IDEAM - Resolución 271 de 2025
Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
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Detalles
- Título
- IDEAM - Resolución 271 de 2025
- Autor
- Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
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INSTITUTO DE HIDROLOGÍA METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM RESOLUCIÓN No. 271 del 31 de marzo de 2025 “Por la cual se deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAMEn ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 5 del Decreto 291 de 2004, y C O N S I D E R A N D O: Que el literal a) del artículo 84 del Título III de la Ley 9 de 1979, establece que todos los empleadores están obligados a proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad. Que el literal a) del artículo 85 ibidem, consagra que todos los trabajadores están obligados a cumplir las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentaciones, así como con las normas del reglamento de medicina, higiene y seguridad que se establezca. Que el artículo 88 del Título III de la norma en mención, estipula que toda persona que entre a cualquier lugar de trabajo deberá cumplir las normas de higiene y seguridad establecidas por esta Ley, sus reglamentaciones y el reglamento de medicina, higiene y seguridad de la empresa respectiva.
entre a cualquier lugar de trabajo deberá cumplir las normas de higiene y seguridad establecidas por esta Ley, sus reglamentaciones y el reglamento de medicina, higiene y seguridad de la empresa respectiva. Que el capítulo II, artículo 2 de la Resolución 2400 de 1979, estipula: Obligaciones de los patronos. Son obligaciones del patrono: a ) Dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución, y demás normas legales en Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, elaborar su propia reglamentación, y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de Salud Ocupacional que les correspondan. Que el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012, establece la obligación de desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de los empleadores, sin importar su naturaleza jurídica y es obligación de éstos velar por la salud y segurida d de los trabajadores a su cargo mejorando las condiciones y el medio ambiente de trabajo. Que el capítulo 6 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, establece en el Artículo 2.2.4.6.1. las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el TrabajoSGSST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporale s y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. Que el Ministerio de Trabajo expidió la Resolución N° 0312 de 2019, por medio de la cual
sector cooperativo, las empresas de servicios temporale s y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. Que el Ministerio de Trabajo expidió la Resolución N° 0312 de 2019, por medio de la cual se establecen los estándares mínimos para implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) para empleadores y contratantes, los cuales son de obligatorio cumplimiento para cualquier empresa, independientemente de su tamaño o tipo de riesgo. Que la Resolución N° 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y2
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM RESOLUCIÓN No. 271 del 31 de marzo de 2025 “Por la cual se deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” , adopta de manera interna el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial de la entidad, no obstante, se hace necesario actualizar el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial teniendo en cuenta la normatividad vigente, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015 y la
se hace necesario actualizar el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial teniendo en cuenta la normatividad vigente, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019 en términos de implementación, manejo y definiciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo entre otras disposiciones , así como modificaciones en las sedes de la entidad y de las actividades económicas de acuerdo con el artículo 29 del Decreto 1295 de 1994 y Decreto 768 de 2022 , establecer responsabilidades en Seguridad y Salud en el Trabajo, incluir peligros y riesgos que no habían sido contemplados en el anterior Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, entre otras. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. ADOPTAR el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM, con el fin de garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como promover la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajoCOPASST y el Comité de Convivencia Laboral.
Identificación de la entidad: • Razón Social: Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM • Nit. 830000602-5 • Nombre de la Administradora de Riesgos Laborales - ARL: Positiva Compañía de
Seguros.
Datos Sedes - Áreas Operativas:
NOMBRE DIRECCIÓN TELÉFONO CIUDAD
Sede principal Calle 25 D No. 96b70 (601) 3527160 Bogotá D.C. Sede Puente Aranda
Seguros.
