IDRD - Resolución 1242 de 2024
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 1242 de 2024
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2024
______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD “Por la cual se crea la Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere la Resolución 788 de 2019, la Resolución 002 de 2023 de la Junta Directiva del IDRD, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 2º define los principios fundamentales del Estado colombiano, entre los cuales se menciona la garantía de los derechos y el cumplimiento de los deberes de la ciudadanía.
Que la Ley 489 de 1998, “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 1 5 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, establece en su artículo 32, modificado por el artículo 78 de la Ley 1474 de 2011, la obligatoriedad para las entidades públicas de promover espacios de participación con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.
Que la Ley 850 de 2003, “Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas”, regula el ejercicio participativo de las veedurías ciudadanas en Colombia.
evaluación de la gestión pública.
Que la Ley 850 de 2003, “Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas”, regula el ejercicio participativo de las veedurías ciudadanas en Colombia.
Que la Ley 962 de 2005, “Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos”, tie ne por objeto facilitar las relaciones de los particulares con la Administración Pública mediante la observancia de los principios de la política de racionalización, estandarización y automatización de trámites, a fin de evitar exigencias injustificadas a los administrados.
Que la Ley 1437 de 2011, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, en sus artículos 5, 6, 7, 8 y 9 establece derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones en la relación de las per sonas con las autoridades.
Que la Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, establece en su artículo 76 la obligación para todas las entidades públicas de contar con una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que la ciudadanía formule.
Que la Ley 1581 de 2012, “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales”, reglamentada parcialmente por los Decretos Nacionales 1377 de 2013 y 1081 de 2015, desarrolla y protege los derechos y garantías consignadas en el
de datos personales”, reglamentada parcialmente por los Decretos Nacionales 1377 de 2013 y 1081 de 2015, desarrolla y protege los derechos y garantías consignadas en el artículo 15 constitucional.
Que la Ley 1712 de 2014, “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD Que la Ley 1755 de 2015, “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, establece reglas generales y especiales frente al ejercicio del derecho fundamental de petición en Colombia.
Que la Ley 1757 de 2015, “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”, tiene por objeto promover, proteger y garantizar modalidades del derecho a participar en la vida política, admin istrativa, económica, social y cultural, y así mismo a controlar el poder político.
Que la Ley 2052 de 2020, “Por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones”, establece la obligación para los departamentos, distritos y municipios con más de 100.000 habitantes, de crear dentro de su planta de personal existente una
públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones”, establece la obligación para los departamentos, distritos y municipios con más de 100.000 habitantes, de crear dentro de su planta de personal existente una dependencia única de relación con el ciudadano.
Que la Ley 2195 de 2022, “Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones”, modifica el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 y establece que las entidades del orden nacional, departamental y municipal deben implementar Programas de Transparencia y Ética Pública.
Que el Decreto 2623 de 2009, “Por el cual se crea el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano”, crea el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano como instancia coordinadora de las políticas, estrategias, programas, metodologías, mecanismos y actividades encaminados a fortalecer la Administración al servicio del ciudadano.
Que el Decreto Ley 019 de 2012, “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”, tiene por objeto suprimir o reformar los trámites, procedimientos y regula ciones innecesarios existentes en la Administración Pública, con el fin de facilitar la actividad de las personas naturales y jurídicas ante las autoridades.
Que el Decreto 1377 de 2013, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012”, reglamenta la recolección, autorización y tratamiento de los datos personales.
Que el Decreto 886 de 2014 compilado en el Decreto 1074 de 2015, “Por el cual se
2012”, reglamenta la recolección, autorización y tratamiento de los datos personales.
Que el Decreto 886 de 2014 compilado en el Decreto 1074 de 2015, “Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, relativo al Registro Nacional de Bases de Datos”, reglamenta la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, así como los términos y condiciones bajo las cuales se deben inscribir en éste los Responsables del Tratamiento.
Que el Decreto 103 de 2015 compilado en el Decreto 1081 de 2015, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones”, reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 en lo relativo a la gestión de la información pública.
Que el Decreto 1081 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Presidencia de la República”, establece las disposiciones generales en materia de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional.
Que el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”, reglamenta la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, reglas sobre su consulta, plazos para la inscripción, entre otras.
Que el Decreto 1166 de 2016, “Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y______________________________________________________________________________
Que el Decreto 1166 de 2016, “Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente”, establece reglas frente a la presentación, radicación y constancia de las peticiones presentadas verbalmente.
Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, adoptado mediante el Decreto 1499 del 2017 y que a su vez modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, plantea como políticas de gestión y desempeño que inciden en la relación del Estado con el ciudadano: i) Servicio al ciudadano; ii) Racionalización de trámites; iii) Participación Ciudadana y Rendición de cuentas; iv) y Transparencia y acceso a la información pública.
