IDRD - Criterios de Elegibilidad y Viabilidad IDRD (2025 - 2028)
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Criterios de Elegibilidad y Viabilidad IDRD (2025 - 2028)
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2025
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CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD, VIABILIDAD Y DE
ENFOQUES DE POLÍTICAS PÚBLICAS
SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE
2025-2028
VERSIÓN 1
Contenido
1. Presentación......................................................................................................................................... 2
2. Objetivos del sector asociados a los recursos locales ............................................................ 3
3. Criterios de elegibilidad, viabilidad y de enfoques de políticas públicas. .......................... 5 3.1 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD .................................................................. 5
No. de equipamientos culturales intervenidos con acciones de construcción, adecuación y/o dotación .......................................................................................................................................... 5 m2 de Parques de la red de proximidad construidos y dotados ................................................... 12 Número de parques de la red de proximidad intervenidos en mejoramiento, mantenimiento y/o dotación. ....................................................................................................................................... 21 Estímulos otorgados de apoyo al sector artístico y cultural ......................................................... 28 Eventos de promoción, circulación y apropiación de actividades artísticas, culturales y patrimoniales realizadas ............................................................................................................... 43 Personas beneficiadas y capacitadas con procesos de formación y exploración en los campos artísticos, culturales y patrimoniales ............................................................................................ 52 Número de Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales beneficiadas con elementos .. 61 Número de proyectos financiados y acompañados del sector cultural y creativo. ...................... 66 Colectivos u organizaciones inscritas en el Banco que implementan iniciativas recreo deportivas
Número de Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales beneficiadas con elementos .. 61 Número de proyectos financiados y acompañados del sector cultural y creativo. ...................... 66 Colectivos u organizaciones inscritas en el Banco que implementan iniciativas recreo deportivas de carácter barrial y veredal, beneficiadas con apoyos económicos............................................ 77 Personas beneficiadas con actividades recreo-deportivas comunitarias. (Desarrollo de certámenes y eventos recreo deportivos) .................................................................................... 82 Personas capacitadas en los campos deportivos o recreativos .................................................... 97 Personas beneficiadas con la entrega de dotaciones deportivas ............................................... 106 Personas vinculadas a las acciones de reconocimiento y salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial en torno a prácticas artísticas, recreodeportivas y saberes culturales. .................... 115 Número de deportistas de alto rendimiento beneficiados con apoyos económicos o en especie ..................................................................................................................................................... 122
4. ANEXOS ............................................................................................................................................ 132Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
1. Presentación.
El Sector Cultura, Recreación y Deporte creado mediante Acuerdo 257 de 2006 tiene como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, la recreación y el deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo, integrando a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, como cabeza del Sector y al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD como entidad adscrita, entre otras.
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, como cabeza del Sector y al Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD como entidad adscrita, entre otras.
La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera, que tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil.
Por otro lado, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, tiene por objeto generar y fomentar espacios para la recreación, el deporte, la actividad física y la sostenibilidad de los parques y escenarios, mejorando la calidad de vida, el sentido de pertenencia y la felicidad de los habitantes de Bogotá D.C.
Para el desarrollo de las políticas culturales y deportivas en las localidades, se requiere la articulación del sector con las Alcaldías Locales, en el marco del Decreto 768 de 2019 cuyo objeto es reglamentar el Acuerdo 740 de 2019, “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y funcionamiento de las localidades en Bogotá, D.C”. TÍTULO III DE LA GESTIÓN DEL DESARROLLO LOCAL Capítulo 1, lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local, dichas líneas son una herramienta de planeación de carácter vinculante y específico que, en el marco de las competencias locales, permiten a la Administración Distrital orientar estratégicamente las inversiones que serán incorporadas en el Plan de
de Inversión Local, dichas líneas son una herramienta de planeación de carácter vinculante y específico que, en el marco de las competencias locales, permiten a la Administración Distrital orientar estratégicamente las inversiones que serán incorporadas en el Plan de Desarrollo Local. En el Capítulo 3, de la asesoría y asistencia técnica a las Alcaldías Locales, especificando: “En el marco de sus competencias y según la línea de inversión de que se trate, los sectores y/o entidades distritales realizarán acompañamiento y prestarán asesoría y asistencia técnica a las Alca ldías Locales para la formulación, ejecución y seguimiento de los Planes de Desarrollo Local y sus proyectos de inversión. Para ello deberán suministrar a las Alcaldías Locales, dentro del primer semestre del primer año de gobierno, como mínimo la siguient e información: a. Los diagnósticos y estudios sobre la competencia del sector en la Localidad. b. Los criterios técnicos de elegibilidad y viabilidad para la formulación y actualización de proyectos de inversión. c. El esquema de acompañamiento.”
