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IDRD - Resolución 1045 de 2023

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 1045 de 2023
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2023

IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1045 “Por medio de la cual se termina unilateralmente y se liquida unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023 suscrito con MARIA

CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D.)”

EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACION Y DEPORTE DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE en uso de sus atribuciones legales, en uso de sus facultades legales y en especial, en cumplimiento de los artículos 17 numeral 2 y 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, Decreto1082 de 2015, y actuando en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución 370 de 2020, y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO Que el día 03 de marzo de 2023, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, suscribió el Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023 con MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía No. 52.518.090 cuyo objeto consistió en “PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES PARA APOYAR LOS PROCESOS DE PLANEACION MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE CALIDAD Y GESTION DE LOS PROYECTOS DE

INVERSION A CARGO DE LA SUBDIRECCION TECNICA DE RECREACION Y

DEPORTES”.

Que, según los estudios previos el plazo de ejecución del contrato de prestación de

servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, se pactó un plazo de ejecución de DIEZ (10) MESES, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. El valor pactado del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO1143-2023 fue por un valor SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($67.300.000), respaldado con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 2220, 2221, 2222 y 2223 del 13 de febrero de 2023 y los Certificados de Registro Presupuestal No. 3512, 3513, 3514 y 3515 del 03 de marzo de 2023. Que el 06 de marzo de 2023, se suscribió el acta de inicio una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, fijando como fecha de terminación el 05 de enero de 2024. Que la supervisión del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO1143-2023, fue ejercida por el SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACIÓN Y DEPORTES de acuerdo con lo estipulado en el documento de estudios previos hasta el 30 de abril de 2023, posteriormente mediante memorando No. 20235000089991 del 26/04/2023 se designó a ELIZABETH HOYOS SALAZAR, Contratista STRD, como supervisora de contrato. Que según el Registro Civil de defunción indicativo serial No. 23074620304255, MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D), falleció el día 06 de julio de 2023.

Que de acuerdo con el Certificado expedido por la Tesorería General del IDRD, de fecha 19 de julio de 2023, se efectuaron pagos a MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D) con ocasión de la ejecución del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRDIDRD ______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1045

CTO1143-2023, por valor de VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y

OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($25.798.333).

El supervisor dejó constancia en el informe de supervisión que existe un saldo a favor del contratista por un valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($1.346.000), por el periodo de actividades comprendido entre el 01 al 06 de julio de 2023. Asimismo, el supervisor dejó constancia en el informe de supervisión que el valor total ejecutado por la contratista con cargo al Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, fue por la suma de VEINTISIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($27.144.333) hasta el 06 de julio de 2023 y que existe un saldo a liberar del contrato por la suma de CUARENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($40.155.667), en razón al fallecimiento del contratista. Que la Ley 80 de 1993, en su artículo 17, numeral 2°, ha previsto la terminación unilateral

de un contrato estatal, mediante acto debidamente motivado, entre otras causas “Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista”. Que, en este sentido, teniendo en cuenta que de acuerdo con el certificado de defunción el contratista falleció el día 06 de julio de 2023, la Entidad debe terminar unilateralmente mediante acto motivado, el Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRDCTO-1143-2023, acto que se ejecuta por este mismo medio. Que adicionalmente, en la medida en que existen saldos en favor de las partes, resulta necesario liquidar el Contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión No. IDRDCTO-1143-2023, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, liquidación que también debe ejecutarse de manera unilateral, en la medida que intentar la liquidación bilateral no es fácticamente posible ante el deceso de la contratista. Que con el fin de efectuar el balance presupuestal del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, incluyendo los valores ejecutados, el saldo existente a favor de la contratista y los recursos a liberar, el Supervisor suscribió el informe de supervisión donde señala que el contratista cumplió a satisfacción sus obligaciones hasta el día 06 de julio de 2023 referente a la entrega de informes y pago de seguridad social correspondiente, quedando a paz y salvo entre el IDRD y la CONTRATISTA. Que el presente documento de terminación y liquidación unilaterales del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, constituye un acto

