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ICFES - Resolución 349 de 2022

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Detalles

Título
ICFES - Resolución 349 de 2022
Autor
ICFES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2022

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violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones y el artículo 29 de la Ley ibídem, se incorpora el delito de acoso sexual al Código Penal (artículo 210A), y teniendo en cuenta que los casos de índole sexual no son conciliables, el Comité de Convivencia Laboral no podría adelantar ninguna actuación en este sentido. Que de acuerdo con lo que señala la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “el acoso sexual es una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y trabajadores, constituye un problema de seguridad, salud y discriminación, es una inaceptable situación laboral y una forma de violencia que afecta, en mayor medida, a las mujeres. Por lo tanto, las políticas que promueven la igualdad deben traer consigo la adopción de medidas destinadas a luchar contra tales hostigamientos y a impedirlos” (OIT, 2008). Que el señor Presidente de la República expidió la Directiva Presidencial 003 del 8 marzo de 2022, en donde señala que las entidades públicas de orden nacional deben crear e implementar protocolos contra el acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo en el ámbito del trabajo, para construir espacios de trabajo seguros y libres de violencia, acoso, y discriminación contra las mujeres, en los que prime el respeto por la protección de sus derechos. Que la Directiva Presidencial ibídem establece que “En un plazo no mayor a tres (3) meses, contados a partir de la expedición de la presente directiva, crear e implementar al interior de sus entidades protocolos contra el acoso

sexual y/o discriminación por razón del sexo en el ámbito del trabajo. Para efectos de la elaboración del referido protocolo se debe tener en consideración, en especial, lo dispuesto en las Leyes 734 de 2002, 1010 de 2006, 1257 de 2008 y 1752 de 2015, asíí como las demás normas que resulten aplicables”. Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario crear y adoptar un procedimiento frente la prevención y atención del acoso sexual dentro del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), con el fin de orientar a los colaboradores en el paso a paso, conductas, partes implicadas e instituciones que el marco legal tiene para prevenir y hacer frente al acoso sexual, posibilitando un entorno de sana convivencia y respeto a la dignidad humana entre servidores públicos. En mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 236 de 2023> Adoptar el protocolo para la prevención de acoso sexual y/o discriminación por razón de sexo para el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), mediante la divulgación de acciones, mecanismos y procedimientos, documento anexo que hace parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 236 de 2023> Divulgar y sensibilizar la presente resolución entre todos los servidores públicos y contratistas vinculados al Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes). ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 236 de 2023> La presente resolución

rige a partir de su expedición. Comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D.C., a 7 de junio de 2022. La Directora General, Mónica Ospina Londoño.CONSULTAR ANEXO EN EL DIARIO OFICIAL IMPRESO O EN EL FORMATO PDF PUBLICADO EN LA WEB WWW.IMPRENTA.GOV.CO Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes

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