IDRD - Resolución 1225 de 2023
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 1225 de 2023
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2023
IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1225 “Por medio de la cual se termina unilateralmente y se liquida unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021 suscrito
con FRANCISCO JAVIER AREVALO SEGURA (Q.E.P.D.)”
LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECREACIÓN Y DEPORTE DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE en uso de sus facultades legales y en especial, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, Decreto1082 de 2015 y actuando en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución 370 de 2020 C O N S I D E R A N D O Que el día 01 de marzo de 2021, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, suscribió el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO0345-2021 con el señor FRANCISCO JAVIER AREVALO SEGURA (QEPD), quien se identificó con cedula de ciudadanía No. 79.876.891 cuyo objeto consistió en: “PRESTAR SUS SERVICIOS DE APOYO A LA GESTION COMO FORMADOR TECNICO DEL CENTRO DE INTERES ASIGNADO PARA REALIZAR LAS SESIONES DE CLASE EN EL PROYECTO DE INVERSION” Que en el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-03452021, se pactó inicialmente un plazo de ejecución de NUEVE (9) MESES o hasta el 31 de
diciembre, lo que primero ocurra. No obstante, el contrato se entenderá suspendido temporalmente, en razón a los periodos de receso escolar establecidos por la Secretaría de Educación del Distrito y conforme con los parámetros establecidos por el IDRD. El valor pactado del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRDCTO-0345 2021 fue por un valor VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL PESOS MCTE ($ 21.411.000), respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1016 del 17/02/2021 y el Certificado de Registro Presupuestal No.1312 del 2/3/2021. Que el 15 de marzo de 2021 se inició el contrato, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, quedando como fecha de terminación inicial, el 30 de diciembre de 2021, según acta de inicio. Que la supervisión del Contrato de Prestación de servicios de apoyo a la Gestion No. IDRDCTO-0345-2021 fue ejercida conforme con la designación realizada en el estudio previo que hace parte integral del contrato a WILSON ALEJANDRO GONZÁLEZ CÁRDENAS Asesor de la Dirección General Código 105 Grado 02. Que se designó como apoyo a la supervisión a FIDEL ANDRES SANCHEZ GIL, mediante el memorando con número de radicado 20215100094901 del 20 de mayo de 2021.
Que según el Contrato de Prestación de servicios de Apoyo a la gestión No. IDRD-CTO0345-2021, dentro del estudio previo se encuentra proyectada las suspensiones, numeral 4.2.” No obstante, el contrato se entenderá suspendido temporalmente, en razón a los periodos de receso escolar establecidos por la Secretaría de Educación del Distrito” del: 27/03/2021 al 4/04/2021, del 9/10/2021 al 17/10/2021, del 11/12/2021 al 23/01/2022 y del 09/04/2022al 17/04/2022 Que mediante modificación No. 1 se prorrogó el Contrato de Prestación de servicios de Apoyo a la gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, toda vez que existía el saldo de UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRECIENTOS PESOS ($1.665.300) en el Registro presupuestal 1312 del 2 de marzo de 2021, por cuanto se hace necesario prorrogar IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1225 por 21 días y el cual terminará el día 14/02/2022, tramite publicado en SECOP II el 21 de septiembre de 2021. Que modificación No. 2 se adicionó y prorrogó el Contrato de Prestación de servicios de Apoyo a la gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, amparado con el registro presupuestal 1695 del 11 de febrero de 2022 y se hace necesario prorrogar 4 meses y 6 días y adicionar un
valor de NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIEN PESOS ($9.278.100) quedando como nueva fecha de terminación el 20 de junio de 2022. Que mediante radicado 20222100052262 el contratista solicitó cesión de contrato argumentando lo siguiente: “Soy el Licenciado Francisco Javier Arévalo Segura identificado con cedula de ciudadanía N° 79876891 de Bogotá, por medio de la presente me dirijo a ustedes para solicitarles muy amablemente realizar la SESION DE CONTRATO O TERMINACIÓN ANTICIPADA del contrato de prestación de servicios con registro CRP0345-2021 por situaciones de fuerza mayor y personales dando cumplimiento con el tiempo establecido por la ley para la sesión o terminación del contrato de prestación de servicios. Como se lo manifesté a mi gestor IED DANIEL WILCHES y al operativo zona 1 el Sr PEDRO VARON que por situaciones ajenas a mi voluntad no puedo continuar con la ejecución de mi contrato, quiero igualmente agradecer a ustedes y al Instituto de Recreación y Deporte IDRD, la oportunidad laboral en donde crecí profesional y personalmente les agradezco su atención y espero en un futuro cercano volver a pertenecer a este excelente equipo de trabajo” Que mediante radicado 20225000157803 se solicitó cesión del Contrato de Prestación de servicios de Apoyo a la gestión No. IDRD-CTO-0345-2021 a partir del 19 de abril teniendo en cuenta que el supervisor del contrato realizó la verificación de la idoneidad y experiencia del señor VILLAMIZAR GARCIA DIEGO, identificado con documento 80.125.564, quien finalmente rechazó la cesión de contrato.
