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ICFES - Resolución 267 de 2020

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Detalles

Título
ICFES - Resolución 267 de 2020
Autor
ICFES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2020

Gov.co Logo Icfes Logo SLRDC ¿Qué buscas? Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links  Inicio Documento  Inicio Documento Resolución 267 de 2020 ICFESEE Ocultar anotaciones  Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 267 DE 2020 (junio 1) Diario Oficial No. 51.333 de 2 de junio de 2020 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Por la cual se establecen las ciudades para la presentación del examen de Estado Saber Pro y Saber T y T en el exterior 2020. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los numerales 9 y 10 del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y CONSIDERANDO:Que la Ley 1324 de 2009 dispuso la transformación del Instituto Colombiano para Evaluación de la Educación (Icfes), en una empresa estatal de carácter social del sector Educación Nacional, entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional;

Que el artículo 12 de la Ley 1324 dispuso que es función del Icfes aplicar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación en todos sus niveles, de acuerdo con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional; Que, en desarrollo de esto, el artículo 2.5.3.4.1.3 del Decreto 1075 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, desde ahora (Durse), señala que el calendario de aplicación de los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior (Saber Pro y TyT), será determinado por el Icfes; Que en desarrollo de lo anterior, el Icfes expidió la Resolución número 888 del 18 de noviembre de 2019(1), mediante la cual fijó el cronograma de los exámenes de Estado a realizar por el Icfes en el año 2020, cuyo numeral 5 del artículo 1o estableció el calendario de los exámenes Saber Pro y Saber TyT en el exterior; Que la Resolución número 888 de 2019 estableció como fecha límite para el prerregistro de Saber Pro y Saber TyT en el exterior el 27 de mayo de 2020, logrando obtener durante esta etapa, entre otras, la información necesaria para ofertar la lista definitiva de ciudades de presentación del examen; lista que se debe publicar a más tardar el día 2 de junio de 2020; Que una vez finalizada la etapa de prerregistro del examen, la información reportada por las IES fue la siguiente:

PAÍS CIUDAD TOTAL PERSONASPRERREGISTRO

ALEMANIA BERLÍN 103

ALEMANIA FRANKFURT 85

ARGENTINA BUENOS AIRES 103

AUSTRALIA SÍDNEY 88

AUSTRIA VIENA 59

BRASIL SAO PAULO 138

CANADÁ CALGARY 66

CANADÁ TORONTO 99

CHILE SANTIAGO DE CHILE 122

CHINA BEIJING 59

CHINA HONG KONG 60

COREA DEL SUR SEÚL 55

COSTA RICA SAN JOSÉ 64

CUBA LA HABANA 56

ECUADOR QUITO 89

EGIPTO EL CAIRO 64

EMIRATOS ÁRABES UNIDOS ABU DABI 83

ESPAÑA BARCELONA 202

ESPAÑA MADRID 283

ESTADOS UNIDOS HOUSTON 150

ESTADOS UNIDOS LOS ÁNGELES 195

ESTADOS UNIDOS MIAMI 230

ESTADOS UNIDOS NUEVA YORK 237FRANCIA PARÍS 224

GUATEMALA GUATEMALA 60

ISRAEL TEL AVIV 57

ITALIA MILÁN 105

ITALIA ROMA 76

JAPÓN TOKIO 57

MÉXICO CANCÚN 135

MÉXICO GUADALAJARA 171

MÉXICO MÉXICO DF 260

NUEVA ZELANDA AUCKLAND 57

PAÍSES BAJOS - HOLANDA ÁMSTERDAM 73

PANAMÁ CIUDAD DE PANAMÁ 57

PERÚ LIMA 90

PUERTO RICO SAN JUAN DE PUERTO RICO 53

REINO UNIDO LONDRES 72

REPÚBLICA DOMINICANA SANTO DOMINGO 56

SUECIA ESTOCOLMO 59

SUIZA BERNA 56

TURQUÍA ANKARA 57

URUGUAY MONTEVIDEO 60

Que, con base en los anteriores datos, el Icfes establecerá el listado definitivo de ciudades en las que se realizará el examen Saber Pro y TyT en el exterior en el 2020, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 45 de la Resolución número 675 de 2019(2) reiterada en la Resolución número 888 de 2019, en la que se señala que el Icfes podrá modificar las ciudades de presentación antes de su realización sin que se genere responsabilidad de la Entidad; Que, adicional a lo anterior, la lista que se establece a continuación podrá ser modificada en caso de que las situaciones sanitarias y de bioseguridad o aislamiento que decreten los gobiernos de cada país, no permitan la realización y aplicación de la prueba en las condiciones requeridas para esto; Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Establecer como sitios para la presentación del examen Saber Pro y examen Saber TyT en el exterior, los siguientes países y ciudades:

PAÍS CIUDAD

Alemania Berlín Alemania Frankfurt Argentina Buenos Aires Australia Sídney Austria Viena

PAÍS CIUDAD

Brasil Sao Paulo Canadá CalgaryCanadá Toronto Chile Santiago de Chile China Beijing China Hong Kong Corea del Sur Seúl Costa Rica San José Cuba La Habana Ecuador Quito Egipto El Cairo Emiratos Árabes Unidos Abu Dabi España Barcelona España Madrid

Estados Unidos Houston Estados Unidos Los Ángeles Estados Unidos Miami Estados Unidos Nueva York Francia París Guatemala Guatemala Israel Tel Aviv Italia Milán Italia Roma Japón Tokio México Cancún México Guadalajara México México DF Nueva Zelanda Auckland Países Bajos - Holanda Ámsterdam Panamá Ciudad de Panamá Perú Lima Puerto Rico San Juan de Puerto Rico Reino Unido Londres República Dominicana Santo Domingo Suecia Estocolmo Suiza Berna Turquía Ankara Uruguay Montevideo ARTÍCULO 2o. De conformidad con lo señalado en el artículo 45 de la Resolución número 675 de 2019 del Icfes y conforme a las condiciones sanitarias de bioseguridad o aislamiento decretado por los gobiernos de cada país, se podrán modificar las ciudades de presentación antes de su realización sin que se genere responsabilidad de la entidad. ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su fecha de publicación. Publíquese y cúmplase.Dada en Bogotá, D. C., a 1 de junio de 2020. La Directora General, Mónica Ospina Londoño.

NOTAS AL FINAL:

1. Por la cual se establece el calendario 2020 de los exámenes que realiza el Icfes.

2. Por la cual se reglamenta el proceso de inscripción a los exámenes que realiza el Icfes.

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ISBN : [978-958-11-1124-4] Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Icfes - DRA © 2024

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