Así mismo, el Decreto 168 del 7 de mayo de 2021 "Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto Distrital 768 de 2019 'Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 740 de 2019 y se dictan otras disposiciones"' en su artículo 2 adicionó al Decreto Distrital 768 de 2019, el Artículo 11B en el que se indica que los sectores y entidades distritales establecerán los lineamientos técnicos que deberán cumplirse por parte de las alcaldías locales al momento de formular y ejecutar proyectos de inversión local.Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente
establecerán los lineamientos técnicos que deberán cumplirse por parte de las alcaldías locales al momento de formular y ejecutar proyectos de inversión local.Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
De igual manera, el Artículo 3 del Decreto 168 de 2021 establece que los proyectos de inversión local serán formulados y ejecutados por las Alcaldías Locales observando y garantizando el cumplimiento de los criterios técnicos de viabilidad establecidos por el sector, con el fin de garantizar la calidad en la entrega de obras, bienes y servicios, la coherencia con las políticas públicas y la incorporación de los distintos enfoques, enfatizando que los/las Alcaldes/as podrán solicitar asesoría y asistencia técnica específica a las entidades cabezas de sector y a las demás entidades distritales según sus competencias y misionalidad, cuando lo consideren necesario durante el proceso de formulación, actualización o ejecución de los proyectos de inversión local.
En este sentido, el sector tendrá entre otras las siguientes tareas:
● Realizar acompañamiento y asesoría y asistencia técnica a las Alcaldías Locales para la formulación, ejecución y seguimiento de los Planes de Desarrollo Local y sus proyectos de inversión, previa solicitud de la alcaldía local y en el marco de las competencias de cada entidad. ● Asesorar permanentemente a los FDL en la implementación de los criterios de elegibilidad y viabilidad.
2. Objetivos del sector asociados a los recursos locales
● Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el
elegibilidad y viabilidad.
2. Objetivos del sector asociados a los recursos locales
● Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo. ● Formular estrategias para garantizar la conservación y enriquecimiento de la creación y expresiones artísticas y culturales propias y diversas de la ciudad de acuerdo con su conformación étnica, socio cultural e histórica. ● Diseñar estrategias de divulgación y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible. ● Impulsar e implementar estrategias para garantizar el desarrollo de expresiones artísticas que interpreten la diversidad cultural de los habitantes del Distrito Capital. ● Impulsar la formación y gestión de actividades y programas artísticos, culturales, deportivos y de alto rendimiento para la población con algún grado de discapacidad. ● Formular e implementar lineamientos que promuevan, fomenten, y fortalezcan escenarios para la transformación de imaginarios sobre la diversidad, interculturalidad y cultura democrática. ● Diseñar estrategias para el fomento del arte, la cultura y el patrimonio en el Distrito Capital que permitan fortalecer las dimensiones de formación, creación, transmisión, circulación, visibilización, investigación y apropiación. ● Implementar estrategias de arte en el espacio público conforme a los objetivos y metas institucionales. ● Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación, reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos y sectores poblacionales.
● Diseñar y ejecutar estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación, reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos y sectores poblacionales. ● Definir y gestionar las estrategias para la identificación, reconocimiento, valoración y apropiación social de territorios y poblaciones diversas.Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 ● Implementar acciones y estrategias para el desarrollo de procesos de formación en competencias emprendedoras y empresariales, que generen herramientas, conocimientos, habilidades y capacidades para la gestación y sostenibilidad de las iniciativas del sector cultura, recreación y deporte. ● Implementar estrategias en torno a la gestión de conocimiento, para el seguimiento y evaluación de los proyectos culturales, recreativos y deportivos ● Mejorar la cobertura y las condiciones de infraestructura de los parques y escenarios para el uso y disfrute de la población de Bogotá D.C. ● Brindar apoyo a la preparación y participación de los deportistas del registro de Bogotá para posicionarlos en las competencias nacionales e internacionales. ● Fomentar hábitos y estilos de vida saludables a través de la práctica regular de actividad física. ● Generar nuevos valores y el aprendizaje de hábitos de vida saludables y preservadores que apunten al mejoramiento de la calidad de vida de una comunidad. ● Promover la apropiación y ocupación inteligente del espacio público, con el fin de mejorar la convivencia, la cohesión social, el respeto, la vida en familia y la salud física y mental de la población.
