ICFES - Resolución 697 de 2018
ICFES
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 697 de 2018
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2018
Gov.co Logo Icfes Logo SLRDC ¿Qué buscas? Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Documento Inicio Documento Resolución 697 de 2018 ICFES Ocultar anotaciones Buscar Índice RESOLUCIÓN 697 DE 2018 (octubre 22) Diario Oficial No. 50.754 de 22 de octubre de 2018 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Por la cual se establece un examen extemporáneo Saber Pro y TyT para la vigencia 2018 y se modifica la Resolución ICFES 765 de 2017.
LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA
EDUCACIÓN (ICFES), LA DIRECTORA GENERAL (E) INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009 y en el artículo 9-9 del Decreto número 5014 de 2009, y CONSIDERANDO:1. Que la Resolución Icfes 135 de 2017(1) establece las etapas del proceso de inscripción por universidades al examen de Estado de calidad de la educación superior Saber Pro y TyT. La norma señala que la inscripción
solamente finaliza cuando el interesado completa la etapa Registro de Información (artículo 13 y siguientes).
2. Que la Resolución Icfes 765 de 2017(2) fijó el cronograma del examen de Estado Saber Pro y TyT para el segundo semestre de 2018 (artículo 1o, numeral 4).
3. Que, durante el proceso de inscripción para la presentación del examen Saber Pro y TyT, el ICFES identificó las siguientes situaciones: (i) algunas personas iniciaron el proceso de inscripción, personalmente o a través de la IES, pero no finalizaron la etapa registro de información. (ii) algunas Instituciones de Educación Superior (IES) reportaron erróneamente la información de un estudiante durante el proceso de inscripción. (iii) algunas personas que no adelantaron el proceso de inscripción y con posterioridad a la finalización de la etapa de registro extraordinario, (4 de agosto de 2018) solicitaron al Icfes a través de PQRS la inscripción del mismo hasta la fecha de aplicación del mismo (7 de octubre de 2018).
4. Que, como consecuencia de las situaciones mencionadas en el considerando anterior, algunas personas no pudieron presentar el examen de Estado que se realizó el 7 de octubre de 2018.
5. Que el Decreto número 1075 de 2015(3) establece que la presentación del Examen de Calidad de la Educación Superior aplica como requisito adicional de grado (artículo 2.5.3.4.1.7.).
6. Que el Icfes entiende la situación excepcional a la que están sometidas las personas que no presentaron el examen el 7 de octubre de 2018, mencionadas en el tercer considerando de la presente resolución y, por
consiguiente, establecerá una aplicación extemporánea con etapas y fecha de aplicación.
7. Que, dada la particularidad del examen, la aplicación se efectuará por computador en ocho (8) ciudades capitales de Colombia, así: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Ibagué, Bucaramanga y Manizales.
8. Que así mismo, las situaciones enumeradas en el tercer considerando de la presente resolución configuran lo señalado en el artículo 11 numerales 3 y 6 de la Resolución Icfes 135 de 2017, frente a las competencias a evaluar para el examen extemporáneo, que para este caso serán genéricas.
9. Que, teniendo en cuenta que el presente examen de Estado es extemporáneo, la tarifa de presentación del examen será de doscientos veintitrés mil quinientos pesos ($223.500), según lo establece el artículo 2o de la Resolución número 764 de 2017(4). El valor que una persona ya hubiere pagado será abonado para este, debiendo cancelar el excedente correspondiente.
10. Que, por lo expuesto, se hace necesario establecer un Examen de Estado extemporáneo y modificar la Resolución número 765 de 2017, en el sentido de incluir un numeral que contenga el cronograma exclusivo para
el Examen Extemporáneo Saber Pro y TyT.
11. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Adicionar un numeral 4.1. al artículo 1o de la Resolución Icfes 765 de 2017, así:
“4.1. Aplicación extemporánea del examen de Estado de calidad de la educación superior – Icfes SABER PRO y TyT. Segundo semestre.
Nota: Este examen estará exclusivamente dirigido a las siguientes personas: (i) Quienes iniciaron el proceso de inscripción, personalmente o a través de la IES, pero no finalizaron la etapa registro de información. (ii) Aquellos estudiantes para quienes las Instituciones de Educación Superior (IES) reportaron erróneamente la información durante el proceso de inscripción y no presentaron el examen el 7 de octubre de 2018. (iii) Quienes no adelantaron el proceso de inscripción y con posterioridad a la finalización de la etapa de registro extraordinario,(4 de agosto de 2018) solicitaron al Icfes a través de PQRS la inscripción del mismo hasta la fecha de aplicación del mismo (7 de octubre de 2018).