Datos Sedes - Áreas Operativas:
NOMBRE DIRECCIÓN TELÉFONO CIUDAD
Sede principal Calle 25 D No. 96b70 (601) 3527160 Bogotá D.C. Sede Puente Aranda (incluido el laboratorio de calidad ambiental) Calle 12 No. 42B-44 (601) 352 71 60 Bogotá D.C. Área operativa No. 1 Antioquia – Chocó Circular 4 No. 71-56 3208409852 Medellín Área operativa No. 2 Atlántico - BolívarSucre – Córdoba Calle 68 No. 54-82 3208412354 Barranquilla Área operativa No. 3 Meta – VichadaGuaviare – GuainíaVaupés Calle 44 No. 33-11 3208412369 Villavicencio3
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NOMBRE DIRECCIÓN TELÉFONO CIUDAD
Área operativa No. 4 Huila – Caquetá Calle 3 No. 8-40 32084035363102461704 Neiva
IDEAM”
NOMBRE DIRECCIÓN TELÉFONO CIUDAD
Área operativa No. 4 Huila – Caquetá Calle 3 No. 8-40 32084035363102461704 Neiva Área operativa No. 5 Magdalena -GuajiraCesar Calle 24 A No. 2-54 3208411088 – 6054306565 Santa Marta Área Operativa No. 6 Boyacá – Casanare Km 1 vía a pantano de Vargas 3208411138 – 3102461572 Duitama Área Operativa No. 7 Nariño - Putumayo Sur Cauca Carrera 35 A N° 18148
(602) 731 39 983208411132 – 3102468120 Pasto Área Operativa No. 8 Santanderes -Norte y Sur - Norte de Boyacá Calle 3 N° 5 - 18 3102466525 – 3208411117 Bucaramanga Área Operativa No. 9 Valle - Sur de Chocó - Eje Cafetero - Norte de Cauca Calle 48 N N° 3 N104 (602) 665 43 52 – (602) 665 60 583208411136 – 3102451893 Cali Área Operativa No. 10 Tolima Carrera 6 N° 46 - 71 3208412330 – 3102467962 Ibagué
Adicional a las sedes anteriormente descritas el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, cuenta con el Grupo de Meteorología Aeronáutica presente en los siguientes aeropuertos del país:
3102467962 Ibagué
Adicional a las sedes anteriormente descritas el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, cuenta con el Grupo de Meteorología Aeronáutica presente en los siguientes aeropuertos del país:
N° UBICACIÓN CIUDAD
1 Aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón Cali 2 Aeropuerto Alfonso López Pumarejo Valledupar 3 Aeropuerto Almirante Padilla Riohacha 4 Aeropuerto Antonio Nariño Pasto 5 Aeropuerto Benito Salas Neiva 6 Aeropuerto Camilo Daza Cúcuta 7 Aeropuerto El Caraño Quibdó 8 Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento Bogotá 9 Aeropuerto El Edén Armenia 10 Aeropuerto El Embrujo San Andrés 11 Aeropuerto Ernesto Cortissoz Barranquilla 12 Aeropuerto German Olano Puerto Carreño4
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N° UBICACIÓN CIUDAD
13 Aeropuerto José María Córdoba Rionegro 14 Aeropuerto Los Cedros Apartado
Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
N° UBICACIÓN CIUDAD
13 Aeropuerto José María Córdoba Rionegro 14 Aeropuerto Los Cedros Apartado 15 Aeropuerto Los Garzones Montería 16 Aeropuerto Matecaña Pereira 17 Aeropuerto Olaya Herrera Medellín 18 Aeropuerto Palonegro Lebrija 19 Aeropuerto Perales Ibagué 20 Aeropuerto Rafael Núñez Cartagena 21 Aeropuerto Rojas Pinilla San Andrés 22 Aeropuerto San Luis Ipiales 23 Aeropuerto Santiago Pérez Arauca 24 Aeropuerto Simón Bolívar Santa Marta 25 Aeropuerto Vanguardia Villavicencio 26 Aeropuerto Vásquez Cobo Leticia 27 Aeropuerto Yariguíes Barrancabermeja
Clase de riesgo: Actividad Económica Principal y Centros de
Trabajo Código Decreto 768 de 2022 Clase de Riesgo Principal Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería, incluye laboratorio de hidrología y meteorología. 2721001 II Centros de Trabajo Transporte de pasajeros, incluye el transporte terrestre de servicios especiales de pasajeros por carretera como: turismo, servicios de viajes contratados, excursiones, transporte de trabajadores (actividades de asalariados), transporte escolar. 4492102 IV Actividades de aeropuertos, servicios de navegación aérea y demás actividades conexas al 5522301 V5
excursiones, transporte de trabajadores (actividades de asalariados), transporte escolar. 4492102 IV Actividades de aeropuertos, servicios de navegación aérea y demás actividades conexas al 5522301 V5
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM RESOLUCIÓN No. 271 del 31 de marzo de 2025 “Por la cual se deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
Actividad Económica Principal y Centros de Trabajo Código Decreto 768 de 2022 Clase de Riesgo transporte aéreo, incluye las actividades relacionadas con el transporte aéreo de pasajeros, animales o carga, operación de instalaciones terminales, como terminales. Ensayos y análisis técnicos, incluye los ensayos de calificación y fiabilidad, ensayos de rendimiento de maquinaria completa: motores, automóviles, equipo electrónico etcétera, análisis de defectos, ensayos y mediciones de indicadores ambientales: contaminación del aire, agua, ruido, entre otros. 5712002 V
ARTÍCULO 2. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM se
mediciones de indicadores ambientales: contaminación del aire, agua, ruido, entre otros. 5712002 V