Que el Decreto 1115 de 2017, “Por el cual se modifica el artículo 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”, modifica el plazo de inscripción de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos.
Que el Decreto 1008 de 2018, “Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del
Datos.
Que el Decreto 1008 de 2018, “Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecn ologías de la Información y las Comunicaciones”, establece la estructura general de la Política de Gobierno Digital y los habilitadores transversales entre los cuales se destaca el habilitador de servicios ciudadanos digitales como uno de los elementos clave para promover el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones para consolidar un Estado y ciudadanos competitivos, proactivos e innovadores, que generen valor público en un entorno de confianza digital.
Que el Decreto Ley 2106 de 2019, “Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública”, tiene por objeto simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la Administración Pública.
Que el Decreto 620 de 2020, “Por el cual se subroga el título 17 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para reglamentar parcialmente los artículos 53, 54, 60, 61 y 64 de la Ley 1437 de 2011 (...).” establece lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales.
Que el Decreto 088 de 2022, “Por el cual se adiciona el Título 20 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las
servicios ciudadanos digitales.
Que el Decreto 088 de 2022, “Por el cual se adiciona el Título 20 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Decreto 1078 de 2015, para reglamentar los articulas 3, 5 Y 6 de la Ley 2052 de 2020, estableciendo los conceptos, lineamientos, plazos y condiciones para la digitalización y automatización de trámites y su realización en línea”, establece los conceptos, lineamientos, plazos y condiciones para la digitalización y automati zación de trámites y su realización en línea.
Que el Decreto Distrital 371 de 2010, “Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital”, en sus artículos 2, 3 y 4, establece lineamientos en servicio al ciudadano, participación ciudadana y acceso a la información.
Que el Decreto Distrital 197 de 2014, modificado por el Decreto Distrital 847 de 2019, adopta la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá D.C.
Que el Decreto Distrital 847 de 2019 establece y unifica, para todas las entidades que conforman el Distrito Capital, los lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía, racionalización de trámites e implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía.______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD
racionalización de trámites e implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía.______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD Que el Decreto Distrital 189 de 2020, “Por el cual se expiden lineamientos generales sobre transparencia, integridad y medidas anticorrupción en las entidades y organismos del orden distrital y se dictan otras disposiciones, establece varios lineamientos sobre transparencia, integridad y medidas anticorrupción para su aplicación en Bogotá.
Que el Decreto Distrital 293 de 2021, modifica los lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía.
Que el Decreto Distrital 610 de 2022, “Por medio del cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción para el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 36, establece que las entidades deberán garantizar todos los mecanismos para facilitar a la ciudadanía el acceso a la información, dinámicas de control social, así como la participación y seguimiento a los recursos públicos y hechos o conductas asociadas con posibles actos de corrupción.
Que el Decreto 542 de 2023, “Por medio del cual se adopta el Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía y se dictan otras disposiciones”, establece el marco de referencia para planear, articular, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar la s políticas de gestión y desempeño, que buscan mejorar la relación entre la Administración Distrital y la ciudadanía.
Que la Resolución 1519 de 2020 del Ministerio TIC, “Por la cual se definen los estándares
políticas de gestión y desempeño, que buscan mejorar la relación entre la Administración Distrital y la ciudadanía.
Que la Resolución 1519 de 2020 del Ministerio TIC, “Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 de 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos”, establece los criterios para la estandarización de contenidos e información, accesibilidad web, seguridad digital, datos abiertos y formulario electrónico para Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias (PQRSD).
Que el Documento CONPES 3649 de 2010, “Mediante el cual se establecen los lineamientos generales y el alcance de la Política Nacional de Servicio al Ciudadano”, establece lineamientos generales frente a la Política Nacional de Servicio al Ciudadano con el fin de incrementar la satisfacción de la ciudadanía para con la Administración Pública Nacional.
Que el Documento CONPES 3785 de 2013, “Política Nacional de Eficiencia Administrativa al Servicio del Ciudadano”, define los elementos principales a tener en cuenta para mejorar la efectividad y eficiencia de las entidades, con el fin de garantizar que el servicio que prestan a la ciudadanía responda a sus necesidades y expectativas, mediante un análisis integral desde dos áreas: elementos de la ventanilla hacia adentro y hacia afuera.
Que el Documento CONPES D.C. 03 de 2019, “Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía”, establece el Plan de Acción para la implementación de esta política.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública ha definido al menos cuatro
Ciudadanía”, establece el Plan de Acción para la implementación de esta política.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública ha definido al menos cuatro escenarios en los cuales un ciudadano o grupo de valor interactúa con una misma entidad: i) Cuando consulta información pública; ii) Cuando realiza trámites u otros proces os administrativos de la entidad pública; iii) Cuando hace denuncias, interpone quejas o exige cuentas a la entidad pública y iv) Cuando participa haciendo propuestas a las iniciativas, políticas o programas liderados por la entidad, o que desea colaborar en la solución de problemas de lo público.
