542 del 2020 Por la cual se actualiza y adiciona la Resolución No. 000875 del 20 diciembre de 2016, que establece la adopción de la Política General de Seguridad y Salud en el Trabajo.(iii) Resolución 485 de 2022 por la cual se actualiza la política y el manual de políticas de seguridad y privacidad de la información del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información - SGSI y derogó la resolución 391 de 2020 y iv) la Resolución 256 de 16 de junio de 2023, a través de la cual se actualiza el Modelo Integrado de
Planeación y Gestión (MIPG), las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, se modifica el artículo 8 de la Resolución 253 de 2020 y se derogan las Resoluciones 188 de 2010 y 471 y 666 de 2021. Que, de acuerdo con la Sentencia C-035-2016 el concepto de desarrollo sostenible ha sido uno de los pilares fundamentales de los distintos tratados y conferencias internacionales sobre el ambiente desde 1987 en adelante. En ese año, la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo presentó una primera aproximación sobre este concepto, según el cual, el desarrollo sostenible es aquel que garantiza las necesidades del presente sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. En esa medida, el concepto de desarrollo sostenible gira en torno al equilibrio entre el crecimiento económico, el bienestar social y la preservación de los recursos naturales, perspectiva de desarrollo que fue recogida en el art. 80 de la Constitución. De igual forma, la Sentencia C-479-2020, la Corte Constitucional al efectuar control de constitucionalidad al Acuerdo para el Establecimiento del Instituto Global para el Crecimiento Verde suscrito en Río de Janeiro el 20 de junio de 2012 y a la Ley 1954 de 2019, que lo aprobó, declarando la exequibilidad de los citados preceptos, indicó que el contenido ecológico de la Constitución Política le otorga al ambiente sano una triple dimensión: (i) es un principio que irradia todo el orden jurídico; (ii) es un derecho constitucional
(fundamental y colectivo) exigible por todas las personas a través de diversas vías judiciales; y es una obligación en cabeza de las autoridades, la sociedad y los particulares, al imponer deberes calificados de protección. En ese sentido, el artículo 333 superior desataca la libertad económica -junto con sus componentes de libre iniciativa privada, de libertad de empresa y de libre competenciacomo la base del desarrollo, pero al mismo tiempo, prevé limitaciones cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación. Por ello, este Tribunal ha reconocido que el modelo de desarrollo sostenible toca cuatro aristas: “(i) la sostenibilidad ecológica, que exige que el desarrollo sea compatible con el mantenimiento de la diversidad biológica y los recursos biológicos, (ii) la sostenibilidad social, que pretende que el desarrollo eleve el control que la gente tiene sobre sus vidas y se mantenga la identidad de la comunidad, (iii) la sostenibilidad cultural, que exige que el desarrollo sea compatible con la cultura y los valores de los pueblos afectados, y (iv) la sostenibilidad económica, que pretende que el desarrollo sea económicamente eficiente y sea equitativo dentro y entre generaciones”. Esto “se hace más importante en países como los nuestros, donde la pobreza mayoritaria está unida a la escasez, pues no habrá desarrollo sostenible mientras casi la mitad de la población viva en niveles de extrema pobreza”. Que, el Icfes previo análisis realizado, identifica la necesidad de incorporar las herramientas de gestión ordenadas por el Gobierno Nacional, adoptando los siguientes: (i) Asignar funciones al Comité Institucional de
Gestión y Desempeño (CIGD) relacionadas con la política de gestión estratégica de talento humano incluyendo los programas de bienestar e incentivos, según el Decreto 1499 de 2017(1), que prevé que el citado comité incluya los temas que atenderán la implementación y desarrollo de las políticas de gestión definidas en el MIPG.(ii) Realizar modificaciones referentes a la gestión y el componente ambiental, puesto que de acuerdo con el Manual Operativo de Modelo Integrado de Planeación y Gestión del MIPG del Departamento Administrativo de la Función Pública, dentro de la dimensión “Gestión con Valores para Resultados” la Gestión Ambiental, es indispensable para el buen uso de los recursos públicos; en este sentido se incluyen en las funciones del CIGD, las involucradas en la política de Gestión Ambiental del Instituto. (iii) Asignar funciones al Comité Institucional de Gestión y Desempeño relacionadas con la creación del subcomité técnico de Activos de Información, para la gestión, actualización y publicación de los instrumentos de gestión de la información pública del Icfes: El Registro de Activos de Información; El Índice de Información Clasificada y Reservada; y el esquema de publicación de información, teniendo en cuenta que cada líder de proceso realiza aprobaciones en el sistema de información dispuesto por el instituto para tal fin. Que, de conformidad con lo anterior y por el principio de unidad de materia, es conveniente actualizar las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño - CIGD e integrar los sistemas de gestión del Icfes,
acorde con las directrices y lineamientos establecidos en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Que, mediante el Decreto 1076 de 2015 se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, que es de obligatorio cumplimiento respecto a los requisitos legales ambientales aplicables. Que, por conducto del Decreto 1072 de 2015 se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo y el Icfes está obligada a la implementación, gestión y seguimiento de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como a dar cumplimiento a las fases de implementación establecidas en la Resolución 0312 de 2019, por la cual se definen los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
SG-SST.