ARTÍCULO 2. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, de conformidad con los artículos 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9ª de 1979, el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 2400 de 1979, la Resolución 2013 de 1986, la Resolución 1016 de 1989, la Resolución 6398 de 1991, la Resolución 0312 de 2019 y demás normas concordantes. ARTÍCULO 3. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST, de conformidad con los establecido en la Ley 1562 de 2012, el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 2013 de 1986, la Resolución 1016 de 1989 y la Resolución 0312 de 2019. Así mismo, para la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, de acuerdo con la Ley 1010 de 2006, Resolución 652 de 2012 y Resolución 1356 de 2012 y demás normas que se expidan al respecto. ARTÍCULO 4. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM se
de 2012 y Resolución 1356 de 2012 y demás normas que se expidan al respecto. ARTÍCULO 4. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM se compromete a gestionar los recursos de funcionamiento, necesarios para desarrollar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley 1562 de 2012 , el numeral 4 del artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015 Obligaciones del Empleador y artículos 16 y 17 de la Resolución 0312 de 2019. Parágrafo. En el IDEAM el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es liderado por la Secretaría General en cabeza del Grupo de Administración y Desarrollo del Talento Humano, el cual consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado6
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM RESOLUCIÓN No. 271 del 31 de marzo de 2025 “Por la cual se deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
en la mejora continua en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar), que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las
IDEAM”
en la mejora continua en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar), que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora continua con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. ARTÍCULO 5. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM adopta disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de las y los servidores públicos, contratistas, pasantes, proveedores de servicios y visitantes, en l as actividades, l os equipos e instalaciones. Los peligros identificados y riesgos que más se presentan en la entidad, se relacionan a continuación:
DESCRIPCIÓN Y CLASIFICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS PRESENTES EN LOS
CENTROS DE TRABAJO
RIESGOS FÍSICOS
- Iluminación (Luz visible por exceso o deficiencia). • Ruido. • Radiaciones no ionizantes. • Temperaturas extremas (calor y frio).
RIESGOS BIOMECÁNICOS
- Posturas (prolongada, mantenida, forzada). • Esfuerzo. • Movimientos repetitivos. • Manipulación manual de carga.
RIESGOS QUÍMICOS
- Material particulado. • Polvo orgánico e inorgánico. • Gases y vapores.
RIESGOS BIOLÓGICOS:
- Microorganismos.
- Bacterias.
- Virus.
- Hongos.
- Material particulado. • Polvo orgánico e inorgánico. • Gases y vapores.
RIESGOS BIOLÓGICOS:
- Microorganismos.
- Bacterias.
- Virus. • Hongos. • Fluidos o Excrementos. • Picaduras y mordeduras.
RIESGOS PSICOSOCIALES
- Gestión Organizacional. • Condiciones de la tarea. • Característica de la organización del trabajo. • Característica del grupo social de trabajo. • Jornada de trabajo. • Interface persona - tarea.
FENÓMENOS NATURALES
- Inundaciones. • Precipitaciones (lluvias, granizadas).
- Sismos.
- Terremoto. • Vendavales. • Tormentas eléctricas.
CONDICIONES DE SEGURIDAD Mecánicos: • Elementos o partes de herramientas o equipos y suministros de oficina.
Tecnológicos:
- Incendio.
- Explosiones.7
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Eléctricos:
Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
Eléctricos: • Alta y baja tensión, estática.
Locativos: • Superficies de trabajo. • Condiciones de orden y aseo. • Sistemas y medios de almacenamiento.
Públicos:
- Robos.
- Atracos. • Asaltos. • Atentados de orden público.
- Manifestaciones.
- Fugas. • Derrame de químicos , almacenamiento y movilización de materiales.
Tareas de alto riesgo: • Trabajo en alturas. • Trabajo en caliente. • Trabajo en espacios confinados.
Accidentes de tránsito: • Movilización en la vía pública, colisiones, espacios reducidos para desplazamiento, volcamientos y atropellamientos. • Transporte de personas y movilización peatonal.
Parágrafo primero: A efecto de que los riesgos contemplados en el presente artículo no se traduzcan en accidentes de trabajo o enfermedad laboral, la entidad ejercerá su control en la fuente, en el medio transmisor o en el individuo, así como las medidas de intervención aplicables como eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos y elementos de protección personal, de conformidad con lo estipulado en los artículos 2.2.4.6.23 y el 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 de 2015 en cumplimi ento del Sistema de
y elementos de protección personal, de conformidad con lo estipulado en los artículos 2.2.4.6.23 y el 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 de 2015 en cumplimi ento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual se dará a conocer a todas y todos los colaboradores de la Entidad, entendidos como contratistas y funcionarios, así como partes interesadas. Las y los servidores públicos y contratistas deberán utilizar correctamente los elementos de protección personal, con el fin de protegers e contra posibles daños a su salud o su integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar de trabajo.