Que la Dirección General del IDRD expidió la Resolución No. 1031 del 23 de agosto de 2023 “Por la cual se subroga las Resoluciones 265 de 2020 y 982 de 2022 y se actualiza y modifica el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD”.
Que, en el marco del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Distrital de Recreación y Deporte , se presentó y aprobó por unanimidad el proyecto de acto______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD administrativo de creación de la Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento con la Ciudadanía, como consta en el Acta No. 4 del 23 de julio de 2024, en cuyo texto fueron incluidas las observaciones emitidas previamente por la Oficina Jurídica del IDRD en el documento de Control de Legalidad con número de memorando 20241100332743 del 22 de julio de 2024 , documentos de soporte se anexan y hacen parte de la presente Resolución.
documento de Control de Legalidad con número de memorando 20241100332743 del 22 de julio de 2024 , documentos de soporte se anexan y hacen parte de la presente Resolución.
Que, de acuerdo con lo mencionado, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte considera fundamental fortalecer el relacionamiento integral con la ciudadanía para mejorar la gestión pública y la prestación de servicios de recreación y deporte.
Que la creación de una Mesa Técnica de Apoyo para el Relacionamiento con la Ciudadanía contribuirá al desarrollo y seguimiento de estrategias y acciones que promuevan la participación, la transparencia, la rendición de cuentas y la mejora continua en los trámites y servicios ofrecidos por el IDRD.
Que, en virtud de lo anterior, es necesario crear un espacio de articulación con las áreas que lideran las políticas de relación Estado - Ciudadanía, para definir las acciones de implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en materia de relacionamiento con la ciudadanía.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. CREAR LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE RELACIONAMIENTO CON
LA CIUDADANÍA EN EL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE.
En el marco del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, se crea la Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía como un espacio institucional de articulación, concertación y seguimiento de las estrategias y demás acciones desarrolladas por las dependencias involucradas en las políticas de relación Estado -Ciudadanía para la implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del IDRD.
seguimiento de las estrategias y demás acciones desarrolladas por las dependencias involucradas en las políticas de relación Estado -Ciudadanía para la implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del IDRD.
ARTÍCULO 2°. OBJETIVO DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE RELACIONAMIENTO
INTEGRAL CON LA CIUDADANÍA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y
DEPORTE -IDRD.
La Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRDtiene como fin coordinar y hacer seguimiento a la implementación de los lineamientos del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía, para mejorar el relacionamiento con la ciudadanía y grupos de valor en los escenarios de relacionamiento en los cuales el IDRD interactúa con ellos.
ARTÍCULO 3. FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE
RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANÍA DEL INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACIÓN Y DEPORTE -IDRD.
La Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, tendrá dentro de sus funciones las siguientes:
a. Formular las estrategias, planes o acciones requeridas para dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo y a la implementación articulada de las políticas de relación Estado
- Ciudadanía.
b. Proponer y entregar a consideración del Comité́ Institucional de Gestión y Desempeño del IDRD, los lineamientos y estrategias formuladas, para la aprobación e implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía______________________________________________________________________________
b. Proponer y entregar a consideración del Comité́ Institucional de Gestión y Desempeño del IDRD, los lineamientos y estrategias formuladas, para la aprobación e implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD c. Concertar con las distintas Áreas y D ependencias que participen en la implementación de las políticas Estado-Ciudadanía, las acciones que permitan fortalecer el relacionamiento con la ciudadanía. d. Brindar lineamientos y acompañamiento a las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte en la implementación de las estrategias de relacionamiento con la ciudadanía. e. Velar porque se establezcan y fortalezcan, de manera articulada, mecanismos de participación y retroalimentación con la ciudadanía para mejorar el accionar del Instituto en los cuatro escenarios de relacionamiento con la ciudadanía, a saber: • Acceso a la información Pública. • Acceso a la oferta de bienes y servicios. • Petición y rendición de cuentas. • Participación Ciudadana en la Gestión Pública. f. Verificar la inclusión de los enfoques diferenciales, poblacionales y de género en los instrumentos de recolección de información, protocolos y procedimientos del IDRD, cuando guarden relación con la atención e interacción con la ciudadanía y sus grupos de valor. g. Cuantificar y p roponer la incorporación en el presupuesto de la entidad de las partidas necesarias en los proyectos de inversión para la implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía. h. Realizar el seguimiento a las estrategias, planes y lineamientos que apruebe el
partidas necesarias en los proyectos de inversión para la implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía. h. Realizar el seguimiento a las estrategias, planes y lineamientos que apruebe el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, para el cumplimiento de los objetivos del Modelo en todos los escenarios de relacionamiento con la ciudadanía.