Que, el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en su versión 5 de marzo de 2023 aprobado por el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, actualizó la Dimensión de Gestión con Valores para Resultados; en el cual se aclara el alcance, se reorganizan las políticas y se actualizan contenidos de las políticas de Servicio al Ciudadano, Participación Ciudadana, Racionalización de Trámites, Gobierno Digital y Transparencia, Lucha Contra la Corrupción y Acceso a la Información. Así como también, la política de Racionalización de trámites se menciona como: Política de Simplificación, Racionalización y Estandarización de trámites Que, de conformidad con lo anterior se unifica en un solo acto administrativo la armonización del MIPG y los
sistemas de gestión en un único modelo de operación. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
CAPÍTULO 1.
MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA
EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 1. REGLAMENTACION. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG en el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación -Icfes, como el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la entidad, con el fin de generar resultados que permita mejorar el desempeño institucional. El modelo integrado de planeación y gestión es la base para la armonización de los sistemas de gestión adoptados por la entidad, y el sistema de control interno. ARTÍCULO 2. OBJETIVOS DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN DEL MIPG. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG del Instituto, tendrá los siguientes objetivos:1. Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados.
2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación del Instituto para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.
3. Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, gestión del conocimiento, el control y la evaluación, que contribuya a la toma de decisiones y la mejora continua.
4. Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación.
5. Promover la coordinación entre entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.
ARTÍCULO 3. DIMENSIONES. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión opera a través de un conjunto de 7 dimensiones que agrupan las políticas de gestión y desempeño institucional, que, implementadas de manera articulada e intercomunicadas, permitirán que el Modelo funcione. Las dimensiones operativas son las siguientes: - Dimensión 1. Talento Humano - Dimensión 2. Direccionamiento Estratégico y Planeación - Dimensión 3. Gestión con Valores para Resultados - Dimensión 4. Evaluación de resultados - Dimensión 5. Información y Comunicación - Dimensión 6. Gestión del conocimiento y la innovación
- Dimensión 7. Control Interno.
PARÁGRAFO 1. Cada una de las 7 dimensiones se desarrolla a través de una o varias Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. ARTÍCULO 4. POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL. Las políticas de Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión que aplican al Icfes y desarrollan las dimensiones del Modelo, son las siguientes:
1. Política de Gestión Estratégica del Talento Humano
2. Política de Integridad
3. Política de Planeación institucional
4. Política de Gestión Presupuestal y Eficiencia del Gasto Público
5. Política de Compras y Contratación Pública
6. Política de Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos
7. Política de servicio al ciudadano
8. Política de Simplificación, Racionalización y Estandarización de trámites
9. Política de Participación Ciudadana en la Gestión Pública10. Política Gobierno Digital
11. Política de Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción
12. Política de Seguridad Digital
13. Política de Defensa Jurídica
14. Política de Mejora normativa
15. Política de Seguimiento y evaluación de la gestión institucional
16. Política Gestión Documental (Política de Archivos y Gestión Documental)
17. Política de Gestión de la Información Estadística
18. Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación
19. Política de Control Interno PARÁGRAFO 1. El listado enunciado contiene las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional aplicables al Icfes y vigentes a la fecha de expedición de la presente resolución, sin perjuicio de que en adelante se incorporen nuevas, fusiones o eliminen políticas de gestión y desempeño, según los lineamientos que establezca el Manual Operativo de MIPG emitido por el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional.
PARÁGRAFO 2. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se rigen por las normas que las regulan o reglamentan; y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias; sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en normas superiores.
CAPÍTULO 2.
SISTEMA INTELIGENTE PARA LA GESTIÓN ORGANIZACIONALSIGO.
ARTÍCULO 5. SISTEMA INTELIGENTE PARA LA GESTIÓN ORGANIZACIONALSIGO. El Sistema
Inteligente para la Gestión Organizacional -SIGO tiene un enfoque integral hacia la administración del Instituto y es un sistema concebido para dirigir y coordinar una amplia gama de actividades dentro del mismo. Abarca los Sistemas de Gestión de Calidad, Ambiental, de Seguridad y Privacidad de la Información, Seguridad y Salud en el Trabajo, Calidad del Proceso Estadístico y Control Interno, Modelo Estándar de Control Interno en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Este sistema posibilita la integración, dirección, planificación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de las actividades del Instituto, con el objetivo de mejorar su desempeño institucional, alcanzar resultados significativos y satisfacer las necesidades de los grupos de valor, todo en estricto cumplimiento de la legalidad vigente, basados en el “Buen Gobierno” (Gobernabilidad y Gobernanza) para la sostenibilidad. Por ello, se define como el marco operativo del instituto, conformado por un conjunto cohesionado de modelos, sistemas de gestión, normas técnicas, estándares de sostenibilidad y políticas. En este contexto, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) emerge como el referente estructural y normativo del SIGO. Su desarrollo y armonización entre las dimensiones, políticas de gestión y desempeño, sistemas de gestión, modelos y normas técnicas, delinean la dirección estratégica del Icfes. A medida que el instituto implementa otros sistemas, modelos, estándares o normas técnicas que establecen directrices en materia de gestión y desempeño, éstos se armonizan de manera coherente dentro del respectivo Modelo de Operación del
Icfes en el marco del SIGO. La conformación del sistema de gestión del Icfes se sustenta en esta resolución, asegurando una estructura armonizada y eficiente que fortalece la gestión y operación del Instituto. Los componentes del SIGO son los siguientes:1. Modelo Integrado de Planeación y Gestión: El MIPG constituye el marco estructural y normativo del Sistema inteligente para la Gestión Organizacional (SIGO), al desarrollar las dimensiones y políticas de gestión y desempeño.
