IDEAM - Circular 004 de 2025
Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
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Detalles
- Título
- IDEAM - Circular 004 de 2025
- Autor
- Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM
CIRCULAR No. 004 DE ENERO 23 DE 2025
Para: Subdirectores, Jefes de Oficina, Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo o Áreas operativas , Supervisores y Contratistas del Instituto de Hidrología, Meteorología y estudios ambientales - IDEAM
De: Secretaría General – Talento Humano (SST)
Asunto: Lineamientos para la recepción de exámenes médicos ocupacionales para contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en el
IDEAM
Fecha: 23 DE ENERO DE 2025
Respetados servidores públicos y colaboradores:
El objeto de la presente circular es establecer en adelante los lineamientos relacionados con los exámenes médicos ocupacionales y pruebas complementarias , requeridos a l os y las contratistas por prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión , en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), esto incluye:
1. Garantizar la salud y seguridad ocupacional de los y las contratistas en el desarrollo de sus actividades contractuales.
2. Definir responsabilidades tanto del contratista como de las áreas responsables del IDEAM
(Oficina Asesora Jurídica , Grupo de Administración y Desarrollo del Talento Humano , Subdirecciones, jefes de Oficinas, Coordinaciones, y Supervisores ) en la ejecución y seguimiento de estas disposiciones.
3. Establecer el Grupo de Exposición similar al que pertenezca el o la contratista de acuerdo con sus obligaciones contractuales y riesgos específicos a los que se encuentra expuesto.
Alcance:
seguimiento de estas disposiciones.
3. Establecer el Grupo de Exposición similar al que pertenezca el o la contratista de acuerdo con sus obligaciones contractuales y riesgos específicos a los que se encuentra expuesto.
Alcance:
La presente circular aplica para los y las contratistas del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) , vinculados a través de contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión , a quienes se les debe exigir el cumplimiento de los requisitos médicos ocupacionales aquí señalados, incluyendo los exámenes y procedimientos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con las normativas legales aplicables.Así mismo está dirigida a los subdirectores, jefes de oficina y coordinadores, por ser quienes suscriben los estudios previos, y a su vez los encargados de presentar a la Oficina Asesora Jurídica de la entidad la documentación previa a la suscripción del contrato, garantizando que ésta se encuentre en debida forma.
Finalmente, a las y los servidores públicos que ejerzan funciones de supervisor de contrato, ya que estos eventualmente y en el marco de la ejecución del contrato, pueden intervenir exigiendo el cumplimiento de los requisitos médicos ocupacionales señalados.
Marco Normativo aplicable:
- Artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015
- Artículo 2.2.4.2.2.18 del Decreto 1072 de 2015
- Artículo 18 del Decreto 723 de 2013
Lineamientos y responsabilidades:
De acuerdo con los procesos de contratación para la prestación de servicios profesionales y de
- Artículo 18 del Decreto 723 de 2013
Lineamientos y responsabilidades:
De acuerdo con los procesos de contratación para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con persona natural, suscritos con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, se establecen los siguientes lineamientos de la Oficina Asesora Jurídica y el Grupo de Administración y Desarrollo de Talento Humano para ser tenidos en cuenta dentro del proceso de recepción de exámenes médicos ocupacionales por parte de los y las contratistas de prestación de servicios.
1. Los y las contratistas deberán r ealizarse el examen médico ocupacional, laboratorios, pruebas complementarias, exámenes especiales y aplicación de vacunas cuando apliquen, según lo establecido en el profesiograma adoptado por el IDEAM, más adelante señalado.
La dependencia que solicite la contratación será quien determine de acuerdo con el objeto y las obligaciones contractuales que se desarrollarán, el grupo de exposición similar que le aplique y quien realice la solicitud de exámenes médicos y del carné de vacunación o documento que acred ite impedimento o desistimiento para vacunarse, así como la validación de estos (Fecha vigente, exámenes realizados de acuerdo al Grupo de Exposición similar, firma por un médico especialista en medicina del trabajo o salud ocupacional de acuerdo con el numeral 2 de la presente). En todo caso, los profesionales que acompañan el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo desde el Grupo de talento humano, resolverán cualquier inquietud que surja por parte de las áreas al respecto.
2. Los exámenes médicos ocupacionales deben ser realizados por una Institución Prestadora
el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo desde el Grupo de talento humano, resolverán cualquier inquietud que surja por parte de las áreas al respecto.
2. Los exámenes médicos ocupacionales deben ser realizados por una Institución Prestadora de Salud (IPS) y por profesionales idóneos, quienes deberán tener licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo.
3. El examen médico ocupacional tendrá una vigencia de máximo 3 (tres) años, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarsenuevamente el examen médico ocupacional y el costo de los exámenes será asumido por el mismo.
4. Se incluye dentro del Profesiograma , el plan de inmunización para todos los Grupos de Exposición teniendo en cuenta factores como la naturaleza de las actividades a realizar, las zonas geográficas de riesgo y las políticas de salud pública, sin embargo, no es de carácter obligatorio en caso de que se acredite que por razones personales, sociales o culturales le impiden ser vacunado; así respetando su autonomía y consentimiento informado.
- Fiebre amarilla , dosis Única, es gratuita y se puede aplicar en terminales de transporte terrestre o aéreo.
5. El abogado responsable del proceso contractual de la Oficina Asesora Jurídica remitirá únicamente el certificado de aptitud y copia del carnet de vacunación al correo de
talentohumano@ideam.gov.co, con destino al proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo del instituto, para su respectivo seguimiento.