● Promover la apropiación y ocupación inteligente del espacio público, con el fin de mejorar la convivencia, la cohesión social, el respeto, la vida en familia y la salud física y mental de la población. ● Contribuir al buen y adecuado uso de los espacios destinados para la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre de los habitantes de Bogotá ● Promover entre los habitantes de Bogotá la práctica regular de actividad física, en sus diferentes manifestaciones –actividad física, el juego, el deporte recreativo. ● Visibilizar la oferta de los programas recreativos, para promover la equidad, la inclusión, el respeto a la diversidad, la promoción de los derechos humanos y el desarrollo sostenible. ● Promover espacios de participación a través de actividades deportivas y juegos tradicionales fomentando la convivencia pacífica, la inclusión social y valores cómo el respeto, la solidaridad y el trabajo en equipo. ● Fortalecer el desarrollo del deporte recreativo a través de torneos y actividades que promuevan la equidad de género, la integración comunitaria, la convivencia pacífica y la inclusión social, fomentando valores como el respeto, la solidaridad y el trabajo en equipo. ● Fomentar la inclusión social, la convivencia pacífica y el respeto por la diversidad a través de un proyecto que integre a la comunidad LGBTIQ+ de Bogotá en actividades recreo deportivas y juegos tradicionales, promoviendo valores como el respeto, la solidaridad y el trabajo en equipo.Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
el trabajo en equipo.Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
3. Criterios de elegibilidad, viabilidad y de enfoques de políticas públicas.
Línea de inversión: Desarrollo Urbano y rural integral
3.1 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Línea de Inversión Local (Gasto elegible) Línea Desarrollo urbano y rural integral Concepto Dotación de equipamientos culturales de escala local Componente de gasto (marque “X”): Gestión Pública Local Presupuestos Participativos X Indicador No. de equipamientos culturales intervenidos con acciones de construcción, adecuación y/o dotación Descripción (Fundamentos conceptuales y/o de enfoque) Descripción del concepto
Dirigida a proyectos que aporten al fortalecimiento de las infraestructuras culturales locales, como herramientas para el mejoramiento del acceso y disfrute de la oferta cultural por parte de la ciudadanía, en condiciones adecuadas de seguridad y calidad.
Esta línea de inversión tiene como objetivo fortalecer la infraestructura cultural de la ciudad, en especial aquellas con bases comunitarias y locales, de modo que los equipamientos culturales propicien la participación cultural, contribuyendo a promover la integración y a mejorar la calidad de vida de las y los ciudadanos. Lista de opciones elegibles Las opciones elegibles para el concepto de gasto de dotación e infraestructura cultural corresponden a las siguientes modalidades:
Opción elegible 1: Adecuación de equipamiento cultural: Adecuar
y los ciudadanos. Lista de opciones elegibles Las opciones elegibles para el concepto de gasto de dotación e infraestructura cultural corresponden a las siguientes modalidades:
Opción elegible 1: Adecuación de equipamiento cultural: Adecuar equipamientos culturales en una o varias de las siguientes intervenciones:
● Adecuación - Variar el diseño arquitectónico o estructural de una infraestructura, sin incrementar su área construida. ● Reparación y/o mantenimiento - Realizar las reparaciones locativas de equipamientos culturales. ● Ampliación - Incrementar el área construida de una infraestructura existente. ● Restauración - Recuperar y conservar un inmueble declarado como Bien de Interés Cultural o parte de éste, manteniendo los valores que ameritaron su declaratoria Reforzamiento - Reforzar la estructura de una infraestructura, garantizando la seguridad del inmueble y deEste documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 sus habitantes, de acuerdo con las exigencias del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10. Opción elegible 2 - Dotación de equipamientos culturales públicos, privados o mixtos: Dotar equipamientos culturales con muebles, enseres y equipos con el fin de garantizar su operación y su adecuada utilización.
Opción elegible 3 - Estudios y Diseños Técnicos para la adecuación de equipamiento cultural: Realizar los estudios y diseños técnicos y la adecuación de equipamientos culturales en cualquiera de las intervenciones que se relacionan a continuación: adecuación, reparación, ampliación,
equipamiento cultural: Realizar los estudios y diseños técnicos y la adecuación de equipamientos culturales en cualquiera de las intervenciones que se relacionan a continuación: adecuación, reparación, ampliación, restauración y reforzamiento estructural.
