IDRD - Resolución 1033 de 2026
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 1033 de 2026
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2026
IDRD
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1033 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978 proferida por Concejo de Bogotá, el Decreto Distrital 479 de 202 4, la Resolución No. 006 de 2017 modificada por la Resolución No. 007 de 2022 y Resolución No. 002 de 2023 (expedidas por la Junta Directiva del IDRD), y las Resoluciones internas No. 788 del 2019 y 922 del 2021 y
CONSIDERANDO QUE:
1. El Instituto Distrital de Recreación y Deporte, es un establecimiento público descentralizado del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, sujeto a las normas de derecho público, creado mediante el Acuerdo 4 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en 1978, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta
Directiva.
2. El artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, manifiesta que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a Ias normas que las organizan y la tutela de la
especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, manifiesta que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a Ias normas que las organizan y la tutela de la administración a que están sometidas, tendrá por objeto el control de sus actividades y la coordinación de éstas con las políticas del Gobierno Distrital.
3. Conforme con lo establecido en el artículo 6º del Acuerdo 004 de 1978, el Director del Instituto será su representante legal y tendrá entre otras las siguientes funciones: “1. Dictar los actos, realizar las operaciones y los contratos que se requieran para el buen funcionamiento del Instituto, de conformidad con los Acuerdo del Concejo, las decisiones de la Junta Directiva y las demás disposiciones estatutarias que rigen la Entidad (…)”.
4. Mediante la Ley 1474 de 2011, se dictaron normas para fortalecer mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.
5. La Ley 2195 de 2022, adopta medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción.
6. El artículo 316 del Decreto Distrital 479 de 2024 señala su ámbito de aplicación así: “Las disposiciones establecidas en el presente decreto son aplicables a todas las entidades y organismos distritales, las cuales deberán integrarlas como una herramienta complementaria a las políticas, instrumentos y estrategias de trasparencia, integridad y no tolerancia con la corrupción. En el sector descentralizado las disposiciones del presente decreto se incorporarán de acuerdo con sus dinámicas propias y su nivelIDRD
instrumentos y estrategias de trasparencia, integridad y no tolerancia con la corrupción. En el sector descentralizado las disposiciones del presente decreto se incorporarán de acuerdo con sus dinámicas propias y su nivelIDRD
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1033 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-”
de autonomía (…)”. Negrilla subrayado fuera de texto.
7. El Decreto Distrital ídem adopta, en su artículo 321, el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA, definiéndolo como “(…) un instrumento que de forma sistemática incorpora normas, políticas, lineamientos, procedimientos y controles para la implementación de programas de cumplimiento normativo, la generación e institucionalización de buenas prácticas para prevenir espacios y actos de corrupción al interior de las entidades y organismos distritales, así como generar mecanismos eficientes y oportunos para su investigación, sanción y reparación de estas conductas”.
8. El artículo 322 del Decreto ibidem, establece seis componentes del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA: política de cumplimiento normativo; órgano de cumplimiento; plan de cumplimiento normativo; líneas de defensa; políticas de alerta de irregularidades (whistleblowing) e ince ntivos a la innovación y buenas prácticas en materia de integridad y ética de lo público.
órgano de cumplimiento; plan de cumplimiento normativo; líneas de defensa; políticas de alerta de irregularidades (whistleblowing) e ince ntivos a la innovación y buenas prácticas en materia de integridad y ética de lo público.
9. El artículo 325 del Decreto ejusdem, señaló que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de las entidades distritales deben conformar el Comité de Cumplimiento según sus características y necesidades institucionales.
10. El Decreto Distrital 640 de 2025 “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Gestión Pública” derogó y compiló el Decreto 221 de 2023 que reglamentó el Sistema de Gestión en el Distrito Capital, adoptando para el Distrito Capital el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, el cual se encuentra adoptado y reglamentado en el IDRD mediante la resolución 1031 de 2023 incorporando y actualizando el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
11. La Circular 17 de 2023, proferida por la Subsecretaría Jurídica Distrital estableció los lineamientos para implementar el Decreto 610 de 2022 derogado y compilado mediante el Decreto 479 de 2024 , entre los cuales indica que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en cada una de las entidades deberá crear en primera instancia un Comité de cumplimiento encarga de elaborar el Plan de Cumplimiento Normativo y de la observación y verificación del acatamiento de lo establecido en el Modelo de Gestión Jurídica
Anticorrupción – MGJA.
12. Conforme con el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 que dispone: “Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal, cualquiera que sea su
Anticorrupción – MGJA.
12. Conforme con el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 que dispone: “Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal, cualquiera que sea su régimen de contratación, deberá implementar Programas de Transparencia y Ética Pública con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad.(…)”, en concordancia con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 1757 de 2015, así como la Ley de Transparencia y AccesoIDRD
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a la Información (Ley 1712 de 2014) y de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Transparencia de Presidencia de la República en coordinación con las direcciones de Control Interno y Racionalización de Trámites y del Empleo Público de Función Pública y el Programa Nacional del Servicio al Ciudadano del DNP, el IDRD cuenta con el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano actualizado a vigencia 2023.