Parágrafo segundo: Para la identificación, evaluación, prevención, intervención, monitoreo permanente y control a la exposición a factores de riesgo psicosocial, se dará especial cumplimiento a la Resolución 2646 de 2008, expedida por el Ministerio de la Protección Social y a la Resolución 2764 de 2022, emitida por el Ministerio del Trabajo.
ARTÍCULO 6. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM, junto con todas y todos sus servidores públicos, contratistas y pasantes, darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, así como las normas técnicas, políticas internas, reglamentos e instrucciones que adelante la entidad para la implementación de actividades necesarias para el desarrollo del presente reglamento, en virtud del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST. ARTÍCULO 7. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM, en el marco del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST y acorde8
ARTÍCULO 7. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM, en el marco del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST y acorde8
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM RESOLUCIÓN No. 271 del 31 de marzo de 2025 “Por la cual se deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
con lo establecido en la normatividad vigente ( artículo 2.2.4.6.10 y el artículo 2.2.4.2.2.16 del Decreto 1072 de 2015) , adopta las siguientes responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la entidad: • Procurar el cuidado integral de su salud. • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SGSST. • Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en el sitio de trabajo. • Participar en las actividades de capacitación y de prevención y promoción organizadas en el marco del SGSST. • Contribuir al cumplimiento de los objetivos del SGSST. • Dar cumplimiento a la legislación nacional e institucional en lo pertinente, cuando
- Participar en las actividades de capacitación y de prevención y promoción organizadas en el marco del SGSST. • Contribuir al cumplimiento de los objetivos del SGSST. • Dar cumplimiento a la legislación nacional e institucional en lo pertinente, cuando se desarrollen tareas de alto riesgo.
ARTÍCULO 8. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales –IDEAM, dentro de los procesos de inducción y reinducción, incluirá las medidas de prevención y seguridad que exijan el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a desempeñar /objeto contractual específico que vaya a realizar, así como las normas técnicas e internas que se adopten , así mismo, las actividades de capacitación mensual definidas para la prevención de accidentes de trabajo, enfermedades laborales, situaciones de emergencia y las demás establecidas para lograr la implementación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean acordes con el presente reglamento y con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
ARTÍCULO 9. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales –IDEAM, se compromete a dar cumplimiento a las políticas propias del SGSST según los estándares mínimos establecidos por la normatividad vigente , como la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud, la Política de Prevención de consumo de alcohol, tabaco, sistemas electrónicos de administración con o sin nicotina y otras sustancias psicoactivas , Política de desconexión laboral y la Política por la cual se adopta el Plan Estratégico de Seguridad Vial.
de Prevención de consumo de alcohol, tabaco, sistemas electrónicos de administración con o sin nicotina y otras sustancias psicoactivas , Política de desconexión laboral y la Política por la cual se adopta el Plan Estratégico de Seguridad Vial. ARTÍCULO 10. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales –IDEAM dará continuidad a las actividades de promoción y prevención de los riesgos laborales en la modalidad de teletrabajo implementado en la entidad. ARTÍCULO 11. Una vez aprobado este reglamento se socializará a través de los diferentes medios de comunicación disponibles y se publicará en lugares visibles. ARTÍCULO 12. El presente reglamento entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 del IDEAM “Por medio del cual se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015”.9
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM RESOLUCIÓN No. 271 del 31 de marzo de 2025 “Por la cual se deroga la Resolución No. 0376 del 30 de abril de 2021 “Por medio del cual se actualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y se deroga la Resolución N° 1833 de 2015” y se actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Industrial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios AmbientalesIDEAM”
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los 31 días del mes de marzo de 2025.
GHISLIANE ECHEVERRY PRIETO
Directora General
Código: A-GD F031 – V5 - 02/07/2024
Nombre Cargo Firma Proyectó Dayana Moreno Talero Profesional Universitario - Grupo de Administración y Desarrollo del Talento Humano
Revisó Yareth Josefina Rodríguez Zuleta Profesional EspecializadoGrupo de Administración y Desarrollo del Talento Humano Revisó Gilberto Antonio Ramos Suarez Jefe Oficina Asesora Jurídica
Aprobó Angela María Betin García Coordinadora - Grupo de Administración y Desarrollo del Talento Humano Aprobó Juan Fernando Acosta Mirkow Secretario General Expediente 20252024530007403E Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales y/o técnicas vigentes y por lo tanto bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma de la Directora General del IDEAM.