ICFES - Resolución 564 de 2024
ICFES
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 564 de 2024
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2024
Gov.co Logo Icfes Logo SLRDC ¿Qué buscas? Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Documento Inicio Documento Resolución 564 de 2024 ICFESEE Ocultar anotaciones Buscar Índice RESOLUCIÓN 564 DE 2024 (noviembre 21) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> Diario Oficial No. 52.948 de 22 de noviembre de 2024 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES Por la cual se fijan las tarifas de los exámenes que aplica el ICFES para la vigencia 2025. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la Ley 1324 de 2009[1],el numeral 9 del artículo 9 del Decreto 5014 de 2009[2],y CONSIDERANDOQue, el artículo 1 de la Ley 635 de 2000[3],autoriza al Icfes, “para definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados por él” y en el literal a) del artículo 2 de esa misma disposición, señala que
el Icfes podrá cobrar por la “realización de los exámenes” a su cargo, así como por “el procesamiento y la producción de los resultados, expedición de diplomas, certificados y duplicados de resultados”. Que, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, al Icfes, entre otras funciones, le corresponde desarrollar la fundamentación teórica, el diseño, la elaboración y la aplicación de los instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de conformidad con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional. Esa misma disposición también preceptúa que el Instituto establecerá las tarifas necesarias para que las evaluaciones encomendadas cubran de forma completa los costos y gastos que ocasionen, “según principios de contabilidad generalmente aceptados”. Que, el artículo 7 de la Ley 1324 de 2009, modificado por el artículo 129 de la Ley 2294 de 2023[4] (PND 20222026), establece que, entre otros exámenes de Estado a cargo del Icfes, se encuentran los que evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media (Saber 11) o a quienes deseen acreditar que han obtenido los conocimientos y competencias esperadas de aquellos que terminaron dicho nivel (Validación del Bachillerato); y los que evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan los programas de pregrado de las Instituciones de Educación Superior (Saber Pro y
Saber TyT). Asimismo, el artículo 2.3.3.3.7.3. del Decreto número 1075 de 2015[5] faculta al Icfes para realizar un examen de ensayo del examen Saber 11 denominado Pre Saber. Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 6 del Decreto 5014 de 2009, la Junta Directiva del Icfes tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado de cada año. Que, de otro lado, el modelo tarifario aplicado por el Icfes, sin modificaciones desde 2014, se estructuró en función del tiempo de inscripción (ordinario o extraordinario) y del tipo de población (graduados, sector público y sector privado), con tarifas diferenciales en el sector privado según la capacidad de pago de los estudiantes, medida por el valor de la pensión en Saber 11 y la matrícula en Saber Pro y Saber TyT. Que, en virtud de lo anterior, el Icfes determinó la necesidad de actualizar el esquema tarifario mediante un enfoque diferencial y de focalización socioeconómica, promoviendo la equidad en las tarifas en cumplimiento de la Ley 1324 de 2009, que establece que “[l]os costos [de los exámenes aplicados por el Icfes] se recuperarán con el cobro directo a los evaluados, según su capacidad de pago” y garantizando así tanto la cobertura total de los costos como la sostenibilidad financiera de la Entidad. Que, en concordancia con lo expuesto y de conformidad con lo aprobado por la Junta Directiva en sesión
ordinaria del 23 de octubre de 2024 y según consta en el Acta No. 173 de esa misma fecha, dicho órgano colegiado adoptó el nuevo esquema tarifario aplicable al examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11 y los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT, manteniendo las categorías de instituciones públicas y privadas e incorporando seis rangos para colegios privados e instituciones de educación superior, basados en el costo de pensión y matrícula, respectivamente, así: Examen de Estado Saber 11 Exámenes de Estado de Calidad de la Educación SuperiorSaber Pro y Saber TyT Categoría/Rango Valor Pensión Categoría/Rango ValorMatrícula Colegios Públicos N/A Institución de EducaciónSuperior (IES) PúblicaN/A Colegio Privado Rango I Menor o igual $98.000 IES Privada Rango IMenor oigual$2.730.000Colegio Privado Rango II Entre $98.001 y$176.000 IES Privada Rango IIEntre$2.730.001y$3.610.000 Colegio Privado Rango III Entre $176.001 y$283.000 IES Privada Rango IIIEntre$3.610.001y$4.824.000 Colegio Privado Rango IV Entre $283.001 y$505.000 IES Privada Rango IVEntre$4.824.001y$7.432.000 Colegio Privado Rango V Entre $505.001 y$1.500.000 IES Privada Rango V Entre$7.432.001y$15.000.000
