ICFES - Resolución 420 de 2020
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Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 420 de 2020
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2020
Gov.co Logo Icfes Logo SLRDC ¿Qué buscas? Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Documento Inicio Documento Resolución 420 de 2020 ICFESEE Ocultar anotaciones Buscar Índice RESOLUCIÓN 420 DE 2020 (septiembre 24) Diario Oficial No. 51.448 de 25 de septiembre de 2020 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Por la cual se modifica el numeral 2 del artículo primero de la Resolución 888 de 2019 respecto del cronograma del examen de Estado Saber 11 Calendario A LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los numerales 9 y 10 del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y CONSIDERANDO:Que el artículo 2.5.3.4.1.3. del Decreto 1075 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”, señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad
de la Educación Superior será determinado por el Icfes. Dando cumplimiento a lo anterior, el Icfes expidió la Resolución 888 del 18 de noviembre de 2019, “por la cual se establece el calendario 2020 de los exámenes que realiza el Icfes”. Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 7 de enero de 2020, declaró el brote del nuevo Coronavirus – Covid – 19 como una emergencia de salud pública de importancia internacional y el 11 de marzo de 2020, como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación, por lo que instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio. Que como consecuencia de la propagación del virus COVID-19, el Gobierno nacional declaró la emergencia sanitaria y en consecuencia el Icfes reprogramó o suspendió algunos de los exámenes de Estado programados para el año 2020. En ese entendido, el examen de Estado Saber 11 calendario A fue suspendido por la Resolución 220 de 2020. Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1346 del 5 de agosto de 2020, mediante la cual adoptó el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en el proceso de aplicación de las pruebas de Estado Saber y otras pruebas que realiza el Icfes. Este protocolo es de aplicación para los exámenes que se realicen de forma presencial.
Que mediante Decreto 1688 del 25 de agosto de 2020, el Gobierno nacional definió las nuevas instrucciones para afrontar la pandemia generada por el Covid-19. Dicho decreto ordenó la terminación de la fase de aislamiento preventivo obligatorio e inició la fase de aislamiento selectivo, desde el 1 de septiembre de 2020. Que, con base en las anteriores normas, el Icfes expidió la Resolución 412 del 10 de septiembre de 2020 mediante la cual reprogramó el cronograma del examen de Estado Saber 11. Que, entendiendo la importancia de los procesos de evaluación para la calidad de la educación, el Ministerio de Educación Nacional aportará los recursos necesarios para financiar hasta el 50% del valor de la aplicación de las pruebas para estudiantes de colegios oficiales. Que, con el objetivo de lograr que la mayor cantidad de personas puedan inscribirse, es pertinente ampliar las fechas de registro y recaudo, y con ello permitir que todos los interesados en presentar el examen cuenten con el tiempo suficiente para culminarlas con los nuevos beneficios de pago ordinario. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Modifíquese el numeral 2 del artículo 1o de la Resolución 888 de 2019, modificado por el artículo 1o de la Resolución 412 de 2020, el cuál quedará así:
“2. EXAMEN SABER 11, Y VALIDACIÓN. CALENDARIO A
Descripción de la Etapa Fecha de Inicio Fecha Final Registro Ordinario Viernes, 11 de septiembre de 2020Domingo, 4 deoctubre de 2020 Recaudo Ordinario Viernes, 11 de septiembre de 2020Lunes, 5 deoctubre de 2020 Correcciones SIMAT Lunes, 14 de septiembre de 2020Jueves, 9 deoctubre de 2020Registro extraordinario Martes, 6 de octubre de 2020 Martes, 6 deoctubre de 2020 Recaudo Extraordinario Martes, 6 de octubre de 2020 Miércoles, 7 deoctubre de 2020 Reclamaciones sobre corrección de datos,aclaración sobre reporte de discapacidad, cambiode jornada de estudiantes, cambio de inscripción degraduado a estudiante, imposibilidad de realizar elregistro, cambio del municipio de presentación dela prueba, entre otras. Viernes, 11 de septiembre de 2020Lunes, 12 deoctubre de 2020 Descripción de la Etapa Fecha de Inicio Fecha Final Solicitud de devolución de la diferencia cuando sehubiere pagado un mayor valor al que lecorrespondía. Jueves, 8 de octubre de 2020 Jueves, 29 deoctubre de 2020 Publicación de citaciones Viernes, 16 de octubre de 2020Viernes, 16 deoctubre de 2020 Verificación datos de citación, Solicitudextraordinaria de cambio, aclaración o correccióndel municipio de aplicación. Únicamente aplicacuando la citación muestre un municipio distinto alseleccionado por el usuario durante la etapa deregistro.
Viernes, 16 de octubre de 2020Miércoles, 21 deoctubre de 2020 Aplicación Saber 11A y Validación Sábado 7 de noviembre de 2020Domingo, 8 denoviembre de 2020 Solicitud de abono para otro examen por razones defuerza mayor o caso fortuito Domingo, 8 de noviembre de 2020Lunes 30 denoviembre de 2020 Publicación de resultados de estudiantes eindividuales Saber 11 en página web Miércoles 30 diciembre de 2020Miércoles 30diciembre de 2020 Publicación de resultados de validantes (incluyediplomas y actas de aprobación de ValidaciónGeneral del Bachillerato) Viernes, 8 de enero de 2021 Viernes, 8 de enerode 2021 Publicación de resultados agregados por Institucióny Secretarías de Educación Sábado, 20 de febrero de 2021Sábado, 20 defebrero de 2021 Publicación clasificación de resultados de plantelessegún categoría de rendimiento Sábado, 27 de febrero de 2021Sábado, 27 defebrero de 2021 Plazo para interponer reclamos contra resultadosindividuales Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha depublicación de los resultados individuales, inclusive. Plazo para interponer reclamaciones contraresultados agregados por Institución y Secretaríasde Educación (Cuando aplique) Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha depublicación de los resultados agregados por Institución ySecretarías de Educación inclusive. Plazo para interponer reclamos sobre resultados declasificación de planteles según categoría derendimiento (Cuando aplique) Dentro de los seis (06) meses siguientes a la fecha depublicación de los resultados de clasificación de plantelessegún categoría de rendimiento, inclusive.
(…)” ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 888 de 2019 y en la Resolución 412 de 2020, que no se modifican por el presente acto administrativo, continúan vigentes. ARTÍCULO 3o. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase,Dada en Bogotá, D. C., a 24 de septiembre de 2020. La Directora General, Mónica Ospina Londoño Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes
ISBN : [978-958-11-1124-4] Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Icfes - DRA © 2024
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