IDEAM - GCI-RP-M002 - Manual de crítica operación estadística GRDP
Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
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Detalles
- Título
- IDEAM - GCI-RP-M002 - Manual de crítica operación estadística GRDP
- Autor
- Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- —
MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
ESTADÍSTICA DE GENERADORES DE
RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS
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MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN ESTADÍSTICA DE GENERADORES DE RESIDUOS O
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TABLA DE CONTENIDO 1 INTRODUCCIÓN ................................ ................................ ................................ ...................... 6 2 JUSTIFICACIÓN ................................ ................................ ................................ ........................ 7 3 OBJETIVO ................................ ................................ ................................ ............................... 7 4 ALCANCE ................................ ................................ ................................ ................................ 8 5 ASPECTOS LEGALES RELACIONADOS CON RESIDUOS PELIGROSOS ................................ ........... 8 5.1 Normatividad nacional ........................................................................................................... 8 5.2 Convenios internacionales afines ......................................................................................... 10 6 GENERALIDADES DEL SISTEMA DEL REGISTRO DE GENERADORES DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS ................................ ................................ ................................ ................................ . 11 6.1 Flujo de información ............................................................................................................ 11 6.2 Módulos para la captura de información ............................................................................. 13 6.3 Categorías de generación de residuos peligrosos ................................................................. 14 6.4 Actores involucrados ............................................................................................................ 14 7 PROCESO DE CRÍTICA DE GENERADORES DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS –GRDP
6.3 Categorías de generación de residuos peligrosos ................................................................. 14 6.4 Actores involucrados ............................................................................................................ 14 7 PROCESO DE CRÍTICA DE GENERADORES DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS –GRDP (IDEAM) ................................ ................................ ................................ ................................ ....... 16 7.1 OBJETIVOS ........................................................................................................................... 16 7.1.1 OBJETIVO GENERAL ................................ ................................ ................................ .......... 16 7.1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ................................ ................................ ................................ ... 16 7.2 DOCUMENTOS AUXILIARES .................................................................................................. 16 7.3 DESCRIPCIÓN DE VARIABLES E INDICADORES ...................................................................... 17 7.3.1 Variables ................................ ................................ ................................ .......................... 17 7.3.2 Indicadores................................ ................................ ................................ ....................... 30 7.4 PROCESO DE VALIDACIÓN Y/O ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN CAPTURADA ....................... 31 7.4.1 Por parte de la autoridad ambiental ................................ ................................ ................. 32 7.4.2 Por parte del IDEAM ................................ ................................ ................................ ......... 32 8 ESTADISTICAS DE GENERACION DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS - INFORMES NACIONALES ................................ ................................ ................................ ................................ 39MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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9 GLOSARIO................................ ................................ ................................ .............................. 40 10 BIBLIOGRAFÍA ................................ ................................ ................................ ........................ 43MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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10 BIBLIOGRAFÍA ................................ ................................ ................................ ........................ 43MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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LISTADO DE TABLAS Tabla 1. Resumen normas aplicables a residuos Peligrosos ................................ .............................. 8 Tabla 2. Categorías como generador................................ ................................ .............................. 14 Tabla 3. Principales actores y roles relacionados con el flujo de información de Residuos Peligrosos . ................................ ................................ ................................ ................................ .................... 15 Tabla 4. Especificaciones de las variables que repercuten en la Operación Estadística GRDP .......... 27 Tabla 5. Descripción de indicadores ................................ ................................ ............................... 30 Tabla 6. Cronograma de elaboración y divulgación del Informe Nacional ................................ ....... 39MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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1 INTRODUCCIÓN
Mediante el Decreto 1600 de 1994 expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y en particular el artículo 2, se le confiere al IDEAM la dirección y coordinación del Sistema de Información Ambiental, cuyas actividades implican: “Establecer y promover programas de inventarios, acopio, almacenamiento, análisis y difusión de la información y las variables que se definan como necesarias para disponer de una evaluación y hacer el seguimiento sobre el estado de los recursos naturales renovables y e l medio ambiente, - Proponer al Ministerio del Medio Ambiente, protocolos, metodologías, normas y estándares para el acopio de datos, el procesamiento, transmisión, análisis y difusión de la información que sobre el medio ambiente y los recursos naturales realicen los Institutos de Investigación Ambiental, las Corporaciones y demás entidades que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental, - Garantizar la disponibilidad y calidad de la información ambiental que se requiera para el logro del desarrollo sostenible del país y suministrar los datos e información que se requieran por parte del Ministerio del Medio Ambiente, - Proveer la información disponible a las entidades pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental (SINA), al sector productivo y a la sociedad, - De común acuerdo con el DANE, los Ministerios e instituciones públicas y privadas que manejan información sectorial, coordinar programas y actividades para adquirir, procesar y analizar la información para desarrollar políticas y normas sobre la población y
sector productivo y a la sociedad, - De común acuerdo con el DANE, los Ministerios e instituciones públicas y privadas que manejan información sectorial, coordinar programas y actividades para adquirir, procesar y analizar la información para desarrollar políticas y normas sobre la población y su calidad de vida, - Implementar para el Ministerio del Medio Ambiente el acceso a los bancos de información y bases de datos necesarios para el desarrollo de la política, la normatividad ambiental y las Cuentas Nacionales Ambientales, - Establecer y mantener actualizado un banco nacional de datos sobre la oferta y la calidad de los recursos naturales renovables, - Colaborar con el Ministerio del Medio Ambiente, las Corporaciones y los centros urbanos en la definición de variables e indicadores ambientales, entre otros”.