- Preparar la información y reportes necesarios en el marco del seguimiento a la implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía.
j. Divulgar al interior de la entidad por los canales correspondientes y en el Comité Instituciona de Gestión y Desempeño los resultados de las evaluaciones, para que los mismos sean usados como insumos para la identificación de acciones por implementar por parte del Instituto.
ARTÍCULO 4°. INTEGRACIÓN DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE
RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANÍA DEL INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACIÓN Y DEPORTE -IDRD-.
La Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, estará́ integrada por:
1. El (La) Secretario (a) General, quien la presidirá́, como responsable de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, relacionadas con el Servicio a la Ciudadanía; Política de Gestión Documental y Transparencia, Acceso a la Información Pública y Lucha contra la Corrupción y en su calidad de Defensor (a) de la Ciudadanía, conforme lo establecido en la Resolución No. 252 de 2016 “Por la cual se delega la función de
Documental y Transparencia, Acceso a la Información Pública y Lucha contra la Corrupción y en su calidad de Defensor (a) de la Ciudadanía, conforme lo establecido en la Resolución No. 252 de 2016 “Por la cual se delega la función de Defensor de la Ciudadanía”, proferida por la Dirección General, o aquellas que la modifiquen o adicionen.
2. El (La) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, como responsable de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, relacionadas con la Simplificación, Racionalización y Estandarización de Trámites y de Seguimiento y Evaluación del Desempeño Institucional.
3. El (La) Jefe de la Oficina de Asuntos Locales , como responsable de la Política de Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG-, relacionada con la Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
4. El (La) Subdirector (a) Administrativo (a) y Financiero (a) – Área de Sistemas, como responsable de la Política de Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, relacionada con el Gobierno Digital.
PARAGRAFO PRIMERO: La Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRDpodrá́ invitar a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a los servidores públicos que, por su______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico deban asistir, según los asuntos a
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1242
IDRD condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico deban asistir, según los asuntos a tratar. Estas personas tendrán derecho a voz, pero sin voto. La citación a estos servidores la efectuará el Secretario Técnico a través de la convocatoria a las sesiones.
PARAGRAFO SEGUNDO: Los criterios a desarrollar por los integrantes de la Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, para la implementación y puesta en marcha de las dimensiones que agrupan las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, prácticas, herramientas o instrumentos conforme lo establecido en el presente acto administrativo, serán los dispuestos en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG del Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP y el Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía, proferido por la Subsecretaría de Servicio
a la Ciudadanía y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá́ D.C, así́ como la normatividad, lineamientos e instrumentos que definan las entidades líderes de política de gestión a nivel distrital.
ARTÍCULO 5o - OBLIGACIONES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA MESA
TECNICA DE APOYO DE RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANÍA DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE -IDRD-.
a. Garantizar la articulación entre las dependencias encargadas de implementar las políticas Estado-Ciudadanía y promover el trabajo armónico entre las mismas.
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE -IDRD-.
a. Garantizar la articulación entre las dependencias encargadas de implementar las políticas Estado-Ciudadanía y promover el trabajo armónico entre las mismas. b. Solicitar la información necesaria a las dependencias responsables de la implementación de las políticas Estado-Ciudadanía y las demás que sean requeridas. c. Consolidar y elaborar las versiones finales de los documentos que resulten del trabajo coordinado dentro de la Mesa Técnica. d. Presentar ante las instancias competentes los reportes que sean requeridos. e. Asumir la interlocución con la Secretaria General cuando sea necesario, para dar continuidad a la implementación del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía. f. Participar de manera coordinada y conjunta en la estructuración de los planes de acción y la elaboración de los documentos de la Mesa Técnica. g. Analizar y participar en la construcción de herramientas o instrumentos y/o en la puesta en marcha de prácticas que mejoren la implementación de las políticas EstadoCiudadanía. h. Coordinarse a través de la Mesa Técnica, para implementar las acciones que requieran de la participación de los líderes de otras políticas y otros actores que intervengan en el desarrollo de actividades propias de cada dependencia, en el marco del Modelo.
- Presentar y suministrar información a la Mesa Técnica cuando sea necesario.
ARTÍCULO 6o. REUNIONES DE LA MESA TÉCNICA DE APOYO DE
RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANIA DEL INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACION Y DEPORTE -IDRD-.
La Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto
RELACIONAMIENTO INTEGRAL CON LA CIUDADANIA DEL INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACION Y DEPORTE -IDRD-.
La Mesa Técnica de Apoyo de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, se reunirá de forma ordinaria cuatro veces al año previa convocatoria de la Secretaría Técnica de la Mesa y en forma extraordinaria cuando se requiera. Las reuniones se realizarán en forma presencial o virtual sincrón
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.