Por lo anterior, no podrán presentar el examen las personas que no se encuentren en alguno de los grupos mencionados. ACTIVIDADES FECHA DE INICIO FECHA DE VENCIMIENTO Registro Miércoles, 24 de octubre de 2018Viernes, 26 de octubre de 2018 Recaudo Miércoles, 24 de octubre de 2018Sábado, 27 de octubre de 2018 Publicación de Citación Viernes, 9 de noviembre de 2018Viernes, 9 de noviembre de2018 Verificación datos de citación, solicitudextraordinaria de cambio, aclaración ocorrección del municipio de aplicación.Únicamente aplica cuando la citaciónmuestre un municipio distinto alseleccionado por el usuario durante laetapa de registro.
Viernes, 9 de noviembre de 2018Martes, 13 de noviembre de2018 Aplicación del examen Domingo, 18 de noviembre de2018 Domingo, 18 de noviembre de2018 Publicación de resultados individuales enpágina web Sábado, 22 de diciembre de 2018Sábado, 22 de diciembre de2018 Las etapas subsiguientes a la publicación de resultados y plazos para presentar reclamaciones, se regirán por las mismas fechas establecidas en el numeral 4”. ARTÍCULO 2o. Este examen extemporáneo se compondrá exclusivamente del módulo de competencias genéricas, teniendo en cuenta que se cumplen los presupuestos del artículo 11 numerales 3 y 6 de la Resolución Icfes 135 de 2017. ARTÍCULO 3o. Las demás disposiciones de la Resolución número 765 de 2017 continúan vigentes. ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga cualquier otra norma en contrario. Publíquese y cúmplase. Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a 22 de octubre de 2018. La Directora General (e), Liliam Amparo Cubillos Vargas.
NOTASAL FINAL:
1. Por la cual se reglamenta el proceso de inscripción del Examen de Estado de Calidad de la Educación Superior y se dictan otras disposiciones.
2. Por el cual se establece el calendario 2018 de los exámenes que realiza el Icfes.
3. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
4. Por la cual se señalan las tarifas de los Exámenes de Estado Saber 11, Saber Pro y Saber TyT; y de las pruebas Pre Saber 11 y Validación para la vigencia 2018.
Logo de Avance JurídicoCompilación Jurídica del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes
ISBN : [978-958-11-1124-4] Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Icfes - DRA © 2024
Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES Sede Principal
Dirección: Calle 26 No. 69 - 76, Torre 2, Piso 16, Edificio Elemento, Bogotá - Cundinamarca. Código Postal:
111071 Horario de ventanillas de atención: Lunes a Viernes 08:00 a.m. - 04:00 p.m. (Jornada continua) Radicación de correspondencia presencial: Lunes a Viernes 08:00 a.m. - 05:00 p.m. (Jornada continua) Línea de atención al ciudadano a nivel nacional: 601 9156101
Horario de atención telefónica: Lunes a Viernes 07:00 a.m. - 07:00 p.m. (Jornada continua) ¡Conoce nuestros canales oficiales de atención dando clic aquí ! y recibe respuesta al primer contacto ¡En el Icfes trabajamos para mejorar tu experiencia!
Conoce todo sobre nuestros exámenes aquí. Si ya radicaste ¡No es necesario reiterar! Consúlta fácil el estado de tu solicitud aquí
Si quieres hacer una petición, queja, reclamo, sugerencia, denuncia o felicitación (PQRSDF) escrita de los trámites y servicios que ofrece el Icfes,crea una nueva solicitud aquí, con los soportes necesarios. Recuerda que éste es solo uno de los canales y medios oficiales dispuestos por el Icfes para recibir PQRSDF de la ciudadanía.
Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@icfes.gov.co.
De uso exclusivo de la Oficina Asesora Jurídica del Icfes para notificaciones judiciales o administrativas que provienen de la rama judicial.
Denuncias anticorrupción: soytransparente@icfes.gov.co.
De uso exclusivo para recibir denuncias de actos de corrupción. Twitter @ICFEScol Instagram @icfescol Facebook @icfescol YouTube @ICFES Linkedin @icfes Mapa de sitio Normativas Accesibilidad Calidad Contratación Intranet ContactoCopyright 2021 - Todos los derechos reservados Gobierno de Colombia Política de privacidad y tratamiento de datos personales Requisitos míminimos de políticas y cumplimiento legal Logo de Marca País Colombia Gov.co Conoce GOV.CO aquí InicioInicio MÓDULOS Opción documentos DUR Sector Educación VER MÁS Opción documentos Compilación normativa del Icfes VER MÁS Opción documentos Novedades VER MÁS Opción documentos Herramientas de búsqueda VER MÁS Opción documentos Índice por temas misionales VER MÁS Opción documentos Normativa organizacional del Icfes
VER MÁS
Opción documentos Normativa común VER MÁS Opción documentos Procesos de calidad VER MÁS Opción documentos Conceptos - Doctrina VER MÁS Opción documentos Jurisprudencia
VER MÁS
× Contraste Contraste | Modo oscuro Reducir Reducir letra (16px) Aumentar Aumentar letra (16px) Centro de relevo Centro de relevo Volver arriba