IDEAM - Resolución 0342 de 2026
Instituto de Hidrogología, Metereología y Estudios Ambientales
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Detalles
- Título
- IDEAM - Resolución 0342 de 2026
- Autor
- Instituto de Hidrogología, Metereología y Estudios Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
IDEAM INSTITUTO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALESIDEAM RESOLUCIÓN N° 0342 DEL 24 DE MARZO DE 2026 “Por la cual se adopta la Política de Integridad y el Código de Integridad en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, se deroga la Resolución 2932 del 22 de noviembre de 2018 y se dictan otras disposiciones” ¡LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES - IDEAM En uso de las facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 1 de la Ley 2016 de 2020, el artículo 31 de la Ley 2195 del 2022 que modifica el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1499 del 2017, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones y que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado y la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley. Que el artículo 3 de la Ley 489 de 1998 dispone que, la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la
que se ejercerá en los términos que señale la Ley. Que el artículo 3 de la Ley 489 de 1998 dispone que, la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Que la ética pública, tiene como finalidad que quienes desempeñen funciones públicas cumplan cabalmente con los postulados y los mandatos de la Constitución y la Ley, en términos de eficiencia, integridad, transparencia y orientación al bien común. Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, en lo relacionado con la integración de los Sistemas de Gestión como política de Buen Gobierno indicó que, las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán, entre otras, la Política de Integridad para las entidades públicas. Que el numeral 1 del artículo 2.2.22.3.3 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, establece como uno de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MÍPG "Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas”, razón por la cual es importante fortalecer dentro de la Entidad actitudes y
Planeación y Gestión - MÍPG "Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas”, razón por la cual es importante fortalecer dentro de la Entidad actitudes y comportamientos íntegros de los servidores públicos, en el desarrollo de sus funciones y actividades. Que mediante la Ley 2016 de 2020, se adoptó el código de integridad del servicio público colombiano.
Código: A-GD F031 — V5 - 02/07/2024
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INSTITUTO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALESIDEAM RESOLUCIÓN N° 0342 DEL 24 DE MARZO DE 2026 “Por la cual se adopta la Política de Integridad y el Código de Integridad en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, se deroga la Resolución 2932 del 22 de noviembre de 2018 y se dictan otras disposiciones” Que la Resolución 2932 del 22 de noviembre de 2018 adoptó el código de integridad y buen gobierno en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM. Que la Resolución 2932 del 22 de noviembre de 2018, mediante la cual se adoptó el Código de Integridad y la Política de Buen Gobierno en el IDEAM, debe ser derogada en el marco de la actualización normativa institucional, en razón a que dicha resolución no solo incorporaba lineamientos relacionados con integridad, sino que también integraba contenidos correspondientes a otras políticas institucionales. Estas políticas fueron posteriormente adoptadas de manera independiente a través de instrumentos normativos
siguientes acciones: a) b) c) d) e) f) Guiar sus actuaciones por los principios éticos establecidos en el Código de Integridad. Divulgar y aplicar las normas de integridad y transparencia. Garantizar que todos los procedimientos sean claros, equitativos, viables y transparentes. Denunciar las conductas irregulares de sus servidores. Rendir las cuentas a la ciudadanía y demás grupos de interés, garantizando la disposición al público de la información de la Institución. Articular las acciones de control social con los programas sectoriales, presidenciales y gubernamentales. Artículo 4. Colaboración interinstitucional en la promoción de prácticas éticas. La Dirección General y su Equipo Directivo, a fin de optimizar la gestión, se comprometen a fortalecer los canales de comunicación y a mantener un diálogo fluido y constructivo con otras Código: A-GD F031 — V5 - 02/07/2024
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INSTITUTO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALESIDEAM RESOLUCIÓN N° 0342 DEL 24 DE MARZO DE 2026 “Por la cual se adopta la Política de Integridad y el Código de Integridad en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, se deroga la Resolución 2932 del 22 de noviembre de 2018 y se dictan otras disposiciones” instituciones públicas y demás grupos de interés. Para tal fin, promoverán la suscripción de pactos éticos orientados a fortalecer la integridad, transparencia y eficiencia en el ejercicio de la función administrativa y en los procesos de contratación estatal.