2. Sistema de Gestión de Calidad (ISO 9001): El objetivo es garantizar la satisfacción de las necesidades y expectativas de los grupos de valor y de interés. Esto se logra demostrando la capacidad del Instituto para proporcionar servicios y productos que cumplen con los requisitos técnicos y legales aplicables, alentando una cultura orientada a la mejora continua.
3. Sistema de Gestión Ambiental (ISO 14001): El Instituto gestiona los impactos ambientales derivados de sus actividades, productos y servicios. Este sistema busca la mejora continua del desempeño ambiental institucional, evidenciando el compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental.
4. Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información (ISO 27001): Este sistema establece, implementa, opera, verifica, revisa, mantiene y mejora la protección de los activos de información. El objetivo es garantizar la sostenibilidad y el éxito de la entidad, protegiendo la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información de manera integral.
5. Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto 1072/2015, ISO 45001): Enfocado en
gestionar y controlar los riesgos de seguridad y salud en el trabajo, este sistema busca la implementación de un ambiente laboral sano. El objetivo es mejorar el desempeño del Instituto, promover la cultura del autocuidado, así como la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, psico laboral y social de los trabajadores en todas sus ocupaciones.
6. Sistema de la Calidad del Proceso Estadístico (NTC PE 1000): Este sistema garantiza la calidad del proceso estadístico para las entidades del Sistema Estadístico Nacional que producen y difunden estadísticas, reafirmando el compromiso con la precisión y confiabilidad de la información estadística.
7. Sistema de Control Interno (Modelo Estándar de Control Interno-MECI): Este sistema comprende el esquema de organización, planes, métodos, principios, normas y procedimientos adoptados por el Instituto. Busca asegurar que todas las actividades y operaciones se realicen de conformidad con las normas constitucionales y legales, dentro de las políticas trazadas por la dirección, orientado a cumplir metas y objetivos establecidos.
PARÁGRAFO 1. El Sistema de Control Interno previsto en las leyes 87 de 1993 y 489 de 1998, es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se articula con los demás elementos del sistema inteligente para la gestión organizacional y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno (MECI). PARÁGRAFO 2. La integralidad, desempeño y armonización de los sistemas de gestión, facilitarán la
administración de la información requerida como base para la construcción y reporte anual de informes de sostenibilidad bajo estándares internacionales. PARÁGRAFO 3. La operativización del Sistema Inteligente para la Gestión Organizacional -SIGO, se realiza a través del enfoque sistemático basado en procesos. La etiqueta “inteligente” alude a la capacidad para recopilar, procesar y aprovechar datos de manera eficiente, con el objetivo de mejorar la toma de decisiones y optimizar procesos, que promueva la mejora continua y el fortalecimiento del desempeño institucional. ARTÍCULO 6. ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL SIGO. Los responsables que permiten la implementación del SIGO, son los siguientes:
1. Comité Institucional de Gestión y Desempeño - CIGD. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño será la instancia encargada de orientar la implementación, operación y monitoreo del Modelo de Operación del Icfes a través del Sistema Inteligente para la Gestión Organizacional -SIGO cuyo marco de referencia es el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG. (Su conformación se encuentra en el ARTÍCULO 8).2. Representante del SIGO. El (la) Jefe (a) de la Oficina Asesora de Planeación es el Representante de la Alta Dirección para el SIGO, a quien se le asigna la responsabilidad y autoridad para:
a. Establecer los lineamientos para la armonización e implementación de los elementos transversales del SIGO. b. Presentar ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el mapa de procesos, la política y objetivos de
los sistemas que conforman el SIGO para su aprobación. c. Actuar como representante del instituto en todo lo relacionado con el Sistema Inteligente para la Gestión Organizacional - SIGO, ante las partes interesadas internas y externas. d. Rendir cuentas con relación a la eficacia del Sistema Inteligente para la Gestión Organizacional. e. Planificar y ejecutar las revisiones periódicas del Sistema Inteligente para la Gestión Organizacional SIGOpara asegurar su mejora continua.
3. Líderes de Políticas del MIPG: Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional en el Icfes, serán lideradas por quienes ocupen los siguientes cargos, lo anterior, no exime a las demás áreas del Instituto de su obligación de gestionar y participar activamente en la implementac
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