Que de acuerdo con el informe de supervisión el contratista cumplió a satisfacción con las obligaciones del presente contrato durante la ejecución de este hasta el 30 de marzo 2022. Que de acuerdo con el certificado del 12 de julio de 2022 de la TESORERA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE – IDRD, se efectuaron pagos al señor FRANCISCO JAVIER AREVALO SEGURA (Q.E.P.D.) con ocasión de la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, por valor de ($ 25.058.800) VEINTICINCO MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS MCTE Que el supervisor verificó el estado presupuestal y de ejecución financiera del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021 es el siguiente: No. CDP FECHA VALOR No. CRP FECHA VALOR 1016 17-02-2021 $ 21.411.000 1312 2/03/2021 $21.411.000 1634 25-01-2022 $ 9.278.200 1695 11/02/2022 $ 9.278.100
ESTADO FINACIERO DEL CONTRATO VALOR INICIAL $ 21.411.000
VALOR ADICIONADO $ 9.278.100
VALOR TOTAL $ 30.689.100
VALOR EJECUTADO $ 25.058.800
VALOR PAGADO $ 25.058.800
VALOR POR LIBERAR $ 5.630.300
VALOR EJECUTADO Y POR PAGAR AL CONTRATISTA $ 0
IDRD
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INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1225
Que según consta en el certificado de la Registraduría Nacional del Estado Civil No. 08254319 con el estado de la cédula es cancelado por muerte, el Señor AREVALO SEGURA FRANCISCO JAVIER (QEPD) fallece el 9 de abril de 2022 certificado que hará parte del expediente virtual No. 2021800701600147E Que la Ley 80 de 1993, en su artículo 17, numeral 2°, ha previsto la terminación unilateral de un contrato estatal, mediante acto debidamente motivado, entre otras causas “Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista”. Teniendo en cuenta que el contrato ha cumplido el plazo contractual y ha ocurrido el deceso del contratista, procede la liquidación unilateral del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, de conformidad con lo consagrado en el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, y el Artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el cual prevé que “Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, serán objeto de liquidación”, para dejar plasmados los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. Que con el fin de efectuar el balance presupuestal del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, incluyendo los valores ejecutados, los
saldos existentes a favor del contrato del IDRD y los recursos a liberar, comprometidos, pero no ejecutados, el Supervisor suscribió el informe de supervisión donde señala que el contratista cumplió a satisfacción sus obligaciones hasta el día 30 marzo de 2022. Que el presente documento de liquidación unilateral del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, constituye un acto administrativo de carácter particular y concreto que se rige por las normas del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, respecto del deber de notificación. Que teniendo en cuenta que AREVALO SEGURA FRANCISCO JAVIER (QEPD), quien se identificó con cedula de ciudadanía Nº 79876891, ha fallecido, de conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se ordenará publicar en la página web de la entidad IDRD, la parte resolutiva y la publicación de un aviso por un medio masivo de comunicación en el territorio donde es competente quien expidió la decisión, para que los terceros que no intervinieron en la actuación y de quienes se desconoce su domicilio y a quienes afecta directamente la decisión, ejerzan sus derechos de conformidad con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Que es procedente liquidar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021 por lo expuesto, con el fin de establecer el balance del contrato, liberar los recursos comprometidos y no ejecutados. Con fundamento en las anteriores consideraciones;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Terminar unilateralmente el 1 de abril de 2022 y Liquidar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRDCTO-0345-2021, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE y el señor AREVALO SEGURA FRANCISCO JAVIER (QEPD), teniendo en cuenta la información reportada por el supervisor y el estado financiero del contrato en mención, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007y el Decreto Ley 019 de 2012.
ARTICULO SEGUNDO: El Balance Financiero y Económico del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-0345-2021, es el siguiente: IDRD ______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1225
ESTADO FINACIERO DEL CONTRATO VALOR INICIAL $ 21.411.000
VALOR ADICIONADO $ 9.278.100
VALOR TOTAL $ 30.689.100
VALOR EJECUTADO $ 25.058.800
VALOR PAGADO $ 25.058.800
VALOR A LIBERAR $ 5.630.300
VALOR POR PAGAR AL CONTRATISTA $0.0
ARTICULO TERCERO: Ordenar a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD liberar a favor del IDRD, del certificado de registro presupuestal 1695 del 11 de febrero de 2022 la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS PESOS MCTE ($ 5.630.300).
PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriada la presente Resolución, la Subdirección de Contratación remitirá copia de esta a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a los herederos conocidos y terceros de quienes se desconozca su domicilio con la publicación de la parte resolutiva en la página web de la Entidad y en un medio masivo de comunicación en el territorio de competencia de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO QUINTO: Contra el presente acto administrativo no procede el recurso de reposición.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 26-09-2023
LUIS HUMBERTO SALCEDO PRADO
Subdirector Técnico de Recreación y Deporte Aprobó: Camilo Ernesto Quiroga Mora – Subdirector de Contratación Revisó: Laura Catalina Latorre Jimenez – Contratista Subdirección de Contratación Jimmy Urbano Jiménez - Contratista Subdirección de Contratación Germán E. Becerra Méndez – Contratista Jornada Escolar Complementaria Neila Gissell Pardo – Contratista STRD Tatiana BarbosaSTRD Maritzabel Raquejo – Financiera Contratista STRD Jairo Alonso Saboya RomeroAbogado Contratista STRD Yakson Flechas Mendivelso-Abogado Contratista STRD Omar Rodríguez – Contratista STRD Wilson Alejandro González Cárdenas – Asesor de Dirección General Código 105 Grado 02
Proyectó: Eimar Giovany González Garcia – Contratista Jornada Escolar Complementaria