Opción elegible 4 - Construcción de equipamiento cultural: Realizar la construcción de equipamiento cultural en cualquiera de las intervenciones que se relacionan a continuación: obra nueva, adecuación, reparación, ampliación, restauración y reforzamiento estructural. Criterios de elegibilidad Los proyectos correspondientes a las opciones elegibles 1, 2, 3 y 4 expuestas anteriormente, deben cumplir los siguientes criterios: El proyecto promueve la generación de espacios adecuados para el desarrollo de actividades culturales y creativas, principalmente en relación con las condiciones de seguridad y accesibilidad del equipamiento cultural. El proyecto permite una o varias de las siguientes opciones: diversificar la oferta o facilitar las condiciones para el disfrute y el acceso a las infraestructuras culturales, para la comunidad y las diferentes poblaciones que integran la misma El proyecto cuenta con procesos de socialización a la comunidad en las diferentes etapas de desarrollo en los que se tiene en cuenta las diferentes poblaciones y sectores sociales. El proyecto responde a las metas e indicadores del Plan de Desarrollo Local. Los proyectos correspondientes a las opciones elegibles 1, 3 y 4 expuestas anteriormente, debe cumplir el siguiente criterio: El inmueble donde se va a desarrollar el proyecto de infraestructura cultural corresponde a un bien público del nivel Distrital.
Los proyectos correspondientes a las opciones elegibles 1, 2, 3 y 4 expuestas anteriormente, deben cumplir los siguientes criterios: El proyecto cuenta con la aprobación de la persona responsable de la
Los proyectos correspondientes a las opciones elegibles 1, 2, 3 y 4 expuestas anteriormente, deben cumplir los siguientes criterios: El proyecto cuenta con la aprobación de la persona responsable de la operación del equipamiento, la o el propietario del inmueble público, privadoEste documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
Criterios de viabilidad o mixto y el Alcalde o Alcaldesa Local o el Ordenador del Gasto de la Alcaldía Local. La Alcaldía Local garantiza que, con la adecuación, dotación y/o estudios y diseños técnicos del equipamiento no se generarán gastos recurrentes, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21 del Decreto Distrital 768 de 2019. En los casos en que el proyecto se vaya a ejecutar en un Bien de Interés Cultural, cuenta con la autorización de la intervención emitida por la Entidad competente (IDPC y/o Ministerio de Cultura, según corresponda). Aspectos Técnicos ● El proyecto está destinado a una o más de las tipologías de equipamientos culturales de la Ciudad de Bogotá relacionadas a continuación:
Los proyectos correspondientes a la opción elegible 1, expuesta anteriormente, debe cumplir los siguientes criterios: Las obras de adecuación previstas en el proyecto son de baja complejidad técnica y rápida ejecución. El proyecto cuenta con los estudios y diseños técnicos necesarios para ejecutar proyectos de equipamientos culturales para las opciones elegibles: “Adecuación de equipamiento cultural”.
técnica y rápida ejecución. El proyecto cuenta con los estudios y diseños técnicos necesarios para ejecutar proyectos de equipamientos culturales para las opciones elegibles: “Adecuación de equipamiento cultural”. El presupuesto del proyecto se establece según el alcance de la intervención y los ítems están definidos, conforme a los precios del mercado. El proyecto cumple con el uso de suelo cultural, de conformidad con el concepto emitido por la Secretaría Distrital de Planeación y el soporte de la consulta del aplicativo SINUPOT. El proyecto cuenta con el certificado de tradición y libertad del inmueble, donde se evidencia que no cuenta con gravámenes o limitaciones al dominio,Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 tales como hipotecas, embargos, afectaciones, inscripciones de demanda, entre otros. El proyecto cuenta con concepto estructural, dando cumplimiento del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, en los casos que se requiera. El proyecto cuenta con el concepto de reparaciones locativas por parte de la curaduría urbana cuando se requiera o el concepto técnico del IDPC, en el caso de inmuebles declarados como Bienes de Interés Cultural del ámbito distrital y/o localizados en Sectores de Interés Cultural de la ciudad. El proyecto cuenta con el concepto de reparaciones locativas expedido por la Curaduría Urbana respectiva, cuando por norma se requiera Los proyectos correspondientes a la opción elegible 2, expuesta anteriormente, debe cumplir los siguientes criterios: Para proyectos de dotación de equipamientos culturales públicos, privados o mixtos, la entidad pública responsable del proyecto deberá cumplir los