Colegio Privado Rango VI Mayor a$1.500.000 IES Privada Rango VI Mayor a$15.000.000 Que, dicha decisión fue materializada mediante el Acuerdo No. 002 de 2024, “[p]or el cual se adopta el nuevo esquema tarifario para el examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11 y los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT aplicados por el Icfes y se dictan otras disposiciones”. Que, en atención a la decisión precitada y en cumplimiento del numeral 5 del artículo 6 del Decreto 5014 de 2009, la Junta Directiva del Icfes aprobó las tarifas para los exámenes que aplicará el Icfes para la vigencia 2025 conforme con las propuestas presentadas en el anteproyecto para dicha vigencia, cuya aprobación se realizó en la sesión extraordinaria llevada a cabo los días 28 y 29 de octubre de 2024, tal como consta en el extracto del Acta No. 174 expedida por la Secretaría de la Junta el 30 de octubre de 2024. Que, para el cálculo de las tarifas mencionadas, el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) estableció | Unidad de Valor Básico (UVB), la cual se reajustará anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme a la certificación del DANE, y será fijada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante resolución emitida antes del primero (1) de enero de
cada año. Dicha unidad deberá emplearse, según el artículo citado, para el cálculo de “[t]odos los cobros, sanciones, multas, tarifas y requisitos financieros para la constitución, habilitación, operación o funcionamiento de empresas públicas y/o privadas entre otros. Que, dado que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no ha emitido la resolución que fija el valor de la UVB para el año 2025 al momento de expedir la presente resolución, y siendo imprescindible para el Icfes establecer las tarifas de sus exámenes antes de finalizar el año, con el fin de ponerlas en conocimiento de la comunidad interesada y en estricto cumplimiento del principio de participación que le atañe a las actuaciones administrativas propias de la Entidad, se dispone que las tarifas de los exámenes para la vigencia 2025 se expresarán con el valor de la UVB correspondiente al año 2024, el cual fue fijado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la Resolución 3268 del 18 de diciembre de 2023[6],en diez mil novecientos cincuenta y un pesos ($10.951,00) M/CTE. Que, con el objeto de materializar la decisión de la Junta Directiva del Icfes respecto a la fijación de las tarifas para los exámenes que aplicará el Icfes en el año 2025 y en cumplimiento del deber de informar a la comunidad educativa, se hace necesario expedir la presente resolución. En mérito de lo expuesto,
RESUELVEARTÍCULO 1o. Fijar las tarifas del examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11, de los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT, del examen de Validación del Bachillerato y del examen Pre Saber para la vigencia 2025, por usuario, aprobadas por la Junta Directiva del Icfes, así: 1.1. Tarifas del examen de Estado de la educación media Icfes Saber 11-2025: Población Tarifa Ordinaria 2025Tarifa enUVB 2024 TarifaExtraordinaria2025 Tarifa enUVB 2024 Colegios públicos $ 68.000 6,21 $ 102.000 9,31
Colegios privados Rango I: Valor de pensiónmenor o igual a $98.000$ 68.000 6,21 $102.0009,31
(Valor pensión por Rango II: Valor depensión entre $98.001hasta $176.000 $ 89.000 8,13 $134.00012,24 estudiante) Rango III: Valor depensión entre $176.001hasta $283.000 $ 90.000 8,22 $135.00012,33
Rango IV: Valor depensión entre $283.001hasta $505.000 $ 95.000 8,68 $143.00013,06
Rango V: Valor de pensiónentre $505.001 hasta$1.500.000 $ 114.000 10,41 $171.00015,62
Rango VI: Valor depensión superior a$1.500.000 $ 136.000 12,42 $204.00018,63
Bachilleres graduados (entre laprimera y la cuarta inscripción) $ 136.000 12,42 $ 204.000 18,63 Bachilleres graduados (a partir de la quinta (5a) inscripción) $ 408.000 37,26 $ 612.000 55,89 1.2. Tarifas de los exámenes de Estado de calidad de la educación superiorSaber Pro y Saber TyT - 2025: Población Tarifa Ordinaria 2025Tarifa enUVB 2024 TarifaExtraordinaria2025 Tarifa enUVB 2024 Instituciones de Educación SuperiorPúblicas $ 119.000 10,87 $ 179.000 16,35 Instituciones de EducaciónRango I: Valor dematrícula hasta$2.730.000 $ 119.000 10,87 $179.00016,35
Superior Privadas Rango II: Valor dematrícula entre$2.730.001 a$3.610.000 $ 155.000 14,15 $233.00021,28