Como parte de la estrategia de la Política Nacional de residuos peligrosos asociada a planificación, coordinación y fortalecimiento de la capacidad institucional, además de generación de espacios interinstitucionales, establece que “… se hace necesario emprender programas de fortalecimiento al interior del SINA y del Gobierno Central y descentralizado, orientados principalmente a generar sistemas de información de RESPEL, mejorar los canales de coordinación institucional”, implementando un sistema de información de RESPEL, con base en la información que suministren los generadores, gestores, autoridades involucradas en la gestión y manejo de los RESPEL.
En este sentido, en el marco del Sistema de Información Ambiental de Colombia – SIAC, se creó el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, reglamentado en el capítulo VI (artículos 27 y 28) del Decreto 4741 del 2005, cuya finalidad es contar con información normalizada, homogénea y sistemática sobre la generación y manejo de residuos o desechos
(artículos 27 y 28) del Decreto 4741 del 2005, cuya finalidad es contar con información normalizada, homogénea y sistemática sobre la generación y manejo de residuos o desechos peligrosos originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del país. Así mismo y en concordancia con lo anterior, mediante la Resolución 1362 del 2 de agosto de 2007, el MAVDT estableció los requisitos y procedim ientos para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos a que hacen referencia los Artículos 27 y 28 del Decreto 4741 de 2005; para dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, el IDEAM desarrolló e implementóMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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desde el año 2008, el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, de acuerdo con los estándares para el acopio de datos, procesamiento, transmisión y difusión de la información que estableció el IDEAM para tal fin (Resolución 043 de 2007); dicho registro se ha convertido en pieza fundamental para la operació n estadística de residuos o desechos peligrosos – RESPEL, liderada por el IDEAM a nivel nacional.
2 JUSTIFICACIÓN
Es importante mencionar que el equipo al interior del IDEAM a cargo de la operación estadística de generadores de residuos o desechos peligro sos, realiza el proceso de crítica con el fin de analizar y corregir inconsistencias, detectar y corregir datos atípicos, sin embargo, dicho proceso
de generadores de residuos o desechos peligro sos, realiza el proceso de crítica con el fin de analizar y corregir inconsistencias, detectar y corregir datos atípicos, sin embargo, dicho proceso no se encontraba documentado, lo que generaba vulnerabilidad de la operación, adicional a la alta rotación o intermitencias del personal a cargo del proceso por ser contratos de prestación de servicios.
Con el fin de armonizar, fortalecer y consolidar la información capturada en el registro mencionado que permita mejorar la calidad de los datos y así obtener información confiable sobre la generación y manejo de los residuos peligrosos en nuestro país, el IDEAM a partir del plan de mejoramiento acordado con el DANE de fecha mayo de 2015 ha desarrollado una serie de documentos de metodología general según los lineamientos establecidos por el DANE sobre proceso y métodos de la operación estadística de registros administrativos. Dentro de dichos documentos, se presenta a continuación el “Manual de Crítica”, documento que describe el proceso de captura y administr ación de la información del RGRDP, variables e indicadores que hacen parte de la operación estadística, proceso de validación y/o análisis llevado a cabo, el cual permite detectar inconsistencias que puedan ser corregidas con el fin de obtener información confiable, veraz, referente a la generación y manejo de residuos peligrosos en el país, mejorando así la coherencia de la información a lo largo del tiempo, además de contar con una memoria institucional que permita que las personas a cargo o personas nuev as que ingresen al proceso conozca al detalle el procedimiento llevado a cabo.