Los proyectos correspondientes a la opción elegible 2, expuesta anteriormente, debe cumplir los siguientes criterios: Para proyectos de dotación de equipamientos culturales públicos, privados o mixtos, la entidad pública responsable del proyecto deberá cumplir los procedimientos respectivos de ley frente a sus competencias para garantizar el buen uso y destinación de los elementos de dotación. Los proyectos correspondientes a la opción elegible 3, expuesta anteriormente, debe cumplir los siguientes criterios: Para la opción elegible “Estudios y Diseños Técnicos para la adecuación de Equipamiento Cultural” el proyecto cuenta con la carta de compromiso, donde el Fondo de Desarrollo Local manifiesta que garantizará la ejecución de todas las actividades previstas en los estudios y diseños técnicos. Los proyectos correspondientes a la opción elegible 4, expuesta anteriormente, debe cumplir los siguientes criterios: Para la opción elegible “Construcción de equipamiento cultural” el proyecto cuenta con la carta de compromiso, donde el Fondo de Desarrollo Local manifiesta que garantizará la puesta en marcha y sostenibilidad del equipamiento cultural. El proyecto cuenta con Licencia de construcción vigente, debidamente aprobada, ejecutoriada y con vigencia de al menos un (1) año y demás permisos normativos para la construcción. El proyecto cuenta con levantamiento topográfico, con memorial de responsabilidad y certificado de vigencia de la matrícula profesional. El proyecto cuenta con estudio de suelos y recomendaciones de cimentación, firmado por el especialista con memorial de responsabilidad y acompañado del certificado de vigencia de la matrícula profesional (cuando se requiera).Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7°
acompañado del certificado de vigencia de la matrícula profesional (cuando se requiera).Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 El proyecto cuenta con los siguientes diseños (según aplique): diseños arquitectónicos, estructurales, hidráulicos, sanitarios, red contra incendios, eléctricos, de iluminación, redes de voz y datos, acústico y demás que se requieran para la correcta ejecución del proyecto, o cuando se requiera, los cuales deben venir soportados con sus respectivas memorias de cálculo de acuerdo con la normatividad vigente según el caso, planos generales y detalles constructivos. Los diseños, memorias y planos deben ser leg ibles, que soporten técnica y presupuestal o financieramente el proyecto, firmados por el profesional competente con su respectiva matrícula profesional o acompañados de un certificado del representante legal o quien haga sus veces, en el que se evidencie que los documentos o planos originales se encuentran debidamente firmados. El proyecto cuenta con los planos estructurales aprobados por la curaduría en la licencia de construcción ejecutoriada. El proyecto cuenta con el concepto técnico eléctrico avalado y suscrito, por un ingeniero eléctrico con experiencia en diseño de redes eléctricas, voz y datos, sistemas de automatización en el que se certifique que las actividades cumplen con el reglamento técnico de instalaciones eléctricas RETIE y con el reglamento técnico de iluminación y alumbrado público RETILAP. El proyecto cuenta con el presupuesto detallado, con las actividades necesarias para lograr el producto, acompañado del análisis de precios
el reglamento técnico de iluminación y alumbrado público RETILAP. El proyecto cuenta con el presupuesto detallado, con las actividades necesarias para lograr el producto, acompañado del análisis de precios unitarios o de costos, según aplique y memoria de cálculo de cantidades, certificación del Fondo de Desarrollo Local en la cual conste que los precios unitarios corresponden al promedio de Bogotá y que son los utilizados para el tipo de actividades contempladas en el proyecto El proyecto cuenta con el trámite de las conexiones provisionales y definitivas ante las respectivas entidades de servicios públicos (empresas de energía, acueducto, gas, entre otras), cuando la fase del proyecto lo requiera. El proyecto cuenta con el análisis de riesgos de desastres de acuerdo con la escala de diseño del proyecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1523 de 2012. Certificado Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático IDIGER, en el cual conste que no está localizado en zona que presente alto riesgo no mitigable y que está acorde con el uso y tratamientos del suelo de conformidad con el respectivo instrumento de ordenamiento territorial: Sea este plan de ordenamiento territorial (POT), según lo señalado en la normativa vigente. El proyecto cuenta con certificación realizada por el Fondo de Desarrollo Local donde se manifiesta que no se incurrirá en detrimento patrimonial por demolición de infraestructura existente en predio objeto de la construcción nueva. Aspectos SocialesEste documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 Las infraestructuras son elementos principales en la promoción de aspectos
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999 Las infraestructuras son elementos principales en la promoción de aspectos fundamentales de la vida de las poblaciones y sectores sociales que integran la comunidad. Las infraestructuras albergan (y, en algunos casos, fundamentan) prácticas sociales de gra n significación: lo religioso, lo económico, lo político, lo cultural, etc.
Para activar las infraestructuras es importante contar con planes de gestión social que procuren el diálogo y la negociación entre las partes interesadas. Tiene como objetivo fortalecer la apropiación y el involucramiento de las comunidades con los equipamientos culturales.
Es fundamental que la gestión social refuerce su papel articulador en las etapas de estudios y diseños y de empalme con la entidad operadora, procurando mayor incidencia de las comunidades en el diseño del proyecto y garantizando que se recojan las expectativas e intereses de las comunidades en la operación de los equipamientos.
Esto permite generar sostenibilidad social para los equipamient
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