En los casos donde se argumenten razones personales, sociales o culturales que le impidan
talentohumano@ideam.gov.co, con destino al proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo del instituto, para su respectivo seguimiento.
En los casos donde se argumenten razones personales, sociales o culturales que le impidan al contratista ser vacunado, se verificará que se aporte cualquier prueba idónea que permita evidenciar dicha situación.
6. El equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá en cuenta el concepto m édico ocupacional para la inclusión a los programas de vigilancia adoptados por el IDEAM según corresponda.
7. Teniendo en cuenta lo anterior, se relaciona n los exámenes médicos y pruebas complementarias a realizar de acuerdo con el grupo de exposición similar , esto es de acuerdo con el extracto del profesiograma que a continuación se señala:
GRUPO DE
EXPOSICIÓN
SIMILAR
EXÁMEN
MÉDICO
PRUEBAS
COMPLEMENTA
RIAS
LABORATO
RIOS
EXÁMENES
ESPECIALES
ESQUEMA DE
VACUNACIÓN
Administrativo /Operativo - Exámen médico ocupacional con énfasis osteomuscular
- Exámen médico con énfasis dermatológico
(solo aplica para obligaciones relacionadas con gestión documental y archivo) - Exámen optométrico
- Audiometría
Espirometría (Solo aplica para obligaciones relacionadas con gestión documental y archivo) -Glicemia en ayunas -Perfil Lipídico NA - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite
obligaciones relacionadas con gestión documental y archivo) -Glicemia en ayunas -Perfil Lipídico NA - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse.Aeropuerto Exámen médico ocupacional con énfasis osteomuscular - Exámen optométrico - Audiometría - Glicemia en ayunas
- Perfil
Lipídico NA - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse.
Alturas Exámen médico ocupacional con énfasis osteomuscular - Exámen optométrico - Audiometría - Glicemia en ayunas - Perfil lipídicoHemograma completo - Aptitud para trabajo en alturas
Electrocardiog rama E.C.G - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse.
Conductores Exámen médico ocupacional con énfasis osteomuscular - Exámen optométrico - Audiometría - Glicemia en ayunas
- Perfil
Lipídico Psicosensomét rico para conductores
Electrocardiog rama E.C.G - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse.
Laboratorio - Exámen médico ocupacional con
Electrocardiog rama E.C.G - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse.
Laboratorio - Exámen médico ocupacional con énfasis osteomuscular - Examen médico con énfasis dermatológico - Exámen optométrico
- Audiometría - Espirometría - Glicemia en ayunas
- Perfil
Lipídico
- BUNCREATITNIN ATransaminas as (TGO y
TGP)
- Hemograma completo
NA - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse.
Metalmecánica - Exámen médico ocupacional con énfasis osteomuscular - Exámen médico con énfasis dermatológico - Exámen optométrico
- Audiometría - Espirometría - Glicemia en ayunas
- Perfil
Lipídico NA - Fiebre amarilla
- Prueba que acredite impedimento para vacunarse. Exámenes especiales electrocardiograma (E.C.G): Realizar en mayores de 45 años o en aquellos con antecedentes de patología cardiaca.
8. Se establece dentro del profesiograma del IDEAM entre las medidas
para vacunarse. Exámenes especiales electrocardiograma (E.C.G): Realizar en mayores de 45 años o en aquellos con antecedentes de patología cardiaca.
8. Se establece dentro del profesiograma del IDEAM entre las medidas antidiscriminatorias en materia laboral lo dispuesto en la Ley 2114 de 2021, estoes, que la exigencia de la práctica de pruebas de embarazo queda prohibida como requisito obligatorio para el acceso o permanencia en cualquier actividad laboral.
Sin embargo, l a prueba de embarazo solo podrá solicitarse, teniendo consentimiento previo de las con tratistas, en los casos en los que el objeto contractual implique riesgos reales o potenciales que puedan incidir negativamente en el desarrollo normal del embarazo (grupo de exposición similar laboratorio y alturas).
De esta manera, el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), se permite asegurar que los contratistas cuenten con las evaluaciones médicas necesarias para desempeñar sus actividades y obligaciones contractuales, de manera segura y conforme a las normas vigentes, todo lo cual deberá ser atendido en virtud del marco de la política de Seguridad y Salud en el Trabajo del IDEAM.
Dado en Bogotá, D.C. a los, 23 días del mes de enero del año 2025.
JUAN FERNANDO ACOSTA MIRKOW
Secretario General
Código: GD-F002-V01-19/07/2024
Nombre Cargo Firma Proyectó Dayana Moreno Profesional Universitario GADTHSST
Revisó Paola Andrea Mora Q Abogada Contratista SG PAMQ Aprobó Yareth Josefina Rodríguez Zuleta
Nombre Cargo Firma Proyectó Dayana Moreno Profesional Universitario GADTHSST
Revisó Paola Andrea Mora Q Abogada Contratista SG PAMQ Aprobó Yareth Josefina Rodríguez Zuleta
Coordinadora GADTH
Aprobó Gilberto Antonio Ramos Suarez Jefe Oficina Asesora Jurídica Revisó
Nancy Patricia Bravo Contratista OAJ
Radicado 20242020214343 Expediente 20242022500005705E Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales y/o técnicas vigentes y por lo tanto bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma y comunicación y publicación