ICFES - Resolución 377 de 2010
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Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 377 de 2010
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2010
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procedimientos técnicos establecidos. Que corresponde al área de diagramación y edición de pruebas garantizar la calidad de los originales de las pruebas que aplica el Instituto en relación con su misión y responsabilidades. Que adicionalmente el área de diagramación y edición de pruebas, debe velar por la custodia y conservación del material de pruebas creado en el Instituto, fomentando entre los actores involucrados en el proceso, los valores de transparencia y confidencialidad. Que para fortalecer la gestión encomendada al área de diagramación y edición de pruebas, se considera necesario formalizar su funcionamiento al interior del ICFES, como un grupo interno de trabajo dependiente de la Subdirección de Producción de Instrumentos, y cuyo propósito fundamental será el de garantizar la calidad de las pruebas que se aplican a nivel de su armado, ilustración, diagramación y ensamblaje. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Crear el Grupo Interno de Trabajo denominado Unidad de Diagramación, Edición y Archivo de Pruebas, dependiente de la Subdirección de Producción de Instrumentos, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DENOMINADO UNIDAD
DE DIAGRAMACIÓN, EDICIÓN Y ARCHIVO DE PRUEBAS.
Son funciones de la Unidad de Diagramación, Edición y Archivo de Pruebas creada en el artículo anterior, las siguientes:
1. Elaborar y hacer seguimiento al cronograma o plan de impresión y reproducción de pruebas, de acuerdo con
los parámetros técnicos de calidad establecidos.
2. Planear y desarrollar las labores de digitación, diagramación, edición, producción y corrección de textos, tablas, ecuaciones, dibujos y gráficos que sean incluidos en las pruebas diseñadas por el Instituto.
3. Efectuar las correcciones a la diagramación y edición que resulten de los procesos de revisión técnica y de estilo de ítems y pruebas.
4. Preparar los originales de pruebas para revisión de arte final de cuadernillos por sesión de aplicación.
5. Llevar a cabo las actividades de impresión de originales de pruebas y generación de archivos en medio magnético, de acuerdo con los protocolos técnicos de calidad previstos, para entrega a la compañía de seguridad en las fechas establecidas.
6. Llevar a cabo labores de revisión y aprobación final de las impresiones definitivas realizadas por la empresa de seguridad, garantizando la calidad del material producido.
7. Administrar la base de datos y registro de las pruebas diseñadas, así como el préstamo de material de examen, siguiendo los protocolos establecidos.
8. Responder por la seguridad, mantenimiento y actualización del banco de ítems a nivel de archivos físicos y digitales.9. Velar por el manejo adecuado de los protocolos de seguridad y confidencialidad en el recibo y entrega de material
10. Brindar asistencia técnica oportuna a los responsables de las pruebas para su producción oportuna y con la calidad requerida.
11. Las demás que le sean asignadas por la Dirección General, la Dirección de Producción y Operaciones y la
Subdirección de producción de Instrumentos. ARTÍCULO TERCERO. DURACIÓN. La Unidad de Diagramación, Edición y Archivo de Pruebas a la que se refiere la presente resolución tendrá una duración indefinida. ARTÍCULO CUARTO. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 399 de 2014 . El nuevo texto es el siguiente:> La Unidad de Diagramación. Edición y Archivo de Pruebas creada en la presente resolución, tendrá un coordinador designado por la Dirección General y estará conformado por funcionarios de la planta de personal del Instituto que desempeñen los siguientes cargos: No. cargos Denominación Grado Vinculación Dos (2) Técnico Diagramador 02 Planta global Un (1) Gestor de Pruebas 02 Planta global Un (1) Profesional Universitario 02 Planta global Un (1) Técnico Administrativo 01 Planta transitoria Un (1) Auxiliar Administrativo 01 Planta transitoria Notas de Vigencia Legislación Anterior ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de su expedición.
COMUNIQUESE y CUMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los
MARGARITA PEÑA BORRERO
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