administrativo de carácter particular y concreto que se rige por las normas del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sin embargo, para el presente acto administrativo no procede la notificación personal en razón al deceso del contratista y en consecuencia no se concederá recurso. Que teniendo en cuenta que MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D), quien se identificó con cedula de ciudadanía No. 52.518.090 ha fallecido, de conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se ordenará publicar en la página web de la entidad IDRD, la parte resolutiva y la publicación de un aviso por un medio masivo de comunicación en el territorio donde es competente quien expidió la decisión, para que los terceros que no intervinieron en la actuación y de quienes se desconoce su domicilio y a quienes afecta directamente la decisión, ejerzan sus derechos de conformidad con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y comunicar el presente acto administrativo a la señora CLAUDIA CRISTINA RIVERO ARENAS y al señor DIEGO DE LEON CABRA SARMIENTO.

IDRD ______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1045

Que es procedente terminar anticipadamente y de manera unilateral y como consecuencia de ello proceder a liquidar unilateralmente el Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023 por lo expuesto, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Ley 019 de 2012.

Con fundamento en las anteriores consideraciones; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Terminar unilateralmente a partir del seis (6) de julio de 2023 y como consecuencia de ello, liquidar unilateralmente el Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE - IDRD y MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D), teniendo en cuenta la información reportada por el supervisor, por las razones expuestas en el presente acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO: El Balance Financiero y Económico del Contrato de prestación de servicios profesionales No. IDRD-CTO-1143-2023, es el siguiente:

ESTADO FINACIERO DEL CONTRATO

VALOR INICIAL $67.300.000

VALOR ADICION $0

VALOR TOTAL $67.300.000

VALOR PAGADO $25.798.333

VALOR TOTAL EJECUTADO $27.144.333

VALOR POR PAGAR AL CONTRATISTA $ 1.346.000

VALOR PARA LIBERAR $40.155.667

ARTICULO TERCERO: Comunicar a los herederos conocidos de MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D) y terceros de quienes se desconozca su domicilio con la publicación de la parte resolutiva en la página web de la Entidad y en un medio masivo de comunicación en el territorio de competencia de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Ordenar a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD,

efectuar el pago a favor de MARIA CRISTINA CABRA RIVERO (Q.E.P.D), por valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($1.346.000), por concepto de actividades ejecutadas por la contratista, realícese el pago a la cuenta que la contratista suministró o en caso de estar inactiva constituir un título de depósito a nombre de la contratista fallecida o proceder al pago por consignación establecido por el Código Civil y el Código General del Proceso por conducto de la oficina asesora jurídica del IDRD.

ARTICULO QUINTO: Ordenar a la Subdirección administrativa y financiera liberar el valor de CUARENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($40.155.667), de los certificados de registro presupuestal No. 3512, 3513, 3514 y 3515 del 03 de marzo de 2023.

ARTÍCULO SEXTO: Ordenar a la Subdirección Administrativa y Financiera y a la Oficina Asesora Jurídica realizar los trámites administrativos necesarios para realizar el pago del saldo adeudado al contratista, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

ARTICULO SEPTIMO: Contra el presente acto administrativo no procede el recurso de reposición.

IDRD ______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1045

ATICULO OCTAVO: Una vez ejecutoriada la presente Resolución, la Subdirección de Contratación remitirá copia de esta a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD y a la Oficina Asesora Jurídica para los trámites de su competencia

La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D.C. el día, 25-08-2023

LUIS HUMBERTO SALCEDO PRADO

Subdirector Técnico de Recreación y Deportes

Proyectó: Jonathan López Rojas – Abogado contratista STRD

Revisó: Sandra Paola Romero Jiménez - Abogada contratista SC

Maritzabel Raquejo Martínez – Financiera Contratista STRD Tatiana Barbosa - Abogada contratista STRD

Aprobó: Camilo Ernesto Quiroga Mora – Subdirector de Contratación

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