incorporaba lineamientos relacionados con integridad, sino que también integraba contenidos correspondientes a otras políticas institucionales. Estas políticas fueron posteriormente adoptadas de manera independiente a través de instrumentos normativos específicos, formalizados en el Sistema de Gestión Institucional (SGI), cuya vigencia y aplicación se encuentran garantizada s por marcos normativos distintos y actualmente vigentes dentro del Instituto. En consecuencia, la derogatoria de la Resolución 2932 se justifica en la existencia de los siguientes documentos: Resolución 063 - Política General de Seguridad y Privacidad de la Información 2025; SGI-PLO13 Política compras y Contratación; Política de tratamiento y protección de datos personales; Política de Gestión Documental - Resolución 119 de 2024, los cuales respaldan integralmente las políticas allí contenidas, evitando duplicidad normativa y asegurando coherencia en el sistema interno de gestión institucional. Que la presente resolución se orienta exclusivamente a la adopción del Código de Integridad en el IDEAM, garantizando que su contenido se encuentre actualizado, armonizado con la normativa institucional vigente y plenamente alineado con los lineamientos de integridad establecidos en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, asegurando así coherencia y pertinencia en el marco del sistema de gestión institucional. Que mediante sesión del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del IDEAM, llevada a cabo el 26 de junio del 2024 se aprobó la política de integridad Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adóptense la Política de Integridad y el Código de Integridad, los cuales hacen parte integral de la presente resolución. Estos instrumentos incorporan los elementos del
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adóptense la Política de Integridad y el Código de Integridad, los cuales hacen parte integral de la presente resolución. Estos instrumentos incorporan los elementos del Código del Servicio Público expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, denominado “Valores del Servicio Público - Código de Integridad”, y establecen los lineamientos mínimos de conducta e integridad aplicables a todos los servidores públicos y contratistas del Instituto, para el adecuado cumplimiento de la misión, visión y objetivos institucionales, dentro del marco de la legalidad y la transparencia. Artículo 2. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, adopta los siguientes valores, coherentes con su naturaleza e identidad institucional, los cuales serán observados por todos los servidores públicos y contratistas en el ejercicio de sus funciones y actividades: Código: A-GD F031 — V5 - 02/07/2024 2AS _ IDEAM INSTITUTO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALESIDEAM RESOLUCIÓN N° 0342 DEL 24 DE MARZO DE 2026 “Por la cual se adopta la Política de Integridad y el Código de Integridad en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, se deroga la Resolución 2932 a) b) d) e) del 22 de noviembre de 2018 y se dictan otras disposiciones” Honestidad: Los funcionarios y contratistas del IDEAM actuarán siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo los deberes con transparencia y rectitud, y
b) d) e) del 22 de noviembre de 2018 y se dictan otras disposiciones” Honestidad: Los funcionarios y contratistas del IDEAM actuarán siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo los deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.
Respeto: Los funcionarios y contratistas del IDEAM reconocen, valoran y tratan de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.
Compromiso: Los funcionarios y contratistas del IDEAM son conscientes de la importancia de su rol dentro de la entidad y están en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que se relacionan en sus labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.
Diligencia: Los funcionarios y contratistas del IDEAM cumplen con sus deberes, funciones, responsabilidades y obligaciones asignadas por la ley o su contrato de la mejor manera posible, con atención, prontitud, destreza y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.
Justicia: Los funcionarios y contratistas del IDEAM actúan con imparcialidad, garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación.
Artículo 3. Acciones para la integridad y la transparencia. La Dirección General del IDEAM y su Equipo Directivo están en contra de todas las prácticas que favorezcan la corrupción, Para impedir, prevenir y combatir estas irregularidades, adoptarán, como mínimo, las siguientes acciones: a) b) c) d) e) f) Guiar sus actuaciones por los principios éticos establecidos en el Código de Integridad.
instituciones públicas y demás grupos de interés. Para tal fin, promoverán la suscripción de pactos éticos orientados a fortalecer la integridad, transparencia y eficiencia en el ejercicio de la función administrativa y en los procesos de contratación estatal. Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás normas que le sean contrarias, en especial la Resolución 2932 del 22 de noviembre de 2018. Artículo 6. La Secretaría General del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales a través del Grupo de Administración y Desarrollo del Talento Humano comunicará el presente acto administrativo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los 24 días del mes de marzo de 2026.
Ai GHISLIA HEVERRY PRIETO
Directora General Nombre Cargo Firma la Técnico Administrativo Do Proyectó | Gipsy Andrade Culma GADTH (oie? we Angela Maria Betin Coordinadora Grupo de Revisó García Administración y Da Maa fot oro we Gilberto Antonio Jefe de la Oficina Asesora Revisó . ei Ramos Suárez Jurídica Aprobó Juan Fernando Acosta Secretario General N L Mirkow Radicado 20262020031293 Expediente 20262024530008555E Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales y/o técnicas vigentes y por lo tanto bajo nuestra Código: A-GD F031 — V5 - 02/07/2024 4