13. El IDRD al pertenecer al sector descentralizado y dado su nivel de autonomía administrativa y financiera, incorporará las disposiciones del Decreto 479 de 2024 de acuerdo con sus dinámicas propias. Lo anterior en concordancia con
13. El IDRD al pertenecer al sector descentralizado y dado su nivel de autonomía administrativa y financiera, incorporará las disposiciones del Decreto 479 de 2024 de acuerdo con sus dinámicas propias. Lo anterior en concordancia con lo establecido en el artículo 2 del citado decreto.
14. En sesión del día 28 de noviembre del año 2023 el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, aprobó la conformación del Órgano de Cumplimiento del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD con el objetivo de elaborar el Plan de Cumplimiento Normativo, observación y verificación del
Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA.
15. El 4 de diciembre de 2023 mediante la Resolución 1620 de 2023 se conformó el órgano de cumplimiento normativo del Instituto Distrital de Recreación y
Deporte
Por lo expuesto, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte,
RESUELVE.
Artículo 1°. Objeto. La presente resolución tiene por objeto modificar parcialmente la Resolución 1620 de 2023 , “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD”, en lo relacionado con las funciones del Órgano de Cumplimiento y el régimen de convocatorias a reuniones con el fin de fortalecer la implementación y operatividad del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción. Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución serán aplicables a los integrantes del Órgano de Cumplimiento del
Jurídica Anticorrupción. Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución serán aplicables a los integrantes del Órgano de Cumplimiento del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, a la Secretaría Técnica del mismo, y a los servidores públicos y dependencias que, en el marco de sus competencias, intervengan en la impl ementación, seguimiento y ejecución del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA. Artículo 3°. Modificar el artículo 5 de la Resolución 1620 de 2023, el cual quedará así:IDRD
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1033 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-”
“Artículo 5°. Funciones del Órgano de Cumplimiento. El Órgano de Cumplimiento del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD tendrá las siguientes funciones:
1. Elaborar y aprobar el Plan de Cumplimiento Normativo del IDRD con el acompañamiento de la Secretaría Jurídica Distrital.
2. Realizar la revisión y validación de los riesgos de cumplimiento normativo, previo a la adopción del plan de cumplimiento.
3. Realizar el seguimiento a la implementación del Modelo de Gestión Jurídica
Anticorrupción - MGJA.
4. Presentar al Comité Institucional de Gestión de Desempeño propuestas de
previo a la adopción del plan de cumplimiento.
3. Realizar el seguimiento a la implementación del Modelo de Gestión Jurídica
Anticorrupción - MGJA.
4. Presentar al Comité Institucional de Gestión de Desempeño propuestas de nuevas medidas anticorrupción al interior de la entidad, acorde al ámbito del MGJA cuando lo estime necesario, o cuando se expida nueva normativa que lo amerite.
5. Asesorar y atender las consultas en temas de prevención de la corrupción, cuando las dependencias, funcionarios o colaboradores de IDRD así lo requieran.
6. Elaborar informes que resulten necesarios con base en las evaluaciones realizadas y los reportes necesarios a la alta dirección cuando a ello haya lugar.
7. Elaborar plan de acción de cumplimiento y metas para la implementación del MGJA.
8. Validar la correspondencia de las acciones del plan de acción, su seguimiento, evaluación y mejora frente a las gestiones o lineamientos establecidos en otras políticas, instrumentos y estrategias vinculadas a las dimensiones del MIPG.
9. Actualizar el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA una vez existan cambios regulatorios, se identifiquen riesgos no contemplados o cuando se cumpla el plazo a través del cual se estableció el plan de cumplimiento.
10. Desarrollar actividades de segunda línea de defensa al interior de IDRD.
Artículo 4°. Modificar el artículo 7 de la Resolución 1620 de 2023, el cual quedará así: “Artículo 7°. Convocatoria a las reuniones. La convocatoria del Órgano de Cumplimiento estará a cargo de la Secretaría y se reunirá dos (2) veces al año.
así: “Artículo 7°. Convocatoria a las reuniones. La convocatoria del Órgano de Cumplimiento estará a cargo de la Secretaría y se reunirá dos (2) veces al año.
Parágrafo. La convocatoria deberá realizarse con ocho (8) días de antelación a través de correo electrónico institucional, el cual contendrá como mínimo fecha, hora y lugar o plataforma digital en que se llevará a cabo la reunión junto con el orden del día.”
Artículo 4°. Publicación y vigencia. La presente resolución se publicará en el Registro Distrital y en la página web del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes y rige a partir de laIDRD
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fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 1620 de 2023 , manteniéndose vigentes las demás disposiciones que no le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. el día 21/07/2026
DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN
Director General
Proyectó: Liliana Pinzón Montaño – Contratista Oficina Jurídica
Revisó: Yohana Montaño – Abogada Contratista Oficina jurídica
Gabriel Lagos Medina - Secretario General
Director General
Proyectó: Liliana Pinzón Montaño – Contratista Oficina Jurídica
Revisó: Yohana Montaño – Abogada Contratista Oficina jurídica
Gabriel Lagos Medina - Secretario General
Aprobó: Lucas Calderón D’Martino – jefe Oficina Jurídica