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ICFES - Resolución 833 de 2017

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Detalles

Título
ICFES - Resolución 833 de 2017
Autor
ICFES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Educación
Año
2017

Gov.co Logo Icfes Logo SLRDC ¿Qué buscas? Menú principal Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links Inicio Transparencia y Acceso a la información Pública Atención y servicios a la ciudadanía Participa Nuestra entidad Evaluaciones Otros links  Inicio Documento  Inicio Documento Resolución 833 de 2017 ICFES Ocultar anotaciones  Buscar  Índice  RESOLUCIÓN 833 DE 2017 (diciembre 13) Diario Oficial No. 50.451 de 18 de diciembre de 2017 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Por la cual se modifica la Resolución 765 de 2017. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009 y por el numeral 9 del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y CONSIDERANDO: Que el Icfes expidió la Resolución 765 de 2017, “por la cual se establece el calendario 2018 de los exámenes que realiza el Icfes”.Que dicha resolución, estableció (en sus numerales 1 y 2) del artículo 1o, las pruebas Saber 11, Presaber y Validación, para los calendarios A y B.

Que la prueba de validación general del bachillerato del Calendario B, tiene como fecha de publicación de resultados individuales en la página web el día sábado 12 de mayo de 2018 y fecha de publicación de diplomas y actas de aprobación el día sábado 19 de mayo de 2018. Que en el mismo sentido, la prueba de validación general del bachillerato del Calendario A, tiene como fecha de publicación de resultados individuales en la página web el día sábado 27 de octubre de 2018 y fecha de publicación de diplomas y actas de aprobación el día sábado 3 de noviembre de 2018. Que con la finalidad de que las personas inscritas para la validación general del bachillerato conozcan sus resultados individuales y al mismo tiempo dispongan de sus diplomas y actas de aprobación, el Icfes decide unificar en una sola fecha dichas actividades para los calendarios A y B. Que para las pruebas Saber 11, aplicadas en los calendarios A y B, los resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación y de clasificación de planteles según categoría de rendimiento se realizan una vez al año, por lo cual estos se entregarán en la fecha de publicación de resultados establecidos para el calendario A. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 1 del artículo 1o de la Resolución 765 de 2017, el cual quedará así: “EXAMEN SABER 11, VALIDACIÓN GENERAL Y PRESABER. CALENDARIO B Debido a que los procesos de resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación y de

clasificación de planteles según categoría de rendimiento se realizan una vez al año, estos serán publicados con los resultados del calendario A. ARTÍCULO 2o. Modificar el numeral 2 del artículo 1o de la Resolución 765 de 2017, el cual quedará así:

2. EXAMEN SABER 11, PRESABER Y VALIDACIÓN. CALENDARIO A(…)” ARTÍCULO 3o. Las demás disposiciones de la Resolución 765 de 2017 continúan vigentes.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 2017. Publíquese y cúmplase. La Directora General, XIMENA DUEÑAS HERRERA.Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - Icfes

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