Rango III: Valor dematrícula entre $3.610.001 a 4.824.000 $ 158.000 14,43 $237.00021,64
Rango IV: Valor de matrícula entre $4.824.001 a $7.342.000$ 161.000 14,70 $242.00022,10
Rango V: Valor de matrícula entre $7.342.001 a 15.000.000$ 201.000 18,35 $302.00027,58Rango VI: Valor de matrícula mayor a $15.000.000$ 212.000 19,36 $318.00029,04
Personas ya graduadas de unprograma académico de pregrado $ 212.000 19,36 $ 318.000 29,04 Saber Pro / Saber TyT Exterior $ 595.000 54,33 $ 893.000 81,55 1.3. Tarifas del examen de Estado de Validación del bachillerato y del examen Pre Saber - 2025: Población Tarifa 2025 Tarifa en UVB2024 TarifaExtraordinaria2025 Tarifa enUVB 2024 Validación del Bachillerato $ 68.000 6,21 $ 102.000 9,31 Pre Saber $ 68.000 6,21 $ 102.000 9,31 ARTÍCULO 2o. Por razones del servicio y cuando la situación lo amerite, el Icfes podrá realizar exámenes extemporáneos, cuyas tarifas aprobadas por parte de la Junta Directiva del Instituto, son las siguientes: Tarifas de exámenes extemporáneos - 2025: Examen Tarifa extemporánea 2025Tarifa en UVB 2024 Saber 11 $ 306.000 27,94 Validación de bachillerato $ 297.000 27,12 Saber Pro y TyT $ 535.000 48,85 Saber Pro / Saber TyT Exterior $ 535.000 48,85 ARTÍCULO 3o. Publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Icfes. ARTÍCULO 4o. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de noviembre de 2024
ELIZABETH BLANDÓN BERMÚDEZ
Directora General Icfes <NOTAS DE PIE DE PÁGINA> 1. “Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES”. 2. “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación Icfes, y se dictan otras disposiciones”. 3. “Por la cual se fijan el sistema y métodos para que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, fije las tarifas por concepto de los servicios que presta y se dictan otras disposiciones. 4. “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”5. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”. 6. ”Por medio del cual se reajusta el valor de la Unidad de Valor Básico - UVB para la vigencia 2024”. Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes
ISBN : [978-958-11-1124-4] Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Icfes - DRA © 2024
Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES Sede Principal
Dirección: Calle 26 No. 69 - 76, Torre 2, Piso 16, Edificio Elemento, Bogotá - Cundinamarca. Código Postal:
111071 Horario de ventanillas de atención: Lunes a Viernes 08:00 a.m. - 04:00 p.m. (Jornada continua) Radicación de correspondencia presencial: Lunes a Viernes 08:00 a.m. - 05:00 p.m. (Jornada continua) Línea de atención al ciudadano a nivel nacional: 601 9156101
Horario de atención telefónica: Lunes a Viernes 07:00 a.m. - 07:00 p.m. (Jornada continua) ¡Conoce nuestros canales oficiales de atención dando clic aquí ! y recibe respuesta al primer contacto ¡En el Icfes trabajamos para mejorar tu experiencia!
Conoce todo sobre nuestros exámenes aquí. Si ya radicaste ¡No es necesario reiterar! Consúlta fácil el estado de tu solicitud aquí Si quieres hacer una petición, queja, reclamo, sugerencia, denuncia o felicitación (PQRSDF) escrita de los trámites y servicios que ofrece el Icfes,crea una nueva solicitud aquí, con los soportes necesarios. Recuerda que éste es solo uno de los canales y medios oficiales dispuestos por el Icfes para recibir PQRSDF de la ciudadanía.
Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@icfes.gov.co.
De uso exclusivo de la Oficina Asesora Jurídica del Icfes para notificaciones judiciales o administrativas que provienen de la rama judicial.
Denuncias anticorrupción: soytransparente@icfes.gov.co.
De uso exclusivo para recibir denuncias de actos de corrupción. Twitter @ICFEScol Instagram @icfescol Facebook @icfescol YouTube @ICFES
Linkedin @icfes Mapa de sitio Normativas AccesibilidadCalidad Contratación Intranet Contacto Copyright 2021 - Todos los derechos reservados Gobierno de Colombia Política de privacidad y tratamiento de datos personales Requisitos míminimos de políticas y cumplimiento legal Logo de Marca País Colombia Gov.co Conoce GOV.CO aquí InicioInicio MÓDULOS Opción documentos DUR Sector Educación VER MÁS Opción documentos Compilación normativa del Icfes VER MÁS Opción documentos Novedades VER MÁS Opción documentos Herramientas de búsqueda VER MÁS Opción documentos Índice por temas misionales VER MÁS Opción documentos Normativa organizacional del Icfes VER MÁS Opción documentos Normativa común VER MÁS Opción documentos Procesos de calidad VER MÁS Opción documentos Conceptos - Doctrina VER MÁS Opción documentos Jurisprudencia
VER MÁS
× Contraste Contraste | Modo oscuro Reducir Reducir letra (16px) Aumentar Aumentar letra (16px) Centro de relevo Centro de relevo Volver arriba