3 OBJETIVO
Proporcionar las pautas y lineamientos que permitan al personal a cargo de la operación
conozca al detalle el procedimiento llevado a cabo.
3 OBJETIVO
Proporcionar las pautas y lineamientos que permitan al personal a cargo de la operación estadística de generadores de residuos o desechos peligrosos, mejorar la con sistencia y calidad de la información diligenciada en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos – RGRDP permitiendo la producción de estadísticas confiables en cuanto a generación y manejo de los residuos peligrosos en el país.MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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4 ALCANCE
Este documento está propuesto y enfocado para aquellos funcionarios a cargo del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos - RGRDP, quienes se encargan de realizar el análisis estadístico, crítico de la información y los datos capturados por el registro y que generan las estadística s de generación y manejo de Residuos o desechos peligrosos difundidas a nivel nacional en el Informe Nacional de Residuos o Desechos Peligrosos.
5 ASPECTOS LEGALES RELACIONADOS CON RESIDUOS PELIGROSOS
5.1 NORMATIVIDAD NACIONAL A continuación se expone el marco normativo aplicable a residuos peligrosos: Tabla 1. Resumen normas aplicables a residuos Peligrosos
NORMA DESCRIPCIÓN Decreto Ley 2811 de 1974 (Presidencia de la República) Se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales
Tabla 1. Resumen normas aplicables a residuos Peligrosos
NORMA DESCRIPCIÓN Decreto Ley 2811 de 1974 (Presidencia de la República) Se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, respecto de los productos químicos, las sustancias tóxicas y las sustancias radiactivas, identificando la necesidad de establecer requisitos para la importación, fabricación, transporte, almacenamiento, comercialización, manejo, empleo y disposición de este tipo de productos. Ley 9 de 1979 (Congreso de la República) Se establece el Código Sanitario Nacional que consagra medidas sanitarias para la fabricación, manejo, almacenamiento, transporte, comercio, etc., de sustancias peligrosas e incluye un capítulo a las sustancias peligrosas donde se estipulan obligaciones, prohibiciones y restricciones para la importación, fabricación, almacenamiento, transporte, comercio, manejo o disposición de sustancias peligrosas. Esta norma, con su orientación sanitaria, complementa las regulaciones ambientales contenidas en el Código de Recursos Naturales, siendo también base de la regulación ambiental y sanitaria del país. La Ley 99 de 1993 (Congreso de la República) Por medio de la cual se crea el Ministerio de Medio Ambiente y reordena el sector ambiental del país organizándolo en el Sistema Nacional Ambiental – SINA, entre otras disposiciones. Establece que le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible regular las condiciones generalesMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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entre otras disposiciones. Establece que le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible regular las condiciones generalesMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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NORMA DESCRIPCIÓN para el saneamiento del medio ambiente, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de las actividades que contaminan, deterioran o destruyen el entorno o el patrimonio natural. Decreto 1600/1994 (MADS) Por el cual se reglamenta parcialmente el Sistema Nacional Ambiental (SINA) en relación con los Sistemas Nacionales de Investigación Ambiental y de Información Ambiental”. La Ley 253 de 1996 (Congreso de la República) Por medio de la cual se aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, hecho en Basilea el 22 de marzo de 1989 Ley 430 de 1998 Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones. Política Ambiental para la gestión integral de residuos peligrosos de 2005 El objetivo general de esta política es prevenir la generación de los RESPEL y promover el manejo ambientalmente adecuado de los que se generen, con el fin de minimizar los riesgos sobre la salud humana y el ambiente contribuyendo al desarrollo sostenible. Decreto 4741 de 2005
generación de los RESPEL y promover el manejo ambientalmente adecuado de los que se generen, con el fin de minimizar los riesgos sobre la salud humana y el ambiente contribuyendo al desarrollo sostenible. Decreto 4741 de 2005 (Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial - MAVDT) Reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. El objeto de esta norma es prevenir la generación de residuos o desechos peligrosos y regular su manejo con el fin de proteger la salud humana y el ambiente. Resolución 043 de 2007 Se establecen los estándares generales para el acopio de datos, procesamiento, transmisión y difusión de información para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos 2007 Resolución 1362/2007 (MAVDT) Establece los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, como instrumento de captura de información, con la finalidad de contar con información normalizada, homogénea y sistemática sobre la generación y manejo de residuos o desechos peligrosos originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del país. Ley 1252 de 2008 (Congreso de la República) Mediante la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos en e l marco de la gestión integral, todo lo relacionado con la importación y exportación de residuos peligrosos según lo establecido por el Convenio de Basilea.
materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos en e l marco de la gestión integral, todo lo relacionado con la importación y exportación de residuos peligrosos según lo establecido por el Convenio de Basilea. La responsabilidad por la gestión integral de los residuosMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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NORMA DESCRIPCIÓN peligrosos se asigna al generador, y la extiende a sus afluentes, emisiones, productos y subproductos, equipos desmantelados y en desuso, elementos de protección personal utilizados en la manipulación de este tipo de residuos y por todos los efectos ocasio nados a la salud y al ambiente. Así mismo equipara al fabricante, o importador de productos o sustancias químicas con características peligrosas, al generador en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes, transporte o movilización, almacen amiento hasta su descarga y recepción en el destino final. Ley 1196 de 2008 (Congreso de la República) Por medio de la cual se aprueba el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP). Ley 1333 de 2009 (Congreso de la República) Se estableció el procedimiento sancionatorio ambiental, las infracciones en materia ambiental, los procedimientos para la imposición de medidas preventivas, sanciones e infracciones y establece el Registro Único de Infractores
de la República) Se estableció el procedimiento sancionatorio ambiental, las infracciones en materia ambiental, los procedimientos para la imposición de medidas preventivas, sanciones e infracciones y establece el Registro Único de Infractores Ambientales – RUIA reglamentado por la Resolución 415 de 2010 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Decreto 2041 de 2014 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS) Reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 en cuanto a las licencias ambientales y fija como entidades competentes para otorgarla a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible, según sea el caso.
5.2 CONVENIOS INTERNACIONALES AFINES
Los convenios internacionales que de una u otra manera cuentan con aspectos asociados a la gestión integral de los residuos o desechos peligrosos y que Colombia ha aprobado o ratificado son los siguientes: Protocolo de Montreal, para la eliminación del uso de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO) Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP).
Dentro de éstos, el que brinda lineamentos más generales en materia de residuos Peligrosos es el Convenio de Basilea el cual regula los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otrosMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
Dentro de éstos, el que brinda lineamentos más generales en materia de residuos Peligrosos es el Convenio de Basilea el cual regula los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otrosMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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desechos aplicando el procedimiento del “consentimiento fundamentado previo” (los envíos efectuados sin consentimiento son ilícitos). Los envíos efectuados a un Estado que no sea parte del convenio de Basilea o desde un Estado que no sea parte de dicho convenio son ilícitos, salvo que exista un acuerdo especial. Se exige a toda Parte en el Convenio que promu lgue las disposiciones legislativas nacionales adecuadas para prevenir y castigar el tráfico ilícito de desechos peligrosos y otros desechos. El tráfico ilícito es delictivo.
En segundo lugar, el Convenio obliga a las Partes a asegurar que los desechos pe ligrosos y otros desechos se manejen y eliminen de manera ambientalmente racional. Para este fin, se espera que cada país minimice las cantidades que atraviesan las fronteras, que trate y elimine los desechos lo más cerca posible del lugar donde se generen y que impida o minimice la generación de desechos en origen. Se pide la aplicación de controles estrictos desde el momento de la generación de un desecho peligroso hasta su almacenamiento, transporte, tratamiento o aprovechamiento y disposición final.
en origen. Se pide la aplicación de controles estrictos desde el momento de la generación de un desecho peligroso hasta su almacenamiento, transporte, tratamiento o aprovechamiento y disposición final.
6 GENERALIDADES DEL SISTEMA DEL REGISTRO DE GENERADORES DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS El Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos es un instrumento de gestión de información mediante el cual se captura información normalizada, homogénea, sistemática y georeferenciada sobre la generación y el manejo de residuos o desechos peligrosos, originados por las diferentes actividades productivas y sectoriales del país.
