IDRD - Resolución 1 de 2023
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 1 de 2023
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2023
BOGOT/X |IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 001 "Por la cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2023, para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD” - y se dictan otras disposiciones.” otras disposiciones”, en su artículo 10, contempla que las Juntas o Consejos Directivos de las entidades descentralizadas distritales, definirán con base en la Circular Conjunta expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el incremento salarial de sus empleados públicos, previo concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Que mediante el Acta de Acuerdo Laboral Distrital suscrita el 19 de septiembre de 2022, entre la Administración de Bogotá, D. C., y las Organizaciones Sindicales, se concertó para el año 2023, el ajuste de la asignación básica de los Empleados Públicos del Sector Central, de los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de las sociedades públicas, de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden distrital, de la Veeduría, Contraloría y Personería Distritales, y del Concejo de Bogotá, así: "INCREMENTO SALARIAL: el incremento salarial para los empleados públicos del Distrito Capital regirá a partir del (1) de enero de la vigencia fiscal 2023, y será de la
siguiente manera: (...) Asistencial, técnico, profesional: 1,5 puntos más IPC certificado por el DANE para la vigencia 2022
Asesores y directivos: 0,5 puntos más IPC certificado por el DANE para la vigencia
2022 Parágrafo 2: En caso, de que el incremento salarial pactado en la Nación para los empleados públicos de ese orden, en el 2023 sea superior al valor global aprobado en el presente acuerdo Laboral, se realizará el ajuste retroactivo al primero de enero de la respectiva vigencia”. Que en virtud de lo anterior, se profirió la Circular Externa SDH No.000002 del 3 de marzo de 2023, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital —DASCD-, en la que se imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los empleados públicos de las entidades descentralizadas del orden Distrital para la vigencia 2022, fijando un porcentaje del 14,62% de incremento salarial para los niveles Profesional, Técnico y Asistencial y 13,62% para los niveles Asesor y Directivo. Que a la fecha el Gobierno Nacional no ha fijado los límites máximos salariales para los empleados públicos de las entidades territoriales, correspondientes al año 2023, y con el propósito de no exceder los mismos en la definición del incremento salarial, se aplicará el límite máximo dispuesto en el Decreto Nacional 462 del 16 de marzo de 2022, una vez el Gobierno Nacional decrete los límites salariales para el año 2023, se realizarán por acto administrativo los ajustes del porcentaje faltante correspondiente a las respectivas
asignaciones básicas sin que se exceda dicho límite. Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4? de 1992, al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional. Que en consecuencia, el Incremento Salarial para los empleados públicos distritales se debe efectuar dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional, en el Decreto Nacional 462 del 16 de marzo de 2022, de la siguiente manera: Instítuto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 594 - 06
Tel: 660 54 00
BOGOTA] |IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 001 "Por la cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2023, para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD” - y se dictan otras disposiciones. á PARÁGRAFO 2.- La Asignación Básica señalada para los grados 5,6,7 y 10 del Nivel Técnico se ajusta solo hasta el límite máximo salarial mensual fijado por el artículo 7” del Decreto Nacional 462 de 2002. Una vez el Gobierno Nacional expida el Decreto por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales, se procederá a realizar el respectivo ajuste, sin que en ningún caso el incremento total para la presente vigencia exceda el 14,62% para el nivel Asistencial, Técnico y profesional o el 13,2% para el nivel Directivo y Asesor. ARTÍCULO SEGUNDO. - ASIGNACIONES BÁSICAS. PLANTA TRANSITORIA. Fijar a partir del 1? de enero de 2023, el incremento del 14,62% en la asignación básica de la planta transitoria del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, — así:
- ASIGNACIÓN ASIGNACIÓN : DENOMINACIÓN 4 : : INCREMENTO BÁSICA DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO os io 2023 MENSUAL
2023 Auxiliar Administrativo 5120 22 2.593.290 14,62% 2.972.429
Operario Calificado 5300 13 1.941.340 14,62% 2.225.164 Auxiliar de Servicios ; , Cenorales 5335 e 1.308.586 14,62% 1.499.902 Auxiliar 'Administiaio 5120 9 1.474.992 14,62% 1.690.636 ARTPICULO TERCERO. - PUBLICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Publicar el presente acto administrativo en la página web, link de Transparencia y comunicarlo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital — DASCD. ARTÍCULO CUARTO. - VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1” de enero del año dos mil veintitrés (2023).
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. el día 20-04-2023
CATALINA VALENCIA TOBÓN BLANCA en e e
PRESIDENTA SECRETARIA
Instituto Distital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 594 - 06
Tel: 660 54 00