IDRD - Resolución 162 de 2020
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 162 de 2020
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2020
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INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 162. .
(cid:0)Por el cual se reconoce el gasto de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los Contratistas de Prestación de Servicios Personales Clasificados en Riesgos Laborales IV y V del Programa de Ciclovíay Escuela de la Bicicletadel Área de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte de Instituto Distrital de Recreación y Deporte(cid:0) EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACIÓN Y DEPORTE DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades en cumplimiento de la delegación expresa a través de laResolución 310 de 11 de mayo de 2016 (cid:0)Por la cual se delegan unas funciones(cid:0) y en virtud de los dispuesto en la Ley 1562 de 2012 (cid:0)Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional(cid:0), el Decreto 723 de 2013 (cid:0) por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riegos Laborales(cid:0) de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo(cid:0)(cid:0) y
CONSIDERANDO.
Que la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, ha sido reglamentada por el Decreto 0723 de 2013, cuyo objeto es “establecer reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y pago de
aportes al Sistema General de Riesgo Laborales de las personas vinculadas a través, de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes”. Que el numeral 5 literal a) del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012, que modifica el artículo 13 el decreto Ley 1295 de 1994, señala que son afiliados en forma obligatoria al sistema General de Riesgos Laborales “Los trabajadores Independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante”. Que así mismo y de conformidad con el artículo 2 de la Lay 1562 de 2012 en concordancia con el artículo 13 del Decreto 723 de 2013, corresponde al contratante asumir el valor de la cotización de los contratistas de prestación de servicios personales cuya actividad hayan sido clasificadas en riesgo IV y V. Que al IDRD le asiste la obligación legal de realizar los pagos al Sistema de Riesgos Laborales de los Contratistas de Prestación de Servicios, Clasificados en Riesgos Laborales IV y V de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto Distrital de Recreación y Deporte vinculados al Proyecto de inversiónRECREACION ACTIVA 365. Que por lo anterior en la vigencia 2019 se emitieron las Resoluciones 171 del 21 de marzo de 2019 y 728 del 19 de diciembre de 2019, con la finalidad de respaldar el pago de aportes a riesgo laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en el nivel IV y V de la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, vinculados al proyecto Recreación Activa 365,
motivo por el cual se hace necesario expedir el acto administrativo en igual sentido para la vigencia 2020. . Que, en virtud de lo anterior, y con el propósito de respaldar presupuestalmente el pago de los aportes de riesgos Laborales de los contratistas antes señalados se solicitó al Área de Planeación la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 1386de fecha 23 de abril de 2020, por valor de Doscientos cuarenta y ocho millones seiscientos sesenta y cinco mil novecientos treinta pesos M/CTE ($248.665.930), con cargo al Rubro 3311503251146Recreación Activa 365. Que el supervisor mediante formato de Certificación de Pago ARL, dirigido a la Subdirección Ordenadora del Gasto, reportará mensualmente la liquidación de los aportes que deberán reconocerse a las ARL por los contratos de prestación de servicios clasificados en el nivel IV y V a su cargo y deberá ser informada oportunamente al ordenador del Gasto. ______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 162. .
(cid:0)Por el cual se reconoce el gasto de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los Contratistas de Prestación de Servicios Personales Clasificados en Riesgos Laborales IV y V del Programa de Ciclovíay Escuela de la Bicicletadel Área de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte de Instituto Distrital de Recreación y Deporte(cid:0) Que la vigencia de esta Resolución será hasta el vencimiento de los plazos contractuales establecidos con los contratistas clasificados en riesgo IV y V.
Que,por lo anteriormente expuesto, el subdirector Técnico de Recreación y deporte del Instituto de Distrital de Recreación y Deporte, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO. – Reconocer el gasto para el sistema de riesgos laborales a favor de la ARL POSITIVA con NIT 860011156-6 de los contratistas que han sido clasificados en el nivel de riesgos IV y V, del proyecto de inversión RECREACIÓN ACTIVA 365 para la vigencia presupuestal 2020,que hacen parte del programa Ciclovía y Escuelas de la Bici, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 1562 de 2012 y el decreto 0723 de 2013. ARTICULO SEGUNDO. – Como respaldo para efectuar los pagos a la ARL de los contratistas que han sido clasificados en el nivel de riesgos IV y V, de la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1386 del 23 de abril de 2020, con cargo al Rubro 3311503251146 – Recreación Activa 365 por valor de Doscientos cuarenta y ocho millones seiscientos sesenta y cinco mil novecientos treinta pesos M/CTE ($248.665.930) ARTICULO TERCERO. – Procédase con el trámite respectivo para efectuar mensualmente el pago a la ARL de los contratistas que han sido clasificados en el nivel de riesgo IV y Vque hacen parte del programa de Ciclovía y Escuela de la Bicicleta del Área de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes. ARTICULO CUARTO. – Una vez en firme la presente Resolución, remítase copia al área de
Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera, para los procedimientos que haya lugar en su competencia. ARTICULO QUINTO. – (cid:0)Con el presente acto administrativo se procede a la ejecución de las obligaciones de carácter legal que han sido referidas en la parte motiva, razón por la cual contra este no procede recurso alguno en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO SEXTO. – La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESEY CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de mayo de 2020
MARIO GIOVANNI MONROY HERNÁNDEZ
Subdirector Técnico de Recreación y Deporte Revisó: Jairo Enrique García Olaya -Jefeoficina Asesora Jurídica Elaboró: Claudia Yolanda Molina Gaitán Profesional Especializado 222-11 Francy Bibiana Sarmiento Prieto Contratista Ciclovía Dubel Hernández Forero Contratista Ciclovía Liliana Fonseca Contratista Área de Recreación
Proyectó: César Augusto Villegas Jiménez –Contratista STRD