6.1 FLUJO DE INFORMACIÓN
Como se observa en la Figura 1, el proceso de captura d e información inicia con una autodeclaración vía Web realizada por parte de los generadores de residuos peligrosos a través del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, en la que reportan los tipos y cantidades de residuos peligrosos ge nerados en sus establecimientos, así como el manejo que dieron a cada una de éstos, en el año inmediatamente anterior al reporte oficial. Para acceder al Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos y realizar el diligenciamiento y actualización de la información, se debe ingresar a través del portal Web de la Autoridad Ambiental frente a la cual adelantó el proceso de inscripción en el registro y ubicar en la página de inicio el Link “Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos.MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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Figura 1. Flujo de información sobre generación y manejo de residuos peligrosos en ColombiaRegistro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos
Finalizada la auto -declaración por parte de los generadores, la información es remitida electrónicamente a la Autoridad Ambiental correspon diente, es decir, aquella con jurisdicción en el lugar donde se encuentra ubicado el establecimiento donde fueron generados los residuos peligrosos. Una vez recibida la información por parte de la Autoridad Ambiental, ésta adelanta un proceso de revisión d e la misma con el fin de implementar mecanismos que permitan mejorar la calidad de la información reportada por los generadores ubicados en el área de su jurisdicción. Cuando la Autoridad Ambiental ha adelantado el proceso de revisión de la calidad de la información, transmite al IDEAM los registros de los generadores para que el Instituto disponga de la información para su consolidación a nivel nacional. Por último, el IDEAM pone a disposición del público en general la información transmitida a nivel nacio nal al Sistema de Información Ambiental de Colombia – SIAC, a través de informes periódicos y tablas consolidadas. A su vez, el MADS incluye esta información en el reporte anual que debe entregar a la Secretaría de Convenio de Basilea. En la Figura 2 se pr esenta el proceso resumido de la inscripción, diligenciamiento y actualización de la información por parte de los generadores en el Registro de Generadores de Residuos o
de Basilea. En la Figura 2 se pr esenta el proceso resumido de la inscripción, diligenciamiento y actualización de la información por parte de los generadores en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, así como las actividades adelantadas tanto por las Autoridades Am bientales del país como por el IDEAM, para administrar el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos a nivel regional (o local según la Autoridad Ambiental) y nacional respectivamente.MANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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Figura 2. Procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos
En el Anexo 1, se expone un diagrama de flujo detallado del proceso actual de la gestión de datos e información del registro de generadores de residuos o desechos peligrosos con su debido soporte explicativo.
6.2 MÓDULOS PARA LA CAPTURA DE INFORMACIÓN
Este instrumento se encuentra diseñado por módulos, de acuerdo con el perfil de usuario que accede al sistema de la siguiente manera: un módulo de diligenciamiento (para los generadores/establecimientos), un módulo de administración regional o local (para las autoridades ambientales) y un módulo de administración nacional (para el IDEAM). El módulo de diligenciamiento del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos está conformado por tres capítulos tal y como se detalla a continuación:
autoridades ambientales) y un módulo de administración nacional (para el IDEAM). El módulo de diligenciamiento del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos está conformado por tres capítulos tal y como se detalla a continuación:
CAPITULO I IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA, ENTIDAD U ORGANIZACIÓN Y DEL ESTABLECIMIENTO O INSTALACIÓN SECCIÓN 1 Datos de la empresa, entidad u organización SECCIÓN 2 Datos del establecimiento o instalación. SECCIÓN 3 Datos del responsable del diligenciamiento de la información. CAPITULO II INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y SERVICIOS SECCIÓN 1 Materia primas consumidas y bienes consumibles más comunes utilizados durante el periodo de balance, que puedan incidir en que la actividad productiva genere residuos o desechos peligrosos SECCIÓN 2 Principales bienes elaborados y/o servicios ofrecidos durante el periodo deMANUAL DE CRÍTICA DE LA OPERACIÓN
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balance CAPITULO III INFORMACIÓN SOBRE GENERACIÓN, MANEJO Y EXISTENCIAS DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS SECCIÓN 1 Generación y manejo de residuos o desechos peligrosos. SECCIÓN 2 Existencias de residuos o desechos peligrosos anteriores al primer periodo de balance declarado. SECCIÓN 3 Categoría de generador de residuos o desechos
6.3 CATEGORÍAS DE GENERACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS
balance declarado. SECCIÓN 3 Categoría de generador de residuos o desechos
6.3 CATEGORÍAS DE GENERACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS
Teniendo en cuenta lo estipulado en el Decreto 4741 de 2005, el Registro, clasifica a los generadores de residuos peligrosos en tres (3) diferentes categorías, de acuerdo con la cantidad de residuos o desechos peligrosos generados, tal como se aprecia en la Tabla 2.
Tabla 2. Categorías como generador1
CATEGORÍA DESCRIPCIÓN Gran Generador Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad igual o mayor a 1,000.0 kg/mes calendario considerando los períodos de tiempo de gener