ICFES - Resolución 764 de 2017
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Detalles
- Título
- ICFES - Resolución 764 de 2017
- Autor
- ICFES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Educación
- Año
- 2017
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definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados por él”; que “la base para la liquidación de las tarifas será el costo de los servicios definidos (…).” Y, finalmente, que “(…) las tarifas se fijarán en Salarios Mínimos Legales Diarios o Mensuales Vigentes.”. Que la Ley 1324 de 2009(2) establece en su artículo 7o que los Exámenes de Estado son los siguientes: “(…) a) Exámenes para evaluar oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media; o a quienes deseen acreditar que han obtenido los conocimientos y competencias esperados de quienes terminaron dicho nivel. /// b) Exámenes para evaluar oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan los programas de pregrado en las instituciones de educación superior. (…)” Que el Decreto 5014 de 2009(3) –, en su artículo 6onumeral 5, estableció que la Junta Directiva del ICFES tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los Exámenes de Estado. Que la Junta Directiva del ICFES, en sesión del día 30 de octubre de 2017, aprobó y fijó las tarifas para la aplicación de los exámenes de estado Saber 11 y Saber Pro, Saber T y T y de las pruebas Pre Saber 11 y de Validación para la vigencia 2018. Que de conformidad con el artículo 9o del Decreto número 5014 de 2009, en su numeral 9, corresponde al
Director General: “(…) y expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Empresa, con arreglo a las disposiciones legales y estatutarias (…)”.
Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Fijar las tarifas del Examen de Estado de la Educación Media Saber 11, del Examen de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT, y de las pruebas Pre Saber 11 y de validación para la vigencia 2018, por usuario, así:
1. TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN MEDIA ICFES SABER 11
POBLACIÓN
TARIFAORDINARIA2018
TARIFAORDINARIAEN SMDLV2017
TARIFAEXTRAORDINARIA2018
TARIFAEXTRAORDEN SMDLV2017
Colegios públicos $ 42.500 1.7 $ 65.000 2.6
Colegios privados rango I: Valor depensión por estudiante menor o igual a$ 98.000 $ 42.500 1.7 $ 65.000 2.6
Colegios privados rango II: Valor depensión por estudiante mayor a $98.000$ 57.000 2.3 $ 87.000 3.5
Bachilleres graduados (Individuales)$ 57.000 2.3 $ 87.000 3.5
2. TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: SABER PRO y SABER TyT
POBLACIÓN
TARIFAORDINARIA2018
TARIFAORD ENSMDLV2017
TARIFAEXTRAORDINARIA2018
TARIFAEXTRAORDEN SMDLV2017
Instituciones de educación superiorpúblicas $ 76.000 3.1 $ 112.500 4.6Instituciones de educación superiorprivadas, rango I: valor de matrícula menoro igual a $1,063,000 $ 76.000 3.1 $ 112.500 4.6 Instituciones de educación superiorprivadas, rango II: valor de matrículamayor a $1,063,000 $ 100.000 4.1 $ 149.000 6.1 Graduados $ 100.000 4.1 $ 149.000 6.1 tarifas del examen de estado de calidad dela educación superior - SABER PRO YSABER TYT EXTERIOR $381.000 15.5 $584.000 23.7
3. TARIFAS PRUEBAS PRESABER Y VALIDACIÓN
TARIFA ORDINARIA 2018 TARIFA ORD ENSMDLV 2017
TARIFAEXTRAORDINARIA2018
TARIFA EXTRAORDEN SMDLV 2017
Tarifa General $ 57.000 2.3 $ 87.000 3.5 ARTÍCULO 2o. El ICFES podrá realizar aplicaciones extemporáneas de los exámenes, para lo cual se fijan las siguientes tarifas: EXAMEN TARIFA SABER 11 $ 130.500
VALIDACIÓN $ 130.500
SABER PRO y SABER TyT $ 223.500
SABER PRO y SABER TyT EN EL EXTERIOR $ 876.000
PARÁGRAFO: Las fechas de aplicación de los exámenes extemporáneos, cuando así proceda, serán definidas y publicadas por el ICFES mediante acto administrativo.
ARTÍCULO 3o. Las situaciones relacionadas con inconvenientes con el pago y registro para cualquiera de los exámenes señalados en esta resolución se resolverán de conformidad con el reglamento sobre recaudo e inscripción correspondiente. ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás normas que le sean contrarias. Dada en la ciudad de Bogotá D.C a los
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA SOFÍA ARANGO ARANGO
Directora General (E) NOTAS AL FINAL: 1. “Por la cual se fijan el sistema y métodos para que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, fije las tarifas por concepto de los servicios que presta y se dictan otras disposiciones.” 2. “Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES.”3. “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES, y se dictan otras disposiciones.” Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes
ISBN : [978-958-11-1124-4] Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Icfes - DRA © 2024
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